BOLETÍN Nº 30 - 10 de febrero de 2022

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

ZIZUR MAYOR

Convocatoria para la provisión, por concurso-oposición, de una plaza para el puesto de trabajo de operario de obras

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Zizur Mayor, de fecha 21 de enero de 2022, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza del puesto de trabajo de operario de obras, nivel D, al servicio del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Dicho proceso selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de Ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de esta convocatoria.

Base 1.–Objeto y normas generales de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza del puesto de trabajo de operario de obras, nivel D, al servicio del Ayuntamiento de Zizur Mayor, y de régimen funcionarial.

1.2. La vacante que se convoca es la plaza con el número 46008 de la plantilla orgánica, adscrita a Servicios Urbanísticos-Servicio de Obras.

1.3. El personal que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrado para cubrir la plaza convocada, será encuadrado en el nivel o grupo D y percibirá las remuneraciones fijadas con carácter general para el mismo en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y las que se determinen por las demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Zizur Mayor.

1.4. La persona aspirante que obtenga la plaza adquirirá la condición de funcionario/a, con todos los derechos y deberes que señalan las disposiciones vigentes en materia de personal, para el Ayuntamiento de Zizur Mayor.

1.5. Asimismo, es objeto de la presente convocatoria, constituir con las personas aspirantes que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y, de acuerdo con lo dispuesto en la base 9, las siguientes relaciones de aspirantes a la contratación temporal:

a) Lista de personas aspirantes aprobadas sin plaza.

b) Lista de personas aspirantes aprobadas en el primer ejercicio.

1.6. La persona aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrada para el puesto de trabajo objeto de convocatoria, ingrese en el Ayuntamiento de Zizur Mayor, será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Quien resulte nombrada para el puesto de trabajo objeto de convocatoria y esté ya afiliada al régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social a que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrá optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al correspondiente de la Seguridad Social.

1.7. Las funciones correspondientes al desempeño del puesto de trabajo serán las descritas para el mismo por el Manual de Funciones.

1.8. El puesto de trabajo de operario de obras estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel D de los establecidos en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como con los complementos que se aprueben y/o en su defecto, estén establecidos en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Zizur Mayor para dicho puesto de trabajo.

1.9. La presente convocatoria se hará pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, y solicitud al Servicio Navarro de Empleo de un listado de personas demandantes de empleo (incluidos los de mejora de empleo) que reúnan los requisitos y condiciones necesarios para desempeñar el puesto de operario de obras. A dichas personas demandantes, el Servicio Navarro de Empleo les enviará email y/o sms informándoles sobre la presente convocatoria y plazo para presentación de instancias en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zizur Mayor para participar en la misma.

1.10. La lista constituida al amparo de esta convocatoria estará vigente durante un periodo máximo de cinco años.

No obstante en caso de que sea necesario realizar diversas convocatorias, las sucesivas relaciones de aprobados dejarán sin efecto a las anteriores.

Base 2.–Requisitos y tasas.

2.1. Para ser admitidas a las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir en el momento en que finalice el plazo para presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española, la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o la nacionalidad de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o con nacionalidad de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como los descendientes de estos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, que sean menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su estado, el acceso a la Función Pública.

f) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de la clase B.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria.

2.3. El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

2.4. Pago de tasas.

La Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derechos de examen (Boletín Oficial de Navarra número 236, 2 de diciembre de 2014) establece que la tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 20 euros.

2.5. Estarán exentas del pago de la tasa:

–Las personas que figuren inscritas como desempleadas durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional; y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Se acreditará mediante certificación expedida por la oficina de empleo que corresponda.

–Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo, se acreditará mediante certificado de inscripción en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare; y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

2.6. La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado del Anexo II. En las oficinas del ayuntamiento se facilitará modelo de declaración, pudiendo obtenerse también a través de Internet en la dirección antes señalada.

2.7. El abono de dicha tasa, nominal e individualizada se efectuará mediante ingreso en efectivo, o transferencia, en las cuentas del Ayuntamiento de Zizur Mayor de las entidades bancarias siguientes: Caixabank número ES03 2100.5199.54.2200064878, Caja Rural de Navarra número ES57 3008.0066.81.0702518820 y Caja Laboral Popular número ES43 3035.0200.87.2000790026, en cuyo caso en el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

–Nombre y apellidos del aspirante.

–DNI/NIF.

–Número de cuenta en la que se efectúa el abono.

–Concepto: Oposiciones.

–Puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

2.8. La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Base 3.–Procedimiento.

El procedimiento será el previsto en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, de Reglamento de Ingreso en las Administraciones públicas de Navarra, artículo 18.2, mediante convocatoria pública por el sistema de concurso-oposición, y publicación con sus bases en el Boletín Oficial de Navarra.

Base 4.–Instancias.

4.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se deberán presentar a través del Registro Telemático (https://sedeelectronica.zizurmayor.es) mediante DNI-e o certificado digital, CLAVE, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 apartado 3 en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, “las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos queda acreditado que tienen acceso y disponibilidad de medios electrónicos necesarios”. En la Ley Foral 27/2018, de 24 de diciembre de presupuestos generales de Navarra para el año 2019, en su disposición adicional décima segunda. Disposiciones relativas a los procesos selectivos convocados por las Administraciones Públicas de Navarra, expone que se faculta a las Administraciones Públicas de Navarra para que, en las convocatorias de procesos selectivos, de ingreso o provisión de puestos de trabajo se exija la presentación electrónica de las solicitudes y demás documentación.

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 24 de setiembre de 2021, se acuerda posibilitar al Ayuntamiento de Zizur Mayor a exigir la presentación electrónica de solicitudes y demás documentación en procesos de selección en los que se considere que el personal aspirante está capacitado para la presentación electrónica. Por la titulación y funciones a desempeñar que se exigen en la presente convocatoria, se considera suficiente justificada la exigencia de la presentación electrónica de las solicitudes y demás documentación.

Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I.

4.2. Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que estas sean necesarias, deberán manifestarlo así en su solicitud y especificar, en el espacio habilitado al efecto, la adaptación solicitada o los ajustes necesarios de tiempo y/o de medios que solicitan. A estos efectos, la persona aspirante podrá aportar la documentación que estime conveniente, al momento de presentar su solicitud.

4.3. Junto con la instancia de participación del Anexo I las personas aspirantes deberán aportar la documentación siguiente:

–Copia del DNI.

–Copia del título acreditativo del requisito de la base 2.1.c).

–Copia del título acreditativo del requisito de la base 2.1.f).

–Justificante de abono de la tasa o documentación acreditativa de su exención.

–Copia de los documentos acreditativos de los méritos alegados.

–En su caso, documentación relativa a adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas de personas aspirantes con discapacidad.

4.4. Las personas aspirantes señalarán en la instancia una dirección de correo electrónico a los efectos de notificaciones.

4.5. Las solicitudes para participar en las pruebas colectivas de ingreso se presentarán en el plazo de 30 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. Este plazo será improrrogable.

Base 5.–Admisión de personas aspirantes. Listas provisionales.

5.1. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Zizur Mayor dictará resolución aprobando las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas –que se harán públicas en la sede electrónica, en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Zizur Mayor, así como en la página web municipal– y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, con la indicación de que, dentro de los diez días hábiles siguientes, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

Base 6.–Admisión de personas aspirantes. Listas definitivas.

6.1. Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas las mismas, el concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Zizur Mayor, dictará resolución aprobando las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, que se harán públicas en la sede electrónica, en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Zizur Mayor, y en la página web municipal, junto con la fecha y lugar de realización de las pruebas de selección previstas en la base octava de la presente convocatoria.

6.2. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

6.3. El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos en tiempo o en forma, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

Base 7.–Tribunal calificador.

7.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Andoni Serrano Zabalza, concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana.

Suplente: Don Jon Gondán Cabrera, alcalde del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Primer Vocal: Don Antonio Acebedo Magallanes, capataz de obras del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Don Eduardo Senar Senar, jefe de Servicios urbanísticos del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Segundo Vocal: Doña Marta Silvero Miramón. Fundación Laboral de la Construcción.

Suplente: Don Emilio Lezana Pérez. Fundación Laboral de la Construcción.

Tercer Vocal: Don Fco. Javier Severiano Pecharromán, representante propuesto por la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente: Don Lorenzo De la Villa Casado, designado por el representante de los trabajadores del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Vocal-Secretaria: Doña Cristina Fabo Legarda, secretaria del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Suplente doña Isabel Abadía Sanz, técnica de Administración Pública y RRHH, del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

7.2. El Tribunal deberá constituirse antes de la prueba selectiva.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución del Tribunal se requerirá la presencia del presidente y del secretario.

7.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria. En caso de empate, el presidente podrá hacer uso de su voto de calidad.

7.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para la prueba. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente a estas.

Base 8.–Desarrollo y valoración del proceso de selección.

8.1. Fase de concurso. Méritos.

8.1.1. Los méritos alegados citados en la base 4.3. deberán ser aportados en el plazo de presentación de instancias.

8.1.2. Los méritos aportados se calificarán y puntuarán por el Tribunal de acuerdo con el baremo que figura en el Anexo IV de esta convocatoria.

La puntuación máxima que se pueda alcanzar en la fase de concurso será de 15 puntos.

8.1.3. En ningún caso el Tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada en el mencionado baremo.

8.1.4. Los empates que se produzcan en la puntuación de los/las concursantes se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor antigüedad en la prestación de servicios a las Administraciones Públicas. Si persistiese el empate, este se resolverá en favor de quien tenga mayor edad.

8.1.5. El Tribunal podrá solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados y acreditados por los/las concursantes.

8.1.6. Terminada la calificación de los méritos, el Tribunal publicará en la sede electrónica, en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Zizur Mayor, así como en la página web municipal, las puntuaciones obtenidas por los/las participantes, y abrirá un plazo de cinco días hábiles para que las personas interesadas puedan alegar lo que a su derecho convenga en relación con la valoración de sus méritos.

8.1.7. Una vez resueltas por el Tribunal calificador las reclamaciones que se formulen, este publicará las puntuaciones definitivas de todas las personas participantes en la sede electrónica, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Zizur Mayor, así como en la página web municipal, y remitirá la lista de concursantes, ordenada conforme a la puntuación obtenida, junto con el expediente completo, al concejal delegado de Presidencia, Función Pública y Seguridad Ciudadana.

8.1.8. Se convocará a la realización de la prueba de conocimiento del euskera que acredite su nivel de conocimiento a aquellas personas concursantes que hayan solicitado realizarla en el Anexo I de modelo de instancia, con el objeto de baremar el mérito contemplado en el Anexo IV apartado b) de la convocatoria.

8.2. Fase de oposición.

En el mismo acto aprobatorio de la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas correspondientes al proceso de selección.

La oposición dará comienzo a partir del mes de mayo de 2022 aproximadamente.

La convocatoria a las pruebas de la oposición se realizará mediante llamamiento único, debiendo las personas aspirantes acudir provistas del DNI, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.

Las pruebas de la oposición serán las que se indican en la presente base y se desarrollarán sobre las materias que se señalan en el temario del Anexo III de la convocatoria.

Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas aspirantes con discapacidad reconocida, que lo hubieran solicitado en la solicitud, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

8.4. Desarrollo de la oposición.

La oposición se desarrollará en la forma indicada en las presentes bases.

La oposición constará de las tres pruebas en las cuales se valorarán los conocimientos teórico-prácticos de las personas aspirantes sobre la actividad del puesto de trabajo, siguientes:

a) La primera prueba. Consistirá en cuestionario tipo “test” de respuesta múltiple formado por 70 preguntas con tres opciones de respuesta, a las que se incorporarán tres preguntas más como reserva, sobre conocimientos tanto generales como específicos de las actividades del puesto de trabajo, y en la que solamente una de las respuestas será la correcta; y a realizar en un máximo de 90 minutos. Las preguntas tendrán relación con los temas recogidos en el Anexo III.

La prueba se valorará un máximo de 35 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarla.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor 0,50 puntos y las respuestas incorrectas penalizarán con 1/3 de puntos.

Concluida la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Zizur Mayor y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/ en la reseña de la convocatoria, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días naturales, para que las personas interesadas puedan alegar lo que a su derecho convenga.

b) La segunda prueba. Esta parte del proceso se divide en dos partes: la primera consistirá en dos pruebas prácticas; y la segunda será una prueba técnica compuesta de dos ejercicios.

Solamente se evaluará a un máximo de 20 opositores en base a las veinte mejoras notas de los aprobados en la Primera prueba.

La prueba se valorará con un máximo de 40 puntos.

La primera parte se valorará con 25 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 12,5 puntos para superarlo.

La segunda parte se valorará con 15 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 7,5 puntos para superarlo.

Concluida la calificación de las pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Zizur Mayor y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/ en la reseña de la convocatoria, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días naturales, para que las personas interesadas puedan alegar lo que a su derecho convenga.

c) Tercera prueba. Prueba de aptitud psicotécnica: consistirá en la realización de diversas pruebas para medir el grado de adecuación de los/las aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo. Estas pruebas se realizarán por la Sección de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública, y sus valoraciones vincularán al Tribunal. La prueba de aptitud psicotécnica tendrá una valoración máxima de 10 puntos. Esta prueba no será eliminatoria.

Base 9.–Propuesta del Tribunal.

9.1. Concluida la celebración de estas pruebas, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica municipal https://sedeelectronica.zizurmayor.es/ en la reseña de la convocatoria, la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas, y lista de personas aspirantes que no hayan resultado aprobadas y que hayan superado la primera prueba en el proceso selectivo.

El orden de las personas aspirantes en la lista de aprobadas vendrá determinado por la mayor puntuación obtenida en el proceso selectivo.

9.2. Listas de aspirantes a la contratación temporal.

Se constituirán las siguientes listas:

1) Lista de personas aspirantes aprobadas sin plaza.

2) Lista de personas aspirantes que no hayan resultado aprobadas, que estará formada por aquellas que hayan superado la primera prueba en el proceso selectivo.

Asimismo, el orden en la lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados y que hayan superado la primera prueba del proceso selectivo, ordenados por la puntuación obtenida en dicha prueba, situándose esta lista detrás de la lista de aprobados.

En caso de empate se resolverá mediante un único sorteo celebrado en acto público convocado al efecto. Se extraerán al azar dos letras del abecedario, resolviéndose los empates atendiendo al orden alfabético del primer apellido, partiendo de las dos letras obtenidas. A estos efectos a las letras “ZZ” les seguirán las letras “AA”. En el caso de no existir ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience con las dos letras iniciales obtenidas, se acudirá al apellido inmediatamente siguiente en orden alfabético, entendiéndose que a las letras “ZZ” les siguen las letras “AA”. Los resultados del mismo se harán públicos en la página web y en el tablón de anuncios del ayuntamiento.

9.3. Asimismo, el Tribunal formulará al Ayuntamiento convocante una propuesta de nombramiento como funcionario con el puesto de trabajo de operario de obras del Ayuntamiento de Zizur Mayor, a favor de la persona aspirante aprobada con la mayor puntuación, que será publicada en el Boletín Oficial de Navarra.

9.4. También formulará otra propuesta con las personas que hayan superado las pruebas y sin plaza, y con las personas que hayan superado el primer ejercicio que, de forma ordenada por la puntuación obtenida en el proceso selectivo, integrarán las relaciones de aspirantes a la contratación temporal.

9.5. La propuesta, que será vinculante para el ayuntamiento convocante, se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Base 10.–Presentación de documentación. Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, la persona aspirante propuesta deberá presentar, a través del registro general del Ayuntamiento de Zizur Mayor, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Estar en posesión de los permisos de conducir vehículos de la clase B.

d) El aspirante será citado para la realización de las pruebas médicas para comprobar su aptitud psicofísica en los términos establecidos en la letra d) del apartado 2 de la convocatoria. Dicho reconocimiento médico se realizará por el Servicio de prevención del Ayuntamiento de Zizur Mayor.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

10.2. Si el aspirante propuesto no presenta dichos documentos, o resultara no ser apto para el puesto, no podrá ser nombrado y se procederá a cubrir tal baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 8.1.1, procediéndose en la forma señalada en los apartados anteriores.

10.3. Nombramiento.

Previa presentación de la documentación que le sea requerida, mediante resolución del concejal delegado de Presidencia, Función Pública, y Seguridad y Protección Ciudadana, se efectuará el nombramiento como funcionario y operario de obras del Ayuntamiento de Zizur Mayor al aspirante que haya superado la oposición.

Dicho nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

10.4. Toma de posesión.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión de la plaza en la fecha que se determine en su nombramiento.

En el supuesto, salvo casos de fuerza mayor, de que no tome posesión de la plaza en la fecha señalada, perderá todos sus derechos para el ingreso en el Ayuntamiento de Zizur Mayor.

El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrado para ocupar las plaza objeto de la convocatoria, ingrese en el Ayuntamiento de Zizur Mayor y adquiera la condición de funcionarios, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen, salvo que esté ya afiliado u otro régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social de las Administraciones Públicas de Navarra, en cuyo caso podrá optar, con anterioridad a su nombramiento, por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado Régimen General de la Seguridad Social.

Base 11.–Lista de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. Se constituirán las siguientes listas:

1) Lista de personas aspirantes aprobadas sin plaza.

2) Lista de personas aspirantes que no hayan resultado aprobadas, que estará formada por aquellas que hayan superado la primera prueba en el proceso selectivo.

11.2. Las personas aspirantes aprobadas sin plaza y las aprobadas en el primer ejercicio, podrán ser llamadas para la contratación temporal, de acuerdo con las necesidades que se produzcan, de conformidad con lo establecido en las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

11.3. La contratación temporal se ajustará a lo establecido en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal, en todo aquello que resulte de aplicación, tal y como lo recogen los acuerdos colectivos municipales.

Base 12.–Protección de datos.

Identidad: Ayuntamiento de Zizur Mayor.

Dirección postal: Parque Erreniega, s/n - 31180 Zizur Mayor.

Teléfono: 948181896.

Delegado de protección de datos: delegadaprotecciondatos@zizurnagusia.eus.

Finalidad: gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.

Base Jurídica: Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tiempo de conservación de los datos: los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

Destinatarios de los datos: los datos pueden ser cedidos a jueces y tribunales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios según se indica en la convocatoria.

Derechos: las personas interesadas tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos en el caso de que sean inexactos así como cancelarlos dirigiéndose a la dirección señalada en el apartado primero.

De las misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos mediante escrito dirigiéndose a calle Jorge Juan, 6, 28001 (Madrid) o a través de su sede electrónica en www.agpd.es.

Base 13.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrán interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto ante el órgano municipal que aprueba la convocatoria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante que hubiera nombrado al tribunal, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Solicitud (PDF).

ANEXO II

Declaración solemne (PDF).

ANEXO III

Temario

Tema 1.–Reglas básicas de aritmética y geometría.

Tema 2.–Reglas básicas de escritura y ortografía.

Tema 3.–Conocimiento básicos de normas de seguridad e higiene en el trabajo, así como de barreras arquitectónicas. La seguridad en la utilización de maquinaria y herramientas.

Tema 4.–Conocimiento de soldadura y manejo básico de maquinaria de ajuste.

Tema 5.–Conceptos generales de albañilería. Herramientas. Materiales. Solado y alicatado Encofrados y levante de muros. Trabajos de pavimentación y urbanización. Cerramientos. Redes de saneamiento. Arquetas.

Tema 6.–Cuadro de distribución en edificios, interruptor de control de potencia, magneto-térmicos y diferenciales.

Tema 7.–Circuitos de alumbrado básico: interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias. Alumbrado público.

Tema 8.–Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción, llenado y purgado de aire en los circuitos, salas de calderas y elementos singulares de las mismas.

Tema 9.–Comprensión de esquemas eléctricos y de fontanería.

Tema 10.–Mecánica. Manejo, mantenimiento, inspección y reparación de maquinaria, vehículos, herramienta y utillaje municipales. Control de almacén.

Tema 11.–Mantenimiento de edificios y mobiliario urbano. Pintura.

Tema 12.–Conocimientos básicos de jardinería (herramientas, poda, uso de fitosanitarios, manejo de desbrozadora, sistema de riego).

Tema 13.–Operaciones básicas de carpintería: ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines, persianas, etc.

Tema 14.–Conocimientos básicos sobre la realidad geográfica y administrativa del Ayuntamiento de Zizur Mayor: organización municipal, parajes, términos principales, población, edificios, etc., descritos en https://www.zizurmayor.es/.

Tema 15.–Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y deberes. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad y el medioambiente de trabajo. Sistemas elementales de control de riesgos: protecciones colectivas y equipos de protección individual. Seguridad vial: Primeros auxilios. Utilización en condiciones de seguridad de andamios metálicos tubulares, escaleras y plataformas elevadoras. Seguridad en maquinaria y herramientas.

Nota.–Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

ANEXO IV

Baremo para la valoración de méritos

a) Servicios prestados a las Administraciones Públicas y en el ámbito privado.

La valoración de los servicios prestados a las Administraciones Públicas, y en el ámbito privado, en puestos de trabajo de operario de la construcción o similares, se realizará atendiendo, a razón de 1 punto por año, a la antigüedad reconocida en la fecha de publicación de la convocatoria.

Notas:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente.

2.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 10 puntos.

3.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

4.ª Para el personal con desempeño en las Administraciones Públicas, los periodos en los que haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

b) Conocimiento de euskera.

La puntuación por conocimiento del euskera tendrá una valoración máxima de 5 puntos, que se distribuirá de la siguiente manera:

1.ª La posesión del título B1 (o niveles superiores B2, C1 y C2) del Marco común europeo de referencia para las lenguas o de otras titulaciones oficiales equivalentes al nivel B1 (o niveles superiores), recibirá la máxima valoración.

2.ª De no poseerse dicha titulación, se valorará en 3 puntos la posesión del nivel A2, en 1 punto la del nivel A1, o titulaciones oficiales equivalentes.

Código del anuncio: L2201266