BOLETÍN Nº 115 - 18 de mayo de 2021

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 96/2021, de 30 de abril, de la Directora General de Interior, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante los sistemas de concurso o concurso específico, de plazas del empleo de Subinspector o Subinspectora del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

Mediante Decreto Foral 102/2018, de 12 de diciembre, se aprueba la oferta parcial de empleo público del ámbito de Administración Núcleo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2018, relativa a la tasa de reposición prevista en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. Dicho Decreto incluye 24 plazas del puesto de Subinspector o Subinspectora de la Policía Foral de Navarra.

La Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra establece que las modalidades de provisión de puestos de trabajo dentro de las Policías de Navarra son el concurso, que será el sistema ordinario, el concurso específico y la libre designación. El Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, se pronuncia en términos similares. Por último, el artículo 6.2 del Decreto Foral 102/2016, de 16 de noviembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, determina que el sistema de provisión de puestos de trabajo de Subinspector o Subinspectora será el concurso o concurso específico.

En consecuencia y en el ejercicio de las funciones encomendadas por el artículo 10 del Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero, por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral y sus organismos autónomos,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante los sistemas de concurso o concurso específico, de plazas del empleo de Subinspector o Subinspectora del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

2.º Aprobar las bases de la convocatoria y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y en la ficha de la convocatoria en el portal web de Internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es, a los efectos oportunos.

3.º Notificar la presente Resolución y la convocatoria al Servicio de Gestión de Personal de la Dirección General de Función Pública, al Negociado de Información al Público y Registro y a las personas del Tribunal designadas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 30 de abril de 2021.–La directora general de Interior, Amparo López Antelo.

BASES

1.–Objeto.

1.1. El objeto de esta convocatoria es la provisión, mediante los sistemas de concurso o concurso específico, de plazas del empleo de Subinspector o Subinspectora del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, de régimen funcionarial y nivel B, adscritas a las siguientes unidades organizativas:

1.2. Inicialmente se convocan, mediante el sistema de concurso o concurso específico, 29 plazas de Subinspector o Subinspectora, adscritas a las siguientes unidades organizativas:

–Área de Inspección General:

N.º PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD DE DESTINO

MODALIDAD DE ACCESO

4

Brigada de Comunicación y Enlace Operativo

Pamplona

Concurso específico

1

Grupo Oficina de Atención Policial Tudela

Tudela

Concurso

1

Grupo Operativo 2 Tudela

Tudela

Concurso

1

Grupo Protección y Atención Ciudadana Estella

Estella/Lizarra

Concurso

1

Grupo Protección y Atención Ciudadana Alsasua

Altsasu/Alsasua

Concurso

1

Grupo Protección y Atención Ciudadana Elizondo

Elizondo

Concurso

–Área de Seguridad Interior y Policía Administrativa:

N.º PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD DE DESTINO

MODALIDAD DE ACCESO

1

Grupo de Parlamento

Pamplona

Concurso

1

Grupo de Medioambiente 1

Pamplona

Concurso

1

Brigada de Juego y Espectáculos

Pamplona

Concurso

1

Grupo de Seguridad Privada y Sistemas

Pamplona

Concurso específico

–Área de Tráfico y Seguridad Vial:

N.º PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD DE DESTINO

MODALIDAD DE ACCESO

4

Brigada de Atestados e Investigación

Pamplona

Concurso específico

1

Área de Tráfico y Seguridad Vial

Pamplona

Concurso

1

Grupo de Transportes

Pamplona

Concurso

–Área de Seguridad Ciudadana:

N.º PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD DE DESTINO

MODALIDAD DE ACCESO

1

Grupo Operativo 3

Pamplona

Concurso

1

Grupo Intervención 2

Pamplona

Concurso específico

1

Grupo Intervención 4

Pamplona

Concurso específico

1

Grupo de Intervenciones especiales

Pamplona

Concurso específico

–Área de Investigación Criminal:

N.º PLAZAS

DESTINO

LOCALIDAD DE DESTINO

MODALIDAD DE ACCESO

2

Brigada de Policía Judicial Norte

Pamplona

Concurso-específico

1

Brigada Asistencial

Pamplona

Concurso-específico

1

Grupo de Delitos Informáticos

Pamplona

Concurso-específico

1

Grupo de Apoyo Tecnológico

Pamplona

Concurso-específico

1

Grupo de Delincuencia Económica

Pamplona

Concurso-específico

1.3. Para acceder a las plazas con destino en los Grupos de la División de Seguridad Vial y en los Grupos de Seguridad Vial Tudela será necesario estar en posesión del carnet de conducir Clase A.

Para acceder a las plazas con destino en la Brigada de Protección Medioambiental y Grupo de Medioambiente Tudela será necesario estar en posesión del carnet de conducir A2.

1.4. Además de las plazas señaladas inicialmente, en el presente concurso también serán objeto de provisión las plazas que dejen vacantes las personas concursantes que obtengan en el concurso una nueva plaza. Dichas plazas resultantes se proveerán mediante concurso o concurso específico, de acuerdo con lo establecido en el Anexo II que acompaña a esta convocatoria. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en los apartados siguientes de esta base.

2.–Normativa aplicable.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra; en el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra aprobado por Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo; en el artículo 6.2 del Decreto Foral 102/2016, de 16 de noviembre, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos; por el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra; por el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes y demás normativa aplicable por razón de la materia.

3.–Requisitos.

3.1. De conformidad con lo dispuesto en las normas vigentes, quienes concurran a la presente convocatoria deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y en el momento de la toma de posesión de la plaza adjudicada los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos, en situación de servicio activo.

b) Hallarse encuadrado en el nivel o grupo B.

c) Haber sido nombrado para el empleo de Subinspector o Subinspectora del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

d) Estar en posesión del carnet de conducir Clase A para las plazas con destino en la División de Seguridad Vial y de los Grupos de Seguridad Vial y del carnet de conducir Clase A2 para las plazas con destino en la Brigada de Protección Medioambiental y Grupo de Medioambiente Tudela.

3.2. Los funcionarios adscritos provisionalmente, por reingreso en Policía Foral, vendrán obligados, en tanto permanezcan en tal situación, a participar en ésta convocatoria, solicitando la totalidad de las vacantes existentes que se puedan proveer. De no hacerlo así, podrán ser adscritos con carácter forzoso a cualquiera de ellas.

3.3. Los funcionarios que estén nombrados Jefes interinos de una unidad organizativa del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, Inspectores interinos o ambos, podrán participar en la presente convocatoria desde su puesto básico.

3.4. Los funcionarios en situación de servicios especiales, excedencia especial o excedencia voluntaria sin reserva de plaza o excedencia forzosa podrán también participar en la convocatoria siempre que reúnan los requisitos exigidos en la misma, obteniendo de esa forma el reingreso en el servicio activo y la adjudicación definitiva de un empleo.

3.5. En ningún caso la participación en la presente convocatoria supondrá la modificación del régimen jurídico al que estuvieran sujetos los concursantes con anterioridad a su participación.

4.–Retribuciones.

Los empleados que se trasladen con motivo de esta convocatoria percibirán las retribuciones que les correspondan según las disposiciones vigentes.

5.–Instancia y solicitud: plazo y lugar de presentación.

5.1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Navarra”.

Dicho plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

5.2. Las instancias y solicitudes de participación en la convocatoria deberán presentarse telemáticamente a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, siguiendo la siguiente ruta de navegación en https://www.navarra.es/es/empleo-publico, “Convocatorias de empleo público”, en la reseña correspondiente a la presente convocatoria.

La solicitud específica de participación y demás documentación que debe aportarse, deberá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en la ficha de la convocatoria.

5.3. En la solicitud se especificarán los destinos elegidos y su orden de preferencia. El orden se realizará numéricamente, considerándose el 1 como la máxima prioridad y así sucesivamente en orden creciente el resto de puestos con una prioridad inferior. El aspirante únicamente señalará los destinos que sean objeto de su preferencia.

5.4. Los aspirantes que soliciten destino en las unidades cuyo sistema de provisión sea concurso específico deberán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la valoración de los méritos durante el plazo de presentación de solicitudes con excepción de los siguientes, que serán puestos a disposición del Tribunal:

–Servicios prestados a las Administraciones Públicas, que serán solicitados por el Tribunal calificador a la Dirección General de Función Pública.

–Cursos realizados en la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra/Nafarroako Segurtasun eta Larrialdi Eskola, los cuales serán solicitados a la Escuela por el Tribunal calificador.

Bastará con copias simples de la documentación que acredite los méritos, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

6.–Lista provisional de admitidos, reclamaciones y lista definitiva.

6.1. Terminado el plazo de presentación de instancias de participación, la Directora General de Interior aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona, así como en la ficha de la convocatoria, que se publicará en el portal web de Internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es, con la indicación de que, dentro de los diez días naturales siguientes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación, los excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. Exclusivamente durante este plazo los aspirantes podrán renunciar a los puestos de trabajo solicitados, siempre que así lo manifiesten por escrito dirigido a la Dirección General de Interior y presentado de conformidad con lo dispuesto en la base 5, párrafo primero.

Finalizado el plazo de reclamaciones mencionado en esta base no se admitirá ninguna renuncia a la solicitud.

6.2. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Directora General de Interior aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona y en la ficha de la convocatoria, que se publicará en el portal web de Internet del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

6.3. Si no se hubiera presentado ninguna solicitud dentro del plazo establecido, la Directora General de Interior dictará Resolución declarando desierta la convocatoria. Dicha Resolución deberá publicarse en el Boletín Oficial de Navarra.

7.–Valoración de méritos, pruebas físicas, prueba teórico-práctica y pruebas psicotécnicas para las plazas cuya modalidad de acceso sea el concurso específico.

a) Valoración de méritos:

La valoración de méritos tendrá una valoración máxima, sin contar el euskera, de 41 puntos y los méritos aportados por los interesados serán valorados de conformidad con lo establecido en el Anexo III.

b) Pruebas físicas:

Quienes soliciten destino en la Brigada de Protección de Autoridades y Grupos de Intervención 1, 2, 3 y 4 deberán realizar las pruebas físicas previstas en el Anexo IV. Dichas pruebas tendrán una valoración mínima de 0 puntos y una valoración máxima de 20 puntos.

Quienes soliciten destino en el Grupo de Intervenciones Especiales, deberán realizar las pruebas físicas previstas en el Anexo IV. Dichas pruebas tendrán una valoración mínima de 0 puntos y una valoración máxima de 25 puntos.

El Tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona. Los aspirantes dispondrán de 10 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados para formular las alegaciones que estimen oportuno. Resueltas las alegaciones el Tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona los resultados definitivos.

c) Prueba teórico-práctica:

Consistirá en una prueba tipo test, con tres posibles respuestas. Cada pregunta bien contestada tendrá un valor equivalente a dividir la puntuación máxima establecida para la prueba entre el número de preguntas realizadas por el Tribunal. Cada pregunta mal contestada tendrá un valor negativo equivalente a la mitad de la puntuación otorgada a la pregunta bien contestada.

Para la Brigada de Protección de Autoridades y Grupos de Intervención 1, 2, 3 y 4 esta prueba se valorará entre 0 y 30 puntos.

Para el Grupo de Intervenciones Especiales esta prueba se valorará entre 0 y 25 puntos.

Para el resto de destinos cuya modalidad sea el concurso específico esta prueba se valorará entre 0 y 50 puntos.

El Tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona. Los aspirantes dispondrán de 10 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados para formular las alegaciones que estimen oportuno. Resueltas las alegaciones el Tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona los resultados definitivos.

Los temarios y/o bibliografía de los temas estarán a disposición de los aspirantes en el Portal del Agente del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

d) Pruebas psicotécnicas:

Las pruebas psicotécnicas se valorarán entre 0 y 20 puntos.

Las pruebas psicotécnicas serán realizadas por la Sección de Psicología Aplicada del Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior o profesionales que éstos designen. La valoración otorgada por dicha Sección será vinculante para el Tribunal de la convocatoria.

El perfil para cada destino será aprobado por la Dirección General de Interior.

El Tribunal publicará los resultados provisionales en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona. Los aspirantes dispondrán de 10 días naturales, a contar a partir del día siguiente al de publicación de los resultados para formular las alegaciones que estimen oportuno. Resueltas las alegaciones el Tribunal aprobará y publicará igualmente en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona los resultados definitivos.

e) Normas comunes:

Las pruebas no tienen carácter eliminatorio, únicamente calificatorio.

Aquellos aspirantes que no realicen la totalidad de las pruebas físicas y/o prueba teórico-práctica y/o pruebas psicotécnicas en las plazas que así se exija en esta convocatoria, no podrán obtener plaza por concurso-específico en las unidades solicitadas.

8.–Asignación de plazas por concurso específico.

8.1. La adjudicación de plaza deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados de la valoración de méritos, pruebas físicas, en su caso, prueba teórico-práctica y pruebas psicotécnicas.

8.2. En caso de empate en una puntuación final otorgada a cada aspirante la clasificación se dirimirá conforme a los siguientes criterios:

a) Mejor puntuación obtenida en la prueba teórico-práctica.

b) Mejor puntuación obtenida en la prueba psicotécnica.

c) Mayor antigüedad en el empleo de Subinspector o Subinspectora.

d) Orden en la convocatoria donde se obtuvo el empleo de Subinspector o Subinspectora.

8.3. Si ningún candidato se presenta a la realización de las pruebas físicas, en su caso, y/o prueba teórico-práctica y/o pruebas psicotécnicas, las plazas quedarán vacantes.

9.–Asignación de plazas por concurso.

9.1. La asignación de las plazas de provisión por el sistema de concurso, se establecerá atendiendo, en primer lugar, a quienes tengan preferencia según lo dispuesto en el párrafo siguiente y, en segundo lugar, a su posición dentro del escalafón del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

9.2. El derecho preferente para la provisión de puestos de trabajo por concurso se realizará de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 62, de 22 de mayo de 2002, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

9.3. Por el Jefe de la Policía Foral de Navarra se remitirá al Tribunal calificador el escalafón de los funcionarios que voluntariamente han solicitado participar en la presente convocatoria, con los datos que contempla el artículo 18 del Decreto Foral 57/2002, de 25 de mayo. Dichos datos deberán estar actualizados a la fecha en que se reúna el Tribunal calificador para la realización de la asignación de las plazas objeto del presente concurso.

10.–Rondas.

A fin de proceder a la adjudicación, de las plazas convocadas y de las que pudieran derivarse del concurso, se realizarán tantas rondas completas como sean necesarias en función de la prelación de destinos formulada en las solicitudes.

11.–Composición del Tribunal.

11.1. El Tribunal calificador del concurso estará compuesto por:

Presidente: Don Ignacio Cía Gironés, Inspector Jefe de la Brigada de Atestados e Investigación.

Suplente: Don Eduardo Sainz de Murieta García de Galdeano, Comisario Principal Jefe del Área de Investigación Criminal.

Vocal: Don Salvador Otegui Bueno, Inspector Jefe de la División de Seguridad Vial.

Suplente: Don José Antonio Gurrea Martínez, Comisario Principal Jefe del Área de Tráfico y Seguridad Vial.

Vocal: Don Fermín Sola Barrena, Inspector Jefe de la Brigada de Análisis e Inteligencia.

Suplente: Don Santiago Zabalza Sorbet, Inspector Jefe de la Brigada de Criminalística de Campo.

Vocal: Don Santiago Arraiza Zorzano a propuesta de la Comisión de Personal de Policía Foral.

Suplente: Don Juan Manuel Zabalza Erviti, a propuesta de la Comisión de Personal de Policía Foral.

Secretaria: Doña Olga López Vera, Jefa de la Sección de Régimen Jurídico de la Dirección General de Interior.

Suplente: Doña Pilar Zapico Revuelta, Directora del Servicio de Régimen Jurídico de Interior de la Dirección General de Interior.

11.2. El Tribunal deberá constituirse dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos.

11.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en las normas reguladoras del procedimiento administrativo. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

11.4. El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de, al menos, la mayoría de sus miembros. Una vez constituido el Tribunal, la sustitución del Presidente y Secretario se regirá por lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

11.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

11.6. El Tribunal podrá ser auxiliado por asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

11.7. Las resoluciones del Tribunal calificador vinculan a la Administración, sin perjuicio de que, si ésta apreciase alguna irregularidad, pueda proceder a su revisión, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo los trámites afectados por la irregularidad.

12.–Adjudicación provisional y definitiva de las plazas.

12.1. Realizada la valoración de méritos y de las pruebas que correspondan, el Tribunal calificador elaborará una propuesta de adjudicación provisional de las plazas correspondientes, que se publicará en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona.

12.2. Durante el plazo de tres días a partir de la publicación de la propuesta de adjudicación provisional de las plazas, los interesados podrán presentar a la misma las alegaciones que consideren convenientes, transcurridos los cuales el Tribunal resolverá sobre las alegaciones presentadas y elevará propuesta definitiva al órgano convocante para su resolución.

12.3. El órgano convocante extenderá las correspondientes adjudicaciones y se publicarán en el Boletín Oficial de Navarra, haciendo mención del número de identificación personal, plaza de adjudicación y unidad organizativa de adscripción.

13.–Toma de posesión.

13.1. Los concursantes deberán tomar posesión de las plazas adjudicadas en la fecha que determine el órgano convocante en la Resolución de adscripción definitiva de plazas.

13.2. En relación con los funcionarios que estén nombrados Jefe interino de unidad organizativa del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, Inspector interino o ambos, la adjudicación de otra plaza básica y la toma de posesión de la misma, supondrá el cese en dichos nombramientos interinos.

14.–Publicaciones y recursos.

14.1. Los actos y resoluciones el Tribunal calificador se publicarán en la ficha de la convocatoria y en el tablón de anuncios sito en las dependencias centrales de la Policía Foral en Pamplona.

14.2. Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

14.3. Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

14.4. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 126 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

Solicitud (PDF).

ANEXO II

Solicitud de elección de destinos (PDF).

ANEXO III

Baremo de méritos que se aplicarán en las plazas cuya modalidad
de acceso sea el concurso específico

A) Servicios prestados: hasta un máximo de 15 puntos.

1. Servicios prestados con carácter fijo en los Cuerpos de Policía de Navarra: por cada año 0,75 puntos.

2. Servicios prestados con carácter fijo en otros Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dependientes de una Administración Pública: por cada año 0,25 puntos.

3. Servicios prestados en cualquier Administración Pública en puestos de trabajo que no pertenezcan a un Cuerpo de Policía: por cada año 0,10 puntos.

Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

En los casos de servicios prestados a tiempo parcial se descontará la parte correspondiente. No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria. Los períodos en los que el funcionario haya estado en situación de servicios especiales o excedencia especial, así como desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

B) Cursos de formación y perfeccionamiento, docencia e investigación relacionadas con el ámbito policial: hasta un máximo de 10 puntos.

Participación en acciones formativas organizadas por organismos o centros públicos y Universidades: 0,01 puntos por cada hora lectiva.

Se prorratearán las fracciones de horas lectivas que resulten de las acciones formativas a valorar.

Los certificados en que no conste duración en horas lectivas se valorarán como de 1 crédito (10 horas).

Los certificados en que la duración que conste sea de un año académico se valorarán como de 12 créditos.

Se valorará con la misma puntuación la participación en acciones formativas que, aun no cumpliendo los requisitos en cuanto al organismo organizador, hayan sido realizadas por mandato de la Administración o validadas por la misma, incluyéndose expresamente entre estas últimas las organizadas por los sindicatos dentro de los Acuerdos de Formación Continua en las Administraciones Públicas.

En este sentido, se elaborará un catálogo de los cursos que podrán ser valorados por el Tribunal actuante, dejando abierta la posibilidad de incorporar a dicho catálogo nuevas acciones formativas, en atención a lo que dispongan las correspondientes convocatorias.

C) Titulaciones y especialidades académicas: hasta un máximo de 7,5 puntos.

–Licenciatura/Grado: 3,50 puntos.

–Diplomatura: 2,50 puntos.

–Máster/Grados: 1,80 puntos.

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otro de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo.

D) Recompensas y otros méritos: hasta un máximo de 2,5 puntos.

1. Por la Placa por de Servicios Distinguidos: 1,50 puntos.

2. Por la Medalla de Servicios Distinguidos: 1,25 puntos.

3. Por la Felicitación pública: 0,50 puntos.

4. Por la Felicitación privada: 0,25 puntos.

E) Puntuación añadida por conocimiento de idiomas: hasta un máximo de 10,10 puntos.

1. El conocimiento del francés, inglés o alemán, como idiomas oficiales de la Unión Europea, hasta 2 puntos por cada uno de los idiomas.

Las puntuaciones a otorgar por cada nivel del Marco Común Europeo de Referencia será el siguiente: A1: 0,40 puntos, A2: 0,80 puntos, B1: 1,20 puntos, B2: 1,60 puntos y C1: 2 puntos o equivalentes.

2. La valoración de la puntuación añadida por conocimiento del vascuence en plazas que no tengan la consideración de bilingües se realizará según los siguientes criterios:

Hasta 4,10 puntos cuando se trate de acceder a plazas con destino en la zona vascófona.

La posesión de un título o certificado que acredite un nivel de conocimiento equivalente al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, recibirá la máxima valoración.

De no poseerse dicha titulación o certificado, se valorará en 1/5 de la puntuación máxima la posesión de un título o certificado equivalente al nivel A1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en 2/5 la posesión del equivalente al nivel A2, en 3/5 la posesión del equivalente al nivel B1 y en 4/5 la del nivel B2.

A efectos de valoración del euskera como mérito, cada urrats superado en los cursos organizados por el Gobierno de Navarra se valorará en 1/12 de la puntuación máxima otorgada.

ANEXO IV

Pruebas físicas
Brigada de Protección de Autoridades y Grupos de Intervención
1, 2, 3 y 4

A) Prueba de resistencia (test de Course Navette).

Ejecución: Los aspirantes deberán recorrer, durante el mayor tiempo posible, un trayecto de ida y vuelta de 20 metros de longitud, al ritmo que se vaya marcando mediante señales acústicas reproducidas por una cinta magnetofónica. Los aspirantes deberán pisar alternativamente las líneas que marcan los dos extremos del trayecto, Justo en el momento de sonar la señal, por lo cual todos los aspirantes deberán ir exactamente al mismo ritmo de carrera, no permitiéndose que ninguno sobrepase el ritmo de carrera. Los virajes deberán realizarse pivotando sobre un pie, pisando la línea. La cinta emitirá el sonido a intervalos regulares. Al comienzo de la prueba la velocidad será lenta, pero irá aumentando su velocidad progresivamente. Para la ejecución de esta prueba los aspirantes dispondrán de un único intento.

El objetivo del test es mantener el ritmo impuesto por la cinta magnetofónica hasta completar los períodos exigidos. La prueba finaliza para cada aspirante, y se anota el período conseguido hasta ese momento.

Son causas de eliminación las siguientes:

–Cuando el aspirante se detenga.

–Cuando el aspirante abandone la calle asignada.

–Cuando el aspirante no complete un recorrido completo pisando la línea que delimita su extremo.

–Cuando el aspirante no consiga pisar la línea del extremo coincidiendo con la señal acústica por tres veces consecutivas. Se admitirá un margen de 1 metro desde la línea en el momento de sonar la señal. Pero al menos, siempre deberá estar en la zona de seguridad al sonar la señal.

–Cuando el aspirante no se encuentre en el margen al sonar la señal por una única vez.

–Periodos:

Hombres Mujeres Nota

Menos de 10 Menos de 8 0

10 8 1

10,5 8,5 2

11 9 3

11,5 9,5 4

12 10 5

12,5 10,5 6

13 11 7

13,5 11,5 8

14 12 9

14,5 12,5 10

Press de Banca o prueba de levantamiento de peso de 36 kg (hombres) y 18 kg (mujeres).

Descripción: En posición de decúbito supino sobre un banco, el ejecutante deberá realizadas 15 alzadas levantando un peso de 36 kg los hombres y 18 kg las mujeres en un 1 minuto. El levantamiento se realizará con ambas manos en agarre digito palmar ligeramente superior a la anchura de los hombros, en una acción de extensión-flexión de los codos, que se inicia con el contacto de la barra con el pecho y termina con la extensión total de los codos en su proyección vertical. Para la ejecución de esta prueba los aspirantes dispondrán de un único intento.

El tiempo máximo para la realización de las alzadas será de 60 segundos. El aspirante podrá finalizar el ejercicio en la forma establecida en la convocatoria contabilizándose a efectos de puntuación el número de alzadas efectivas y válidamente realizadas hasta ese momento.

La posición inicial de partida será en flexión de codos con la barra en contacto con el pecho.

La posición de los pies en la primera arrancada no podrá variarse durante todo el tiempo de ejecución del ejercicio.

No extender los codos totalmente o no tocar la barra con el pecho en cada flexión de los codos, invalidará esa alzada sin que sea contabilizada.

Será causa de finalización del ejercicio cuando el aspirante:

–Pare el ejercicio en flexión de codos apoyando la barra sobre el pecho.

–36 Kilogramos Hombres / 18 Kilogramos Mujeres:

HOMBRES MUJERES NOTA

Menos de 25 Menos de 25 0

De 25 a 30 de 25 a 28 1

De 31 a 35 de 29 a 32 2

De 36 a 40 de 33 a 36 3

De 41 a 45 de 37 a 40 4

De 46 a 50 de 41 a 44 5

De 51 a 55 de 45 a 48 6

De 56 a 60 de 49 a 52 7

De 61 a 65 de 53 a 56 8

De 66 a 70 de 57 a 60 9

71 o más 61 o más 10

–Pruebas Físicas:

Hombres y mujeres.

Grupo de intervenciones especiales.

Resistencia aeróbica: (3000 metros lisos. Valoración según la siguiente tabla).

TIEMPO EN MINUTOS Y SEGUNDOS NOTA

Más de 12,55 0

De 12,46 a 12,55 1

De 12,36 a 12,45 1,25

De 12,26 a 12,35 2,00

De 12,16 a 12,25 2,25

De 12,01 a 12,15 2,50

De 11,51 a 12,00 3,00

De 11,41 a 11,50 3,25

De 11,31 a 11,40 3,50

De 11,21 a 11,30 3,75

De 11,11 a 11,20 4,00

De 11,01 a 11,10 4,50

De 10,51 a 11,00 5,00

Velocidad: (50 metros lanzados. Valoración según la siguiente tabla).

TIEMPO EN SEGUNDOS Y CENTÉSIMAS NOTA

7,11 o más 0

De 7,01 a 7,1 1

De 6,91 a 7,0 1,50

De 6,81 a 6,9 2

De 6,71 a 6,8 2,50

De 6,61 a 6,7 3

De 6,51 a 6,6 3,50

De 6,41 a 6,5 4

De 6,31 a 6,4 4,50

6,3 o menos 5,00

Fuerza tren superior: (Dominadas: con agarre de palmas al frente, plena extensión de brazos y superando con el mentón la barra utilizada. Dos intentos. Valoración según la siguiente tabla).

REPETICIONES NOTA

9 o menos 0

10 1,25

11 1,50

12 1,75

13 2,00

14 2,25

15 2,50

16 2,75

17 3,00

18 3,25

19 3,50

20 3,75

21 4,00

22 4,25

23 4,50

24 4,75

25 5,00

Flexiones de suelo con pies elevados en banco suizo. Repeticiones en un tiempo máximo de 1 minuto. Con extensión total de brazos únicamente se contabilizará como repetición completa cada vez que el aspirante toque con su plexo solar la referencia que se le marque en el suelo y vuelva a la posición de inicio. Durante el desarrollo de la prueba se le permitirá hasta dos descansos en los cuales deberá permanecer en posición de flexión con brazos extendidos. Número de intentos dos. Valoración según la siguiente tabla.

REPEPTICIONES NOTA

38 o menos 0

39 1

40 1,25

41 1,50

42 1,75

43 2,00

44 2,25

45 2,50

46 2,75

47 3,0

48 3,25

49 3,50

50 3,75

51 4,00

52 4,25

53 4,50

54 4,75

55 o más 5,00

Potencia tren inferior: Salto vertical con pies juntos. Número de intentos dos. Valoración según la siguiente tabla.

CENTÍMETROS NOTA

49 o menos 0

50 1

51 1,25

52 1,50

53 1,75

54 2,00

55 2,25

56 2,50

57 2,75

58 3,0

69 3,25

60 3,50

61 3,75

62 4,00

63 4,25

64 4,50

65 4,75

66 o más 5,00

ANEXO V

Temarios

Los temarios y/o bibliografía estarán a disposición de los aspirantes en el Portal del Agente del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

–Brigada de Régimen Interno.

Tema 1.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra (artículos 2, 3, 4,6 y 7).

Tema 2.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra Artículo 70. Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra (Título V. Honores y Recompensas). Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra: Capítulo VIII. Régimen Disciplinario.

Tema 3.–Policía Judicial (Título III de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Tema 4.–Delitos contra la Administración Pública (Título XIX del Código Penal).

Tema 5.–Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra (Título III. Del funcionamiento de la Policía Foral).

Tema 6.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra: Capítulo II. Derechos y deberes.

Área Inspección General

–Brigada de Comunicación y Enlace Operativo.

Tema 1.–Ubicación en la estructura de la Policía Foral y Funciones de la Brigada de Comunicación y Enlace Operativo. Artículos 1 y 9 de la Orden Foral 170/2016, de 11 de octubre, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Inspección General de la Policía Foral de Navarra.

Tema 2.–Funciones y recursos del Centro de Gestión de Emergencias 112 SOS Navarra. Artículos 1 al 5 y artículo 8 del Decreto Foral 18/2019, de 06 de marzo, por el que se regula el Centro de Gestión de Emergencias 112 SOS Navarra. Régimen sancionador. Artículo 60.e) de la Ley Foral 8/2005, de 01 de julio, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Navarra. Artículo 561 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Tema 3.–Coordinación con otros cuerpos de Policía concurrentes por razones territoriales y competenciales. Caso específico en materia de tráfico y seguridad vial.

–Protocolo de actuación COTA/CMC en carreteras coordinadas ante incidencias en las mismas.

–Documento ATSV066/20. Protocolo de actuación entre la ATGC y el ATSV de la Policía Foral en lo que afecta al reparto y vigilancia de las vías de comunicación cuando se activa la Vialidad Invernal.

–Acta de coordinación vialidad invernal temporada 2020-2021 (zona Tudela).

–Acuerdo de regulación de acompañamiento de transportes especiales entre el ATSV de la Policía Foral y el sector/subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Navarra.

–Acuerdo de coordinación territorial para la prestación de servicio en los accidentes de tráfico entre la Policía Foral de Navarra y la Policía Municipal de Pamplona.

–Acuerdo de coordinación territorial entre la Policía Foral de Navarra y la Policía Municipal de Tudela, para la prestación de servicio en accidentes de tráfico.

–Acuerdo de colaboración entre la Policía Foral de Navarra y la Policía Local de Burlada para la asistencia en la protección de personas y bienes y atención de accidentes.

Tema 4.–Protocolos operativos de uso en el Centro de Mando y Coordinación.

–PNT2009/008. Atención de emergencias.

• I2012/003. Utilización de los equipos de radio de Policía Foral para la atención de emergencias.

• I2013/002. Delimitación de funciones entre las unidades de Policía Judicial.

• I2019/001. Sistemas de localización GPS para el seguimiento de los recursos policiales.

• I2019/004. Delimitación de tareas entre el Área de Tráfico y Seguridad Vial, el Área de Inspección General y el Área de Investigación Criminal.

–PNT2009/001. Actuación ante amenazas de colocación de artefactos explosivos.

–PNT2009/004. Proceso para la movilización del Grupo de Guías Caninos.

–PNT2011/002. Atención de llamadas en el CMC.

–PNT2011/006. Comunicación de alertas de incidentes por la Sala del CMC.

–PNT2014/006. Solicitud de grabaciones de audio del Sistema Gestor de Emergencias.

–Grupo de Comunicación y Participación Ciudadana.

Tema 1.–Orden Foral 170/2016, de la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia por la que se desarrolla la estructura orgánica del Área de Inspección General (Artículo 6:). Publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 210, de 31 de octubre. https://www.navarra.es/home_es/Actualidad/BON/Boletínes/2016/210/Anuncio-0/

Tema 2.–Procedimiento Normalizado de Trabajo PF: 2014/002: Comunicación Interna. Conocimiento y manejo de los canales de comunicación interna.

Tema 3.–Protocolo de comunicación entre el Servicio de Comunicación y la Policía Foral (GCPC).

Tema 4.–Las redes sociales en la Policía Foral, conocimiento y manejo de las cuentas de Twitter, Instagram, Facebook y YouTube/Vimeo.

Tema 5.–Los medios de comunicación en Navarra y su relación con la Policía Foral.

Tema 6.–Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra: (títulos I, disposiciones generales y II, Procesos participativos ciudadanos) http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=51385.

–Grupo de Recursos Humanos.

Tema 1.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra: Título IV: Del estatuto del personal de las Policías de Navarra: Capítulo I: Ingreso, selección y provisión de puestos de trabajo: Sección 3.ª: Selección del personal.

Tema 2.–Instrucción 5/2016 del Jefe de la Policía Foral, sobre la aplicación normativa sobre vacaciones, licencias y permisos en la Policía Foral.

Tema 3.–Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tema 4.–Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo.

Tema 5.–Decreto Foral 72/2016, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral (Solamente lo referido a la estructura orgánica, no lo referente a las funciones).

Tema 6.–Decreto Foral 55/2010, de 13 de septiembre, por el que se establecen normas sobre Prevención de Riesgos Laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra.

Tema 7.–Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra (Título II, Capítulo VI: Situaciones administrativas).

–Grupo de Formación.

Tema 1.–Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de FFCCSS. Capítulo II: Principios básicos de actuación. Capítulo III: Disposiciones estatutarias comunes (artículo 6).

Tema 2.–Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra. Principios de actuación (artículo 3). Del Estatuto del personal de las policías de Navarra. Título IV. Capítulo I:

–Sección 1.ª: Disposiciones Generales.

–Sección 2.ª: Adquisición y pérdida de la condición de personal de las Policías de Navarra.

–Sección 3.ª: Selección del personal.

–Sección 4.ª: Formación.

Tema 3.–Decreto Foral 113/2005, de 12 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra.

–Capítulo IV: Personal de la Escuela de Seguridad y Emergencias de Navarra.

–Capítulo V: Formación.

• Sección 1.ª: Definición y planificación.

• Sección 2.ª: Organización de los cursos.

• Sección 3.ª: Órganos de los cursos.

• Sección 4.ª: Desarrollo y evaluación de los cursos.

–Capítulo VI: Régimen del alumnado.

Tema 4.–Real Decreto 137/1993: Reglamento de Armas.

–Brigada de Desarrollo Tecnológico y Calidad.

Tema 1.–Legislación sobre Protección de datos.

–DIRECTIVA (UE) 2016/ tratamiento de datos personales de infracciones penales. Artículos: 1 al 18 inclusive.

–LOPDGDD Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales., artículos: 1 al 18 inclusive.

Tema 2.–Tareas de Soporte, Operación y Monitorización (CAU Primer Nivel):

–Sistemas operativos de escritorio: Windows 10.

–Paquetes ofimáticos: Office 2016, OpenOffice.

–Programas de correo electrónico: Outlook 2016.

–Navegadores de Internet: Microsoft Edge Versión 84.0.522.52. Firefox 78.8.0 y Google Chrome Versión 89.0.4389.90.

–Administración remota mediante Dameware.

–Software de cifrado de estaciones: McAfee Endpoint Encryption.

–Software antimalware: Panda Adaptive Defense 360.

–Software de virtualización de puesto de trabajo. Vmware desktop y VirtualPC.

Tema 3.–Sistemas de información accesibles por parte de la Policía Foral:

–Sistema de información Shengen-Base de Datos de Señalamientos Nacionales (SIS-BDSN).

–Sistema Automático de Identificación (SAID).

–Centro de Compensación (CdC).

–Sistema de Información de Personas Desaparecidas y Cadáveres y Restos Humanos sin identificar (PDyRH).

–Base de Datos de Hoteles.

–Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VIOGENVdG).

–Sistema de Alerta Temprana (SAT-EWS).

–Acceso a la información sobre vehículos y sus titulares (EUCARIS).

–Sistemas de información de la Dirección General de Tráfico (DGT): Acceso Telemático de Usuarios Externos (ATEX).

–Accidentes de tráfico: Recogida de Información y Análisis (ARENA).

–Aplicación SIRENE. Módulo de Comunicaciones para la Cooperación Policial Internacional.

–Sistema de Coordinación de Investigaciones del Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado (SRI-CICO).

–Red Policial. Base de Datos Nacional de ADn (CODIS).

Área Seguridad Interior y Policía Administrativa

–Grupo de Seguridad Privada y Sistemas.

Tema 1.–Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Tema 2.–Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.

Tema 3.–Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. Título preliminar: Capítulo I. Disposiciones Comunes. Título III: Personal de Seguridad Privada: Capítulo I. Disposiciones Comunes. Capítulo II. Funciones de Seguridad Privada. Título IV. Servicios y Medidas de Seguridad: Capítulo I. Disposiciones Comunes. Capítulo II. Servicios de las empresas de Seguridad Privada. Capítulo IV. Medidas de Seguridad Privada.

Tema 4.–Orden INT/316/2011, de 1 de febrero, sobre Funcionamiento de los Sistemas de Alarma en el ámbito de la Seguridad Privada.

Tema 5.–Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el Tratamiento de Datos Personales con fines de vigilancia a través de Sistemas de Cámaras o Videocámaras.

Tema 6.–Procesos Normalizados de Trabajo. 1) PNT 2010-004, modificado el 18 de junio de 2014, de Solicitud de Imágenes de Circuitos Cerrados de Televisión. 2) PNT 2015-001 de Activación de Tarjetas de Proximidad y Niveles de Accesos.

–Grupo de Investigación Medioambiental.

Tema 1.–Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Tema 2.–Investigación de incendios forestales.

Tema 3.–Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de Protección y Gestión de la Fauna Silvestre y sus Hábitats.

Tema 4.–Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de Protección de los Animales de Compañía en Navarra.

Tema 5.–Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

Tema 6.–Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Tema 7.–Directrices de la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo, respecto a la falta de control de los animales potencialmente peligrosos.

Tema 8.–Convenio Internacional de Tráfico de Especies Silvestres.

Área Tráfico y Seguridad Vial

–Grupo de Educación Vial.

Tema 1.–Ley de Seguridad Vial.

Tema 2.–Reglamento General de Circulación.

Tema 3.–Reglamento de Vehículos.

Tema 4.–Estrategia Navarra de Seguridad Vial 2013-2020. Fuente www.navarra.es.

Tema 5.–Tratamiento histórico de la Educación Vial-fuente DGT.

–Brigada de Atestados y Grupo de Atestados Tudela.

Tema 1.–Introducción.

Tema 2.–Accidentes de Tráfico.

Tema 3.–Instrucción de Delitos contra la Seguridad Vial.

–Delitos.

–Derechos del Detenido.

Tema 4.–Accidentes Laborales.

Área Seguridad Ciudadana

–Brigada de Protección de Autoridades.

Tema 1.–Antecedentes. El escolta.

Tema 2.–La protección.

–Introducción a la Seguridad Personal.

–Fuentes del Peligro.

–Terrorismo Nociones Básicas.

–Causas de un atentado.

–Problema de la Protección.

Tema 3.–Funciones de un Sistema de Protección.

–Función Preventiva.

–Función de Detención.

–Función de Reacción.

–Función de Respuesta.

Tema 4.–Planificación de un Servicio de Seguridad.

–Principios básicos de la Planificación.

–Sistema de Protección. Análisis de los Riesgos.

Tema 5.–Plan de Seguridad Permanente.

–Protección Estática.

–Protección Dinámica.

–Equipo de Contravigilancia.

–Plan de Emergencia.

Tema 6.–Plan para movimientos temporales.

–Avanzadas.

–Requisas.

Tema 7.–Protección en Movimiento.

–Evaluación de las formaciones a pie.

–Formaciones a pie.

–Formaciones en vehículo.

Tema 8.–Formularios para el Registro de Información sobre Amenazas.

–Amenazas de palabra.

–Amenazas en soporte papel.

Tema 9.–Violencia de Género. Víctimas de Agresiones Sexuales.

–Grupos de Intervención 1, 2, 3 y 4.

Tema 1.–Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana (CAPÍTULO III: ARTÍCULOS 35 AL 37). Instrucción 12/2007 de la Secretaria de Estado para la Seguridad. Reglamento de armas aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, (Artículos 1.4, y 2 al 6).

Tema 2.–MDI 2019-001 Manual de composición y funciones de la División de Intervención.

Tema 3.–MDI 2019-002 Manual General Técnico de armas y material de intervención.

–Manual limpieza de armas de la División de Intervención.

–Manual escopeta FRANCHI SAS 12.

–Manual subfusil HECKLER & COCH UMP.

–Manual arma ESCOPETA BENELLI SUPERNOVA TÁCTICAL.

–Manual arma GLOCK 19.

–Manual manejo y utilización de aerosoles y utilización de aerosoles SPRAY SABRE RED MK-4.

–Manual para el manejo de artificios fumígenos (ATF) y lacrimógenos (ATL). Requisitos y procedimientos.

–Manual manejo de arma B&T GL-06NL. Lanzador monotiro CAL. 40X46MM R.

–Cartuchería no letal SIR 40X46MM.

–Cartuchería no letal SIR-X 40X46MM.

–Manual de conocimiento y manejo de máscaras antigás.

Tema 4.–MDI 2019-003 Manual de manipulación, control, seguimiento e identificación del material.

–Manual de manipulación de armas de dotación en la División de Intervención.

–Manual de control y seguimiento de material de orden público de la División de Intervención. Manual Subfusil HACKLER & COCH UMP.

–Manual de elementos de identificación en dispositivos especiales con chalecos antitrauma y equipos portamedios.

Tema 5.–MDI 2019-004 Manual dispositivos de realización controles.

Tema 6.–MDI 2019-005 Manual normativo y progresión de uso de medios de orden público.

Tema 7.–MDI 2019-006 Manual de actuaciones en peleas, altercados y personas agresivas.

–Manual de actuación en peleas y altercados.

–Manual de actuación con personas agresivas.

Tema 8.–MDI 2019-007 Manual operativo entradas, registros y desalojos.

–Entradas y registros en inmuebles.

–Actuación de desalojos de inmuebles.

–Actuación en plenos de Ayuntamiento.

–Desalojo de edificios públicos.

Tema 9.–MDI 2019-008 Manual operativo de voces, señales, posiciones, cadenas y barreras.

–Manual de posición y señales básicas del agente.

–Manual de órdenes de mando y posiciones en binomio.

–Manual de barreras y cadenas.

–Grupo de Intervenciones Especiales (GIE).

Tema 1.–Normativa:

–Funciones del Grupo de Intervenciones Especiales GIE.

–Constitución española Art 18.2 y 104.

–Ley de enjuiciamiento criminal Art 545, 546, 550, 551, 553, 554, 567, 568 y 795.1.1.º

–Ley Orgánica 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad artículo 5.

–Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad ciudadana artículo 15.

–Instrucción de jefatura de Estado para la Seguridad 12/2007.

–Instrucción 14 de abril de 1983, sobre el uso de las armas de fuego.

–Instrucción 2018-02 del Jefe de la Policía Foral. Recomendaciones en materia de autoprotección y criterios de actuación ante amenaza terrorista.

–Reglamento de Armas Art 1.4, 2, 3, 4, 5 y 6.

Tema 2.–Conocimientos tácticos:

–Servicio de entrada en inmuebles.

–Actuación en entradas y registros.

–Manual desalojo en inmuebles.

–Ordenes tiradores selectos GIE.

–Atrincherados con rehenes.

–Atrincherados sin rehenes.

–Atracos.

–Actuación ante personas agresivas.

–Asesinatos múltiples terroristas e incidentes AMOK.

–Actuación ante artefactos explosivos.

–Protección de personalidades.

Tema 3.–Conocimientos técnicos:

–Arma GLOCK.

–Normas de seguridad en el empleo de las armas de fuego.

–Ojo dominante, como identificarlo, concepto de dominancia cruzada.

–Balística de efectos.

–Resistencia balística.

–Escalada.

–Orientación.

Área Investigación Criminal

–Grupo de Apoyo Tecnológico.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Detención e información de derechos.

Tema 3.–Inspección técnico-ocular.

Tema 4.–Entrada y registro.

Tema 5.–Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema 6.–Electricidad.

Tema 7.–Electrónica.

Tema 8.–Fotografía.

Tema 9.–Informática.

Tema 10.–Radiofrecuencia.

Tema 11.–Telefonía.

Tema 12.–Ley 25/2007, de 18 de octubre sobre conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones.

Tema 13.–Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

Tema 14.–Ley de Seguridad Ciudadana.

Tema 15.–Reglamento de ejecución (UE) 2019/947.

–Grupo de Delitos Informáticos.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Entrada y registro.

Tema 10.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 11.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 12.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 13.–Diligencia de Informe.

Tema 14.–Conocimientos Básicos de Informática.

Tema 15.–El Delito Informático en el Código Penal.

Tema 16.–Introducción a la Ciberseguridad.

Tema 17.–Hacking y Hackers.

Tema 18.–Internet y su uso por organizaciones Terroristas.

Tema 19.–Certificados digitales.

Tema 20.–Delitos informáticos contra las personas (I). Ciberbulling y Grooming.

Tema 21.–Delitos informáticos contra las personas (II) Pedofilia y Pornografía.

–Grupos de Policía Judicial de Estella-Lizarra, Tafalla y Tudela y Brigada Judicial Norte.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–El Código Penal. Delitos contra las personas.

Tema 22.–El Código Penal y las organizaciones y grupos criminales.

Tema 23.–El Código Penal. De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.

Tema 24.–Procedimiento Normalizado de Trabajo 2016-04. Actuación policial ante muertes judicializadas.

Tema 25.–Procedimiento Normalizado de Trabajo 2011-05. Atención de accidentes laborales por Policía Foral.

–Brigada de Delitos Económicos y contra el Patrimonio y Grupo de Delincuencia Económica.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 15.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 16.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 17.–Diligencia de informe.

Tema 18.–El Código Penal y los delitos contra el patrimonio.

Tema 19.–El delito económico y su reflejo en el Código Penal.

Tema 20.–El Código Penal y las organizaciones y grupos criminales.

Tema 21.–Los delitos fiscales.

Tema 22.–El blanqueo de capitales.

Tema 23.–Robo en vivienda. Investigación.

–Brigada de Delitos contra las Personas.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–El Código Penal y los Delitos contra las Personas.

Tema 22.–Tipos de muertes, posición de los cadáveres y fenómenos cadavéricos.

Tema 23.–Lesiones por arma blanca.

Tema 24.–Lesiones por arma de fuego.

Tema 25.–Asfixias.

Tema 26.–Tratamiento policial de las personas desaparecidas.

Tema 27.–PNT 2008-002. Búsqueda de personas desaparecidas.

Tema 28.–Orden de servicio 2/2018. Tramitación de denuncias por personas desaparecidas. Solicitud de consentimiento.

–Brigada Asistencial.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–La Violencia de Género.

Tema 22.–Los Sujetos de la Violencia de Género: Agresores y Víctimas.

Tema 23.–El ciclo de la violencia.

Tema 24.–El Código Penal. Violencia de género y doméstica. Los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. Los delitos contra las relaciones familiares.

Tema 25.–Protocolo para la Valoración Policial del nivel de riesgo de violencia de género y de gestión de la seguridad de las víctimas. Instrucción de la Secretaría de Estado de Seguridad 4/2019.

Tema 26.–Criterios de actuación policial con menores.

–Grupo de Delitos contra la Salud.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Información y protección a las víctimas.

Tema 3.–Detención e información de derechos.

Tema 4.–Información de derechos al investigado no detenido.

Tema 5.–Designación de letrado.

Tema 6.–Notificación al familiar y a la oficina consular.

Tema 7.–Reconocimiento médico.

Tema 8.–Habeas corpus.

Tema 9.–Inspección técnico-ocular.

Tema 10.–Entrada y registro.

Tema 11.–Registro de dispositivos de almacenamiento masivo de información y registros remotos sobre equipos informáticos.

Tema 12.–Registros personales.

Tema 13.–Reconocimiento fotográfico.

Tema 14.–Reconocimiento en rueda.

Tema 15.–Grabación de las comunicaciones, captación de imágenes y utilización de dispositivos de seguimiento y localización.

Tema 16.–Interceptación de las telecomunicaciones.

Tema 17.–Recogida de efectos y cadena de custodia.

Tema 18.–Diligencia de informe.

Tema 19.–Protección de testigos.

Tema 20.–La detención por aplicación del artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema 21.–Los delitos contra la Salud Pública.

Tema 22.–El Código Penal y las organizaciones y grupos criminales.

–Brigada Criminalística de Campo.

Capítulo 1.–Criminalística.

Capítulo 2.–Lofoscopia.

Capítulo 3.–Revelado de huellas lofoscópicas.

Capítulo 4.–Antropología Forense.

Capítulo 5.–Armas.

Capítulo 6.–Huellas de calzado y neumático.

Capítulo 7.–Evidencias diversas.

Capítulo 8.–Evidencias biológicas.

Capítulo 9.–Evidencias químicas.

Capítulo 10.–Tecnologías de la información.

Capítulo 11.–Imagen.

Capítulo 12.–Tratamiento de evidencias en Campo.

Capítulo 13.–La fotografía en la inspección ocular técnico policial.

–Brigada de Criminalística de Laboratorio.

Tema 1.–Introducción al peritaje informático.

–Perito Informático.

–Código Deontológico del perito informático.

–Legalidad de la prueba electrónica.

–Conceptos legales.

Tema 2.–Análisis forense digital de terminales móviles.

–Historia y Evolución.

–Etapas de un análisis forenses.

–Recogida, tratamiento y reseña de indicios.

–Terminal móvil tipos de extracciones.

–Root.

–Bloqueos de usuario.

–Sistemas Operativos, particiones y sistema de archivos.

–IMEI, ICCID, IMSI.

–Análisis de una imagen de un dispositivo.

Tema 3.–Análisis forense digital de equipos informáticos.

–Historia y Evolución.

–Dispositivo de almacenamiento (particiones, volúmenes, sistema ficheros).

–Borrado de ficheros.

–Timestamps o marcas de tiempo.

–Volatilidad.

–Imágenes forenses.

–Logs y Metadatos.

–Localización de indicios.

–Cifrado, técnicas anti-forenses y otros problemas.

–Guía de apoyo para un análisis Windows.

Tema 4.–Redes informáticas.

–Conceptos Básicos.

–Topología de Redes.

–Transmisión de datos en las redes.

–Protocolo de red (TCP/IP).

–Direcciones IP y Routing.

–DNS.

–Hardware.

Tema 5.–Metodología del peritaje informático.

–Peritaje.

–Objetivos del análisis forense.

–Proceso de análisis forense.

–Regulación adquisición de evidencias.

–Dispositivos.

–Recolección y adquisición.

–Tratamiento de la información.

–Herramientas.

Tema 6.–Documentoscopia.

–Tipos de documentos.

–Términos relacionados con la materia.

–Medios Técnicos.

–El papel.

–Soportes Plásticos.

–Medidas de seguridad.

–Sistemas de impresión.

–Las Tintas.

–Modalidades Falsarias.

Tema 7.–Grafística.

–Métodos de identificación de la escritura.

–Leyes de la escritura.

–Principios en los que se basa la Grafística.

–Elementos de la escritura para su análisis.

–Tipos de firmas.

–Tipologías Falsarias.

–Anónimos.

–Testamentos.

–Pericia caligráfica de escritura árabe.

–Análisis de Grafitis.

–Estructura del Informe pericial Grafístico.

–El Perito Judicial.

–El Informe Pericial.

Tema 8.–Identificación facial.

–Principales referentes nacionales e internacionales.

–¿Qué es un estudio fisonómico?

–Diferencias entre Identificación facial y reconocimiento.

–Requisitos de calidad de imagen para estudio fisonómico.

–Metodología del estudio fisonómico.

–Posibilidades reales de mejora de imagen.

–Metodología para la comparativa de rostros.

–Expresión, significado y fiabilidad de los estudios fisonómicos.

–Herramientas automáticas de reconocimiento facial.

–Solicitud correcta de los estudios fisonómicos.

–Significado de la acreditación de un laboratorio.

–Grupo de Investigación.

Tema 1.–La policía judicial.

Tema 2.–Detención e información de derechos.

Tema 3.–La detención por el artículo 420 de la ley de enjuiciamiento criminal.

Tema 4.–Ley Orgánica 3/2018, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Tema 5.–Productos operativos.

Tema 6.–Introducción a la metodología de la inteligencia policial.

Tema 7.–El ciclo de la información.

Tema 8.–Las fuentes de la información.

Tema 9.–Aproximación histórica al fenómeno del yihadismo.

Tema 10.–Las organizaciones y grupos criminales.

Tema 11.–Grupos juveniles violentos.

Tema 12.–Las redes sociales.

–Brigada de Análisis e Inteligencia.

Tema 1.–La Policía Judicial.

Tema 2.–Detención e información de derechos.

Tema 3.–La detención por el artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Tema 4.–Ley Orgánica 3/2018 de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Tema 5.–Productos operativos.

Tema 6.–Introducción a la metodología de la inteligencia policial.

Tema 7.–El ciclo de la información.

Tema 8.–Las fuentes de la información.

Tema 9.–Concepto y aplicaciones del análisis criminal.

Tema 10.–Grupos juveniles violentos.

Tema 11.–EXCEL. Fórmulas y funciones. Tablas dinámicas. Orígenes de datos.

Tema 12.–Las redes sociales.

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