BOLETÍN Nº 206 - 17 de octubre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ACUERDO del Gobierno de Navarra, de 18 de septiembre de 2019, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del “Plan Municipal de Marcilla para la ampliación del Polígono Industrial El Campillo, Marcilla (Navarra)”.

Con fecha 17 de julio de 2019, el Ayuntamiento de Marcilla solicitó a la Dirección General de Administración Local la tramitación de la información pública y el expediente expropiatorio del proyecto “Plan Municipal de Marcilla para la ampliación del Polígono Industrial El Campillo Marcilla (Navarra)” por el procedimiento de urgencia y a beneficio de la empresa EXCAL, S.A., como beneficiaria de la expropiación dado que la modificación del planeamiento, aunque promovido por el Ayuntamiento, tiene como finalidad la ampliación de las instalaciones de EXCAL, S.A., declarada de interés foral siendo además de interés municipal.

Por Orden Foral 116E/2019, de 11 de junio, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, fue aprobada definitivamente la Modificación de Determinaciones Estructurantes del Plan Municipal de Marcilla para la ampliación del Polígono Industrial El Campillo, publicándose la normativa en el Boletín Oficial de Navarra 120 de fecha 21 de junio. En dicha modificación se delimita un sector de suelo urbanizable con ordenación pormenorizada a ejecutar por el sistema de expropiación con designación de la empresa EXCAL, S.A., como beneficiaria de la expropiación, dado que la modificación del planeamiento, aunque promovido por el Ayuntamiento, tiene como finalidad la ampliación de las instalaciones de EXCAL, S.A., declarada de interés foral siendo además de interés municipal.

Con fecha 16 de julio de 2019, el Ayuntamiento de Marcilla acuerda ratificar la legitimación de la expropiación y declaración de utilidad pública e interés social contenida en la modificación del planeamiento aprobada definitivamente por Orden foral 116E/2019, de 11 de junio, ratificar la designación de EXCAL, S.A., como beneficiaria de la expropiación, aprobar el proyecto citado y aprobar inicialmente la relación de bienes y derechos afectados por el mismo, sometiéndolo a información pública por plazo de quince días.

Transcurrido el periodo de información pública, no se han formulado alegaciones al respecto.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto consiste en la necesidad de ampliar las instalaciones de EXCAL, S.A., declarada de interés foral siendo además de interés municipal.

En consecuencia, a la vista de los motivos alegados por el Ayuntamiento de Marcilla, y comprobada la existencia de la oportuna consignación presupuestaria necesaria para hacer frente al pago del justiprecio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, procede que el Gobierno de Navarra, con arreglo a las competencias reconocidas en el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, declare urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto “Plan Municipal de Marcilla para la ampliación del Polígono Industrial El Campillo, Marcilla (Navarra)”.

En su virtud, visto el informe jurídico correspondiente, en uso de las facultades conferidas por el artículo 57 b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y el 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial,

ACUERDA:

1.º Declarar urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del “Plan Municipal de Marcilla para la ampliación del Polígono Industrial El Campillo, Marcilla (Navarra)”.

2.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra, que producirá efectos desde el día de su publicación, haciéndose saber que este acuerdo pone fin a la vía administrativa y que puede ser recurrido potestativamente en reposición ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, o ser impugnado directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación.

Las Administraciones Públicas, en lugar del recurso de reposición, podrán efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar el presente acuerdo a la empresa EXCAL, S.A. y al Ayuntamiento de Marcilla.

Pamplona, 18 de septiembre de 2019.–El Consejero Secretario del Gobierno de Navarra, Javier Remírez Apesteguía.

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