BOLETÍN Nº 18 - 26 de enero de 2021

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ESTELLA-LIZARRA

Aprobación definitiva de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común

El Pleno del Ayuntamiento de Estella/Lizarra, en sesiones celebradas el día 29 de octubre de 2020 y 5 de noviembre de 2020, adoptó los acuerdos de aprobación inicial de las modificaciones de la Ordenanza fiscal número 15 reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común, publicados en el Boletín Oficial de Navarra número 266, de 13 de noviembre de 2020 y número 273, de 23 de noviembre de 2020.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, modificado por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede a la aprobación definitiva de la dicha Ordenanza Fiscal, disponiendo su publicación a los efectos pertinentes.

Estella-Lizarra, 13 de enero de 2021.–El alcalde, Koldo Leoz Garciandia.

ORDENANZA FISCAL NÚMERO 15

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS
POR APROVECHAMIENTOS ESPECIALES DEL SUELO, VUELO
Y SUBSUELO DE LA VÍA PÚBLICA Y TERRENOS DEL COMÚN

Se incorporan las siguientes disposiciones:

“DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

Se suspende temporalmente, de forma excepcional, la aplicación de las tasas por ocupación de vía pública que se giran por la ocupación del dominio público con terrazas y elementos asociados al ejercicio de la actividad hostelera, que tendrá efectos exclusivos sobre lo recogido en el artículo 1.f y en el anexo I.2 Mesas, sillas y veladores, de la ordenanza, suspensión que tendrá efecto desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2020.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA

Se suspende temporalmente, de forma excepcional, la aplicación de las tasas por ocupación de vía pública que se giran por la ocupación del dominio público con el Mercado, que tendrá efectos exclusivos sobre lo recogido en el artículo 1.h y en el anexo I.1 Mercadillos, de la ordenanza, suspensión que tendrá efecto desde el 1 de enero hasta el 31 de julio del año 2020.”

Código del anuncio: L2100534