BOLETÍN Nº 200 - 4 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 54/2020, de 19 de agosto, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

El Departamento de Políticas Migratorias y Justicia de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día diecinueve de agosto de dos mil veinte,

DECRETO:

Artículo único. Creación de plazas de la plantilla orgánica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Se crean las plazas de la plantilla orgánica que se relacionan seguidamente y que cuentan con la correspondiente dotación económica en el Capítulo I del vigente Presupuesto de Gastos:

DEPARTAMENTO DE POLÍTICAS MIGRATORIAS Y JUSTICIA

Dirección General de Políticas Migratorias

–Una vacante de Técnico de Administración Pública (Rama Económica), de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11006.

–Una vacante de Educador Social, de régimen funcionarial, nivel B, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11007.

Secretaría General Técnica:

–Una vacante de Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica), de régimen funcionarial, nivel A, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 11008.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.–Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciónes precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición final segunda.–Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 19 de agosto de 2020.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.–El Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, Javier Remírez Apesteguía.

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