BOLETÍN Nº 15 - 23 de enero de 2020

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

BAKAIKU

Tipos de gravamen y tasas para 2020

El Pleno del Ayuntamiento de Bakaiku, en sesión celebrada el día 18 de diciembre de 2019, y en relación con los impuestos, tasas y precios públicos, acordó:

–Establecer el tipo impositivo del 0,25% para la Contribución Urbana y Rústica.

–Impuesto de construcciones, instalaciones y obras al 3,5% sobre el presupuesto de ejecución material. (Cuota de 18 euros si presupuesto de ejecución es inferior a 600 euros)

–Impuesto sobre actividades económicas. Las fijadas con carácter general en Ley Foral 7/96

–Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. 10% sobre el incremento real del valor de los terrenos.

–Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: para determinar el importe del incremento real se aplicarán los porcentajes anuales mínimos del cuadro del artículo 175 de la Ley Foral de Haciendas Locales.

El tipo impositivo será del 10% sobre el incremento real del valor de los terrenos.

TASAS Y PRECIOS PÚBLICOS

–Tasas por expedición y tramitación de documentos:

  • Fotocopias DIN-A4: 0,10 euros por hoja.
  • Fotocopias DIN-A3: 0,30 euros por hoja.
  • Fax envío nacional: 1 euro por hoja.

–Frontón: Por hora de utilización a la noche 4 euros empadronadas y 8 euros foráneas.

–Ludoteca:

  • Empadronados/as 50 euros hijo/a único/a y 40 euros más de uno.
  • No empadronados 60 euros hijo/a único/a y 50 euros más de uno.

–Lotes de leña para hogares:

  • El canon para optar a un lote de leña de hogares para 2020 será de 20 euros.
  • En caso que sea necesario realizar obras específicas y especiales para acceder al lote, se cobrará la parte proporcional que corresponda a cada lote, de aquella parte que no sea subvencionada por el Gobierno de Navarra.
  • Traer leña del monte (fuera del lote del año) se multará con 600 euros.
  • Árboles durante el año (no del lote): Se cubicará por el alguacil. 0,018 euros el kilo.

–Régimen sancionador ordenanza de caminos:

  • Arrastre de troncos, exceso de peso, utilización de los caminos con lluvia o nieve para movimiento de material (con camión, tractor, todo terreno, ...): 600 euros de multa, además de la obligatoriedad de arreglo del camino.
  • Exceso de velocidad: 100 euros y si fuese reincidente 600 euros
  • Queda excluido en esta apartado el trasporte para alimentar ganado, siempre que se realice con racionalidad y sin exceder el peso máximo autorizado.
  • El ayuntamiento se reserva el derecho de negociar contrapartidas con propietarios o transportes que excediesen en peso o que hubieren de transportarse con inclemencias del tiempo.

–Régimen sancionador realización de obras sin previa autorización por el ayuntamiento:

  • Paralización de la obra hasta obtención del permiso.
  • Multa de 300 euros.

El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero del 2020.

De acuerdo a artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo Común, se procederá a la publicación del correspondiente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y mediante edictos, en el tablón de anuncios municipal.

Lo que se hace público para general conocimiento, y contra el presente acuerdo que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este acuerdo.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado o Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la referida publicación.

c) Recurso de alzada, ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación del presente acuerdo.

Bakaiku, 18 de diciembre de 2019.–El Alcalde, Egoitz Urritza Lazkoz.

Código del anuncio: L1916731