BOLETÍN Nº 200 - 26 de agosto de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

MURCHANTE

Convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición y en régimen funcionarial, de una plaza de Oficial Administrativo (Catastro)

Por Resolución de la Alcaldía del día 5 de agosto de 2021, se han aprobado las bases de la convocatoria para la provisión, por concurso oposición y en régimen funcionarial de una plaza de Oficial Administrativo (Catastro) al servicio del Ayuntamiento de Murchante.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Murchante, 5 de agosto de 2021.–El alcalde, Luis Sancho Martínez.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE OFICIAL ADMINISTRATIVO (CATASTRO) AL SERVICIO DEL AYUNTAMIENTO DE MURCHANTE, MEDIANTE
CONCURSO-OPOSICIÓN Y EN RÉGIMEN FUNCIONARIAL

Bases

1.–Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo, de Oficial Administrativo (Catastro) en régimen funcionarial, con destino en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Murchante (en adelante el Ayuntamiento).

Así mismo, es objeto de la presente convocatoria constituir con las personas aspirantes aprobadas que no obtengan plaza en el procedimiento selectivo de ingreso, y de acuerdo con lo dispuesto en la base número 9, una relación de aspirantes a la provisión temporal del puesto de trabajo de Oficial Administrativo.

1.2. El nombramiento conferirá al designado/a, a todos los efectos, el carácter de funcionario del Ayuntamiento desde la fecha de toma de posesión siendo afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel C, del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra así como las retribuciones complementarias establecidas en la Plantilla Orgánica.

1.4. La jornada de trabajo anual será la misma que la del resto del personal de las oficinas municipales y se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el Ayuntamiento.

1.5. Las funciones a desempeñar serán adecuadas a la categoría de la convocatoria, propias de su nivel; entre otras, de manera enunciativa y no excluyente, las siguientes:

–Tareas relacionadas con el Catastro (registro de bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, impuestos asociados, propietarios, etc.)

–Atención al público y todas las labores que en las oficinas municipales desempeñan los oficiales administrativos.

–Todas las funciones que puedan corresponder a un oficial administrativo, comprendiendo tareas de ejecución.

–Aquellas otras funciones, relacionadas con su puesto de trabajo, que pueda encomendarle el Ayuntamiento de Murchante.

–Igualmente realizarán actuaciones y gestiones fuera de las dependencias municipales, si hubiera lugar.

2.–Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a. Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación.

c. Estar en posesión, como mínimo, del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente a alguno de los anteriores, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo para la presentación de solicitudes.

d. Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e. No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f. Ingresar en la cuenta del Ayuntamiento de Murchante indicada en la Base 3.3 la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen.

2.2. Los requisitos expresados deberán ser acreditados por el aspirante aprobado que obtenga la plaza en el plazo y forma previstos en la Base 7 de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3.–Solicitudes.

3.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento, y deberán presentarse en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de publicación de ésta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección de email ayuntamiento@murchante.com, de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento (calle Cofrete, 5. Obligatorio previa solicitud de cita previa, a través el teléfono 948 83 80 84), o a través del Registro de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://murchante.sedelectronica.es/info). Podrán utilizarse también los demás medios de presentación de solicitudes que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común.

Si dicho plazo finaliza en sábado o en día inhábil, se entenderá referido al primer día hábil siguiente.

3.2. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I.

3.3. A la misma se acompañará la siguiente documentación:

a. Copia del Documento Nacional de Identidad.

b. Copia de los méritos que aporte a la convocatoria para su valoración conforme a la Base 6.

c. Justificante de haber ingresado la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen.

El abono de este importe, se deberá efectuar mediante transferencia bancaria en el número de cuenta que aparece reflejado en el Anexo I de las presentes bases, cuyo titular es el Ayuntamiento de Murchante.

En el justificante de pago deberán figurar obligatoriamente los siguientes datos:

–Nombre y apellidos de la persona aspirante.

–Concepto: Examen Oficial Administrativo.

3.4. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.5. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

3.6. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por el órgano competente.

3.7 Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

4.–Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de la publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios Municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento.

En el caso de que no haya personas excluidas para la lista provisional se realizará lista definitiva de admitidos.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

4.5. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento que se convoca mediante la presente resolución. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

4.6. En la Resolución aprobatoria de dicha lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición y la composición definitiva del Tribunal. Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios mediante publicación en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es)

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Luis Sancho Martínez, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Murchante.

–Suplente: Lara Bartos Alegría, primer teniente alcalde del Ayuntamiento de Murchante.

–Vocal: A designar por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

–Suplente: A designar por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

–Vocal: Hortensia Chivite Trincado, Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Cintruénigo.

–Suplente:. Gustavo Ortega Clemente, Coordinador Deportivo-Cultural.

–Vocal: Ángel Ullate Magaña, representante del personal del Ayuntamiento de Murchante.

–Suplente: Jesús Fernández Ostiz, representante del personal del Ayuntamiento.

–Vocal Secretario: Víctor Manuel Mendívil Zubizarreta, Secretario del Ayuntamiento de Murchante.

–Suplente: Rosana Sáez Ramírez, Interventora del Ayuntamiento de Murchante.

5.2. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros. Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la de oposición.

6.2. La oposición dará comienzo, previsiblemente, en el mes de noviembre de 2021.

6.3. Fase del concurso: la fase de concurso, sin carácter eliminatorio se realizará con carácter previo a la fase de oposición y tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

6.3.a) Por cada año de servicios prestados para una Entidad local Navarra, para la realización de funciones de oficial administrativo con un nivel C reconocido: 2 puntos por año de servicio.

6.3.b) Por cada año de servicios prestados para el resto de las Administraciones Públicas, para la realización de funciones de oficial administrativo con un nivel C reconocido: 1 punto por año de servicio.

6.3.c) Por cada año de servicios prestados para una Entidad local Navarra, para la realización de funciones de auxiliar administrativo con un nivel D reconocido: 1 punto por año de servicio.

6.3.d) Por cada año de servicios prestados para el resto de las Administraciones Públicas, para la realización de funciones de auxiliar administrativo con un nivel D reconocido: 0,5 puntos por año de servicio.

Si el número de años no fuese entero, se asignará a los aspirantes la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que hayan prestado servicio.

Dichos méritos deberán ser justificados obligatoriamente a través de certificados de las correspondientes Entidades Locales o Administraciones Públicas, donde se deberán detallar claramente las funciones realizadas, su duración y el nivel reconocido.

Al término de la fase de concurso, el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es), la puntuación obtenida, precisando los puntos que hayan obtenido cada uno de ellos en la fase de concurso. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento (calle Cofrete, 5. Obligatorio previa solicitud de cita previa, a través el teléfono 948 83 80 84), o bien en el Registro de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://murchante.sedelectronica.es/info), con utilización del trámite instancia general.

6.4. Fase de Oposición: Constará de los siguientes ejercicios:

6.4.1. Primera prueba: De carácter teórico. Consistirá en la contestación por escrito, de varias preguntas breves o tipo test relacionadas con los temas del Anexo II.

La puntuación máxima de este ejercicio será de 40 puntos, debiéndose obtener una calificación mínima de 20 puntos para aprobar. Las respuestas incorrectas serán objeto de penalización, en la forma que se indicará por el Tribunal calificador antes de su realización.

6.4.2. Segunda prueba: De carácter práctico. Consistirá en la elaboración de varios documentos administrativos oficiales con los datos que se ofrezcan a los opositores, que versarán sobre temas relacionados con los servicios a desempeñar por el puesto a ocupar, los cuales determinará el Tribunal de entre el temario previsto en el Anexo II de la convocatoria.

El planteamiento de cada supuesto práctico se efectuará por el Tribunal de manera escrita. Asimismo el Tribunal podrá exigir que se elabore el documento a mano o en ordenador.

La puntuación máxima de la segunda prueba será de 40 puntos siendo necesario un mínimo de 20 puntos para aprobar.

6.4.3. Los ejercicios serán eliminatorios, quedando eliminados, en cada uno de ellos, aquellos opositores que no alcancen, al menos, la puntuación mínima asignada a los mismos.

6.4.4. El sistema a utilizar será el de plicas cerradas. Terminada la corrección de cada ejercicio el Tribunal calificador procederá a la publicación, en el Tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es), de la lista con las calificaciones obtenidas. Así mismo, se indicará el día y hora de la apertura pública de las plicas.

6.4.5. El Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es), los resultados provisionales de la apertura pública de plicas de cada ejercicio de la oposición. Contra estas calificaciones provisionales se podrán formular alegaciones en el plazo de cinco días naturales por parte de los aspirantes a presentar de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento (calle Cofrete, 5. Obligatorio previa solicitud de cita previa, a través el teléfono 948 83 80 84), o bien en el Registro de la sede electrónica del Ayuntamiento (https://murchante.sedelectronica.es/info), con utilización del trámite instancia general.

6.4.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo los aspirantes acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos mencionados.

7.–Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es), la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará al Alcalde-Presidente propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación. Dicha propuesta se publicará en el Tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es), y en el Boletín Oficial de Navarra.

La puntuación total será el resultado de sumar la puntuación obtenida en la fase de concurso y la obtenida en la fase de oposición.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de la oposición. De persistir el empate, el desempate se realizará por sorteo público.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General del Ayuntamiento (calle Cofrete, 5. Obligatorio previa solicitud de cita previa, a través el teléfono 948 83 80 84), los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria, y en concreto los siguientes:

a. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b. Documento original o copia compulsada del título exigido en la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c. Certificado médico oficial acreditativo de que el interesado no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d. Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e. Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones de su cargo.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo en casos de fuerza mayor debidamente justificados, el aspirante propuesto no presentase dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.–Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, y aportados por el aspirante aprobado con mayor puntuación los documentos a que se refiere la Base 7.2 anterior, el Alcalde del Ayuntamiento, resolverá su nombramiento como funcionario del Ayuntamiento para desempeñar el puesto de trabajo de Oficial Administrativo.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el Boletín Oficial de Navarra.

8.3. La persona aspirante nombrada deberá tomar posesión en su puesto de trabajo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si dentro del plazo indicado, y salvo los supuestos suficientemente justificados de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4 de la presente convocatoria.

9.–Listas de aspirantes a la contratación temporal.

9.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, y tal y como queda indicado en la base 1.1. de la presente convocatoria, se constituirá una lista de aspirantes a la contratación temporal, en la que figurarán todas aquellas personas que hayan resultado aprobadas sin plaza.

9.2. La relación de aspirantes a la contratación temporal será objeto de publicación en el Tablón de anuncios municipal y en el Portal de Transparencia de la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento (www.murchante.es).

9.3. El orden de prelación de las personas incluidas en tal relación de aspirantes a la contratación temporal vendrá determinado por la puntuación final obtenida.

9.4. Las listas de contratación tendrán una vigencia de cinco años, salvo que se agote en un plazo inferior o se realice una nueva convocatoria, y dejarán sin efecto las anteriores listas que pudieran existir para el mismo puesto de trabajo.

9.5. Normas de gestión de la lista de aspirantes para la contratación temporal.

A) Llamamiento:

La contratación de los aspirantes aprobados se efectuará, con carácter general, previo llamamiento individual de acuerdo con las necesidades del servicio.

Con el fin de facilitar su localización, los aspirantes podrán comunicar varios teléfonos de contacto, dirección de correo electrónico o fax, que deberán mantener continuamente actualizadas.

El llamamiento de los aspirantes se efectuará de acuerdo con el orden de prelación en que figuren en la correspondiente lista. No obstante lo anterior, para el llamamiento se tendrá en cuenta lo establecido en la Disposición Adicional Séptima, apartado 3, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

A cada aspirante al que se oferte un contrato por teléfono, se realizarán al menos tres intentos de localización, a través de los medios de comunicación facilitados en la solicitud de participación en el presente proceso de contratación, durante un periodo de dos días.

De cada llamamiento se dejará constancia por escrito, señalando las circunstancias, fecha y hora en la que se ha efectuado.

Cuando un aspirante no pueda ser localizado se contactará con el siguiente o siguientes de la lista, hasta que el puesto o puestos de trabajo ofertados sean cubiertos.

Los interesados con los que no se haya podido contactar mantendrán su lugar en la lista correspondiente.

B) Renuncias:

1. Si algún aspirante renuncia al puesto de trabajo ofertado pasará al último lugar de la lista, salvo que acredite encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

1.–Estar obligado en virtud de un nombramiento o contrato administrativo o laboral en vigor.

2.–Encontrarse en situación de incapacidad temporal o licencia por maternidad o adopción.

3.–Tener a su cuidado un hijo menor de 3 años, tanto cuando lo sea por naturaleza como por adopción.

4.–Tener a su cuidado a un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que, por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

5.–Matrimonio propio o situación asimilada según la Ley 6/2000, de 3 de julio, para la igualdad jurídica de las parejas estables, si la renuncia se produce dentro de los quince días naturales siguientes o anteriores a su constitución.

Los aspirantes que se encuentren en alguna de las situaciones enumeradas en el apartado anterior, o en circunstancias asimiladas que deberán ser valoradas por el órgano competente en materia de contratación, deberán acreditarlo documental y fehacientemente en el plazo de un mes contado desde la fecha en que se les haya ofertado el puesto de trabajo al que renuncian, en cuyo caso permanecerán en el mismo lugar que ocupan en la lista.

En todos los casos enumerados en el apartado primero del presente artículo los aspirantes deberán comunicar su disponibilidad para prestar servicios, mediante documentación en la que se indique la fecha de finalización de la situación que justificó la renuncia. Mientras no se produzca esta comunicación, no se les ofertará ningún puesto de trabajo.

C) Exclusiones:

Serán excluidos de la lista que haya dado lugar al llamamiento, los aspirantes que incurran en alguno de los siguientes supuestos:

a) Renuncia injustificada al puesto de trabajo ofertado.

b) Renuncia al contrato suscrito, salvo en los supuestos contemplados en la cláusula 9.9.B de las presentes bases.

c) No suscripción del correspondiente contrato, una vez aceptado el puesto de trabajo en virtud del llamamiento.

9.6. Los contratados serán dados de alta y afiliados al Régimen General de la Seguridad Social, siendo, por tanto, de su cargo la cuota correspondiente, así como la retención del I.R.P.F. en las cuantías que procedan.

10.–Recursos.

10.1. Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de su aplicación, cabe interponer optativamente los siguientes recursos:

a. Recurso de reposición, ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación.

b. Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes contado desde el día siguiente de la fecha de notificación o publicación del acto recurrido.

c. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona que proceda en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la publicación o notificación.

10.2. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde la notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido en el Portal de Transparencia de la sede electrónica ante el Alcalde del Ayuntamiento.

11.–Protección de datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a los candidatos de lo siguiente:

El Ayuntamiento de Murchante es el responsable de tratamiento de los datos de carácter personal que van a ser utilizados con la finalidad de gestionar las convocatorias de empleo en el ejercicio de los poderes públicos.

–Base Jurídica: Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, del Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y consentimiento mediante la presentación de la instancia.

–Tiempo de conservación de los datos: Los datos se conservarán el tiempo necesario para el cumplimiento de la finalidad señalada y se almacenarán mientras el Ayuntamiento pueda tener responsabilidades derivadas de su tratamiento. Igualmente deben cumplirse las normas de conservación establecidas en la Ley Foral 12/2007, de 4 de abril, de archivos y documentos.

–Destinatarios de los datos: Los datos pueden ser cedidos a órganos judiciales, representantes sindicales en cumplimiento de la legislación vigente y se publicarán en la web municipal y en los tablones de anuncios según se indica en la convocatoria.

–Derechos: Las personas aspirantes tienen derecho a acceder a los datos, rectificarlos en el caso de que no sean correctos, suprimirlos, así como otros derechos dirigiéndose al Registro General del Ayuntamiento de Murchante (oficinas municipales o sede electrónica).

De la misma forma, las personas interesadas pueden presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos mediante escrito dirigiéndose a calle Jorge Juan, 6, 28001 (Madrid) o a través de su sede electrónica en www.agpd.es.

ANEXO I

Modelo de instancia (PDF).

ANEXO II

Temario

1. El Padrón Municipal de habitantes. Idea general del Padrón Municipal de Habitantes. Trámites y procedimientos del Padrón Municipal de Habitantes. Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, Título II De la población y del padrón.

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Los interesados en el procedimiento, la capacidad de obrar y el concepto de interesado, representación, identificación y firme de los interesados en el procedimiento administrativo. De la actividad de las Administraciones Públicas, normas generales, Registros, silencio administrativo, términos y plazos (cómputo). Actos administrativos: Requisitos. Eficacia, notificación. El procedimiento administrativo común. Garantías. Fases. Recursos administrativos: Principios generales, el recurso de alzada y el recurso de reposición.

3. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Abstención y recusación. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad de la Administración Pública y de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público.

4. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local: Título II: El Municipio. Capítulo I: Territorio y Población. Capítulo II: Organización. Título V: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales: Capítulo I: Régimen de funcionamiento. Capítulo IV: Información y participación ciudadana.

5. Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra: Título I: El municipio como Entidad Local de Navarra. Título III: Régimen de funcionamiento de las Entidades Locales de Navarra. Información y participación ciudadanas. Título IV: Bienes de las Entidades Locales. Título V: Actividades, servicios y obras. Título IX: El procedimiento y régimen jurídico, impugnación y control de las actuaciones de las Entidades Locales de Navarra: En particular, el recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Decreto Foral 279/1990, de 18 de octubre).

6. Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra: Los recursos de las Haciendas Locales de Navarra. Los impuestos municipales. Presupuesto y gasto público.

7. Decreto Foral 270/1998, de 21 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, en materia de presupuestos y gasto público. Capítulo II: Sección 1.ª : Elaboración y aprobación del presupuesto. Capítulo III: De los créditos del presupuesto de gastos. Sección 3.ª Modificaciones presupuestarias. Capítulo IV: Ejecución del presupuesto de Gasto. Normas reguladoras y fases de ejecución.

8. Decreto Foral 272/1998, de 21 de septiembre, por el que se aprueba la Instrucción General de Contabilidad para la Administración Local de Navarra.

9. Decreto Foral 234/2015, de 23 de septiembre, por el que se aprueba la estructura presupuestaria de las entidades locales de Navarra.

10. Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y los Catastros de Navarra.

11. Decreto Foral 100/2008, de 22 de septiembre, Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 12/2006, del Registro de la Riqueza Territorial y los Catastros de Navarra.

12. Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Título V: Intervención administrativa en la edificación y usos del suelo y disciplina urbanística.

13. Ley Foral 17/2020 de 16 de diciembre, reguladora de las actividades con incidencia ambiental. Título I Capítulo V. Instalaciones y actividades sometidas a licencia de actividad clasificada. Título III. Disciplina y restauración de la legalidad ambiental. Anejo 3.

14. Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos. Título I. Capítulos III, IV, V, VI y VII. Título II, Capítulos I, II, III, IV y V. Título III Capítulos I, IV y V.

15. Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Clases de personal. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Las plantillas orgánicas, relaciones de funcionarios y expedientes personales. Las situaciones administrativas. Derechos y deberes. Retribuciones. Personal contratado en régimen laboral.

16. Ley Foral 11/2006, de subvenciones. Título I capítulos II, III, IV y V. Título II, Título III.

17. Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Título II, Capítulos I y III. Título III Capítulos I, II y III.

18. Documentos administrativos. El oficio, el Bando, la instancia, el certificado, el acta, la circular, la Diligencia, el traslado de acuerdos y las notificaciones. Las Resoluciones, el contrato. Organización y tratamiento archivístico.

19. Ordenanza Municipal de la declaración responsable y comunicación previa en actividades clasificadas, obras y puesta en marcha de actividades (Boletín Oficial de Navarra 16/01/2020)

20. Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad (Boletín Oficial de Navarra 10/01/2020)

21. Conceptos elementales sobre Windows10. El escritorio y sus elementos; el Administrador de Tareas; el Explorador de Windows; el Panel de Control; Impresoras; el botón Inicio; la carpeta Inicio; la barra de tareas; el comando ejecutar; la Ayuda; trabajo en red; cuentas de usuario.

22. Procesadores de textos: conceptos fundamentales. Microsoft Word365: el área de trabajo; escribir y editar; formato de texto; diseño de página y composición; estilos; plantillas; herramientas; tablas; administración de archivos; combinar correspondencia; trabajar con campos; imprimir.

23. Hojas de cálculo: Microsoft Excel365: Conceptos básicos; libros de trabajo; hojas; celdas; selección de celdas y comandos; introducción de datos; creación de fórmulas y vínculos; uso de funciones; edición de una hoja de cálculo; formatos; gráficos; imprimir.

24. Conceptos elementales de internet y correo electrónico.

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