BOLETÍN Nº 79 - 26 de abril de 2016

2. Administración Local de Navarra

2.2. Disposiciones y anuncios ordenados por localidad

AZCONA

Corrección de errores de anuncio de aprobación definitiva
de la Ordenanza de aprovechamientos comunales

Habiéndose comprobado el error material en la publicación de la aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de los aprovechamientos comunales de Azcona, Boletín Oficial de Navarra número 71, de 14 abril de 2016, se procede a la corrección de los errores detectados en los siguientes artículos que quedan redactados de la siguiente forma.

Artículo 24. El canon a satisfacer por los beneficiarios de parcelas comunales, en este tipo de aprovechamiento, será aprobado anualmente por la Corporación municipal. El canon no será superior al 50% de los precios de arrendamiento de la zona para terrenos de naturaleza similar

Artículo 32. El canon a satisfacer por los beneficiarios de parcelas comunales, en este tipo de aprovechamiento, será aprobado anualmente por la Corporación municipal. El canon no será inferior al 90% de los precios de arrendamiento de la zona para terrenos de naturaleza similar. Estas cantidades corresponden al canon propuesto que se actualizará anualmente con el IPC de consumo (si éste sube se subirá el precio en la misma proporción, y si baja se congelará). La extensión del terreno de cultivo adjudicado a cada vecino será fijada por el Concejo teniendo en cuenta las disponibilidades del comunal.

Azcona, 14 de abril de 2016.–El Alcalde, María Josefa Ros Ezcurra.

Código del anuncio: L1604542