BOLETÍN Nº 182 - 16 de septiembre de 2019

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

RIBAFORADA

Nombramiento y delegación de la Junta de Gobierno

Por Resolución 73/2019, de 23 de agosto, del Alcalde-Presidente, se nombra miembros de la Junta de Gobierno Local y se delegan en la misma las atribuciones del Alcalde que se relacionan, siendo su parte dispositiva del siguiente tenor literal:

“Primero.–Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local, además del Alcalde, a los siguientes:

–Doña Noemí Beatriz Hernández Rodríguez,

–Don Saúl Huguet Nuño,

–Doña María Urdániz Huguet.

Segundo.–Delegar en la Junta de Gobierno Local, como órgano colegiado, las siguientes atribuciones, de acuerdo con las previstas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 226.1 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, en la Disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y normativa concordante:

–Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales (artículo 21.1.d) LRBRL).

–Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo (artículo 21.1.g) LRBRL).

–Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización (artículo 21.1.j) LRBRL).

–Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos (artículo 21.1.n) LRBRL).

–Las contrataciones y concesiones de toda clase cuando su importe no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada.

Se exceptúan de esta delegación los contratos de menor cuantía y aquellos en los que los únicos trámites exigibles sean la previa reserva de crédito, si fuese necesario conforme a la normativa presupuestaria y contable aplicable al poder adjudicador del que forma parte el órgano de contratación, y la presentación de la correspondiente factura (artículo 81 LFCP).

–La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación o concesión y estén previstos en el presupuesto (artículo 21.1.o) LRBRL).

–El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno (artículo 21.1.q) LRBRL).

Tercero.–Notificar la presente Resolución a los designados personalmente interesando su aceptación, publicar un anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento, trasladarla a Intervención Municipal y dar cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.”

Ribaforada, 23 de agosto de 2019.–El Alcalde, Tirso Calvo Zardoya.

Código del anuncio: L1911414