BOLETÍN Nº 184 - 18 de septiembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

MARCILLA

Delegación de alcaldía para la celebración de matrimonios civiles

Respecto a la autorización de matrimonios civiles por los Alcalde se encuentra regulada en la Ley 35/1994 e instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre autorización de matrimonio civil por los Alcaldes. Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y los artículos 43, 44, 47 y concordantes del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por la presente,

RESUELVO:

1.º Delegar las funciones que a esta Alcaldía corresponden para la celebración de matrimonios civiles en el Ayuntamiento de Marcilla, en los Concejales del Ayuntamiento de Marcilla que a continuación se indican, cuando así lo soliciten los contrayentes:

–Martín Fuentes Medina.

–Esther Villanueva Úcar.

–Josu Villanueva Francés.

–Raquel Fernández Ayensa.

–Celia Ezquerro Ezquerro.

2.º Publicar el correspondiente edicto en Tablón de anuncios y Boletín Oficial de Navarra.

Contra la presente Resolución cabrá interponer:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Marcilla, 19 de junio de 2019.–El Alcalde, Mario Fabo Calero.

Código del anuncio: L1911490