BOLETÍN Nº 256 - 3 de noviembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 371/2020, de 28 de octubre, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se modifica el anexo de la Orden Foral 358/2020, de 22 de octubre, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19. Identificación BDNS: 529700.

Mediante Orden Foral 358/2020, de 22 de octubre, de la Consejera de Derechos Sociales, se ha aprobado la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes temporales de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19.

La Dirección General de Protección Social y Cooperación al Desarrollo propone la modificación del apartado 1 de la Base Cuarta, para contemplar la situación de las personas que teniendo varios contratos a tiempo parcial de bajo porcentaje, en conjunto superen el 50% de su jornada real laboral.

Vistos los informes obrantes en el expediente, así como el visto bueno de la Intervención Delegada en el Departamento de Derechos Sociales.

En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente y por el Decreto Foral 268/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales

ORDENO:

1.º Modificar el párrafo último del apartado 1 de la base cuarta del Anexo I de la Orden Foral 358/2020, de 22 de octubre; de la Consejera de Derechos Sociales, con el siguiente contenido:

Donde dice “En caso de que la persona interesada tenga más de un contrato afectado por ERTE se tendrá en cuenta el de porcentaje de jornada laboral superior”,

Debe decir “En caso de que la persona interesada tenga más de un contrato afectado por ERTE a los efectos del porcentaje a aplicar, éste será el de la suma de todos los porcentajes de esos contratos”.

2.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, con la advertencia de que la convocatoria no surtirá efectos hasta que se publique en dicho boletín.

3.º Contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

4.º Trasladar esta Orden Foral al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica, al Centro Contable de la Secretaría General Técnica, al Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo, así como a la Base de Datos.

Pamplona, 28 de octubre de 2020.–La Consejera de Derechos Sociales, M.ª Carmen Maeztu Villafranca.

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