BOLETÍN Nº 182 - 16 de septiembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

ABLITAS

Retribuciones de los miembros de la corporación municipal. Aclaración

El Pleno del Ayuntamiento de Ablitas, en sesión ordinaria celebrada el día 5 de agosto de dos mil diecinueve, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo, en aclaración al punto 2 del acuerdo de 09 de julio de 2019, relativo a las asignaciones a corporativos y publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 160 de 16 de agosto de 2019:

Conforme al régimen de retribuciones, asistencias e indemnizaciones a los miembros de la Corporación, en base a lo previsto en el artículo 75 de la Ley de Bases de Régimen Local y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Visto lo dispuesto en los artículos 73 y 75 de la Ley de Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, el artículo 56 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de Administración Local de Navarra, así como lo dispuesto en reciente Ley Foral 23/2003, de 4 de abril, por la que se establece un sistema de compensación económica a los Ayuntamientos de Navarra que abonen a sus miembros retribuciones o asistencias por el ejercicio de sus cargos.

Examinadas las características de funcionamiento de este Ayuntamiento, y sometido el asunto a votación, se acuerda:

1. Aprobar el siguiente régimen de compensación económica por asistencias:

Asistencia a sesiones del Pleno y Comisión de Portavoces: 90 euros, con un máximo de 10.

Asistencia a sesiones de las restantes Comisiones: 55 euros, con un máximo de 5 sesiones por cada Comisión.

El total resultante aplicando los datos anteriores será la cantidad máxima a percibir por el concepto de asistencia.

2. Los representantes de las diversas entidades y organismos donde no se perciba asignación, el Ayuntamiento asumirá económicamente la representación.

Se abonará la cantidad que se percibe en órgano equivalente del Ayuntamiento de Ablitas y que corresponde al pleno del Ayuntamiento de Ablitas.

3. Determinar que los miembros de la Corporación tendrán derecho a percibir indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio del cargo, siempre que sean debidamente autorizados y justificados, en los términos y cuantías que se establezcan cada año en materia retributiva, para el personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

4. Estas cantidades serán de aplicación con efectos de 15 de junio de 2019.

5. Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Lo que se hace público, a los efectos oportunos.

Ablitas, 28 de agosto de 2019.–El Alcalde-Presidente, Carmelo Arriazu Serrano.

Código del anuncio: L1911340