BOLETÍN Nº 143 - 21 de junio de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 555/2021, de 25 de mayo, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas a la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero, para el año 2021. Identificación BDNS: 566285.

Por Orden Foral 111/2016, de 12 de abril, modificada por la Orden Foral 165/2017, de 11 de mayo de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se aprobaron las normas que regulan la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero.

Previamente a la aprobación de esta norma, la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, acusó recibo del formulario de información resumida comunicado por las autoridades españolas (Comunidad Foral de Navarra), y registró el proyecto de norma arriba indicado como la ayuda SA.44606 (2016/XA).

En 2020, para incrementar el importe del presupuesto inicial, se comunicó a la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, que acusó registro de la información remitida por la Comunidad Foral de Navarra como la ayuda SA.59328 (2020/XA).

Las ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero, se encuadran en el artículo 26.9 del Reglamento (UE) número 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de funcionamiento de la Unión Europea.

La vigencia del presente régimen de ayudas se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020, de conformidad con el Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

No obstante su periodo de aplicación, teniendo en cuenta que el procedimiento legislativo relativo a la reforma de la PAC aún sigue en curso y la adopción del marco jurídico, incluidos los actos delegados y de ejecución subsiguientes, puede demorarse algún tiempo, el Reglamento (UE) 2020/2008 de la Comisión de 8 de diciembre de 2020 por el que se modifica el Reglamento (UE) número 702/2014 (UE) en lo que respecta a su período de aplicación ha prorrogado su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

La Comunidad Foral de Navarra en atención a la prórroga de los instrumentos de ayuda estatal y de los regímenes existentes que expiraban a 31 de diciembre de 2020, pretende aprobar para el ejercicio 2021 la correspondiente convocatoria de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero.

Por otra parte, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero, en el año 2021.

2.º La persona beneficiaria asume el compromiso de no incurrir en deslocalización empresarial, conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley Foral 18/2020, de 16 de diciembre, sobre medidas a favor del arraigo empresarial y contra la deslocalización empresarial.

3.º Aprobar el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

Las entidades a que hace referencia el artículo 3 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, estarán sujetas a las normas de transparencia, cuando perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones en una cuantía superior a 20.000 euros, o cuando las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 20% del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

4.º El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

5.º Para atender los compromisos de gastos derivados de esta resolución se autoriza un gasto de 130.000,00 euros con cargo a la partida 710004 71310 7700 412203 “Ayuda a la reposición de reproductoras bovinas por sacrificio obligatorio” de los Presupuestos Generales de Navarra del ejercicio 2021.

6.º Para esta convocatoria serán de aplicación las normas previstas en la Orden Foral 111/2016, de 12 de abril, modificada por la Orden Foral 165/2017, de 11 de mayo, ambas de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueban las normas que regulan la concesión de ayudas para la reconstitución del rebaño de ganado vacuno sacrificado en el marco de campañas de saneamiento ganadero.

7.º Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación.

8.º Registrar la presente convocatoria de subvenciones en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

9.º Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 25 de mayo de 2021.–El director general de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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