BOLETÍN Nº 106 - 4 de junio de 2018

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

HUARTE

Aprobación definitiva Ordenanza reguladora de la adjudicación
de la ayuda generada con la organización del cross

El Ayuntamiento de Huarte en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2018, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de la adjudicación de la ayuda generada con la organización del cross de Huarte-Uharte.

Publicado en el boletín oficial de Navarra número 73, de 17 de abril de 2018 y en el tablón de anuncios municipal y transcurrido el plazo legal sin que se hubieran presentado reclamaciones, se publica el texto integro a continuación para su entrada en vigor el mismo día de su publicación en el boletín oficial de Navarra.

Huarte, 31 de mayo de 2018.–El Alcalde-Presidente, Alfredo Javier Arruiz Sotes.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ADJUDICACIÓN
DE LA AYUDA GENERADA CON LA ORGANIZACIÓN DEL CROSS
DE HUARTE-UHARTE

Bases

1.–Objeto.

La presente convocatoria tiene como finalidad definir el destino de los fondos, si los hubiera, obtenidos con la organización del Cross de Huarte-Uharte.

2.–El importe de las ayudas.

La cantidad asignada como ayuda será la diferencia entre los ingresos obtenidos en la carrera menos los gastos generados en la misma. Si esta diferencia fuera negativa, es decir, los gastos fueran superiores a los ingresos no habrá aportación.

3.–El órgano instructor del procedimiento será Concejal delegado del servicio de deportes.

Así la comisión evaluadora que adoptará la decisión estará integrado por los siguientes miembros, con voz y voto:

a) El/La Concejal/a delegado/a que presida el servicio de deportes y la comisión de deportes.

b) Un concejal/a de la comisión de deportes

c) Dos técnicas/os de la mancomunidad de Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento de Huarte y de Esteribar.

d) La persona que represente a la organización de la carrera de cross.

e) La técnica de deportes que actuará de secretaria de la comisión con voz pero sin voto.

4.–Requisitos para presentarse a la convocatoria.

–Deberá ser una asociación sin ánimo de lucro legalmente constituida que recoja en sus estatutos un fin social.

–No deberá haber sido adjudicataria durante las tres ediciones anteriores a la del año en vigor.

5.–Convocatoria desierta.

En el caso de que la convocatoria no tuviera un adjudicatario, la Comisión de deportes del Ayuntamiento de Huarte decidirá el destino de dicha aportación, siempre bajo el criterio de un fin solidario o benéfico.

6.–Presentación de solicitudes y documentación a presentar.

Las asociaciones que deseen acogerse a esta convocatoria deberán presentar sus solicitudes en el plazo acordado mediante resolución de alcaldía, previo informe de la Comisión Evaluadora. El plazo será improrrogable.

6.1.–Los proyectos se presentarán en el registro del Ayuntamiento de Huarte-Uharte, indicando “Convocatoria reguladora de la adjudicación de la ayuda generada con la organización del cross de Huarte-Uharte”.

6.2.–Documentación a presentar.

–Instancia en la que figure:

  • Nombre completo y oficial de la asociación junto con el teléfono y correo electrónico de una persona que represente a dicha asociación.

–Fines de la asociación.

–Declaración jurada del número de personas de Huarte-Uharte que atiende la asociación en el momento de presentarse a esta convocatoria.

–Declaración jurada del número de personas que atiende la asociación en el momento de presentarse a esta convocatoria.

–Descripción detallada y justificada del proyecto que se proponen realizar: objetivos, justificación, población beneficiaria del mismo, aspectos económicos del proyecto, etc.

–Viabilidad técnica; posibilidad de su continuación y de cómo va a ser autosuficiente el proyecto.

La Comisión Evaluadora valorará los siguientes aspectos:

1.–Interés social de proyecto; necesidades que atiende. Hasta 50 puntos.

2.–Número de personas de Huarte-Uharte o de familiares de primer grado de personas de Huarte-Uharte, que la asociación se encuentra atendiendo en el momento de la convocatoria: hasta 20 puntos. La asociación que atienda al mayor número de personas conseguirá el máximo de puntos, y a las demás se los prorrateará a través de una regla de tres.

3.–Número total de personas que la asociación se encuentra atendiendo en el momento de la convocatoria: hasta 15 puntos. La asociación que atienda al mayor número de personas conseguirá el máximo de puntos, y a las demás se los prorrateará a través de una regla de tres.

4.–Viabilidad del proyecto, hasta 15 puntos.

6.3.–Resolución.

6.3.1.–Finalizado el proceso de evaluación, el equipo evaluador presentará una propuesta de concesión de la ayuda que será aprobada por resolución de Alcaldía.

6.3.2.–Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, cabrá interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

–Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de la resolución.

–Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

–Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

6.3.3.–El destino de la ayuda será publicada a través de la Web de la carrera y la página web del Ayuntamiento en el apartado correspondiente al Servicio Municipal de Deportes.

7.–Realización del pago.

La ayuda se abonará una vez finalizada la valoración económica (gastos e ingresos) de la carrera, previa justificación por el beneficiario de la realización de la actividad para la que se concedió la subvención, en los términos establecidos en el los artículos 15 y siguientes de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Huarte, en el plazo de un mes desde la fecha del acuerdo de su concesión.

8.–Obligaciones de los beneficiarios.

8.1.–Destinar la ayuda a los fines expuestos en la propuesta.

8.2.–Justificar el destino de la ayuda recibida si el Ayuntamiento.

8.3.–Reflejar en la publicidad, documentación y propaganda de la asociación la colaboración del Ayuntamiento de Huarte, colocando el logotipo del Ayuntamiento que se les será aportado.

8.4.–Participar en el acto simbólico de entrega de la ayuda, que se hará pública a través de una fotografía.

9.–Incumplimiento de las obligaciones derivadas de esta convocatoria.

El Ayuntamiento podrá anular la ayuda concedida y solicitar la devolución de la cantidad percibida en los casos de:

–Incumplir alguna de las condiciones previstas en estas bases.

–No justificar debidamente la ayuda percibida en el caso de que dicha justificación sea solicitada por para del Ayuntamiento.

10.

Para todo aquello no previsto expresamente en las presentes bases se aplicará la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 251, de 22/12/2011 y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Código del anuncio: L1806404