BOLETÍN Nº 239 - 5 de diciembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

GARDE

Tipos de gravamen para 2020

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, el Pleno del Ayuntamiento de Garde, en sesión celebrada el día 22 de octubre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 y concordantes de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, La Corporación, con el quórum de mayoría legalmente exigido, adoptó por unanimidad los siguientes acuerdos:

1.–Mantener en 0,3000 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial.

2.–Mantener en el 3,00 por ciento el tipo de gravamen para la exacción del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

3.–Aprobar los porcentajes aplicables a efectos de la determinación de la base imponible para la exacción del Impuesto sobre el incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, fijando los siguientes:

Coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno:

0,63

Igual o superior a 20 años

0,56

19 años

0,43

18 años

0,29

17 años

0,16

16 años

0,06

15 años

0,06

14 años

0,06

13 años

0,06

12 años

0,06

11 años

0,06

10 años

0,06

9 años

0,06

8 años

0,06

7 años

0,06

6 años

0,06

5 años

0,06

4 años

0,02

3 años

0,18

2 años

0,09

1 año

0,09

Inferior a 1 año

El tipo impositivo se fija en 20 por 100.

4.–Mantener el índice 1 sobre las cuotas mínimas del Impuesto de Actividades Económicas.

5.–Este acuerdo entrará en vigor el 1 de enero del 2020.

Contra dicho acuerdo los interesados que no sean Administración Pública podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra o, en su caso, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en los casos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente a esta notificación o, previamente y con carácter potestativo, algunos de los siguientes recursos:

A) Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo hubiere dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo.

B) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo. Mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala de la Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazos determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Garde, 22 de octubre de 2019.–El Alcalde, José Javier Echandi Sarriés.

Código del anuncio: L1914755