BOLETÍN Nº 143 - 21 de junio de 2021

3. Administración del Estado

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL EBRO

Propuesta de aprobación del canon de regulación
del embalse de Itoiz 2022

Con fecha 7 de mayo de 2021 Dirección Técnica de este Organismo ha aprobado propuesta del canon de regulación del embalse de Itoiz 2022 que conforme a lo establecido en el artículo 302 del R.D. 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público Hidráulico (Boletín Oficial del Estado número 103, de 30 de abril), incluye la siguiente propuesta de valores:

A) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores I y II.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 28,3981083602 euros/Ha.

B) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.2 y IV.3 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 28,9959468722 euros/Ha.

C) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores IV.1 abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 29,5937853841 euros/Ha.

D) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores II.2, III, IV.1-2-4-5, IX y X abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 30,1916238961 euros/Ha.

E) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores V, VII y VIII abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 30,7894624080 euros/Ha.

F) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2015 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 31,3873009200 euros/Ha.

G) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores de Regularización 2016 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 31,9851394319 euros/Ha.

H) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sector VI y Regularización Sectores 2017 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 32,5829779439 euros/Ha.

I) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra del Sectores XXII, XXIII, XXIV, XXV, XXVI y Regularización Sectores 2018 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 33,1808164558 euros/Ha.

J) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el Canal de Navarra de los Sectores XXII-Arga 5, XXII-Arga 6 y Regularización Sectores 2019 en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 34,9743319917 euros/Ha.

K) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, anterior a la Presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,4761806422 euros/Ha.

L) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, anterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 2,1121093093 euros/Ha.

M) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Irati, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 22,1425935805 euros/Ha.

N) Los usuarios agrícolas con concesión de agua para riego desde el río Aragón, posterior a la presa de Itoiz, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 14,5349153274 euros/Ha.

O) El Eje del Ebro tendrá la consideración de beneficiario de la regulación del Embalsede Itoiz y abonará la cantidad de 44.177,92 euros, dicha cantidad se tendrá en consideración para el cálculo del canon de regulación del embalse del Ebro.

P) Los usuarios hidroeléctricos directos con concesión,en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0088744089 euros/Kwh.

Q) Los usuarios hidroeléctricos fluyentes del Irati con concesión, en el río Irati, posterior a la construcción del Embalse de Itoiz, que se benefician del caudal superior al de estiaje normal producido por la regulación del embalse, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0094387418 euros/Kwh.

R) Los usuarios hidroeléctricos con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de regulación la cantidad de 0,0029581363 euros/Kwh.

S) Los usuarios hidroeléctricos apoyo eje del Ebro con concesión, en el río Aragón, anterior a la construcción del Embalse de Itoiz y mejorados por su regulación, abonarán en concepto de Canon de Regulación la cantidad de 0,0029547919 euros/Kwh.

T) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el Canal de Navarra, o desde el río Iratí, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0233926771 euros/m³.

U) Los usuarios con concesión de agua para abastecimientos y usos consuntivos industriales desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0078095862 euros/m³.

V) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Irati, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de Itoiz 0,0022186022 euros/m³.

W) Los usuarios con concesión de agua para usos no consuntivos desde el río Aragón, abonarán en concepto de Canon de Regulación del Embalse de 0,0007512027 euros/m³.

X) El Estado como beneficiario de las Obras (defensa contra avenidas y demás beneficios generales) aportará al Organismo Gestor, en concepto de Canon de Regulación un total de 2.783.377,34 euros.

Lo que se somete a información pública a efecto de que puedan formularse las reclamaciones que procedan ante el señor Presidente de Confederación Hidrográfica del Ebro, dentro del plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Navarra. Durante este periodo podrá examinarse el expediente administrativo mediante comparecencia en la sede del Organismo, sita en Paseo Sagasta 24-28 de Zaragoza.

Zaragoza, 17 de mayo de 2021.–El Director Técnico, Francisco José Hijós Bitrián.

Código del anuncio: E2109302