BOLETÍN Nº 64 - 25 de marzo de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 14E/2020, de 17 de febrero, del Director de Servicio de Biodiversidad por la que procede declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Telefónica de España, S.A.U., para Infraestructura de fibra óptica en Imotz.

Ha tenido entrada la solicitud de Autorización de Afecciones Ambientales para nueva infraestructura de cable de fibra óptica entre Goldaratz y Latasa”, en el término municipal de Imotz, promovido por Telefónica de España, S.A.U.

A la vista del proyecto técnico presentado para el expediente, se ha requerido al promotor mediante escrito de fecha 8 de octubre de 2019, notificado el 17 de octubre de 2019, la remisión de documentación complementaria necesaria para su debida tramitación. En dicho requerimiento se advertía expresamente que transcurridos tres meses, desde que se produzca la notificación del citado escrito, sin haberse realizado la aportación de la documentación precisa, se procedería a declarar la caducidad del expediente, con los requisitos y efectos del artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que implicaría la imposibilidad de llevar a cabo las obras e instalaciones proyectadas.

Habiendo transcurrido el plazo concedido sin que se haya cumplimentado el requerimiento formulado, de conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Declarar la caducidad del expediente iniciado a solicitud de Telefónica de España, S.A.U., para el proyecto “Nueva infraestructura de cable de fibra óptica entre Goldaratz y Latasa (Imotz)” y proceder al archivo de las actuaciones seguidas en el mismo.

Señalar que si en el futuro se pretendiera realizar estas obras, deberá procederse a la incoación de un nuevo expediente, en la forma establecida en el Decreto Foral 93/2006, de 28 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental.

2.º Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución.

3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al interesado, al Ayuntamiento de Imotz, a la Sección de Ordenación del Territorio, y a la Sección de Guarderío de Medio Ambiente, para su conocimiento y efectos oportunos.

Pamplona, 17 de febrero de 2020.–El Director de Servicio de Biodiversidad, Enrique Eraso Centelles.

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