BOLETÍN Nº 163 - 21 de agosto de 2019

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

RESOLUCIÓN 465/2019, de 30 de julio, del Director General de Educación, por la que se autoriza la impartición de la Segunda lengua extranjera, Francés, desde el curso 2019-2020, al Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “San Juan de la Cadena” de Pamplona/Iruña.

El Director del Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades presenta informe favorable para autorizar la impartición de la Segunda lengua extranjera, Francés, desde el curso 2019-2020, al Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “San Juan de la Cadena” de Pamplona/Iruña.

La Orden Foral 51/2014, de 2 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan la implantación y el horario de las enseñanzas correspondientes a la Educación Primaria en los centros educativos situados en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra, tras la modificación producida por la Orden Foral 64/2015, de 3 de julio, establece que los centros podrán ofertar el área de Segunda lengua extranjera a partir de cualquier curso de la Educación Primaria y previa autorización por parte del Departamento de Educación.

La Orden Foral 73/2014, de 22 de agosto, regula el procedimiento de autorización para impartir el área de Segunda lengua extranjera, en la Educación Primaria, en los centros públicos, privados y privados concertados situados en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

En virtud de las facultades atribuidas por el artículo 32.1.d) de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,

RESUELVO:

1.º Autorizar al Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “San Juan de la Cadena” de Pamplona/Iruña a impartir el área de Segunda lengua extranjera, Francés, a partir del 4.º curso de Educación Primaria, desde el curso 2019-2020.

2.º La autorización a las que se refiere el punto anterior de la presente Resolución será efectiva siempre que se cumplan los requisitos y el procedimiento establecidos en la Orden Foral 51/2014, de 2 de junio, y en la Orden Foral 73/2014, de 22 de agosto, respectivamente.

3.º El currículo del área de Segunda lengua extranjera será el establecido en el Decreto Foral 60/2014, de 16 de julio, por el que se establece el currículo de las enseñanzas de Educación Primaria en la Comunidad Foral de Navarra.

4.º El Departamento de Educación podrá revocar la autorización en el caso de que se produzca alguno de los supuestos a que alude el punto 4 del artículo 3 de la Orden Foral 73/2014, de 22 de agosto, del Consejero de Educación.

5.º Contra la presente Resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante la Consejera de Educación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

6.º Trasladar la presente Resolución al Servicio de Ordenación, Orientación e Igualdad de Oportunidades, al de Inspección Educativa, al de Recursos Económicos, al de Recursos Humanos, a la Sección de Ordenación Académica, a la de Lenguas Extranjeras, a la de Centros Escolares, Financiación y Ayudas al Estudio y al Colegio Público de Educación Infantil y Primaria “San Juan de la Cadena” de Pamplona/Iruña, a los efectos oportunos.

7.º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Pamplona, 30 de julio de 2019.–El Director General de Educación, Roberto Pérez Elorza.

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