BOLETÍN Nº 53 - 15 de marzo de 2022

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 81/2022, de 24 de febrero, del director general de Administración Local y Despoblación, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, en promoción interna restringida, mediante oposición, de 10 plazas de Interventor nivel A de diversas Entidades Locales de Navarra.

La disposición transitoria quinta de la Ley Foral 4/2019, de 4 de febrero, de reforma de la Administración local de Navarra señala en su apartado 3 que los funcionarios habilitados del grupo B que dispusieran de una titulación de nivel A podrán promocionar al grupo A mediante la superación de las pruebas selectivas restringidas al ámbito de cada entidad local, conforme con lo dispuesto en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

La competencia para la realización de dichas convocatorias para la promoción de nivel corresponde a las diferentes Entidades locales que tienen el puesto de Interventor grupo B ocupado por un funcionario. Por ello, se ha encomendado a la Dirección General de Administración Local y Despoblación, mediante Convenio de encomienda de gestión realizado al efecto con cada una de las entidades locales interesadas, la realización de la correspondiente convocatoria y las pruebas selectivas para la promoción a nivel A de los puestos de Intervención.

Las Entidades Locales han procedido a modificar sus respectivas plantillas orgánicas creando en las mismas la plaza de Interventor de Nivel A y señalando que la forma de provisión es mediante promoción interna restringida, conforme a lo dispuesto en el artículo 15.6 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y en aplicación de la Ley Foral 4/2019, de Reforma de la Administración Local de Navarra.

Por ello, en cumplimiento de los convenios de encomienda de gestión suscritos con las Entidades locales de Bera, Berrioplano / Berriobeiti, Cascante, Cizur, Funes, Lesaka, Olite / Erriberri, Peralta / Azkoien, Puente La Reina / Gares y Sangüesa / Zangoza, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de 10 plazas de Interventor nivel A de diversas Entidades locales de Navarra, en virtud de los Convenios de encomienda de gestión realizados con las mismas, así como sus bases.

2.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

3.º Notificar la presente Resolución a las diferentes Entidades Locales interesadas y a los miembros del Tribunal designados, a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de febrero de 2022.–El director general de Administración Local y Despoblación, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROMOCIÓN INTERNA RESTRINGIDA, MEDIANTE OPOSICIÓN, DE 10 PLAZAS DE INTERVENTOR NIVEL A DE DIVERSAS ENTIDADES LOCALES DE NAVARRA

Esta convocatoria se regirá por las siguientes,

Bases

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de 10 plazas de nivel A del puesto de Intervención de los Ayuntamientos que se señalan en el Anexo I de la presente convocatoria, a través del procedimiento previsto en el artículo 15.6 del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

1.2. El presente procedimiento de selección se regirá por lo dispuesto:

–En el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

–En el Reglamento de ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio.

–Demás normas de aplicación y con arreglo a las presentes bases.

1.3. De conformidad con lo previsto en las Plantillas Orgánicas de cada una de las Entidades locales referidas en el Anexo I de la presente convocatoria, la plaza objeto de provisión en cada una de ellas es 1 puesto de Interventor/a Nivel A.

1.4. Quien, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado, por cada una de las Entidades Locales para desempeñar el puesto de trabajo indicado, será encuadrado en el Nivel A y percibirá las retribuciones correspondientes que a dicho puesto estén reflejadas en la Plantilla orgánica de cada una de las Entidades locales.

1.5. Será promocionado el/la aspirante que haya superado la fase de oposición.

1.6. La participación en la presente promoción de nivel no supondrá en ningún caso modificación del régimen jurídico funcionarial que tuviera el empleado o empleada antes de la promoción, continuando, asimismo, con el mismo régimen de derechos pasivos y asistencia sanitaria.

2.–Requisitos de los/las aspirantes.

Para ser admitidos/as a la presente oposición, los/las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser funcionario/a al servicio de cada uno de los Ayuntamientos que encomiendan a la Dirección General de Administración Local y Despoblación la realización de la presente convocatoria de promoción y hallarse encuadrado/a en el Nivel B.

b) Haber sido nombrado/a para ocupar un puesto de Interventor Grupo B en las Entidades locales de Navarra.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.

d) Estar en posesión de los títulos de grado correspondientes o los que resultaran equivalentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 246 bis 2 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra:

–Licenciatura en Derecho.

–Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas.

–Licenciatura en Economía.

–Licenciatura en Ciencias Actuariales y Financieras o Licenciatura en Ciencias Económicas y Empresariales.

Los anteriores requisitos deberán acreditarse en el momento de la presentación de instancias.

3.–Instancias.

3.1. Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar la solicitud de inscripción de forma telemática, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, “Menú”, “Trámites”, “Servicios para la administración”, “Empleo Público y Promoción” en la reseña de la convocatoria. Ficha correspondiente a esta convocatoria (Promoción al Nivel A entre funcionarios habilitados de plazas de Intervención Grupo B de las entidades locales de Navarra), en el apartado “Empleo Público” del Portal de Navarra-www.navarra.es.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo contemplado en el Anexo III de la presente convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias.

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse online en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.2. Se adjuntará con la instancia la documentación escaneada acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la base 2 de la presente convocatoria.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director general de Administración Local y Despoblación dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones.

La presentación de reclamaciones será de forma telemática a través de internet en la dirección www.navarra.es en la reseña de la convocatoria.

4.3. Si no hubiera aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el director general de Administración Local y Despoblación dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidenta: doña Eva Navarcorena Eleta, jefa de la Sección de Asesoramiento Presupuestario y Contable del Departamento de Administración Local y Despoblación.

Presidente suplente: don Javier Cia Aldaba, director del Servicio de Gestión y Cooperación Económica del Departamento de Administración Local y Despoblación.

–Vocal: doña Susana Márquez Cuesta, jefa de la Sección de Planificación y Estudios Económicos del Departamento de Administración Local y Despoblación.

Vocal suplente: don Egoitz Albarracin Albiztur, jefe de la Sección de Gestión Económico-Financiera del Departamento de Administración Local y Despoblación.

–Vocal: doña Edurne Martinikorena Matxain, auditora de la Cámara de Comptos de Navarra.

Vocal suplente: doña Begoña Herrera Isasi, auditora de la Cámara de Comptos de Navarra.

–Vocal: a designar por la Comisión de Personal.

Vocal suplente: a designar por la Comisión de Personal.

–Secretaría: doña Blanca Reyes Senar Solís, diplomada en Empresariales del Departamento de Administración Local y Despoblación.

Secretaría suplente: doña Purificación Gonzalez Merchan, Jefa de Sección de Régimen Local y Gestión de Personal de las entidades locales del Departamento de Administración Local y Despoblación.

5.2. El Tribunal deberá constituirse dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Vocal-Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para cualquiera de las actuaciones que competan al mismo. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de mayo de 2022.

En la Resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización de la prueba de la oposición.

El ejercicio consistirá en el desarrollo de una prueba teórico-práctica tipo test, de carácter específico para el puesto objeto de convocatoria y que versará sobre las funciones, cometidos y desempeño del mismo. Se contestará por escrito un cuestionario de un máximo de 40 preguntas tipo test, con cuatro alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una de ellas será válida según el temario que figura en el Anexo II de la presente Resolución. Cada respuesta incorrecta penalizará una cuarta parte del valor de un acierto.

En la realización de la prueba se permitirá el uso de máquinas calculadoras. Las personas asistentes deberán acudir a la prueba con bolígrafo de tinta azul o negra, con punta gruesa. No se permitirá el uso de dispositivos electrónicos u otro material.

Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

El Tribunal establecerá el tiempo máximo en que deberá realizarse la prueba antes de su comienzo.

6.2. La puntuación máxima total de la fase de oposición será de 40 puntos, quedando eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, 20 puntos.

6.3. Una vez terminado y calificado el ejercicio, el Tribunal, en el plazo de diez días naturales, hará pública en el Tablón de anuncios del Gobierno de Navarra y en la página web las calificaciones obtenidas.

Esta prueba se realizará por el sistema de plicas.

6.4. La prueba se realizará mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran a la misma quedarán eliminados.

7.–Relación de aprobados.

7.1. Terminada la calificación del ejercicio, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra y en la página web, la relación de aprobados y la puntuación obtenida.

7.2. El Tribunal elevará al Director General de Administración local y Despoblación propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, según lo establecido en el apartado 6.2. de la presente convocatoria.

Mediante Resolución del Director General de Administración local y Despoblación, se aprobará la relación de aprobados y sus calificaciones, y se notificará a las diferentes entidades locales.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

Corresponderá al alcalde-presidente de cada una de las entidades locales que han encomendado la realización del correspondiente proceso selectivo el nombramiento del aspirante que haya superado la fase de oposición, especificando su nuevo nivel de encuadramiento.

Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra y surtirá efectos económicos y administrativos desde el día siguiente al de su publicación, considerándose este día a todos los efectos como toma de posesión en el puesto de Interventor Nivel A, sin necesidad de acto expreso alguno.

El personal que, tras superar las correspondientes selectivas, resulte nombrado para una plaza del puesto de trabajo de Interventor Nivel A objeto de la convocatoria, será encuadrado en el nivel A y percibirá las retribuciones establecidas para dicho nivel y puesto de trabajo en la plantilla orgánica.

Los aspirantes que no hubieran superado las pruebas selectivas a que hace referencia el apartado anterior se mantendrán en el nivel B de Intervención, como situación personal a extinguir, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición transitoria quinta de la Ley foral 4/2019, de 4 de febrero.

9.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas, podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Administración Local y Despoblación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

ANEXO I

Relación de Entidades Locales que encomiendan a la Dirección General de Administración Local y Despoblación realizar el procedimiento de promoción interna del artículo 15.6 para la promoción a nivel A del puesto de Intervención

–Bera.

–Berrioplano / Berriobeiti.

–Cascante.

–Cizur.

–Funes.

–Lesaka.

–Olite / Erriberri.

–Peralta / Azkoien.

–Puente La Reina / Gares.

–Sangüesa / Zangoza.

ANEXO II

Temario de la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante oposición, de 10 plazas de Interventor nivel A

Tema 1.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Recursos de las Haciendas Locales de Navarra.

Tema 2.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Impuestos municipales.

Tema 3.–Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Presupuesto y gasto público.

Tema 4.–Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, en materia de presupuesto y gasto público: Ámbito de aplicación. Contenido de los expedientes de Presupuestos, principios y conceptos presupuestarios.

Tema 5.–Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, en materia de presupuesto y gasto público: Aprobación del Presupuesto General. De los créditos del Presupuesto de Gastos.

Tema 6.–Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, en materia de presupuesto y gasto público: Ejecución del Presupuesto de Gastos. Liquidación de los Presupuestos.

Tema 7.–Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, Instrucción general de contabilidad para la Administración Local de Navarra: Cálculo del Resultado Presupuestario. Cálculo del Remanente de Tesorería. Proyectos de Gastos. Remanentes de crédito. Gastos con financiación afectada.

Tema 8.–Decreto Foral 234/2015, de 23 de septiembre, de Estructura Presupuestaria de las entidades locales de Navarra.

Tema 9.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Bienes de las entidades locales: Adquisición. Utilización y Aprovechamiento. Enajenación y gravamen.

Tema 10.–Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: La función de control y fiscalización interna, la función de asesoramiento y gestión económica-financiera y presupuestaria, la función de contabilidad y la función de tesorería.

Tema 11.–Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos: Disposiciones Generales: Tipología de los contratos y régimen jurídico: Definición de los contratos sometidos a esta Ley Foral.

Tema 12.–Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos: Disposiciones Generales: Procedimientos de adjudicación.

Tema 13.–Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos: Disposiciones Generales: Ejecución de los contratos: De las modificaciones contractuales.

Tema 14.–Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos: Normas específicas de los contratos que celebran las administraciones públicas: Actuaciones administrativas preparatorias del contrato.

Tema 15.–Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones: Procedimientos de concesión y gestión de las subvenciones.

ANEXO III

Solicitud para participar en la convocatoria (PDF).

Código del anuncio: F2203420