BOLETÍN Nº 71 - 13 de abril de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

CORELLA

Aprobación definitiva de modificación de tasas
y tipos impositivos para 2018

El Pleno del Ayuntamiento de Corella, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2017, aprobó inicialmente las tasas y tipos impositivos para el ejercicio 2018.

Publicado el acuerdo de aprobación en el Boletín Oficial de Navarra número 14, de fecha 19 de enero de 2018, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de la modificación de dichas tasas y tipos, disponiendo su publicación a los efectos procedentes.

Corella, 5 de marzo de 2018.–El Alcalde, Gorka García Izal.

ANEXO

Tasas y tipos impositivos 2018

Aprovechamientos especiales.

–Veladores.

  • Año completo: 91,50 euros por velador.
  • Temporada de verano, del Villar al 13 de octubre: 68,00 euros por velador.
  • Temporada invierno, resto del año: 41,00 euros por velador.
  • Días sueltos de labor y festivos, el Villar y San Miguel: 2,00 euros/velador/día.
  • Fianza veladores: 40,00 euros.

Primera. Cuando se instalen elementos o estructuras que permitan el cerramiento de la zona objeto de aprovechamiento, se recargarán las tarifas previstas en un 15%.

Segunda. En caso de que se autoricen elementos de mobiliario (toneles, mesas altas, etc.) sin tener autorización para veladores, la base de gravamen será por elementos instalado y día, computándose como ocupación, la de un velador.

  • Venta ambulante mercadillo: 2,60 euros/m/día.
  • Venta ambulante fiestas: 6,00 euros/m/día.
  • Venta chucherías y similares:
  • Fiestas de San Miguel: 148,00 euros/m.
  • Fiestas del Villar: 49,00 euros/m.
  • Kioscos: 143,00 euros/temp.
  • Otros aprovechamientos: 0,11 euros/m²/día.

–Cementerio.

  • Enterramiento en nichos vacío y panteón: 27,50 euros.
  • Enterramiento en nicho ocupado: 55,50 euros.
  • Enterramiento en tierra: 55,50 euros.
  • Traslado restos: 55,50 euros.
  • Enterramiento columbario: 10,00 euros.
  • Depósito urna en nicho o panteón: 27,50 euros.

–Tramitación y expedición de documentos.

  • Copias planos: 0,80 euros.
  • Copias: 0,20 euros.
  • Certificados: 1,80 euros.
  • Cédulas parcelarias: 1,80 euros.
  • Compulsas: 0,85 euros.
  • Envío y recepción de fax: 0,85 euros.
  • Duplicados títulos nichos: 1,70 euros.
  • Duplicados carnet deportivo: 3,20 euros.
  • Listados ordenador: 0,85 euros.
  • Reexpedición de documentos: 1,80 euros.
  • Expedición informes atestados sobre accidentes en los que intervenga o haga acto de presencia la Policía: 39,50 euros.
  • Expedición informes Policía: 6,50 euros.
  • Expedición tarjetas de armas: 6,00 euros.
  • Expedición licencias para tenencia de animales peligrosos: 10,00 euros.
  • Duplicado licencia para tenencia de animales peligrosos: 5,00 euros.
  • Autenticación de firma: 1,80 euros.
  • Copias a color: 0,40 euros.

–Inscripción parejas estables no casadas.

  • Tasa por inscribirse en el Registro municipal de parejas estables no casadas: 25,50 euros.

–Celebración de bodas civiles.

  • Tasa utilización salón de Plenos: 67,00 euros.

–Prestación de elementos municipales.

  • Mesas:
  • Por mesa y día: 3,00 euros.
  • Fianza por mesa: 30,00 euros.
  • Sillas.
  • Por silla y día: 1,50 euros.
  • Fianza por silla: 4,00 euros.
  • Equipo de sonido grande .
  • Por día: 100,00 euros.
  • Fianza por equipo grande: 200,00 euros.
  • Equipo de sonido pequeño.
  • Por día: 50,00 euros.
  • Fianza por equipo pequeño: 100,00 euros.

–Licencias actividad clasificada, apertura.

Epígrafe I.–Licencia de actividad, de apertura, variaciones de actividad y ampliaciones.

  • Los primeros 50 m²: 191,00 euros.
  • De 51 a 100 m²: 266,00 euros.
  • De 101 a 300 m²: 380,00 euros.
  • De 301 a 600 m²: 571,00 euros.
  • De 601 a 1.000 m²: 761,00 euros.
  • Más de 1.000 m²:
  • Los primeros 1.000 m²: 761,00 euros.
  • Resto por cada 10 m²: 1,90 euros .

Epígrafe II.–Traspasos de negocio, cambios de nombre o razón social, cambios de titular y actividades inocuas.

  • Las tarifas a aplicar serán de un 50% de las señaladas en el Epígrafe I.

–Licencias obras y otras actuaciones urbanísticas.

  • Licencia de obras (mínimo 30 euros): 0,61%.
  • ICIO (2%-5%): 4,67%.

–Contribuciones.

  • Contribución Urbana 0,3962%.
  • Contribución Rústica 0,80%.

–Impuesto Actividades Económicas.

  • Se aplicará recargo de (aplicaremos el máximo): 40%.

–Impuesto s/incremento valor terrenos.

  • Tipo impositivo (8%-20%): 16,26%.

  Períodos:

  • De 1 a 5 años (2,40%-3,40%): 3,02%.
  • De 5 a 10 años (2,10%-3,30%): 2,68%.
  • De 10 a 15 años (2%-3,30%): 2,57%.
  • De 15 a 20 años (2%-3,20%): 2,57%.

–Vados (precio por metro lineal y año).

  • Hasta 5 plazas: 50,00 euros.
  • De 6 a 10 plazas: 58,00 euros.
  • De 11 a 20 plazas: 66,00 euros.
  • De 21 a 30 plazas: 76,00 euros.
  • De 31 a 40 plazas: 85,00 euros.
  • De 41 a 50 plazas: 84,00 euros.
  • De 51 a 60 plazas: 107,00 euros.
  • De 61 a 70 plazas: 111,00 euros.

–Servicio de grúa.

  • Retirada de vehículos de la vía pública: 98,00 euros.
  • Media tasa si se llama a la grúa: 50,00 euros.
  • Tasa custodia vehículos diaria (a partir del cuarto día): 5,50 euros.

–Canon acotado parcelas comunales.

  • Euros/Robo: 4,50 euros.

–Servicio de Atención Domiciliaria.

  • RNPC (renta neta per cápita) < IPREM: tarifa fijada por B. Social.
  • IPREM < RNPC < 105% IPREM: tarifa fijada por B. Social.
  • 105% IPREM < RNPC < 120% IPREM: 0,15 de la tasa por B. Social.
  • 120% IPREM < RNPC < 135% IPREM: 0,30 de la tasa por B. Social.
  • 135% IPREM < RNPC < 150% IPREM: 0,45 de la tasa por B. Social.
  • 150% IPREM < RNPC < 165% IPREM: 0,60 de la tasa por B. Social.
  • 165% IPREM < RNPC < 180% IPREM: 0,75 de la tasa por B. Social.
  • 180% IPREM < RNPC < 195% IPREM: 0,90 de la tasa por B. Social.

–Servicio de lavandería.

  • Ingresos inferiores al IPREM: 12,80 euros.
  • Ingresos superiores al IPREM: 18,20 euros.

–Servicio de comida.

  • Ingresos inferiores al IPREM: 5,00 euros.
  • Ingresos superiores al IPREM: 7,70 euros.

–Otros.

  • Préstamo de material ortopédico: 4,37 euros.

–Escuela de Música.

  • Matrícula: 20,00 euros/curso.
  • Lenguaje musical-iniciación e instrumento: 45,00 euros/mes.
  • Lenguaje musical e instrumento: 50,00 euros/mes.
  • Sólo lenguaje musical: 20,00 euros/mes.
  • Sólo instrumento: 40,00 euros/mes.

–Se establece con carácter general un descuento en las tasas del 20%, para el segundo y siguientes miembros de la unidad familiar, sobre la tasa que les correspondiera pagar.

–Se establece con carácter general un descuento en las tasas del 20%, para aquellos alumnos que se matriculen en un segundo o más instrumentos.

–Varios.

  • Canon parcelas Jordana Ontinar: Se incrementará con el 5% s/condicionado.

Tasas del Centro Joven

DISFRUTE PUNTUAL DE LAS SALAS O SUS RECURSOS

a) Espacios: Por cada hora solicitada de utilización dentro del horario y calendario de apertura del Centro de Creación Joven

Categoría 1:

Actividades promovidas, organizadas o coorganizadas con sus propios recursos por el M.I. Ayuntamiento y otras Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos

Cesión gratuita

Categoría 2:

Actividades realizadas u organizadas por:

–En colaboración con el Ayuntamiento por jóvenes u otras entidades sin ánimo de lucro (Asociaciones, entidades...).

–Administraciones Públicas, mediante contratación, cesión o concierto con entidades no lucrativas

Cesión gratuita

Categoría 3:

Reuniones de Sindicatos, Cooperativas, Asociaciones de Vecinos, de propietarios o copropietarios, asociaciones gremiales, y otras entidades análogas, no lucrativas, carentes de carácter social

–Sala de informática y usos múltiples: 20 euros/h.

–Sala de formación, de innovación o exposiciones: 10 euros/h

Categoría 4:

Actividades promovidas, organizadas por:

–Administraciones Públicas mediante contratación de empresas con ánimo de lucro.

–Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, no pertenecientes a la Administración Pública, homologadas y/o registradas por parte del ámbito institucional correspondiente, por la realización de actividades que impliquen relación económica, laboral o contractual con los profesionales que las desarrollen.

–Actividades organizadas o desarrolladas por entidades o personas privadas con ánimo de lucro.

–Para uso individual a personas mayores de 30 años

–Sala de informática: toda la sala 21 euros/h, uso individual 2 euros/h.

–Sala de radio y grabación: 20 euros/h y fianza de 31 euros.

–Sala de ensayos equipada: 10 euros/h y fianza de 31 euros.

–Sala de ensayos: 10 euros/h.

–Sala de innovación: 20 euros/h.

–Sala de formación: 20 euros/h.

–Sala de exposiciones: 20 euros/h.

–Sala de reuniones: 10 euros/h.

–Sala de usos múltiples: 20 euros/h

Categoría 3:

Para colectivos juveniles y/o uso individual de jóvenes de 15 a 30 años

–Sala de informática: toda la sala 5 euros/h, uso individual 1 euro/h.

–Sala de radio y grabación: 3 euros/h y fianza de 7 euros.

–Sala de ensayos equipada: 3 euros/h y fianza de 7 euros.

–Sala de ensayos: 1 euro/h.

–Sala de innovación: 2 euros/h.

–Sala de formación: 2 euros/h.

–Sala de exposiciones: 5 euros/h.

–Sala de reuniones: 1 euro/h.

–Sala de usos múltiples: 5 euros/h.

Por asistencia a actos socioculturales y participación en cursillos, talleres o seminarios

Las que se determinen para cada evento

Uso de las salas para grupos o entidades juveniles de la localidad

Cesión gratuita, siempre que exista convenio suscrito con el M.I. Ayuntamiento

Tasas por cesión del equipamiento
del Centro de Creación Joven fuera del mismo

EQUIPAMIENTO

TASAS x DÍA (euros)

FIANZA
(euros)

Batería

50,50

203,00

Equipo de sonido pequeño

51,00

102,00

Proyector grande

51,00

203,00

Proyector pequeño

21,00

102,00

Pantalla

21,00

51,00

Equipo de DJ’s

102,00

305,00

Bafles

51,00

102,00

Mesa proyector

21,00

51,00

Atril (escudo Corella)

31,00

61,00

Micrófonos y pies de micrófono

21,00

51,00

Atriles de música (por unidad)

10,00

31,00

Tasas Centro Cultural de Corella

Según categorías y niveles de las distintas dependencias, por cada hora solicitada de utilización dentro del horario y calendario de apertura del Centro Cultural de Corella

Categoría 1:

Actividades promovidas u organizadas, con los propios recursos del Ayuntamiento, en colaboración con otras Administraciones Públicas y sus Organismos Autónomos

Niveles 2, 3 y 4: Cesión gratuita

Categoría 2:

Actividades realizadas u organizadas:

–En colaboración con el Ayuntamiento por personas u otras entidades sin ánimo de lucro (Colectivos, Asociaciones...).

–Por las Administraciones Públicas, mediante contratación, cesión o concierto con entidades no lucrativas

Niveles 2, 3, y 4: Cesión gratuita

Categoría 3:

Reuniones de Sindicatos, Cooperativas, Asociaciones de Vecinos, de propietarios o copropietarios, asociaciones gremiales, y otras entidades análogas, no lucrativas, carentes de carácter social

Nivel 2: 10 euros/h.

Nivel 3-A: 30 euros/h.

Nivel 3-B: 30 euros/h.

Nivel 3-C: 20 euros/h.

Nivel 4-A: 10 euros/h.

Nivel 4-B: 10 euros/h.

Nivel 4-C: 10 euros/h

Categoría 4:

Actividades promovidas u organizadas por:

–Administraciones Públicas mediante contratación de empresas o entidades con ánimo de lucro.

–Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, de carácter social, no pertenecientes a la Administración Pública, pero sí homologadas y/o registradas por parte del ámbito institucional correspondiente, para la realización de actividades que impliquen relación económica, laboral o contractual con los profesionales que las desarrollen.

–Actividades organizadas o desarrolladas por entidades o personas privadas con ánimo de lucro

Nivel 2: 20 euros/h.

Nivel 3-A: 200 euros/h. o el 5% de la recaudación si la hubiere.

Nivel 3-B: 200 euros/h. o el 5% de la recaudación si la hubiere.

Nivel 3-C: 20 euros/h.

Nivel 4-A: 30 euros/h.

Nivel 4-B: 20 euros/h.

Nivel 4-C: 20 euros/h

A.
TASAS PARA ABONARSE EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE CORELLA

Año 2018

Validez: desde el 1 de junio del 2018 hasta el 31 de mayo del 2019.

POLIDEPORTIVOS
(M. Induráin / C. Corella) + pista atletismo

COMPLEJO DEPORTIVO “PISCINAS”

(Verano + Invierno)

ENTRADA

CONJUNTO

Anual

(jun. 18-mayo 19)

Escuela/Curso

Temp. (oct. 18 -mayo 19)

Trim.

Anual

(jun. 18-mayo 19)

Escuela/Curso

Temp. (oct. 18 -mayo 19)

Trim. Verano

(mediados
junio-sep. 18)

Trim.
Resto año

Indiv. a cada instalación

Polis. + Piscinas

Anual

(jun. 18-mayo 19)

Individual Infantil (nacidos entre 2006 y 2015)

56,50

52,00

24,50

56,50

52,00

39,50

25,00

4,00

72,50

Individual Juvenil (nacidos entre 1992 y 2005)

62,00

57,00

26,50

62,00

57,00

43,00

26,50

5,00

79,50

Individual Mayores (nacidos entre 1954 y 1991)

78,00

71,50

33,50

78,00

71,50

54,00

33,50

5,00

100,00

Unidad familiar donde se abonen 2 miembros

109,00

87,50

37,00

109,00

87,50

66,00

37,00

142,00

Unidad familiar donde se abonen 3 miembros

115,50

92,50

39,00

115,50

92,50

70,00

39,00

150,00

Unidad familiar donde se abonen 4 miembros

122,00

97,50

41,50

122,00

97,50

74,00

41,50

159,00

Unidad familiar donde se abonen 5 miembros

129,50

103,50

44,00

129,50

103,50

78,50

44,00

168,00

Unidad familiar donde se abonen 6 miembros o más

137,00

109,50

46,50

137,00

109,50

83,00

46,50

178,00

Individual pensionista nacido 1953 o anterior y/o persona con discapacidad entre 33% y 64% y/o persona receptora de la Renta de Inclusión Social

30,00

27,50

13,00

30,00

27,50

21,00

13,00

4,00

38,50

Individual persona con discapacidad igual o superior al 65% o nacido 2016 y posterior

GRATUITO

Notas y promociones:

• El abono trimestral comienza desde el mismo día de expedición y por días naturales. Sólo se expedirán carnés “conjuntos” y carnés “anuales” hasta julio del 2018 inclusive. La tipología de carné “Escuela/Curso Temp.” obliga a que todos en el carné estén inscritos en Escuelas o Cursos de Temporada 2018-2019.

• No será posible ajustar el precio de un carné trimestral o de Escuela/Curso Temporada cuando ya se haya disfrutado más de un mes del carné.

• Para abonos “Unidad Familiar”, los hijos deberán ser “Infantiles” o “Juveniles”. No se considerará “Unidad Familiar” a hermanos “Mayores”.

• Los beneficiarios para tarifas de discapacidad y Rentas de Inclusión Social deberán de presentar los documentos oficiales acreditativos en el ayuntamiento.

• En las instalaciones deportivas municipales, y únicamente para la temporada de emisión, existirán bonos Individuales para el uso indistinto en cada una de ellas: 5 accesos (12 euros), 10 accesos (15 euros), y 20 accesos (25 euros). La tenencia de estos bonos no implica tener la condición de “abonado”.

• Ofertas: 1) Habrá entradas a 3euros en el: a) Complejo Deportivo “Piscinas” (en verano a partir de las 19:00h, y en invierno todo el día); y b) Polideportivo “Miguel Induráin” (en verano todo el día). 2) los abonados disfrutarán de precios rebajados en la oferta deportiva municipal todo el año y promociones exclusivas. A modo de ejemplo, durante el año 2017, se ofrecieron para parados, personas a turnos, paquete de actividades, descuentos en deporte organizado por los clubes convenidos por el Ayuntamiento, descuentos en comercios locales, personas receptoras RIS, entre otras.

B.
TASAS PARA ABONARSE EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DE CORELLA

Año 2018

Validez: desde el 1 de junio del 2018 hasta el 31 de mayo del 2019.

USO COLECTIVO POR ENTIDADES

Cesión temporada deportiva o anual

(De 20 días a una temporada completa)

Cesión puntual

(De 1 a 19 días máximo)

Obligaciones

Clubes Deportivos Oficiales Locales, otras Asociaciones Sin Ánimo de Lucro Locales, y particulares abonados sin ánimo de lucro

Gratuitas, con la obligatoriedad de que las ofertas (tanto de temporada como las puntuales) de las entidades tengan unos descuentos acordados con el Ayuntamiento para los abonados a las instalaciones deportivas municipales y que éstas alcancen un cierto porcentaje de abonados en sus inscripciones.

Nota 1: No existirá cesión de temporada para particulares abonados sin ánimo de lucro, sólo para las entidades. Asimismo para particulares abonados sólo se podrá ceder un máximo de 4 horas/año.

Nota 2: Las entidades o particulares abonados sin ánimo de lucro perderán esta condición, y se considerarán en la categoría “empresariado deportivo”, cuando la gestión de la actividad se realice mayoritariamente por empresarios aunque quien solicite la actividad sea una entidad o persona.

Nota 3: No se cederán las instalaciones a particulares no abonados sin ánimo de lucro

–Seguro de Responsabilidad Civil que cubra específicamente la actividad que se desea realizar en la instalación.

–Las previstas en los correspondientes convenios de colaboración (para cesión de temporada)

Empresariado deportivo local o foráneo

Mediante el correspondiente contrato administrativo

25,00 euros/h/instalación (para un máximo de 6 horas por día de posible reserva –incluyendo en dicho tiempo tanto el de la duración del evento propiamente dicho como aquél que la instalación no pueda utilizarse en labores de preparación antes y después del mismo–).

Nota: Si la cesión implicara la apertura excepcional, fuera del horario normal de alguna instalación; el importe será de 40,00 euros/h

–Seguro de Responsabilidad Civil que cubra específicamente la actividad que se desea realizar en la instalación.

–Fianza de 300,00 euros

Código del anuncio: L1803039