BOLETÍN Nº 34 - 19 de febrero de 2020

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Anuncio de enajenación mediante adjudicación directa de bien inmueble

La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva de Hacienda Foral de Navarra,

Hace saber:

Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye frente a “GAP’S Comunicacion Pamplona, S.L.”, CIF B31725112, por medio de Resolución del pasado 14 de junio de 2019 el Director del Servicio de Recaudación de Hacienda Foral de Navarra acordó la venta mediante subasta del bien inmueble embargado, resolviendo la celebración de la misma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra y en la citada Resolución, se publica el presente anuncio de venta mediante adjudicación directa y se advierte a las personas que deseen participar en la misma de lo siguiente:

1.º La venta mediante adjudicación directa se celebrará el día 3 de marzo de 2020, a las 10:00 horas, en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Foral de Navarra, Avenida de Carlos III, número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 4.º nivel, de Pamplona.

2.º La venta mediante adjudicación directa se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se justifica adecuadamente el pago de la deuda, intereses de demora y costas del procedimiento.

3.º Bien objeto de la venta mediante adjudicación directa:

–Lote único.

Registral:

Única: Finca número 4693 de Erro, al tomo 2462, libro 68, folio 57, del Registro de la Propiedad de Aoiz número 1.

IDUFIR: 31001000131084.

Urbana: Parcela de terreno denominada Berrau o Berragu sita en Espinal, valle de Erro, al paraje conocido como Barakoain-Oyanilum que es la número 5.13 de la urbanización Urcona, con una superficie de dos mil ciento sesenta metros. Linda: norte y sur, resto de finca; este, terreno comunal; y oeste, con resto de finca, calle interior de la urbanización y parcela número 6 de la propia urbanización. Sobre dicha finca se ha construido un chalet que consta de planta destinada a vivienda, con una superficie útil de ciento veintitrés metros y cuarenta y nueve decímetros cuadrados, más terraza de treinta y siete metros y treinta y tres decímetros cuadrados, otra planta encima de la anterior, también para vivienda, con una superficie útil de cincuenta y ocho metros y cuarenta y un decímetros cuadrados; y debajo de la primera planta, otra superficie útil de sesenta y tres metros y cuarenta y nueve decímetros cuadrados, destinado a sala de juegos, garaje y bodega. Linda toda la finca: frente u oeste, calle interior de la Urbanización, resto de finca y parcela 6; derecha e izquierda, restos de la finca matriz; y fondo, terreno comunal, el resto del terreno sin edificar se destina a jardín.

Catastral:

Finca en Urbanización Pirineo/Pirinio Auzunea, 15, bajo en Erro, Aurizberri/Espinal. Polígono 12, parcela 87. Constan los siguientes datos descriptivos en la cédula parcelaria:

CÓDIGOS
LOCALIZADORES (*)

DIRECCIÓN O PARAJE

SUPERFICIES
(m²)

Principal Común

USO, DESTINO O CULTIVO

12, 87, 2, 1

UR PIRINEO/PIRINIO AUZUNEA, 15 BJ

372,00

VIVIENDA

12, 87, 2, 2

UR PIRINEO/PIRINIO AUZUNEA, 15 BJ

37,00

PORCHE

12, 87, 2, 3

UR PIRINEO/PIRINIO AUZUNEA, 15 BJ

2.596,00

JARDINERIA

12, 87, 2, 4

UR PIRINEO/PIRINIO AUZUNEA, 15 BJ

70,00

PISCINA

12, 87, 2, 5

UR PIRINEO/PIRINIO AUZUNEA, 15 BJ

73,00

PAVIMENTO

Nota: Se advierte expresamente, para pleno conocimiento de los licitadores, que si bien la parcela catastral figura con una superficie de 2.905,41 m², dicha superficie está siendo motivo de estudio y revisión por el Concejo de Aurizberri/Espinal, por cuanto existe lindancia con parcelas Comunales, siendo la superficie inscrita en el Registro de la Propiedad 2.160,00 m².

Por este motivo la parcela está pendiente de un Deslinde Administrativo por éste Concejo, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Régimen de la Administración Local de Navarra y asimismo en los artículos 47 a 58 del Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra.

Éste procedimiento consiste en definir correctamente los límites físicos de la parcela 87 del polígono 12, contemplando en qué medida queda afectado el Comunal del Concejo de Aurizberri/Espinal.

El resultado del deslinde efectuado deberá incorporarse a los datos del Registro de la Riqueza Territorial de Navarra conforme al procedimiento establecido en los párrafos segundo y tercero del punto 6 del artículo 32 de la Ley Foral 12/2006, del Registro de la Riqueza Territorial y los Catastros de Navarra, previo informe preceptivo favorable de la unidad orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra que tenga asignadas las facultades de defensa de los bienes comunales.

La modificación de los límites del parcelario catastral no conllevará en ningún caso alteración alguna en el Planeamiento Urbanístico del Municipio de Erro.

Titularidad:

–Consta a nombre de DNI ***6133**, el pleno dominio de una mitad y el usufructo de la otra mitad indivisa.

–Consta a nombre de DNI ***1893**, la nuda propiedad de una cuarta parte indivisa.

–Consta a nombre de DNI ***4434**, la nuda propiedad de una cuarta parte indivisa.

Valor de tasación: 312.203,28 euros.

Cargas preferentes inscritas:

–Hipoteca 4.ª, de rango compartido con la 5.ª, a favor de la Comunidad Foral De Navarra, inscrita con fecha 10-6-2013, en garantía del pago de las deudas por importe total fraccionado de 75.914,71 euros de principal, en concepto de intereses generados en el propio aplazamiento de 10.379,52 euros, así como para cubrir el 20% de la suma de ambas partidas que asciende al importe total de 17.258,85 euros.

–Hipoteca 5.ª, de rango compartido con la 4.ª, a favor de la Comunidad Foral De Navarra, inscrita con fecha 10-6-2013, en garantía del pago de las deudas por importe total fraccionado de 129.490,16 euros, en concepto de intereses generados en el propio aplazamiento de 16.768,27 euros, así como para cubrir el 20% de la suma de ambas partidas que asciende al importe total de 29.251,69 euros.

Cargas preferentes no inscritas:

–Deudas por contribución territorial: 1.294,98 euros.

En el caso de existir, el bien a subastar está afecto por las cargas y gravámenes preferentes señaladas anteriormente y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta quedando subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate. Dado el tiempo transcurrido, el importe de las cargas preferentes ha podido variar. Todo ello sin perjuicio de la posible existencia de otras cargas no preferentes por las que el bien objeto de la presente ejecución pueda quedar afecto.

4.º Carga a ejecutar:

Hipoteca inmobiliaria sobre la finca descrita constituida mediante escritura otorgada el 21 de marzo de 2014, ante la Notario de Pamplona, don Enrique Pons Canet, número 554 de su protocolo, que se inscribió en el Registro de la Propiedad número uno de Aoiz, el 18 de junio de 2014, según consta al margen de la inscripción 6.ª

5.º Desarrollo de la enajenación mediante adjudicación directa:

La oferta mínima será de 66.087,99 euros, no admitiéndose ofertas inferiores.

–Pueden tomar parte como licitadores todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, que no tengan impedimento o restricción legal, siempre que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.

–Los licitadores podrán participar en la enajenación mediante adjudicación directa de la siguiente forma:

Participación mediante sobre cerrado: Se podrán presentar las ofertas en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Foral de Navarra, Avenida de Carlos III, número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 6.º nivel, de Pamplona hasta las 14:30 horas del día 2 de marzo de 2020, procediéndose a la apertura de las mismas a las 10:00 horas del día 3 de marzo de 2020 en las mismas dependencias en el 4.º Nivel. El sobre cerrado deberá incluir en su interior:

En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:

  • Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.
  • Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina (lunes a viernes, de 9:00 horas a 14:30 horas), y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa, es decir, del 2 de marzo de 2020.
  • Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.

Las ofertas tendrán el carácter de máximas.

La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.

Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos equivalentes en tramos de 650,00 euros.

–No se admitirán depósitos en metálico.

–Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.

–El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

–La Hacienda Foral de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.

8.º Consta en el expediente que el inmueble objeto de enajenación se encuentra desocupado por no tratarse de la residencia habitual de los titulares.

9.º El adjudicatario exonera expresamente a Hacienda Foral de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo de los mismos los gastos que queden pendientes de pago.

10.º Según el Servicio de Vivienda (Departamento de Derechos Sociales) el inmueble no dispone de cédula de habitabilidad.

11.º Este órgano de recaudación desconoce si el inmueble subastado dispone de certificado de eficiencia energética. A los efectos del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, sobre Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de los Edificios, la parte compradora exonera expresamente a la parte vendedora de su exhibición y puesta a disposición.

12.º En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.

Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva (Teléfono 848-428-693 correo electrónico: recaudacion.ejecutiva@navarra.es).

Pamplona, 7 de febrero de 2020.–La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Sonia Ruiz Millán.

Código del anuncio: F2001956