BOLETÍN Nº 54 - 9 de marzo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 10/2021, de 29 de enero, del Consejero de Educación por la que se aprueba el texto del Convenio entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y las entidades citadas en el Anexo I de la presente Resolución, para la mejora de la convivencia en los Centros Educativos de Gobierno de Navarra, mediante el programa “Tiempo Fuera”.

La Directora del Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia presenta un informe por el que se propone la aprobación de un Convenio entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y las entidades citadas en el Anexo I de la presente Resolución, para la mejora de la convivencia de los Centros Educativos de Gobierno de Navarra, mediante el programa “Tiempo Fuera”.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2019 de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, en relación con las facultades otorgadas por el artículo 32.1.d de esta misma disposición,

ORDENO:

1.º Avocación de competencias.

Avocar la competencia del Director General de Educación para la aprobación y firma del presente Convenio.

2.º Aprobar el texto del Convenio (Convenio “Tiempo Fuera”), con sus 10 anexos, entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y las entidades mencionadas en el Anexo I de la presente Orden Foral para la mejora de la convivencia en los Centros Educativos del Gobierno de Navarra mediante el programa “Tiempo Fuera”, que se adjunta como Anexo II.

3.º Publicar la presente Orden Foral y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Orden Foral y sus anexos al Servicio de Inclusión, Igualdad y Convivencia y al Negociado de Asesoría de Convivencia así como a la Dirección General de Educación, y notificarla a las entidades mencionadas en la misma, a los efectos oportunos.

Pamplona, 29 de enero de 2021.–El Consejero de Educación, Carlos Gimeno Gurpegui.

ANEXO I

Entidades públicas y privadas colaboradoras
con el Programa “Tiempo fuera”

Razón Social Entidad.

–Malerrekako zarbitzu orokorren Mankomunitatea-Mancomunidad de Malerreka.

–Mancomunidad de SS.SS de Lazagurría, Lodosa, Mendavia, Sartaguda y Sesma.

–Mancomunidad de SS.SS de la Zona de los Arcos.

–Servicio Social de base de la Zona de Noáin.

–Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Peralta.

–Mancomunidad de Servicios sociales de Salazar y Navascues.

–Mancomunidad de Servicios Sociales de Allo.

–Ayuntamiento de Tafalla.

–Ayuntamiento de Viana.

–Ayuntamiento de la Cendea de Galar.

–Ayuntamiento de Beriain.

–Ayuntamiento de Tiebas Muruarte de Reta.

–Ayuntamiento de Ibargoiti.

–Ayuntamiento de Monreal.

–Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz.

–Ayuntamiento de Noáin.

–Ayuntamiento de Corella.

–Ayuntamiento de Barañain.

–Ayuntamiento de Fitero.

–Ayuntamiento de Cintruénigo.

–Ayuntamiento de Burlada.

–Asociación de Esclerosis Múltiple de Navarra.

–Organismo Autónomo Patronato Hogar San José.

–Fundación para la Gestión de Servicios Sociales Públicos. GIZAIN.

–Asociación Navarra de Nuevo Futuro.

–Hospital Ntra. Señora de la Caridad.

–Clínica Psiquiátrica Padre Menni (Hermanas Hospitalarias).

–Asociación de Personas con Discapacidad de Corella. Adisco C.E.E.

ANEXO II

Convenio entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y varias entidades para la mejora de la convivencia
en los Centros Educativos de Gobierno de Navarra mediante
el Programa “Tiempo fuera”

En Pamplona, fecha de firma.

SE REUNEN:

Carlos Gimeno Gurpegui, Consejero de Educación del Gobierno de Navarra, actuando en nombre y representación del Departamento de Educación, con CIF: S3100007H y domicilio social en Cuesta Santo Domingo, 8 de Pamplona.

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de Malerreka-Malerrekako Mankomunitatea actuando en nombre y representación de la Mancomunidad de Malerreka-Malerrekako Mankomunitatea, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Lazaguirría, Lodosa, Mendavia, Sartaguda y Sesma actuando en nombre y representación de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Lazaguirría, Lodosa, Mendavia, Sartaguda y Sesma, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de los Arcos actuando en nombre y representación de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de los Arcos, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de los Servicios Sociales de Base de la Zona de Noáin actuando en nombre y representación de Mancomunidad de los Servicios Sociales de Base de la Zona de Noáin, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Peralta y representación de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base de la Zona de Peralta, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Salazar y Navascues actuando en nombre y representación de la Mancomunidad de Servicios Sociales de Salazar y Navascues, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Mancomunidad de los Servicios Sociales de Allo actuando en nombre y representación de la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Allo, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Tafalla actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Tafalla, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Viana actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Viana, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de la Cendea de Galar actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de la Cendea de Galar, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña, del Ayuntamiento de Beriáin actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Beriáin, con CIF y domicilio social en.

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Tiebas Muruarte de Reta actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Tiebas Muruarte de Reta, con CIF domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Ibargoiti actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Ibargoiti, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Monreal actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Monreal, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Noáin actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Noáin, con CIF y domicilio social en ................

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Corella actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Corella, con CIF y domicilio en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Barañain actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Barañain, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Fitero actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Fitero, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Cintruénigo actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Cintruénigo, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Ayuntamiento de Burlada actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Burlada, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Asociación de Esclerosis Múltiple de Navarra actuando en nombre y representación de la Asociación de Esclerosis Múltiple de Navarra, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Organismo Autónomo Patronato Hogar de San José actuando en nombre y representación del Organismo Autónomo Patronato Hogar de San José, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-GIZAIN actuando en nombre y representación la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-GIZAIN, con CIF y domicilio en ...............

Don/Doña ..............., de la Asociación Navarra Nuevo Futuro actuando en nombre y representación de la Asociación Navarra Nuevo Futuro, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., del Hospital Nuestra Señora de la Caridad actuando en nombre y representación del Hospital Nuestra Señora de la Caridad, con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Clínica Psiquiátrica Padre Menni (Hermanas Hospitalarias) actuando en nombre y representación de la Clínica Psiquiátrica Padre Menni (Hermanas Hospitalarias), con CIF y domicilio social en ...............

Don/Doña ..............., de la Asociación de Personas con Discapacidad de Corella (ADISCO C.E.E.) actuando en nombre y representación de la Asociación de Personas con Discapacidad de Corella (ADISCO C.E.E., con CIF y domicilio social en ...............

Cada una de estas personas, en representación de las Instituciones citadas, y con autorización para la firma del presente Convenio en razón de sus respectivos cargos,

EXPONEN:

I.–Que el Departamento de Educación y las entidades públicas y sociales anteriormente señaladas son conscientes de los beneficios que una colaboración mutua reportará a sus respectivas comunidades y, por extensión, a la sociedad de la localidad.

II.–Que, mediante la firma de este Convenio, las entidades que participan en él, manifiestan el deseo de colaborar con los centros educativos de Navarra, en la realización de otras respuestas alternativas a las que actualmente se aplican ante conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia.

III.–Que las partes que integran este proceso coinciden en la necesidad de establecer sinergias entre el valor formativo de la cooperación para el alumnado del y la oportunidad del contacto con personas ajenas al entorno educativo, con el fin de contribuir al desarrollo de las habilidades sociales del alumnado implicado y facilitando que ello beneficie de igual manera a su entorno.

IV.–Que, por todo ello, las partes firmantes se reconocen plena capacidad y manifiestan su voluntad de formalizar el presente Convenio de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.–Objeto del convenio. Objetivos del programa.

El Departamento de Educación de Gobierno de Navarra, en colaboración con las entidades públicas y sociales anteriormente señaladas, ha puesto en marcha un programa para sustituir la medida de suspensión del derecho de asistencia a clase u otro tipo de actividades del Centro como consecuencia de conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia, puesto que la aplicación de estas medidas no siempre tienen el efecto deseado en el comportamiento del alumnado al que afecta.

Con esta iniciativa se quiere introducir un componente positivo en el habitual procedimiento corrector de algunas conductas disruptivas, y ofrecer al alumnado la posibilidad de convivir en otros ambientes, aportando su colaboración.

Por lo tanto, el objeto de este Convenio es realizar un trabajo educativo alternativo con aquellos alumnos o alumnas a quienes, por aplicación del Reglamento de Convivencia de Centro, se considere conveniente la aplicación de una medida educativa que contemple la realización de actividades sociales con los siguientes objetivos:

1. Contribuir a la educación del alumnado aplicando, cuando procedan, medidas educativas de carácter constructivo y reparador del daño causado y de mejora de sus habilidades para la vida.

2. Evitar que los alumnos y alumnas a quienes se les haya aplicado como medida educativa la suspensión del derecho de asistencia a clase u otro tipo de actividades del centro por presentar conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia se habitúen a esta medida y ello pueda servir de refuerzo en las conductas causantes de la medida educativa. La suspensión del derecho de asistencia a clase u otro tipo de actividades de un alumno o alumna es una medida que puede no modificar la conducta que la ha provocado e incluso favorecer el desinterés por los temas académicos.

3. Introducir un aspecto constructivo en las medidas educativas a tomar cuando se produzcan conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia del alumnado, ofreciéndoles la posibilidad de convivir en otros ambientes en los que puedan ayudar y colaborar en diferentes actividades de las entidades colaboradoras.

4. Enseñar a estos alumnos y alumnas otras realidades sociales, implicarles en ellas y potenciar su responsabilidad.

5. Dar al alumnado participante la posibilidad de ser y sentirse útil a la sociedad, y trabajar en beneficio de la comunidad.

6. Mostrar diversas actividades que puedan motivarles con sus estudios y orientarles en su futuro, incluyendo una perspectiva coeducativa que favorezca la ruptura de estereotipos.

7. Ayudar a este alumnado a descubrir sus inquietudes de cara a construir su propio proyecto de vida.

Segunda.–Contenido del programa.

El programa consistirá:

En la realización, por parte del alumnado, de actividades escolares dentro del Centro educativo con un profesor o profesora y/o con otro miembro de la comunidad educativa.

En la participación y ayuda por parte del alumnado en actividades de las entidades colaboradoras.

Las actividades a realizar por el alumnado serán acordadas entre los centros y las entidades colaboradoras.

Se establece un protocolo de actuación que se deberá llevar a cabo en cada programa “Tiempo Fuera”. (Anexo 1).

Todas las actividades estarán recogidas en el Plan de Actuación Personalizado. (Anexo 2).

Tercera.–Plan de actuación personalizado.

La Comisión de Convivencia del Centro, junto con Jefatura de Estudios:

–Estudiará cada caso de manera individual y diseñará un plan de actuación personalizado en el que se recogerá: definición de las actividades a realizar, inicio, finalización y horario de las mismas, e Institución en la que realizar éstas.

–Trasladará a la Institución el plan personalizado para que dé su conformidad.

–Evaluará los resultados del programa en cada caso (Anexo 7). Para ello, cada alumno o alumna participante elaborará una memoria escrita de la actividad realizada. (Anexo 6).

–Evaluará anualmente el programa en su conjunto e informará al Centro Educativo, al Negociado de la Asesoría de Convivencia del Departamento de Educación, y a las entidades participantes. (Anexos 9.1, 9.2 y 9.3).

Cuarta.–Funcionamiento del programa.

Al finalizar la participación del alumno o alumna en la actividad, la entidad implicada rellenará una ficha sobre su actitud, comportamiento y el desempeño llevado a cabo. (Anexo 4).

El alumno o alumna deberá hacer una memoria-reflexión de su experiencia que entregará y explicará en una entrevista a la persona responsable de convivencia y/o a Jefatura de estudios. (Anexo 6).

Inicialmente el proyecto se ejecutará en las siguientes instituciones:

–Mancomunidad de Malerreka/Malerrekako zarbitzu orokorren Mankomunitatea.

–Mancomunidad de SS.SS de Lazagurría, Lodosa, Mendavia, Sartagauda y Sesma.

–Mancomunidad de SS.SS de la Zona de los Arcos.

–Servicio Social de Base de la Zona de Noáin.

–Mancomunidad Servicios Sociales de Base de la zona de Peralta.

–Mancomunidad de Servicios Sociales de la Zona de Salazar y Navascues.

–Mancomunidad de Servicios Sociales de Allo.

–Ayuntamiento de Tafalla.

–Ayuntamiento de Viana.

–Ayuntamiento de la Cendea de Galar.

–Ayuntamiento de Beriáin.

–Ayuntamiento de Tiebas Muruarte de Reta.

–Ayuntamiento de Ibargoiti.

–Ayuntamiento de Monreal.

–Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz.

–Ayuntamiento de Noáin.

–Ayuntamiento de Corella.

–Ayuntamiento de Barañain.

–Ayuntamiento de Fitero.

–Ayuntamiento de Cintruénigo.

–Ayuntamiento de Burlada.

–Asociación de Esclerosis Múltiple de Navarra.

–Organismo Autónomo Patronato Hogar San José.

–Fundación para la Gestión de Servicios Sociales Públicos- GIZAIN.

–Asociación Navarra de Nuevo Futuro.

–Hospital Nuestra Señora de la Caridad.

–Clínica Psiquiátrica Padre Menni (Hermanas Hospitalarias).

–Asociación de Personas con Discapacidad de Corella. ADISCO C.E.E.

Podrán adherirse con posterioridad a la firma del Convenio otras entidades públicas o privadas que firmarán su apoyo a dicho programa y la aceptación de este Convenio. (Anexo 10).

Quinta.–Obligaciones.

El alumnado participante estará obligado al cumplimiento del Plan de actuación personalizado.

El hecho de realizar esas actividades no implica que los alumnos y alumnas participantes deban ni puedan abandonar sus deberes académicos; si en los días en que estén realizando el programa tienen exámenes deberán realizarlos, así como todas las tareas que les haya encomendado el profesorado.

De la participación en las actividades enmarcadas en el presente Convenio no se derivará relación laboral alguna, ni contraprestación económica para las personas ni para las entidades participantes.

Sexta.–Responsabilidad civil.

Quienes participen en el programa, tanto el alumnado de los centros formativos, como docentes acompañantes, si los hubiera, y personas destinatarias estarán cubiertas durante el desarrollo de las actividades derivadas de este programa, por el seguro del Centro Educativo, que cubrirá la posible responsabilidad civil derivada de las actividades del presente convenio. El mencionado seguro del Centro también cubrirá los posibles riesgos del trayecto hacia/desde el centro escolar.

Séptima.–Tratamiento de los datos personales del alumnado.

Todas las partes firmantes se comprometen a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en lo relativo al tratamiento de los datos personales del alumnado.

Cualquiera de las partes que tratara datos del alumnado afectado lo hará únicamente conforme a las instrucciones del Departamento, no los aplicará ni utilizará con fin distinto al señalado en el Convenio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.

Octava.–Compromiso de las familias y del alumnado.

Antes de la inclusión del alumnado en este programa, su madre, padre o tutor legal y el propio alumno/a, una vez hayan recibido la información (Anexo 3 y 5), suscribirán un compromiso mediante el que, además de la aceptación de la inclusión en el programa, se comprometen a facilitar la participación del alumno o alumna en el mismo, quien por su parte se comprometerá a respetar los compromisos adquiridos.

Si el alumno o alumna no respetara los compromisos y las normas en las que va a llevar a cabo su “Tiempo Fuera”, se le aplicará el Reglamento de Convivencia del Centro Educativo con arreglo a la conducta realizada.

Novena.–Reconocimiento.

El Departamento de Educación reconocerá su labor al profesorado que colabore en el programa, en la forma adecuada a cada caso (prácticas extracurriculares, horas de formación, etc.).

Décima.–Entrada en vigor.

El presente convenio entrará en vigor el mismo día de su firma.

La vigencia de este Convenio se extenderá hasta la finalización del curso 2020-2021, si bien se entenderá renovado por períodos sucesivos de cursos escolares completos, sin superar el plazo máximo de cuatro años establecido por el artículo 89 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y sin perjuicio que cualquiera de las entidades firmantes podrá proponer la revocación del mismo por denuncia expresa con, al menos, tres meses de antelación a la finalización de la vigencia o de la de sus prórrogas.

Al finalizar cada curso, el programa será evaluado por la Comisión de Convivencia del Centro y se informará sobre su desarrollo al Negociado de la Asesoría de Convivencia; esta evaluación se incluirá en la memoria anual del Centro, en el apartado de Convivencia.

Con el amplio sentido de colaboración expuesto, y en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.

(Hoja de firmas)

ANEXO III

Descargar aquí el Anexo III completo que incluye:

A 1.–Protocolo de actuación.

A 2.–Plan de actuación personalizado.

A 3.–Compromiso del alumnado en el Programa Tiempo Fuera.

A 4.–Evaluación del alumno o alumna por la entidad colaboradora.

A 5.–Acuerdo con la familia.

A 6.–Informe del alumno o alumna al finalizar la actividad.

A 7.–Evaluación del alumno/a en su programa Tiempo Fuera por parte de la Comisión de Convivencia o Jefatura de Estudios.

A 8.–Registro de participantes.

A 9.1.–Comunicación de la Comisión de Convivencia del Centro de la evaluación anual del Programa Tiempo Fuera al Centro Educativo.

A 9.2.–Comunicación de la Comisión de Convivencia del Centro de la evaluación anual del Programa Tiempo Fuera al Negociado de la Asesoría de Convivencia del Departamento de Educación.

A 9.3.–Comunicación de la Comisión de Convivencia del Centro de la evaluación anual a las entidades participantes.

A 10.–Adhesión de la entidad colaboradora al Convenio entre el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra y (nombre de la entidad colaboradora), para la mejora de la convivencia en el (nombre del centro), mediante el programa “Tiempo Fuera”.

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