BOLETÍN Nº 213 - 21 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 694E/2020, de 18 de agosto, del Director General de Medio Ambiente por la que se formula Declaración Ambiental Estratégica del Plan General Municipal de Anue, promovido por el Ayuntamiento de Anue.

Mediante Resolución 274/2011 de 14 de febrero, del Director General de Medio Ambiente, se emitió la Declaración Incidencia Ambiental del Plan General Municipal de Anue (Boletín Oficial de Navarra número 56 de 22 de marzo de 2011). Transcurridos más de dos años desde su publicación sin que se hubiera adoptado la aprobación del Plan General y, en aplicación del artículo 27 de la Ley 21/2013 de 9 de diciembre de Evaluación Ambiental, se formula nueva Declaración Ambiental Estratégica del Plan General Municipal de Anue.

El Plan General Municipal de Anue sustituye al planeamiento vigente desde 1997, Las propuestas del Plan General Municipal afectan a todo el ámbito municipal de 61,4 km².

El Plan da continuidad al modelo territorial del valle, constituido por pequeños núcleos rurales (Olagüe, Aritzu, Egozkue, Lezkue, Etulain, Burutain y Etsain) diseminados en la cuenca del río Mediano, y conectados a la N-121A, eje vertebrador que discurre por el centro del valle.

El Plan Municipal de Anue tiene como objetivos fundamentales asegurar y mantener los tejidos urbanos existentes, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones, sin renunciar al mantenimiento del paisaje urbano/rural de los núcleos existentes, resolver las necesidades de suelo residencial y dotacional, proteger el patrimonio cultural y prever los sistemas generales adecuados para el servicio de su población.

A lo largo de la tramitación del Plan Urbanístico se han incorporado modificaciones que, manteniendo el modelo territorial, tratan de adecuar ordenación de los núcleos rurales y la delimitación de los suelos urbanos a las demandas y necesidades de la ciudadanía y del valle. Desde el punto de vista ambiental la propuesta residencial no genera afecciones ambientales significativas, puesto que se plantea sobre terrenos colindantes a los núcleos rurales en los que no se identifican elementos o enclaves de valor ambiental, paisajístico de especial relevancia. Con la finalidad de preservar a largo plazo estos entornos rurales se define el suelo de salvaguarda del modelo de desarrollo y acogiendo ámbitos más amplios, los suelos de valor paisajístico, con la finalidad de preservar su imagen y la percepción del paisaje desde y hacia el núcleo urbano.

En relación a la previsión de áreas destinadas a la actividad económica, se mantiene la reserva de suelo el paraje Oianaundi, como suelo de Salvaguarda del Modelo desarrollo.

La propuesta de ordenación del suelo rústico se aborda desde la identificación y delimitación de los valores ambientales, naturales, culturales, forestales y agrícolas del municipio y la categorización del suelo no urbanizable de protección y de preservación. El plan identifica como lugares de valor ambiental los espacios correspondientes a la Zona de Especial Conservación ZEC Belate, las áreas de conectividad territorial, hayedos, robledales, el conjunto de la red fluvial que se estructura en torno al rio Mediano y las zonas higroturbosas de Xuriain y Gesaleta.

Entre los valores paisajísticos del municipio destacan el paisaje cultural agropecuario identificado en todas las localidades, que aglutina praderas agroganaderas y diversos elementos de interés como setos, bosquetes y robledales, estableciendo condiciones a las actividades constructivas y de apoyo a la ganadería asociadas a estos ámbitos.

El camino de Santiago baztanés junto con los yacimientos arqueológicos diseminados por el valle, constituyen los elementos cultural más relevantes.

El principal riesgo detectado en el municipio se asocia a la inundabilidad del río Mediano, cuya área de influencia ha quedado incorporada como suelo de preservación de riesgos. Las propuestas residenciales, alejadas de las principales regatas, no generan afecciones en estas zonas de riesgo. Únicamente en la localidad de Burutain, el desarrollo de la unidad BUR-8 en las Ventas, ubicada entre la N-121A, el río y carretera de acceso a Burutain, queda condicionada al análisis previo de las condiciones de riesgo e inundabilidad. Este mismo paraje recibe las afecciones acústicas del tráfico rodado de la N-121 e igualmente, el Plan Parcial de desarrollo requería el análisis de la situación acústica y la adopción de las medidas oportunas para el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica, siendo esta determinación extensible a las unidades BUR 9 y 10. Es preciso indicar que la N-121A a su paso por Anue está incluida en el ámbito de los “Mapas Estratégicos de Ruido de los grandes ejes viarios de la Comunidad Foral de Navarra, 3.ª fase.(Resolución 151/2020 de 2 de marzo del Director General de Obras Públicas e Infraestructuras).

Otro de los aspectos a considerar en el desarrollo y ejecución del Plan General Municipal de Anue y a lo largo de su periodo de vigencia es la incorporarán las medidas preventivas y correctoras identificadas en el Estudio de Incidencia Ambiental.

Analizada la documentación completa, el Servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y emite informe favorable.

A la vista de los informes que figuran en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se ha desarrollado adecuadamente y, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.

RESUELVO:

1.º Se formula Declaración Ambiental Estratégica favorable sobre el Plan General Municipal de Anue, promovido por el Ayuntamiento de Anue.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

3.º Notificar esta Resolución, al Sección de Planeamiento Urbanístico Municipal, y al Ayuntamiento de Anue, a los efectos oportunos.

Pamplona, 18 de agosto de 2020.–El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.

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