BOLETÍN Nº 187 - 23 de septiembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

RESOLUCIÓN 1/2019, de 5 de septiembre, del Director General de Vivienda, por la que se delega el ejercicio de determinadas atribuciones en el Director del Servicio de Vivienda del Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos.

El artículo 36.3 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral, señala que, además de las funciones expresamente establecidas en dicho artículo, los Directores de Servicio ejercerán las que les sean desconcentradas o delegadas en las materias atribuidas a su competencia.

Con el fin de lograr la necesaria eficacia y celeridad, se considera oportuno delegar en el Director del Servicio de Vivienda, la resolución y conocimiento de los expedientes relativos a una serie de materias atribuidas a la competencia del Director General de Vivienda.

La presente delegación debe someterse a la legislación vigente en la materia, que viene constituida por el artículo 11 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.

En consecuencia, en uso de las facultades conferidas por la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.º Delegar en el Director del Servicio de Vivienda el ejercicio de las atribuciones que corresponden al Director General de Vivienda en las siguientes materias:

–Resolución de las autorizaciones para la firma de los contratos de compraventa o arrendamiento de vivienda protegida.

–Resolución de los visados de los contratos de compraventa o arrendamiento de vivienda protegida.

–Autorizaciones para percibir cantidades a cuenta.

–Resolución sobre la adjudicación de vivienda protegida adecuada a quienes se acogen a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra.

–Ejercicio o renuncia al derecho de tanteo sobre toda transmisión onerosa de vivienda protegida.

–Autorización para transmitir, por cualquier título, la vivienda protegida entre particulares.

–Autorización administrativa de desocupación de vivienda protegida.

–Calificación definitiva de las actuaciones de rehabilitación protegida.

–Autorización de modificaciones en incidencias en expedientes de rehabilitación protegida de viviendas y de viviendas protegidas.

–Resolución de las cédulas de habitabilidad.

–Resolución de las incidencias que se deriven de bienes, derechos y obligaciones trasferidas a Navarra por el Estado mediante el Real Decreto 1484/1985, de 1 de agosto, de traspaso de Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, en materia de patrimonio arquitectónico, control de calidad de la edificación y vivienda.

–Resolución sobre el ejercicio del derecho de acceso a la información pública contempladas en la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto.

–Resolución de expedientes de defectos constructivos en promociones de vivienda protegida.

–Resolución de informes urbanísticos.

–Autorización para acogerse a lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto Foral 61/2013, de 18 de septiembre, que regula las actuaciones protegibles en materia de vivienda.

–Las resoluciones que se deban dictar en la tramitación de los procedimientos de declaración de vivienda deshabitada.

–Resolución sobre las solicitudes de abono de las deducciones por arrendamiento de forma anticipada.

–Resolución de inscripción en el Registro de Agentes Inmobiliarios de Navarra.

2.º El Director General de Vivienda podrá avocar en cualquier momento, para su conocimiento o resolución, cualquier expediente objeto de esta delegación.

3.º En las resoluciones que se dicten en virtud de la delegación conferida se hará constar expresamente dicha circunstancia. Dichas resoluciones se considerarán, a todos los efectos, como dictadas por el Director General de Vivienda y serán susceptibles de recurso de alzada ante el Consejero de Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos.

4.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Vivienda y a la Secretaría General Técnica, a los efectos oportunos.

5.º Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra, para general conocimiento.

Pamplona, 5 de septiembre de 2019.–El Director General de Vivienda, Eneko Larrarte Huguet.

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