BOLETÍN Nº 69 - 26 de marzo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 591/2021, de 9 de marzo, del Gerente de la Universidad Pública de Navarra, por la que se modifica uno de los temas de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Técnico P.B. (Comunicación), al servicio de la Universidad Pública de Navarra, aprobada por Resolución 168/2021, de 2 de febrero, del Gerente de la Universidad Pública de Navarra, y se corrige un error advertido en la misma.

Mediante Resolución 168/2021, de 2 de febrero, del Gerente de la Universidad Pública de Navarra, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Técnico P.B. (Comunicación), al servicio de la Universidad Pública de Navarra. Su publicación se llevó a cabo en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de 2 de marzo de 2021.

Tras su publicación, se ha constatado la necesidad de modificar uno de los temas incluidos en el temario anexo a la convocatoria, concretamente el tema 11 de la Primera Parte, por hacer referencia a un Plan que no ha sido aún aprobado a la fecha de la convocatoria. Debe procederse, en consecuencia, a su modificación.

Se ha advertido, por otra parte, un error en la misma, por cuanto, la no valoración del nivel C1 de Euskera y del nivel B1 de inglés como mérito, por ser requisitos de acceso a la convocatoria, altera la proporcionalidad fijada en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de septiembre de 2020 sobre el desarrollo de los procesos de estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Universidad Pública de Navarra, que se cita en el preámbulo de la Resolución por la que se aprueba la convocatoria, así como el acuerdo sindical del que éste trae causa.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que “Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.”.

Considerando el informe-propuesta del Jefe de la Sección de Gestión de Personal, que cuenta con el visto bueno del Director del Servicio de Recursos Humanos.

En uso de las competencias delegadas por Resolución 1420/2019, de 3 de julio, del Rector de la Universidad Pública de Navarra, por la que se aprueba la estructura general del equipo rectoral y se determinan sus funciones,

HE RESUELTO:

Primero.–Modificar el temario anexo a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de dos plazas del puesto de trabajo de Técnico P.B. (Comunicación), al servicio de la Universidad Pública de Navarra, aprobada por Resolución 168/2021, de 2 de febrero, del Gerente de la Universidad Pública de Navarra, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 48, de 2 de marzo de 2021, estableciendo como Tema 11 de la Primera Parte (Temas Generales) el siguiente:

“11.–Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027: Principios, objetivos y ejes de actuación. Modelo de actuación. Gobernanza.”

Segundo.–Corregir la distribución de puntos de la siguiente manera:

a) Base 7.6 de la citada convocatoria de manera que:

Donde dice:

“La valoración de las pruebas de la oposición podrá alcanzar un máximo de 70 puntos, distribuidos del siguiente modo:

–Primera prueba: Hasta un máximo de 10 puntos (6 puntos el primer ejercicio y 4 el segundo).

–Segunda prueba: Hasta un máximo de 36 puntos.

–Tercera prueba: Hasta un máximo de 24 puntos.”

Debe decir:

“La valoración de las pruebas de la oposición podrá alcanzar un máximo de 66,50 puntos, distribuidos del siguiente modo:

–Primera prueba: Hasta un máximo de 10 puntos (6 puntos el primer ejercicio y 4 el segundo).

–Segunda prueba: Hasta un máximo de 35,50 puntos.

–Tercera prueba: Hasta un máximo de 21 puntos.”

b) Base 7.9.2 de la citada convocatoria de manera que:

Donde dice:

“La valoración de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, podrá alcanzar una puntuación máxima de 40 puntos.”

Debe decir:

“La valoración de la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, podrá alcanzar una puntuación máxima de 28,50 puntos. No se valorarán como méritos aquellos requisitos exigidos para participar en la convocatoria”

c) Anexo III: Baremo de Méritos.

Donde dice:

“C) Conocimiento de idiomas: hasta un máximo de 6 puntos.”

Debe decir:

“C) Conocimiento de idiomas: hasta un máximo de 4,50 puntos.

Tercero.–Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarto.–Comunicar la presente resolución al Servicio de Recursos Humanos, y a la Sección de Comunicación, a los efectos oportunos.

Pamplona, 9 de marzo de 2021.–El gerente, Joaquín Romero Roldán.

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