BOLETÍN Nº 69 - 1 de abril de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 25/2020, de 30 de marzo, de la Directora General de Transportes, por la que se adoptan nuevas medidas en los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera competencia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Mediante Resolución 19/2020, de 15 de marzo, de la Directora General de Transportes, se adoptaron medidas en los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera competencia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Entre estas medidas se aprobó la reducción de la oferta de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera en un 50% durante el estado de alarma.

Ante la evolución de la situación, por Resolución 20/2020, de 18 de marzo, de la Directora General de Transportes, se adoptaron nuevas medias en los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, reduciendo la oferta de servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera hasta el 75% durante el estado de alarma.

La limitación de la libertad de circulación de las personas y las medidas de contención en distintos ámbitos establecidas en el citado Real Decreto 463/2020, han conllevado una importante disminución en el uso de los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general por carretera competencia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Por ello, los datos de ocupación de los servicios que se han venido prestando tras la última reducción del 75%, son muy bajos, dándose diariamente casos en que los autobuses realizan los servicios vacíos.

Mediante Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, se ha regulado un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Es por ello, que se considera necesario adoptar nuevas medidas con objeto a adaptar la prestación de los servicios públicos a la demanda real.

En consecuencia, en ejercicio de las competencias atribuidas por el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda del Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial, y de conformidad con lo propuesto por el Servicio de Planificación y Régimen Jurídico de Transportes,

RESUELVO:

1.º Reducir los servicios de transporte público interurbano de viajeros de uso general por carretera de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra de acuerdo a los siguientes criterios:

–Itinerarios en los que se realicen entre 1 y 6 expediciones completas (ida y vuelta) en horario y calendario fijos: mantener 1 expedición completa (ida y vuelta) al día atendiendo a todos los tráficos, a la demanda.

–Itinerarios en los que se realicen entre 7 y 10 expediciones completas (ida y vuelta) en horario y calendario fijos: mantener 1 expedición completa (ida y vuelta) al día atendiendo a todos los tráficos.

–Itinerarios en los que se realicen más de 10 expediciones completas (ida y vuelta) en horario y calendario fijos: se reducirá la oferta en un 75%, de acuerdo a lo indicado en la Resolución 20/2020, de 18 de marzo, de la Directora General de Transportes.

Las expediciones que se mantengan estarán dispuestas al objeto de garantizar las necesidades de movilidad de los trabajos considerados esenciales, y de acceso a los servicios básicos.

En los servicios de transporte público de viajeros por carretera en los que haya rutas con expediciones cuyos usuarios/as sean predominantemente personal sanitario o personas usuarias de los servicios sanitarios, se adaptarán los horarios supeditándolos a los turnos de trabajo de dicho personal y servicios sanitarios ofrecidos, no siendo de aplicación las limitaciones anteriores.

2.º Las empresas concesionarias deberán enviar a la Dirección General de Transportes antes del miércoles 1 de abril de 2020, la información con los servicios que van a realizarse tras la aplicación de estos criterios, facilitando para las expediciones sujetas a la demanda, el medio de contacto para las personas usuarias, así como el procedimiento a seguir para documentar dichas peticiones, las cuales deberán hacerse como mínimo con 24 horas de antelación.

Así mismo deberán informar adecuadamente a los Ayuntamientos, a las Estaciones de autobuses y las personas usuarias de los servicios que van a prestarse, y en los casos de expediciones a la demanda, deberá informarse el procedimiento a seguir y el número de teléfono donde solicitar el servicio.

3.º Al objeto de poder evaluar el impacto de las medidas adoptadas, y poder analizar la posible implantación de otras, las empresas concesionarias deberán diariamente informar a la Dirección General de Transportes sobre los servicios que se han realizado, número de personas usuarias de cada servicio, incidencias que su hubieran producido, así como cualquier otra circunstancia que consideren a bien informar, en relación a lo indicado en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

4.º En las estaciones de autobuses de mantendrán aquellas actividades indispensables para hacer frente a los servicios señalados anteriormente.

5.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

6.º La presente Resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, debiendo comenzar a prestarse los servicios reducidos conforme a los criterios indicados en esta Resolución, el día 1 de abril de 2020.

Pamplona, 30 de marzo de 2020.–La Dirección General de Transportes, Berta Miranda Ordobás.

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