BOLETÍN Nº 126 - 30 de junio de 2017

1. Comunidad Foral de Navarra

1.2. Autoridades y Personal

1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

RESOLUCIÓN 1472/2017, de 12 de junio, de la Directora General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Decreto Foral 44/2016, de 29 de junio, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 139, de 19 de julio, se aprobó la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2016, en la misma se aprueban cinco vacantes del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo, de régimen funcionarial, nivel A.

Posteriormente, mediante Resolución 316/2017, de 6 de febrero, de la Directora General de Función Pública, se aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso de traslado, de siete vacantes del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Habiendo sido declarado desierto el citado concurso de traslados, en virtud de Resolución 686/2017, de 14 de marzo, de la Directora General de Función Pública, procede aprobar la provisión, mediante procedimiento de ingreso y por el sistema de oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, así como las bases de la convocatoria.

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante procedimiento de ingreso y por el sistema de oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, así como sus bases.

2.º Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.

3.º Notificar la presente Resolución al Servicio de Gestión de Personal, al Negociado de Información al Público y Registro y a los miembros del Tribunal designados, a los efectos oportunos.

Pamplona, 12 de junio de 2017.–La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE OPOSICIÓN,
DE CINCO PLAZAS DEL PUESTO DE TRABAJO
DE INGENIERO AGRÓNOMO

Esta convocatoria se regirá por las siguientes Bases:

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión, mediante oposición, de cinco plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo, de régimen funcionarial y nivel A, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, incluidas en la oferta de empleo público de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos correspondiente al año 2016 aprobada por Decreto Foral 44/2016, de 29 de junio, cuyos números de plaza y destinos se relacionan a continuación:

–4 en la Dirección General de Desarrollo Rural, Agricultura y Ganadería, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, con los números de plaza 4051, 5460, 5510 y 6836, de régimen funcionarial.

–1 en la Dirección General de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, con el número de plaza 6854, de régimen funcionarial.

Todas las plazas vacantes ofertadas tienen requisito de carnet de conducir clase B.

1.2. Las cinco plazas vacantes se distribuirán en los siguientes turnos:

–2 plazas en el turno libre.

–3 plazas en el turno de promoción.

1.3. Las vacantes del turno de promoción que queden desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumularán a las del turno libre.

Por otra parte, si en el turno de promoción resultaran más aspirantes aprobados que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno libre en concurrencia con las personas aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a las vacantes del turno libre, en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción que no reúnan los requisitos específicos exigidos en la base 2.1.2 de esta convocatoria, en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos señalado en la base 7.2 de la convocatoria.

2.–Requisitos.

2.1. Para ser admitidas a la oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Requisitos para todas las personas aspirantes:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

Podrán también participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no esté separado de derecho, así como los descendientes de éstos y los descendientes del cónyuge, siempre que no medie separación de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Agrónomo o de Grado y Máster que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero Agrónomo, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.1.2. Requisitos específicos para las personas aspirantes del turno de promoción:

Las personas aspirantes de este turno, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán reunir los siguientes:

a) Tener la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

En aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Octava del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, podrá también participar en este turno de promoción el personal funcionario del Parlamento de Navarra que cumpla el resto de requisitos exigidos para participar en dicho turno.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas; a excepción de los miembros de los Cuerpos de Policía de Navarra, que deberán haber prestado efectivamente servicios en dichos Cuerpos durante ocho años.

2.2. Los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza.

Se exceptúa de lo anterior, respecto a las personas aspirantes del turno de promoción, el requisito relativo a no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa, que deberá poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y desde el momento que finalice el plazo de entrega de documentos previsto en el apartado 7.2 de la convocatoria hasta el momento de la toma de posesión de la plaza.

2.3. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes propuestas para el nombramiento, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2 de la convocatoria; con la excepción de la documentación establecida en los puntos tres y cuatro de la base 3.3, que deberá presentarse junto con la solicitud de participación en la convocatoria.

3.–Presentación de solicitudes y pago de tasas.

3.1. Tasas.

La tasa a abonar en concepto de derechos de examen y formalización de expediente es de 41,60 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Para acreditar la exención prevista en el párrafo b) deberán presentar la siguiente documentación:

–Lo relativo a la inscripción como demandante de empleo se acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en la que se hará constar la fecha de inscripción como demandante y la mención expresa de que durante el período de inscripción no ha rechazado oferta de empleo adecuado, ni ha habido negativa a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

–La carencia de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional, se acreditará mediante declaración solemne del interesado, pudiendo obtenerse modelo a través de Internet en la dirección www.navarra.es.

El abono de dicha tasa se podrá efectuar mediante carta de pago debidamente cumplimentada, para su abono en las entidades bancarias de la Comunidad Foral de Navarra. En la reseña de la convocatoria en Internet, en el siguiente enlace figura el modelo de carta de pago: http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+publico/.

La falta de abono de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión de la persona aspirante.

En ningún caso, el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.2. Solicitudes.

Las solicitudes deberán ajustarse al modelo Anexo I de la convocatoria y en ellas las personas aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones en ella exigidas. El modelo de solicitud se podrá obtener a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de Navarra de su publicación, bien desde la reseña de la convocatoria en el siguiente enlace:

http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+publico/

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

La presentación podrá hacerse por cualquiera de los medios siguientes:

A) Presencial.

Las solicitudes para poder participar en la convocatoria se presentarán en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona, o en cualquiera de las demás oficinas de Registro del Gobierno de Navarra o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada al Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, 31002 Pamplona.

B) En el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en el portal Web del Gobierno de Navarra www.navarra.es.

3.3. Documentación a presentar.

Uno.–La solicitud que deberá ajustarse al modelo Anexo I de la convocatoria.

Dos.–Justificante de haber abonado el pago de tasa por formalización del expediente y derechos de examen o, en su caso, documentación que acredite su exención.

Tres.–Las personas aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción y tengan la condición de personal fijo perteneciente a una Administración Pública de Navarra distinta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán adjuntar a la solicitud, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.1.2 de esta convocatoria.

Cuatro.–Las personas aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33%, deberán acreditar ésta mediante la aportación de uno de los siguientes documentos:

–Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma.

–Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.

Los personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones de tiempos y medios para la realización de pruebas en que éstas sean necesarias, deberán manifestarlo así en la solicitud y expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones que se solicitan. El modelo de solicitud de adaptaciones se podrá obtener a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, en la reseña de la convocatoria en el siguiente enlace:

http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+publico/

4.–Admisión de personas aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Directora General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Directora General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

4.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

–Presidente: Don Joaquín Resano Egea, Jefe de Negociado de Fomento de la Agricultura Ecológica y de Acciones Transversales en el Sector Agrario, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Suplente: Don Andrés Eciolaza Carballo, Jefe de Sección de Registros Agrarios, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Vocal: Don Jesús M.ª Echeverría Azcona, Ingeniero Agrónomo, adscrito a la Dirección General de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Suplente: Doña María Paz Martínez Martínez, Jefa de Sección de Regadíos y Concentración Parcelaria, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Vocal: Doña Marta Gómez Revuelto, Jefa de Negociado de Suelos y Climatología, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Suplente: Doña Isabel Iturriaga Sáinz, Jefa de Negociado de Sistemas de Información Agrarios, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Vocal: Don Iosu Moreno Merino, en representación de la Comisión de Personal.

–Suplente: Don Ismael García Muñoz, en representación de la Comisión de Personal.

–Vocal-Secretaria: Doña Ana María Josefa Frauca Sagastibeltza, Técnico en Administración Pública (Rama Jurídica), adscrita a la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

–Suplente: Don Francisco Javier Lizarbe Chocarro, Técnico en Administración Pública (Rama Jurídica), adscrito a la Secretaría General Técnica del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo a partir del mes de enero de 2018.

En la Resolución aprobatoria de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización de la primera prueba de la oposición.

Concluida la calificación de cada una de las pruebas de la oposición, el Tribunal publicará, en la página web del Gobierno de Navarra y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra, la lista de personas aspirantes aprobadas con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración de la siguiente prueba, con una antelación mínima de 48 horas.

La convocatoria a las pruebas de la oposición se realizará mediante llamamiento único, debiendo las personas aspirantes acudir provistas del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.

6.2. Las pruebas de la oposición serán las que se indican en la presente base y se desarrollarán en el orden y sobre las materias que se señalan en el temario del Anexo II de la convocatoria.

Todas las materias se exigirán conforme a la normativa vigente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas aspirantes con discapacidad reconocida, que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

6.3. La oposición constará de las siguientes pruebas:

6.3.1. Primer ejercicio.

De carácter teórico, consistirá en contestar por escrito durante un tiempo máximo de 3 horas a un cuestionario de un máximo de 80 preguntas tipo test con varias alternativas de respuesta para cada pregunta, de las que sólo una será correcta, relativas a las materias del temario contenido en el Anexo II. Penalizarán las contestaciones erróneas.

Calificación: La puntuación máxima del ejercicio será de 40 puntos.

Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no alcancen 20 puntos en el ejercicio.

6.3.2. Segundo ejercicio.

De carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 5 horas, tres temas, uno por cada una de las partes en que se divide el temario. Para ello, el Tribunal calificador elegirá al azar dos temas de cada una de las partes, debiendo el aspirante realizar únicamente uno de ellos, a su elección.

Calificación: La puntuación máxima que puede obtenerse en el ejercicio es de 30 puntos. Cada tema tendrá una valoración máxima de 10 puntos.

Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no obtengan, al menos, 15 puntos en el ejercicio. Igualmente, quedarán eliminadas las personas aspirantes que obtengan una puntuación inferior a la mitad de la asignada a cada uno de los temas.

6.3.3. Tercer ejercicio.

De carácter práctico, consistirá en resolver por escrito, durante un tiempo máximo de 4 horas, los supuestos de carácter práctico que el Tribunal proponga relacionados con las materias del temario recogido en el Anexo II.

Calificación: La puntuación máxima del ejercicio será de 30 puntos.

Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no obtengan, al menos, 15 puntos en el ejercicio.

6.4. Los ejercicios segundo y tercero se llevarán a cabo por el sistema de plicas.

7.–Relación de personas aprobadas, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará, en la página web del Gobierno de Navarra y en el tablón de anuncios del Gobierno de Navarra, la relación de personas aprobadas con las calificaciones obtenidas en la oposición, distribuidas por turnos y por orden de puntuación alcanzada.

Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor puntuación en el primer ejercicio y, de persistir, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio.

Asimismo, elevará a la Directora General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor de las personas aspirantes aprobadas con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas.

La referida propuesta de nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y en la reseña de la convocatoria en el siguiente enlace:

http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+publico/

7.2. Las personas aspirantes propuestas deberán presentar, a través del Registro General del Gobierno de Navarra, en el plazo de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los siguientes documentos:

A) Personas aspirantes que no tengan la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia de los títulos exigidos en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

c) Fotocopia del carnet de conducir clase B.

d) Informe médico justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

e) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

B) Las personas aspirantes que tengan la condición de personal fijo de una Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, o de personal fijo adscrito a los servicios de la Administración de Justicia transferidos a la Comunidad Foral de Navarra, deberán aportar, además de la documentación del apartado anterior, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

C) Personas aspirantes que tengan la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos:

a) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.1.c) de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, o, en su caso, certificación de estar en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de instancias.

b) Fotocopia del carnet de conducir clase B.

D) Personas aspirantes que hubieran alegado una discapacidad. La compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, será extendida de oficio, por los equipos de valoración y orientación competentes, e incorporada al expediente.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el caso previsto en el apartado anterior, la Directora General de Función Pública cubrirá la baja con la persona aspirante incluida inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con la misma en la forma señalada en los apartados anteriores.

7.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones para el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, sea requerida por la Dirección General de Función Pública para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada al aspirante propuesto y aportada por éste en la forma establecida en la base 7.2. de esta convocatoria.

8.–Elección de vacantes.

8.1. La Dirección General de Función Pública convocará el acto de elección de vacantes, mediante la publicación de la relación de las cinco plazas vacantes a elegir, del listado de personas aspirantes, que cumplan lo dispuesto en la base anterior, siguiendo el orden de preferencia que tienen en la elección de vacantes, por turnos y por orden de puntuación, y el plazo que se concede a los aspirantes para la elección de las vacantes.

Esta información se hará pública en la reseña de la convocatoria en el siguiente enlace:

http://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+publico/

Posteriormente, las personas aspirantes comunicarán, en el plazo a tal efecto señalado, su preferencia por las vacantes del puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo.

8.2. Las personas aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre el resto de las personas aspirantes, cualquiera que sea el turno por el que hubieran concurrido.

No obstante lo anterior, en el caso de que haya personas aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de valoración y orientación competente.

8.3. Las personas aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción tendrán, con la excepción contemplada en el apartado anterior, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre las personas aspirantes del turno libre.

9.–Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. La Directora General de Función Pública nombrará funcionarios de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, para desempeñar el puesto de trabajo de Ingeniero Agrónomo y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a las personas aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. El nombramiento y toma de posesión conferirán a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliados al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse en el Montepío de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

9.3. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra y las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 7.4 de la convocatoria.

9.4. En el caso de las personas aspirantes que adquieran la condición de funcionario y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, en los supuestos previstos en la normativa vigente, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4 de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10.–Listas de aspirantes a la contratación temporal.

10.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal, y con el procedimiento establecido en la presente base, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación temporal con aquellos aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza en el mismo:

a) Lista de aprobados sin plaza.

b) Lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza.

10.2. Por Resolución de la Directora General de Función Pública se aprobarán la lista de aprobados sin plaza y la lista de aspirantes que no hayan resultado aprobados sin plaza, de acuerdo con las normas de gestión que resulten de aplicación.

Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de desempate establecidos en esta convocatoria.

10.3. El llamamiento de los aspirantes y, en su caso, la contratación se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en la Orden Foral 814/2010, de 31 de diciembre, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las normas de gestión de la contratación temporal y demás normativa que resulte de aplicación.

Únicamente los aspirantes que resulten llamados para la contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, en el momento de procederse a la formalización del contrato, mediante la aportación de copias.

El cumplimiento de los requisitos exigidos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes del procedimiento de ingreso, debiendo mantenerse durante el mismo y durante el periodo de contratación.

Quienes no presenten los documentos requeridos, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, así como quienes no cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la convocatoria, los cuales deberán ser acreditados en la forma establecida en esta base.

11.–Recursos.

Contra los actos y resoluciones emanados del Tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas que no emanen del Tribunal calificador, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

ANEXO I

Solicitud de admisión a pruebas selectivas (PDF).

ANEXO II

Temario

Primera parte

Tema 1.–La Constitución Española de 1978: Principios generales. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Las Cortes Generales: composición y funciones. El Gobierno y la Administración del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional: Composición, naturaleza y competencias.

Tema 2.–La Unión Europea: El Parlamento Europeo. El Consejo Europeo. El Consejo de la Unión Europea: competencias, estructura y funcionamiento. La Comisión Europea: composición, organización y funcionamiento. El Tribunal de Justicia.

Tema 3.–El Derecho comunitario: Sus fuentes. Derecho originario y Derecho derivado. Los Tratados. Los Reglamentos, las Directivas y las Decisiones. Relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Políticas comunes.

Tema 4.–La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra: naturaleza y significado. El título Preliminar. Las competencias de Navarra.

Tema 5.–El Parlamento o Cortes de Navarra: composición, organización y funciones. La Cámara de Comptos de Navarra: ámbito de competencia, funciones y órganos. El Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra: funciones, procedimiento y resoluciones.

Tema 6.–El Gobierno de Navarra: Funciones. Composición, nombramiento, constitución y cese. Atribución y competencias. Funcionamiento. Órganos de asistencia y apoyo. Responsabilidad política, control parlamentario y disolución del Parlamento. El Presidente del Gobierno de Navarra. Los Consejeros del Gobierno de Navarra.

Tema 7.–Las Fuentes del Derecho: la jerarquía de las fuentes. La Ley. Las disposiciones del ejecutivo con rango de ley. La iniciativa legislativa y potestad para dictar normas con rango de ley. El reglamento: concepto, clases y límites. La potestad reglamentaria del Gobierno.

Tema 8.–La Administración Pública y el sector público: conceptos. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público en la ley 40/2015, de 1 de octubre. De los órganos de las Administraciones Públicas. Abstención y recusación.

Tema 9.–La Administración de la Comunidad Foral de Navarra: Principios generales establecidos en la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Organización: principios generales, estructura orgánica y competencias de los órganos administrativos, órganos colegiados.

Tema 10.–Los actos administrativos: Requisitos de los actos administrativos. Eficacia de los actos. Nulidad y anulabilidad. La revisión de los actos en vía administrativa: revisión de oficio y recursos administrativos.

Tema 11.–Las disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo: Los interesados en el procedimiento. De la actividad de las administraciones públicas: normas generales de actuación; términos y plazos. Garantías del procedimiento. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento. Ejecución.

Tema 12.–El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Clases de personal. La selección de los funcionarios públicos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario. La carrera administrativa. Las situaciones administrativas. La provisión de puestos de trabajo. Derechos y deberes.

Tema 13.–Ley Foral de Hacienda Pública de Navarra: Del Ámbito de Aplicación y de la Hacienda Pública de Navarra. Los Presupuestos Generales de Navarra: contenido y aprobación; clasificación económica de los gastos: ejecución y liquidación.

Tema 14.–La Ley Foral 6/2006, de 9 de junio, de Contratos Públicos: Ámbito y normas generales de aplicación. Los contratistas. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. Actuaciones previas a la adjudicación. Adjudicación. La Ley Foral de Subvenciones: Disposiciones generales y procedimiento de concesión y control. Reintegro de subvenciones.

Tema 15.–Funcionamiento electrónico del sector público en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La Administración Electrónica en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Tema 16.–La Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de Transparencia y Gobierno Abierto: Disposiciones Generales. La transparencia en la actividad pública: la publicidad activa y la transparencia en la gestión administrativa. El derecho de acceso a la información pública: contenido, limitaciones, procedimiento y garantías de su ejercicio. El Consejo de Transparencia de Navarra.

Tema 17.–La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal: Principios de la protección de datos, derechos de las personas. La Agencia de Protección de Datos.

Tema 18.–Igualdad de género: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Políticas Públicas para la Igualdad. La Ley Foral 33/2002, de 28 de noviembre, de fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Navarra. El informe de impacto de género.

Segunda parte

Tema 1.–La organización administrativa agraria española. El papel de la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas en el diseño y ejecución de la política agraria comunitaria, nacional y autonómica. Principios constituciones, estatutarios y mecanismos de coordinación.

Tema 2.–Competencias de la Comunidad Foral de Navarra en materia de agricultura y de medio ambiente. La organización del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra. El Organismo Pagador de las ayudas agrarias comunitarias en la Comunidad Foral de Navarra. Sociedades públicas y otros organismos dependientes del Departamento.

Tema 3.–La Política Agraria Común (PAC). Principios. Objetivos. Las Organizaciones Comunes del Mercado (OCM). Los instrumentos financieros de la Unión Europea. La financiación de la PAC. La modulación. Disciplina presupuestaria.

Tema 4.–La política exterior agraria de la Unión Europea. Los Acuerdos con los países ACP. El sistema de Preferencias Generalizadas. Acuerdo EBA. Loa Acuerdos Euro-mediterráneos. La zona de libre cambio.

Tema 5.–El Desarrollo rural en el horizonte 2014-2020. Reglamento (UE) 1305/2013 del Parlamento y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.

Tema 6.–Las ayudas directas de la PAC. El régimen de pago básico.

Tema 7.–El Sistema Integrado de Gestión y Control. Las solicitudes de ayuda. Controles relacionados con la admisibilidad de las ayudas. Reducciones y exclusiones por incidencias de admisibilidad.

Tema 8.–Condicionalidad de las ayudas públicas a la agricultura. Requisitos legales de gestión. Buenas condiciones agrarias y medioambientales. Controles relacionados con la condicionalidad. Reducciones de las ayudas por causa de incumplimientos relativos a la condicionalidad. Aplicación en Navarra.

Tema 9.–La Organización Común de los Mercados. Mercado interior. Medidas de Intervención. Disposiciones aplicables a la comercialización y a la producción. Intercambios comerciales con terceros países. Normas de competencia.

Tema 10.–La comercialización en origen y en destino de los productos agrarios. Principales aspectos que condicionan la comercialización en origen de los productos agrarios. Los mercados en origen. Las asociaciones de productos agrarios y la comercialización en destino. Los canales tradicionales y los alternativos de la comercialización en destino. Los mercados de destino. La empresa nacional Mercasa. La presencia de los productos agrarios en los mercados en destino.

Tema 11.–El sistema comunitario de defensa de la calidad: las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas. Definición, características y requisitos.

Tema 12.–La seguridad alimentaria de la Unión Europea. El Reglamento (CE) número 178/2002, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002: ámbito de aplicación, legislación alimentaria general.

Tema 13.–La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Funciones. El sistema de alerta rápida, gestión de crisis y situaciones de emergencias. La Agencia Española de Consumo, de Seguridad Alimentaria y Nutrición. El principio de precaución y su aplicación.

Tema 14.–La política de seguros agrarios. Principios y normas que la rigen. El sistema de seguros agrarios combinados: instituciones que intervienen en su aplicación y desarrollo. Los planes anuales de seguros agrarios, fines y contenidos. Niveles de implantación de los seguros agrarios en los principales grupos de cultivo.

Tema 15.–Directiva Marco del Agua 2000/60/CE. Objetivos medioambientales. Programas de medidas.

Tema 16.–Ley de Aguas. Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto Refundido de la Ley de Aguas. Reglamento de Dominio Público Hidráulico: Real Decreto 849/86, de 11 de abril, y Real Decreto 606/2003, de 23 de mayo.

Tema 17.–Legislación básica de residuos. Principios de jerarquía en la gestión de residuos. Obligaciones de productores y gestores. Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados. Plan Nacional integrado de residuos (PNIR).

Tema 18.–Utilización de residuos como productos fertilizantes. Real Decreto 1310/90, de 29 de octubre, por el que se regula la utilización de lodos de depuración en el sector agrario. Aspectos relacionados con el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.

Tema 19.–La protección fitosanitaria ante la entrada de organismos nocivos procedentes de otros países. Real Decreto 58/2005, de 21 de enero. El pasaporte fitosanitario.

Tema 20.–La Ley Foral 4/2007, de 23 de marzo, de Sanidad vegetal. Capítulo I, Capítulo II, Capitulo III Las plagas y enfermedades de cuarentena diagnosticadas en Navarra. Medios de defensa fitosanitaria.

Tema 21.–Riesgos ambientales y sanitarios derivados del uso de fitosanitarios. Clasificaciones de riesgo de los productos fitosanitarios. La etiqueta. El carnet de aplicador de productos fitosanitarios. El Reglamento Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas. Ficha de registro de utilización de fitosanitarios. Los residuos de fitosanitarios en los productos agrícolas. Límites máximos de residuos.

Tema 22.–Evaluación de impacto ambiental. Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Tema 23.–Producción, almacenamiento y gestión de estiércoles. Decreto Foral 148/2003, de 23 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas ambientales de las instalaciones ganaderas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. Orden Foral 234/2005, de 28 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por las que se establecen las condiciones aplicables a la producción, almacenamiento y gestión de estiércol en las instalaciones ganaderas de Navarra.

Tema 24.–Marco legislativo de la prevención y el control integrados de la contaminación, IPPC.

Tema 25.–El paquete higiene: El Reglamento (CE) número 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004. Requisitos para los operadores de las empresas agroalimentarias en la producción primaria. Requisitos para el resto de operadores de la cadena alimentaria, La higiene y la trazabilidad en la producción primaria agrícola. Registro de operadores. Guía de Buenas Prácticas de Higiene. Programa de control oficial de la producción primaria agrícola.

Tema 26.–El uso sostenible de los productos fitosanitarios: Directiva 2009/128/CE y Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre. Implementación de la gestión integrada de plagas en España. Programas de vigilancia de la comercialización y el uso de productos fitosanitarios. Registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitarios (ROPO).

Tema 27.–Los bienes comunales en Navarra, según la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración local de Navarra y el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre. Características. Administración y actos de disposición. Aprovechamientos de los bienes comunales. Defensa, recuperación y conservación.

Tema 28.–La Directiva INSPIRE. La infraestructura de datos especiales de España.

Tema 29.–El Sistema de Información territorial de Navarra, SITNA. Decreto Foral 255/2015, de 11 de noviembre. Las distintas capas de información relacionadas con el sector agrario y el medio ambiente.

Tema 30.–La red de información contable agrícola de Navarra, RICAN: estructura y metodología, parámetros aplicables a las explotaciones (OTE, SAU, UGM, UTA, UTH, UDE, márgenes brutos, renta agraria). El registro de explotaciones agrarias de Navarra.

Tema 31.–El Programa de Desarrollo Rural de Navarra (PDR) 2014-2020. Análisis DAFO en el PDR.

Tema 32.–El Programa de Desarrollo Rural de Navarra 2014-2020. Descripción de la estrategia.

Tema 33.–Actuaciones en Infraestructuras Agrarias en Navarra, Legislación y reglamento aplicable: Ley Foral 1/2002, de 7 de marzo, de infraestructuras agrícolas de Navarra y Decreto Foral 59/2003, de 24 de marzo.

Tema 34.–El Plan de Regadíos de la Comunidad Foral de Navarra. La Ley Foral 7/1999, de 16 de marzo, y el Decreto Foral 212/2002, de 7 de octubre. El Canal de Navarra y su zona regable.

Tema 35.–La Red Natura 2000 y los Lugares de Interés Comunitario en Navarra. Valores ambientales y objetivos. Planes rectores de uso y gestión y su relación con la actividad agraria.

Tema 36.–Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las aguas contra la contaminación producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias. Aplicación en Navarra: Decreto Foral 220/2002, de 21 de octubre, por el que se designan zonas vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes agrarias y se aprueba el correspondiente Programas de Actuaciones.

Tercera parte

Tema 1.–El cambio climático. El IPCC y sus informes de Evaluación. Impactos y adaptación al cambio climático. Mitigación del cambio climático. Estrategia comunitaria y española ante el cambio climático.

Tema 2.–Agroclimatología. Estudio de los regímenes de temperatura y de precipitación. Análisis del riesgo de heladas y sequías agrícolas. Balance hídrico. Métodos para estimar las necesidades de agua de los cultivos. Características agroclimáticas de Navarra.

Tema 3.–El agua agrícola. El agua como factor de producción de la agricultura. Importancia regional. La relación agua-suelo-planta. Aspectos fisiológicos. Balance hídrico en suelos agrarios. La calidad de las aguas de riego.

Tema 4.–El suelo agrario. Características principales de los suelos. Métodos de estudio de los suelos. Evaluación de tierras agrarias: fundamentos básicos y aplicaciones. Principales tipos de suelos en Navarra.

Tema 5.–Los inputs energéticos en la producción agraria. Consumo y estructura. Tipos de energía y combustibles. Características. El ahorro energético. Las energías alternativas.

Tema 6.–Los inputs hidráulicos en la producción agraria. Consumo, estructura y estacionalidad. El riego. Principales técnicas de riego. El ahorro de agua y las técnicas de riego. El coste del agua y de la energía.

Tema 7.–Técnicas de producción de semillas y plantas de vivero. Importancia de conservación del germoplasma autóctono. Selección masal y selección clonal. La situación del sector productor de semillas y plantas de vivero en Navarra.

Tema 8.–Fertilizantes. Tipos y características. Técnicas de fertilización. Incidencia de los fertilizantes en la producción agraria.

Tema 9.–Plaguicidas. Tipos y características. Técnicas de aplicación. Problemática de la contaminación con plaguicidas. Métodos de lucha biológica.

Tema 10.–Maquinaria y equipos. Tipos y características. La mecanización de la agricultura en Navarra.

Tema 11.–La contabilidad agraria. Contabilidad general y analítica: concepto, utilidad y funciones. Métodos contables. Patrimonio y balance de la empresa agraria. Clases de cuentas. Cuentas especiales de las empresas agrarias. Cuentas tipo almacén. Cuentas especiales de las cooperativas agrarias. Análisis financiero de balance. Comparación de ejercicios. Algunos ratios financieros de uso más frecuente.

Tema 12.–El Registro de la Riqueza Territorial de Navarra. Concepto, objeto y contenido. Conservación. Acceso a la información. Coordinación con el Registro de la Propiedad. El Registro de la Riqueza Territorial y la PAC: el SIGPAC.

Tema 13.–Teledetección. Fundamentos y tipos de imágenes desde satélite. Uso de las imágenes de satélite en la agricultura. Aplicación a la estimación y seguimiento de cosechas. Aplicación a la caracterización y seguimiento del uso del suelo agrario. Aplicación al control de las ayudas de la PAC.

Tema 14.–Hidrología superficial de pequeñas cuencas. Relación entre precipitaciones y agua superficial. Cuenca de recepción. Determinación y evaluación de la escorrentía y caudales. Aforos y estaciones.

Tema 15.–Obras de regulación: pequeños embalses. Definición y tipos. Descripción de los elementos básicos y de los accesorios. Información básica para el estudio y diseño. Tipos de presa; presas de fábrica, presas de materiales sueltos.

Tema 16.–Las infraestructuras para el regadío. Conducción del agua hasta la zona regable. Sistemas a cielo abierto y en conducción forzada. Explotación y conservación en zonas regables. Embalses, canales y elevaciones. Tarifas, tipos de tarificación. Las Comunidades de Regantes: su papel en la explotación de las zonas regables.

Tema 17.–Riego a presión. Descripción de los distintos tipos de riego a presión. Factores a considerar. Ventajas e inconvenientes.

Tema 18.–Drenaje agrícola. Fundamentos. Drenajes superficial y subterráneo. Criterios de diseño. Control de la salinidad en áreas de riego. Calidad de las aguas de riego. Aguas con problemas de drenaje en Navarra.

Tema 19.–Caminos rurales. El suelo como material de construcción (granulometría, plasticidad, compactación de suelos). Normas USPRA (United States Public Road Administration). Firmes flexibles y rígidos. Características de los caminos rurales (planta, alzado y sección transversal, drenajes, taludes) e infraestructuras (obras de fábrica, balizamientos, señalización, iluminación y defensa).

Tema 20.–Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (I). Industria del vino: principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización. Industria del aceite: principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización.

Tema 21.–Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (II).Industrias de los cereales: principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización.

Tema 22.–Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (III). Industria cárnica: principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización.

Tema 23.–Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (IV). Industria láctea: principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización.

Tema 24.–Transformación y comercialización de productos agrarios en Navarra (V). Industria de alimentos preparados, IV y V gama: principales materias primas, procesos de elaboración, tecnología, características de los productos obtenidos y su comercialización.

Tema 25.–Tratamiento de residuos orgánicos biodegradables. Compostaje. Biometanización. Objetivos. Tipos de residuos y tecnologías aplicables. Mejores técnicas disponibles. Productos obtenidos, utilización y comercialización.

Tema 26.–Tratamiento y gestión de residuos ganaderos. Estiércoles sólidos y líquidos. Composición, características y efectos ambientales. Aplicación como fertilizantes orgánicos. Sistemas de tratamiento y eliminación.

Tema 27.–Tratamiento y gestión de lodos orgánicos de depuración de aguas residuales. Tipos y características. Problemática ambiental. Digestión aerobia termófila (sistema ATAD). Digestión anaerobia. Secado térmico. Estabilización alcalina. Uso como fertilizante orgánico. Otras alternativas de valorización en procesos industriales.

Tema 28.–Tratamiento y gestión de residuos agroindustriales. Suero lácteo. Orujo de uva. Alperujos. Residuos del sector de transformados vegetales. Características de los residuos. Tecnologías aplicables para su valorización y eliminación. Productos obtenidos, utilización y comercialización.

Tema 29.–Degradación de suelos. Tipos de degradación: causas y métodos para su valorización. Principios básicos de la protección de suelos y de su restauración. Principales problemas de degradación de suelos en Navarra y su distribución.

Tema 30.–Suelos contaminados. Concepto y definiciones, Actividades contaminadoras del suelo. Tipos de contaminantes. Criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Investigación de la contaminación del suelo. Evaluación de riesgos. Tratamiento de suelos contaminados: tecnologías de recuperación. Principales problemas de contaminación de suelos en Navarra y distribución.

Tema 31.–Geografía física de Navarra. Esquema general geológico, orográfico, climático, hidrológico y de vegetación.

Tema 32.–Geografía humana de Navarra. La población de Navarra: características, evolución y distribución.

Tema 33.–Geografía económica de Navarra. La economía de Navarra y su distribución sectorial; macro magnitudes y empleo. Antecedentes y evolución. Comparación con España.

Tema 34.–La economía agraria de Navarra. Factores condicionantes. Principales macro magnitudes y su evolución. Comparación con España.

Tema 35.–Comercio exterior agrario en Navarra. Antecedentes y evolución. Principales productos y áreas de intercambio. Comparación con España.

Tema 36.–La explotación agraria Navarra: estructura y características productivas. Tipología de las explotaciones. Asociacionismo agrario. Cooperativas: tipos, régimen jurídico y órganos de gobierno. La integración cooperativa. Las sociedades agrarias de transformación, SAT: tipos, régimen jurídico y órganos de gobierno. Las agrupaciones de productores agrarios, APA. Otras figuras asociativas. Problemática y perspectiva de futuro del asociacionismo agrario en Navarra.

Tema 37.–El cereal en Navarra, en secano y en regadío. Área de producción. Especies y variedades. Técnicas de cultivo. Producciones y rendimientos. Importancia económica en Navarra.

Tema 38.–Las leguminosas, oleaginosas y forrajeras en Navarra en secano y en regadío. Área de producción. Especies y variedades. Técnicas de cultivo. Producciones y rendimientos. Importancia económica en Navarra.

Temas 39.–Los cultivos hortícolas en Navarra, en secano y en regadío, al aire libre y en cultivos forzados. Áreas de producción. Especies y variedades. Técnicas de cultivo. Producción y rendimientos. Importancia económica en Navarra.

Tema 40.–La viña y el olivo en Navarra, en secano y en regadío. Área de producción. Especies y variedades. Técnicas de cultivo. Producciones y rendimientos. Importancia económica en Navarra.

Tema 41.–Los frutales en Navarra, en secano y en regadío. Área de producción. Especies y variedades. Técnicas de cultivo. Producciones y rendimientos. Importancia económica en Navarra.

Tema 42.–Los prados naturales y los pastizales en Navarra. Tipos según las áreas de Navarra. Técnicas de manejo. Producciones y rendimientos. Importancia económica en Navarra.

Tema 43.–La ganadería extensiva en Navarra. Características y tipos. Principales producciones. Técnicas de producción. Problemática y perspectivas de futuro.

Tema 44.–La ganadería intensiva en Navarra. Características y tipos. Principales producciones. Técnicas de producción. Problemática y perspectivas de futuro.

Tema 45.–Mejores Técnicas Disponibles. Instalaciones para la cría intensiva de aves de corral y cerdos. Documento BREF.

Tema 46.–Las Denominaciones de Origen y las Indicaciones Geográficas Protegidas de Navarra. Normativa. Objetos, zonas de producción e importancia económica en Navarra.

Tema 47.–La agricultura y ganadería ecológicas. Marco normativo. Importancia en Navarra.

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