BOLETÍN Nº 115 - 18 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 28E/2021, de 28 de abril, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se modifica la Resolución 21E/2021, de 9 de abril, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de 2021 para la mejora de la competitividad de las pymes turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra.

Mediante Resolución 21E/2021, de 9 de abril, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, se ha aprobado la convocatoria de subvenciones de 2021 para la mejora de la competitividad de las pymes turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra.

Actualmente dicha convocatoria está pendiente de publicación en el Boletín Oficial de Navarra, circunstancia que dará lugar a la apertura del plazo de presentación de solicitudes durante un mes, tal y como está previsto en sus bases reguladoras.

El Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio, órgano gestor de la convocatoria, ha constatado que la interpretación de forma conjunta del requisito general 1.1 y del requisito específico 2.1 (ambos establecidos en base reguladora 4) que tienen que cumplir las empresas beneficiarias, conlleva una contradicción conforme al informe emitido al efecto por dicho Servicio.

Por ello, se considera necesario modificar la redacción de ambos requisitos para garantizar una interpretación coherente acorde con los objetivos previstos de la convocatoria y para garantizar la máxima seguridad jurídica y transparencia tanto para las pymes solicitantes de la ayuda como del órgano gestor de la convocatoria.

En consecuencia y conforme al informe del citado Servicio se propone que se dicte la oportuna Resolución de modificación de la convocatoria.

Por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 32 de la Ley Foral11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.º Modificar la base reguladora 4.1.1 del Anexo de la Resolución 21E/2021, de 9 de abril, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de 2021 para la mejora de la competitividad de las pymes turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“1.1. Tener en Navarra, desde antes del 1 de octubre de 2020, su domicilio fiscal y los establecimientos donde se desarrolle la actividad objeto de ayuda.”

Debe decir:

“1.1. Ser sujeto pasivo de la Hacienda Foral de Navarra por aquellos impuestos correspondientes a la actividad económica objeto de la subvención.”

2.º Modificar la base reguladora 4.2.1 del Anexo de la Resolución 21E/2021, de 9 de abril, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de 2021 para la mejora de la competitividad de las pymes turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra, en el siguiente sentido:

Donde dice:

“2.1. Figurar inscrita en el Registro de Turismo de Navarra como titular del establecimiento turístico, de la agencia de viajes o de la empresa de turismo activo y/o cultural, con anterioridad al 1 de octubre de 2020.

Si la empresa solicitante no figura como titular a dicha fecha, pero ha presentado como fecha límite el día de presentación de la solicitud de la subvención, la documentación necesaria para tramitar la modificación de la titularidad en el Registro de Turismo de Navarra, se dará por cumplido dicho requisito.

En el caso de empresas en régimen de franquicia se entenderá cumplido dicho requisito cuando la empresa franquiciada solicitante de la ayuda figure en el Registro de Turismo de Navarra como gerente o responsable del establecimiento franquiciado ubicado en Navarra.”

Debe decir:

“2.1. Figurar como titular del establecimiento turístico, de la agencia de viajes o de la empresa de turismo activo y/o cultural en el Registro de Turismo de Navarra.

Si la empresa solicitante no figura como titular a dicha fecha, pero ha presentado como fecha límite el día de presentación de la solicitud de la subvención, la documentación necesaria para tramitar la modificación de la titularidad en el Registro de Turismo de Navarra, se dará por cumplido dicho requisito.

En el caso de empresas en régimen de franquicia se entenderá cumplido dicho requisito cuando la empresa franquiciada solicitante de la ayuda figure en el Registro de Turismo de Navarra como gerente o responsable del establecimiento franquiciado ubicado en Navarra.

El establecimiento turístico, la agencia de viajes o la empresa de turismo activo y/o cultural donde se desarrolle la actuación objeto de la ayuda, debe figurar inscrito en el Registro de Turismo de Navarra con anterioridad al 1 de octubre de 2020.”

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 28 de abril de 2021.–La directora general de Turismo, Comercio y Consumo, Maitena Ezkutari Artieda.

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