BOLETÍN Nº 198 - 3 de septiembre de 2020

1. Comunidad Foral de Navarra

1.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCIÓN 742/2020, de 11 de agosto, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la organización de certámenes ganaderos, para el año 2020. Identificación BDNS: 520153.

Como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, a escala nacional e internacional, el Gobierno, al amparo de lo dispuesto en el artículo 4, apartados b) y d), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, declaró, mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma en todo el territorio nacional con el fin de afrontar la crisis sanitaria, el cual ha sido prorrogado en seis ocasiones, la última con ocasión del Real Decreto 555/2020, de 5 de junio, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de manera que la prórroga se extenderá desde las 00:00 horas del día 7 de junio hasta las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020, en los términos expresados en dicha norma.

En consecuencia, esta ayuda se enmarca temporalmente en la grave emergencia de salud pública que para los ciudadanos y las sociedades constituye el COVID-19, y por la importante perturbación que, sin precedentes, representa también para las economías de la Unión y del mundo. Esta perturbación afecta a toda la economía por diferentes vías y de distintas maneras. Por ello, debe considerarse la importancia que en esta crisis sanitaria ha adquirido el sector primario, como así lo prevé el artículo 15 del citado Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que obliga a las autoridades competentes a adoptar medidas para garantizarlo.

Por otra parte, la disposición derogatoria única, punto 2, del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, permite continuar con la tramitación de este procedimiento, por cuanto dispone con efectos desde el 1 de junio de 2020, la derogación de la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que declaraba la suspensión de plazos administrativos para la tramitación de procedimientos por las entidades del sector público.

En estas circunstancias extraordinarias las ayudas son, por tanto, una importante herramienta que pueden emplear las Administraciones públicas para mitigar el impacto social, económico y ambiental de esta crisis sanitaria. Así, por Orden Foral 189/2016, de 7 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, se establecen las normas que regularán la concesión de ayudas a la organización de certámenes ganaderos.

Previamente, esta norma fue comunicada a la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea, que acusó recibo del formulario de información resumida comunicado por las autoridades de Navarra, y registró el proyecto de norma arriba indicado como la ayuda SA.45058 (2016/XA).

Por otra parte, la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, determina en sus artículos 18 y 19, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará de oficio, cuando previamente el órgano competente haya establecido la norma o convocatoria de subvención y sus correspondientes bases reguladoras, salvo que ya existieran éstas.

Dado que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, y que la vigencia del presente régimen de ayudas se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020, de conformidad con el Reglamento (UE) número 702/2014, de la Comisión, de 25 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda en los sectores agrícola y forestal y en zonas rurales compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, la Comunidad Foral de Navarra desea aprobar la correspondiente convocatoria de ayudas a la organización de certámenes ganaderos para el ejercicio 2020.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la concesión de ayudas a la organización de certámenes ganaderos para el año 2020.

2.º Aprobar el modelo sobre la obligación de declaración de transparencia, al que se puede acceder a través del siguiente enlace:

http://www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.aspx?CodigoCompleto=Portal@@@epub/BON/IMPRESOSG/001_Transparencia_C.pdf

Las entidades a que hace referencia el artículo 3 de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, estarán sujetas a las normas de transparencia, cuando perciban, durante el periodo de un año, ayudas o subvenciones en una cuantía superior a 20.000 euros, o cuando las ayudas o subvenciones percibidas representen al menos el 20 % del total de sus ingresos anuales, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

3.º El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

4.º Autorizar un gasto de 30.000 euros, con cargo a la partida equivalente a la 710004 71310 4609 412200 “Ferias y certámenes ganaderos” de los Presupuestos de Gastos de 2020 para atender a los compromisos de gastos derivados de esta Resolución.

5.º Para esta convocatoria serán de aplicación las normas previstas en la Orden Foral 189/2016, de 7 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se establecen las normas que regulan la concesión de ayudas a la organización de certámenes ganaderos.

6.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente en el plazo de un mes contado desde el día hábil siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra, o desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, si esta fecha fuera posterior.

7.º Registrar la presente convocatoria de subvenciones en la Base de Datos del Gobierno de Navarra de Subvenciones (BDGNS).

8.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 11 de agosto de 2020.–El Director General de Agricultura y Ganadería, Ignacio Gil Jordán.

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