BOLETÍN Nº 186 - 20 de septiembre de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.1. Disposiciones Generales

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 204/2019, de 4 de septiembre, por el que se resuelve el expediente de alteración de los términos municipales de Funes y Villafranca, en el ámbito del “Soto Contiendas”.

Esta alteración tiene su origen en la Resolución 408/2017, de 9 de octubre de 2017, del Director General de Administración Local, por la que se dispone el inicio de los trabajos de recuperación y mejora geométrica de, entre otras, la línea límite jurisdiccional entre los municipios de Funes y Villafranca. En este contexto, un informe de la Sección de Ordenación de la Administración Local de 12 de marzo de 2018, que obra en el expediente, concluyó que el desarrollo de la línea acordado por los Ayuntamientos en un determinado tramo de la misma (paraje “Soto Contiendas”), tenía la naturaleza de “alteración de términos municipales”; el mismo informe, al cual cabe remitirse, explica la justificación de la alteración y su encuadre dentro del supuesto del artículo 13.c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. Por todo ello, las Comisiones municipales designadas al efecto de los trabajos de recuperación y mejora geométrica de la línea consideraron la necesidad de seguir este trámite de alteración con la colaboración del Gobierno de Navarra.

El apartado 1 del artículo 17 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, por su parte, establece que la iniciativa para la alteración de los términos municipales, en los supuestos previstos en el artículo 15.1, podrá partir, además de los vecinos y del ayuntamiento o ayuntamientos interesados, del Gobierno de Navarra. Ejercida la iniciativa, el procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Foral incluye la información pública del expediente por plazo no inferior a dos meses, la audiencia por igual período a los Ayuntamientos y Concejos afectados, y el dictamen del Consejo de Navarra con conocimiento de la Administración del Estado. La resolución de la alteración corresponde al Gobierno de Navarra.

En consecuencia, la Dirección General de Administración Local dispuso, mediante Resolución 313/2018, de 4 de junio, la tramitación de un expediente para la alteración de los términos municipales de Funes y de Villafranca, a tenor de lo establecido en el artículo 15.1.c) de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra. La documentación técnica presentada ha sido elaborada por el Servicio de Ordenación Local y cumple con los requisitos establecidos en el artículo 14 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio. El trámite de información pública, abierto el 12 de junio de 2018 con la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la Resolución 313/2018, ha transcurrido sin que se hayan recibido alegaciones a la alteración en los términos propuestos en la documentación.

Habida cuenta de que el expediente se ha instruido de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 17 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, y que se cumplen los requisitos previstos en los artículos 13, 15, 16 y 18 del mismo texto legal, persiguiendo asimismo las finalidades a que hace referencia el artículo 13.2.c) por cuanto se adaptan los términos municipales a las realidades físicas del territorio, resulta procedente la resolución del expediente por la Administración de la Comunidad Foral, accediendo a la alteración de los términos municipales que se propone, en los términos descritos en la documentación técnica, y que se concreta en la definición geométrica que figura en el artículo 1 de este decreto foral.

Completan el expediente el informe favorable emitido por la Comisión de Delimitación Territorial en la sesión celebrada el día 14 de diciembre de 2018 y el dictamen favorable emitido por el Consejo de Navarra con fecha 29 de julio de 2019.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cohesión Territorial, de acuerdo con el dictamen del Consejo de Navarra y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día cuatro de septiembre de dos mil diecinueve,

DECRETO:

Artículo 1. Se aprueba la alteración de los términos municipales de Funes y Villafranca en el ámbito del “Soto Contiendas”, cuya línea límite quedará trazada en el tramo alterado tal como se refleja en la Memoria técnica que obra en el expediente, y que se concreta en las siguientes coordenadas UTM:

X

Y

603385,56

4684264,77

603370,46

4684276,34

603350,83

4684289,25

603330,83

4684295,71

603302,00

4684298,00

603228,51

4684320,71

603017,32

4684391,82

602907,21

4684442,92

602645,50

4684596,92

602536,00

4684664,00

602469,07

4684705,87

602486,17

4684726,92

602515,81

4684752,62

602543,55

4684767,24

602567,33

4684775,91

602681,81

4684801,88

602704,89

4684804,45

602718,26

4684803,21

602732,59

4684797,91

602754,52

4684787,81

602789,94

4684766,51

602817,70

4684746,92

602845,06

4684706,45

602914,99

4684630,68

602984,00

4684624,00

Artículo 2. Se encomienda al Departamento de Cohesión Territorial el ejercicio de cuantas acciones resulten necesarias para la ejecución del presente decreto foral.

Artículo 3. Este decreto foral deberá notificarse a los Ayuntamientos de Funes y de Villafranca, significándoles que contra el mismo pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL

Este decreto foral surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 4 de septiembre de 2019.–La Presidenta del Gobierno de Navarra, María Chivite Navascués.–El Consejero de Cohesión Territorial Bernardo Ciriza Pérez.

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