BOLETÍN Nº 39 - 23 de febrero de 2023

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.3. Órdenes Forales

ORDEN FORAL 8/2023, de 13 de febrero, del consejero de Educación, por la que se modifica el anexo del Decreto Foral 80/2019, de 3 de julio, por el que se reordena la Red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra.

El Decreto Foral 80/2019, de 3 de julio, reordena la Red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra.

El mapa escolar recogido en el anexo I del precitado decreto foral fue modificado mediante la Orden Foral 45/2021, de 4 de mayo y la Orden Foral 21/2022, de 31 de marzo, del consejero de Educación.

El referido decreto foral establece en su artículo 2 el proceso de creación, transformación, fusiones, supresiones, integración y adscripción de centros, líneas y unidades educativas. El apartado 1 del citado artículo dispone que cualquier posible alteración de la red de centros educativos determinada en el anexo que se incorpora al presente decreto foral, sea por creación de nuevos centros educativos, transformación de la composición de los mismos, fusiones de centros educativos, integración de varios centros educativos en uno solo y, por último, variaciones en la adscripción de centros, líneas y unidades educativas, se deberá realizar a través de la correspondiente tramitación de su expediente administrativo por parte del Departamento de educación del Gobierno de Navarra.

Asimismo, el apartado 2 añade que "se faculta a la consejera/o que ostente el cargo en el departamento que tenga atribuidas las competencias en materia educativa, para la tramitación y aprobación del expediente administrativo que contemple la transformación de la composición de los centros educativos, fusiones de centros educativos, variaciones en la adscripción de centros, líneas y unidades educativas, o cualquier otra variación organizativa, excepto para la creación y supresión de centros educativos cuya competencia corresponde al Gobierno de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del derecho a la Educación.

Tras las consiguientes solicitudes de modificación llevadas a cabo por distintos estamentos, así como por planteamiento del departamento de Educación como órgano competente en materia educativa, este ha considerado necesario revisar y modificar el anexo de la citada norma con el objetivo de mejorar la programación del sistema educativo navarro.

Esta reorganización de la Red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra, se realiza tras haber efectuado consulta pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, al objeto de recabar la opinión de la ciudadanía y organizaciones representativa que parcialmente pudieran verse afectadas.

Por todo ello, previo informe preceptivo del Consejo Escolar de Navarra, y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 41.1 g) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente,

ORDENO:

Artículo único.–Modificar el anexo del Decreto Foral 80/2019, de 3 de julio, por el que se reordena la Red de Centros Educativos Públicos de la Comunidad Foral de Navarra, en los siguientes términos:

1.–En el modelo B/D, la localidad de Larraga que tiene como Municipio Larraga, Área de Primaria CPEIP "Marqués de la Real Defensa" Tafalla; Subzona de Secundaria Obligatoria IES "Sancho III el Mayor" Tafalla; Zona de Secundaria IES "Sancho III el Mayor" Tafalla; Distrito Tafalla; Departamento Tafalla-Peralta-Marcilla, pasa a estar comprendida en el Área de Primaria CPEIP "Larraga"; Subzona de Secundaria Obligatoria IES "Sancho III el Mayor" Tafalla; Zona de Secundaria IES "Sancho III el Mayor" Tafalla; Distrito Tafalla y Departamento Tafalla-Peralta-Marcilla.

2.–En el modelo B/D, incluir en el Departamento Pamplona Centro; Distrito Pamplona Centro IES "Mendillorri"; Zona de Secundaria IES "Mendillorri" B.H.I Pamplona; Subzona de Secundaria Obligatoria IES "Mendillorri" B.H.I Pamplona, el Área de Primaria CPEP "Víctor Pradera Paderborn"; Municipio Pamplona / Iruña y Localidad Pamplona / Iruña.

3.–En el modelo B/D, incluir en el Departamento Pamplona Noroeste-Barañáin-Leitza; Distrito Barañáin IES Alaitz; Zona de Secundaria IES "Alaitz" Barañáin; Subzona Secundaria Obligatoria IES "Alaiz" Barañáin, Área de Primaria C.P.E.I.P "Nicasio de Landa"; Municipio Pamplona / Iruña; Localidad Pamplona / Iruña.

4.–En el modelo B/D, la localidad de Leazkue que tiene como Municipio Villava / Atarrabia; Área de Primaria CPEIP "Atargi" Villava / Atarrabia; Subzona de Secundaria Obligatoria IESO "Pedro Atarrabia" Villava; Zona de Secundaria IES "Askatasuna" Burlada; Distrito Burlada-Villava-Huarte IES Askatasuna; Departamento Burlada-Villava-Huarte, pasa a estar comprendida en el municipio de Ultzama; Área de Primaria CPEIP "Larraintzar" H.L.H.I.P Larraintzar; Subzona de Secundaria Obligatoria IESO D.B.H.I "Larrainzar" Larraintzar; Zona de Secundaria IES "Askatasuna" Burlada; Distrito Burlada-Villava-Huarte IES Askatasuna, Departamento Burlada-Villava-Huarte.

Disposición final única.–Entrada en vigor

La presente orden foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 13 de febrero de 2023.–El consejero de Educación, Carlos Gimeno Gurpegui.

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