BOLETÍN Nº 1 - 3 de enero de 2011

6. Otros anuncios

6.1. Edictos de notificación

LEOZ

Edicto. Incoación expediente de ruina

La Alcaldía del Ayuntamiento de Leoz dictó con fecha 22 de noviembre de 2010, la Resolución que se transcribe a continuación:

Vistos los informes técnicos elaborados por la Sociedad Iriarte Mariñelarena Arquitectos Urbanistas, S.L., en el año 2003 y por la empresa Loperena Portillo Arquitectos, S.L., en el año 2006 sobre el estado urbanístico en que se encuentran las edificaciones cuyo emplazamiento y titulares seguidamente se indican, en los cuales se constata el agotamiento generalizado de las estructuras de las edificaciones y que el coste de la reparación supera el 50 por ciento del valor de los inmuebles, excluido el valor del suelo:

Inmueble ubicado en la calle San Bartolomé número 9 cuya referencia catastral es parcela número 2 del polígono 22 de la localidad de Benegorri perteneciente al Municipio de Leoz, cuya titularidad, en el Catastro de la Riqueza Rústica y Urbana, corresponde a Ayuntamiento de Leoz.

Inmueble ubicado en la calle San Bartolomé número 11 cuya referencia catastral es parcela número 3 del polígono 22 de la localidad de Benegorri perteneciente al Municipio de Leoz, cuya titularidad en el Catastro de la Riqueza Rústica y Urbana, corresponde a Sabina Pascal Orzanco.

Visto que, no obstante dichos informes, la pretensión municipal en los años anteriores, ha venido siendo, no proceder al derribo de los edificios, sino la realización de una actuación conjunta con la mencionada propietaria particular y algunos otros inversores privados, a los efectos de acometer una rehabilitación de la edificaciones,

Considerando, sin embargo, que la situación económica en general y del mercado inmobiliario en particular, desaconsejan, por el momento, la realización de inversiones en inmuebles que impliquen un gran coste, como la que en este caso se requiere, ya que no existen unas condiciones favorables para posteriores transacciones mercantiles que permitan recuperar la inversión realizada,

Considerando la obligación legal que pesa sobre las Administraciones y Organismos Públicos de velar por el buen estado de las edificaciones ubicadas en su término municipal que deberán mantenerse en perfectas condiciones de solidez, salubridad, higiene y ornato, con sujeción a las normas de protección del medio ambiente, protección del patrimonio y rehabilitación urbana,

Y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de las Ordenanzas del Plan General Municipal de Leoz/Leotz, en concordancia con el artículo 196 de la Ley Foral 35/2002, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de 20 de diciembre y artículo 17 y siguientes del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se establece el Reglamento de Disciplina Urbanística,

Resuelvo:

1.-Incoar expediente de declaración de ruina de los siguientes inmuebles:

Inmueble ubicado en la Calle San Bartolomé número 9 cuya referencia catastral es parcela número 2 del polígono 22 de la localidad de Benegorri perteneciente al Municipio de Leoz, cuya titularidad, en el Catastro de la Riqueza Rústica y Urbana, corresponde a Ayuntamiento de Leoz.

Inmueble ubicado en la calle San Bartolomé número 11 cuya referencia catastral es parcela número 3 del polígono 22 de la localidad de Benegorri perteneciente al Municipio de Leoz, cuya titularidad en el Catastro de la Riqueza Rústica y Urbana, corresponde a Sabina Pascal Orzanco.

2.-Otorgar a la titular del inmueble ubicado en la parcela número 3 y titulares de derechos reales, en su caso, un trámite de audiencia de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la recepción de la preceptiva notificación, o en su defecto, a partir del día siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, a fin de que puedan examinar el expediente abierto al efecto, presentando las alegaciones y documentación que estime pertinente en su derecho.

3.-Informar a la antedicha titular que, en caso de que las edificaciones es decir, la suya y la municipal, sean declaradas ruinosas y, dado que ambas comparten varios muros de carga que tienen el carácter de medianeros, resulta del máximo interés o más bien imprescindible que el preceptivo proyecto de derribo contemple una intervención conjunta.

4.-Notificar la presente Resolución a la interesada, ordenando, asimismo, su publicación en el Boletín de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

5.-Advertir a la titular del inmueble de la parcela número 3 objeto del mencionado procedimiento de ruina, que en la tramitación del mismo y hasta su resolución definitiva, quedará sujeta a las responsabilidades de todo orden que pudieran serle exigidas por incumplimiento y negligencia en los deberes de conservación, ornato y salubridad que a tenor de lo establecido en los textos legales, anteriormente citados, sobre ella pesa, significándole que, lógicamente, la misma responsabilidad pesa sobre el Ayuntamiento de Leoz en lo que al inmueble de la parcela número 2 se refiere.

Iracheta (Leoz), 22 de noviembre de 2010.-El Alcalde, Endika Zabalza Murillo.

Código del anuncio: L1020785