BOLETÍN Nº 187 - 23 de septiembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 129/2019, de 18 de septiembre, del Director General de Administración Local y Despoblación, por la que se resuelve la fase de información pública y se aprueba definitivamente el proyecto y la relación de bienes y derechos del proyecto “Saneamiento Cuenca Río Robo”.

Mediante Resolución 623/2019, de 8 de mayo, del Director General de Administración Local, se sometió a información pública por plazo de quince días el proyecto de referencia y la relación de bienes y derechos afectados.

Transcurrido el periodo de información pública y no habiéndose recibido alegaciones, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, y de conformidad a la disposición transitoria única del Decreto Foral 87/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura básica del Departamento de Cohesión Territorial y el Decreto Foral 78/2016, de 21 de septiembre, por el que aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local,

RESUELVO:

1.º Aprobar definitivamente el proyecto “Saneamiento Cuenca Río Robo” así como la relación de bienes y derechos afectados.

2.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y del Ayuntamiento de Obanos. Así mismo, se publicará el correspondiente anuncio en un diario de la Comunidad Foral.

3.º Esta Resolución se notificará a la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona y al Ayuntamiento de Obanos, significándoles que contra la misma, los interesados que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cohesión Territorial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, mientras que las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 18 de septiembre de 2019.–El Director General de Administración Local y Despoblación, Jesús M.ª Rodríguez Gómez.

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