BOLETÍN Nº 4 - 8 de enero de 2010

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 113/2009, de 17 de diciembre, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se aprueba definitivamente el "Proyecto de Construcción de la carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun). Tramo variante de Irurtzun" y se resuelve la fase de información pública y de audiencia a las entidades locales afectadas.

En la Resolución 560/2008, de 14 de marzo, del Director General de Medio Ambiente y Agua, se formuló la Declaración Ambiental sobre el "Estudio Informativo del Proyecto de Construcción de la modificación de la Carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun) a su paso por el Valle de Arakil: Variante de Irurtzun-Izurdiaga", publicándose en el Boletín Oficial de Navarra número 55, de 2 de mayo de 2008.

Por Acuerdo de 21 de abril de 2008 el Gobierno aprobó el PSIS de "Carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun) a su paso por el Valle de Arakil: Variante de Irurtzun-Izurdiaga", publicándose en el Boletín Oficial de Navarra número 60, de 14 de mayo de 2008, que contempla, por un lado, la supresión del paso a nivel de la línea Zaragoza-Alsasua en Izurdiaga y, por otro, la Variante de Irurtzun, recogida en el II Plan Director de Carreteras de Navarra 2002-2009 (actuación número 126).

Por Orden Foral 1/2009, de 14 de enero, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se procedió a la aprobación provisional del "Proyecto de Construcción de la carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun). Tramo variante de Irurtzun", y se sometió a información pública la relación de bienes y derechos afectados y a audiencia de las entidades locales afectadas.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que, transcurrido el plazo de información pública y de audiencia a las entidades locales afectadas, se han recibido las siguientes alegaciones:

Alegación número 1.-Doña Juana Urra Mariñelarena, en nombre propio y en representación de cinco personas más.

1.º Alega que antes de aprobar el proyecto se realice una medición de la parcela número 217 del polígono número 2 para confirmar que los metros existentes coinciden con los que constan en el registro de la propiedad.

2.º Que se realice un cierre de la parte de la parcela anteriormente señalada que linda directamente con la variante a construir. La tipología del cierre (muro, cierre metálico...) deberá determinarse en función de la altura que tenga la variante.

3.º Que se reponga el saneamiento de manera adecuada, en concreto la arqueta existente en el camino de entrada a la citada parcela.

4.º Que en el futuro no se contemple ninguna salida desde el camino que pasa por delante de la vivienda hasta la variante, ya que en las Normas Urbanísticas actuales no se contempla ninguna salida o enlace de ese carácter.

Contestación:

1.º y 3.º Se desestima lo alegado. La parcela 217 del polígono número 2 de Irurtzun no se afectará con la obras de construcción de la variante de Irurtzun.

2.º El proyecto contempla la reposición de los cierres afectados.

4.º Se acepta lo alegado. El proyecto de construcción no contempla ninguna salida desde el camino que pasa por delante de la vivienda hasta la variante.

Alegación número 2.-Don Peio Etxarte Sagardia.

1.º Solicita que se cambie el tipo de obras previsto en la carretera de Izurdiaga-Irurtzun para su transformación en una calle.

2.º Que se baje el nivel actual de la carretera al de su origen.

3.º Que se realicen aceras, aparcamiento, pasos de cebra y un sistema de control de velocidad (badenes).

4.º Que todo quede perfectamente terminado: canalizaciones, luz, agua, teléfonos, así como cierres y entradas a fincas.

Contestación:

1.º Se desestima lo alegado. Al tratarse de una variante de una carretera, el titular de la misma será el Gobierno de Navarra y el tratamiento que se le dará será el de carretera y no el de calle.

2.º Se desestima lo alegado En el proyecto de construcción se ha reducido el ámbito de la actuación, iniciándose la variante a la entrada de la empresa Manufacturas Irular, S.A. (Mafinsa) y no afectando prácticamente a la carretera NA-7010, por lo que no se modificará su rasante.

3.º Se desestima parcialmente lo alegado. Al tratarse de una carretera no se proyectan aparcamientos, únicamente se dispondrán aceras para dar continuidad a las existentes. No se contempla la colocación de sistemas de control de velocidad.

4.º El proyecto contempla la reposición de todos los servicios y elementos afectados.

Alegación número 3.-Don Isidro Recalde Mariñelarena, titular de la parcela 85 del polígono número 5 del Valle de Arakil.

1.º Solicita que la altura de la carretera sea rebajada por estar situada actualmente 45 cm por encima de la cota inicial a la que estaba cuando se construyó la vivienda debido a sucesivos reasfaltados.

2.º Que se restituya el cerramiento existente de su parcela, consistente en un seto que sirve de parapeto para proteger de salpicaduras la fachada principal de la vivienda.

3.º Que se canalicen las aguas pluviales que bajan del monte a la carretera y ocasionan la inundación de su finca.

4.º Ser informado de las condiciones económicas que se van a plantear sobre los bienes expropiados.

Contestación:

1.º Se desestima lo alegado. En el proyecto de construcción se ha reducido el ámbito de la actuación, iniciándose la variante a la entrada de la empresa Manufacturas Irular, S.A. (Mafinsa) y no afectando prácticamente a la carretera NA-7010, por lo que no se modificará su rasante.

2.º Se desestima lo alegado. No se va a afectar a dicha parcela, por lo que no se realizarán actuaciones en los elementos y servicios de la misma.

3.º El proyecto contempla la recogida y canalización de las aguas pluviales que afectan al mismo sin alterar el estado de las fincas próximas.

4.º Se desestima lo alegado. No se va a afectar a dicha parcela, por lo que no procede justiprecio alguno.

Alegación número 4.-Doña Lucía Larumbe Irurita y don Martín Larumbe Irurita, titulares de las parcelas 84 y 87a del polígono número 5 del Valle de Arakil.

1.º Solicitan que la altura de la carretera sea rebajada por estar situada actualmente 30 cm por encima de la cota inicial a la que estaba cuando se construyó la vivienda, debido a sucesivos reasfaltados.

2.º Que se restituya el cerramiento existente de su parcela consistente en postes metálicos, alambre y una fila de pinos.

3.º Que se canalicen las aguas pluviales que bajan del monte a la carretera y ocasionan la inundación de la vivienda.

4.º Ser informado de las condiciones económicas que se van a plantear sobre los bienes expropiados.

Contestación:

1.º, 2.º, 3.º y 4.º Contestación similar a la de la alegación número 3.

Alegación número 5.-Doña Itsasne Etxarte Baraibar.

Alegación y contestación idénticas a la alegación número 2.

Alegación número 6.-Don José Andrés Vilches Corral.

1.º Que la carretera está muy alta debido a que, con el paso de los años, se ha estado recreciendo la calzada sin mirar el estado de las cotas de las casas, motivo por el que se le inunda la vivienda.

2.º Que, dado que se van a mover tierras de los lados de la carretera, el cableado existente ahora se canalice bajo las obras.

3.º Que por esta carretera se pasea mucho, pero que no hay aceras ni sitio para hacerlas.

4.º Que se deje espacio para el aparcamiento de unos cuatro vehículos entre la carretera y las verjas de su casa.

Contestación:

1.º y 2.º Se desestima lo alegado. En el proyecto de construcción se ha reducido el ámbito de la actuación, iniciándose la variante a la entrada de la empresa Manufacturas Irular, S.A. (Mafinsa), no afectando prácticamente a la carretera NA-7010 y no afectando a su parcela, por lo que no se modificará la rasante ni los servicios en esa zona.

3.º y 4.º Se desestima lo alegado. Al tratarse de una carretera no se proyectan aparcamientos y únicamente se dispondrán aceras para dar continuidad a las existentes.

Alegación número 7.-Doña Camino Iragui Signada.

1.º Expone que es propietaria de la finca 299-33 A, a la que se le expropian 90 m², que anteriormente ya hizo una cesión de 5 m en el cierre de la finca hasta alcanzar un total de 8 metros desde el límite de la carretera actual con el objetivo de contribuir a la conversión de la carretera en futura calle y que no entiende la necesidad de disponer un talud que afectará nuevamente a la mencionada finca.

2.º Que su vivienda, así como otras que conforman el barrio, según señalización del Gobierno de Navarra, están fuera del término de Izurdiaga y tampoco se encuentran en el de Irurtzun. Administrativamente pertenecen al Concejo de Izurdiaga, aspecto que no está señalizado.

3.º Que estas viviendas no disponen de red de saneamiento público a pesar de pagar el canon correspondiente.

4.º Que la carretera soporta una circulación intensa de vehículos sin ninguna protección para el peatón, ya que no existen ni aceras ni paso de peatones.

5.º Que el Plan Urbanístico contempla la edificación de una segunda vivienda en su parcela, con vistas a lo cual está colocada una puerta de acceso en el cierre de la finca.

Por todo lo cual, solicita:

1.º Que se concrete donde están los 90 m2 de expropiación.

2.º Que se haga una medición real del terreno cedido y del que supuestamente es objeto de expropiación.

3.º Que se cambie el talud por un muro de contención.

4.º Que se modifique la señalización de los términos municipales y se adecue a la realidad.

5.º Que se coordinen el Ayuntamiento y el Gobierno de Navarra para solventar el tema del saneamiento.

6.º Que se contemple el acceso a la vivienda que próximamente se va a construir en el punto que marca la puerta de acceso.

Contestación:

1.º, 2.º, 3.º, 6.º Se desestima lo alegado. En el proyecto de construcción se ha reducido el ámbito de la actuación, iniciándose la variante a la entrada de la empresa Manufacturas Irular, S.A. (Mafinsa) y no afectando prácticamente a la carretera NA-7010, por lo que no se afecta a su parcela.

4.º Se desestima lo alegado. No es objeto de este proyecto la señalización de los términos municipales, no obstante el Servicio de Conservación podrá realizarlo posteriormente, teniendo en cuenta las condiciones de visibilidad y seguridad vial.

5.º Se desestima lo alegado. No es objeto de este proyecto la instalación de la red de saneamiento, no obstante sí que se contempla la reposición de lo afectado en su ámbito de actuación, siendo el Departamento de Administración Local, a través de convenios con los Ayuntamientos, el que acomete este tipo de actuaciones.

Alegación número 8.-Don Javier Lázcoz Olaechea, en representación del Ayuntamiento del Valle de Arakil.

1.º Indica que el proyecto recoge el trazado general de la carretera pero que no se valoran con detalle las afecciones concretas a distintas parcelas de suelo urbano y su resolución (accesos, muros de contención, etc.).

2.º Solicita que la sección prevista en la carretera en el Concejo de Izurdiaga sea igual que la prevista en Irurtzun y que se contemple la construcción de aceras, tal y como se establece en el informe del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones del Gobierno de Navarra a la EMOT del Valle de Arakil en la que se indica : "g.-En los tramos urbanos o próximos a ellos por razones de seguridad vial deben construirse aceras de 1,5 metros de anchura adecuadamente iluminadas, situándolas a continuación del arcén e incluyendo en las mismas colector para las recogidas de aguas pluviales de la carretera".

3.º En el proyecto se eleva ligeramente la rasante, por lo que solicita que se resuelva adecuadamente la evacuación de pluviales, máxime cuando la rasante de alguna de las viviendas puede quedar por debajo de la cota del vial como consecuencia de los diferentes reasfaltados. En caso de ser necesario, solicita el fresado previo y descenso a la cota original de la carretera.

4.º Si bien en el archivo municipal no existe documentación sobre las infraestructuras existentes, solicita que se consideren las acometidas de abastecimiento y saneamiento al margen oeste de la carretera que podrían verse afectadas por las obras.

5.º Solicita que en el proyecto de construcción se resuelva el adecuado funcionamiento de la red de pluviales. En el p.k. 142 existe un punto bajo, y en el proyecto no queda claro si se prevé alguna actuación en dicho punto.

6.º Informa de que la actual unidad U67 (parcela 299 polígono 5), tiene la obligación, según planeamiento, de ceder una franja de terreno en su frente. Dicha cesión fue formalizada en agosto de 2007 estando pendiente la actualización en catastro. Adjunta acta de cesión de terrenos a efectos de que sea tenido en consideración por el Departamento para la correcta determinación de las superficies a expropiar. Al sur de dicha parcela existe un camino cuyo acceso deberá estar garantizado.

7.º En la zona objeto de proyecto existen viviendas que disponen de acometida de fecales a un pozo séptico situado dentro de las instalaciones de Alcoa o Sapa, cuestión que debería regularizarse, por lo que solicita que se aproveche la coyuntura de las obras para mejorar la red actual de saneamiento.

Contestación:

1.º a 7.º En el proyecto de construcción se ha reducido el ámbito de la actuación, iniciándose la variante a la entrada de la empresa Manufacturas Irular, S.A. (Mafinsa) y no se modifica por tanto la zona a la que hace referencia en la carretera NA-7010, en el término municipal del Valle de Arakil.

Las actuaciones en esta carretera dentro del Concejo de Izurdiaga quedan supeditadas, en su caso, a la solución del proyecto de supresión del paso a nivel en Izurdiaga, actualmente pendiente de información pública.

Para la renovación de las redes de servicios existentes (saneamiento, abastecimiento, electricidad, etc.) el Ayuntamiento podrá solicitar la colaboración del Departamento de Administración Local, Departamento competente en este tipo de actuaciones.

Alegación número 9.-Don José Lara San Alejo.

1.º Solicita que, como titular de la parcela numero 216 del polígono 2, se realice una medición de su parcela antes de iniciar las obras para confirmar que los metros existentes coinciden con los que constan en el registro de la propiedad.

2.º Solicita que se realice un cierre del lado de la parcela que linde directamente con la variante en función de la altura que tenga la variante.

Contestación:

1.º Se desestima lo alegado. La parcela 216 del polígono número 2 de Irurtzun no se ve afectada por la obras de construcción de la variante de Irurtzun.

2.º El proyecto contempla la reposición de los cierres afectados.

Alegación número 10.-Don Eduardo Artieda Zugasti, en representación del Concejo de Izurdiaga.

1.º Solicita que el tramo de la obra que discurre por el término de Izurdiaga sea considerado como calle urbana y no como carretera puesto que en su totalidad se desarrolla en el interior de suelto urbano, tal y como se refleja en el catastro, y que como tal le sean aplicadas las normativas específicas para calles urbanas.

2.º Que se rebaje la cota actual de la carretera, ya que, debido a sucesivos reasfaltados, la cota ha subido hasta actuar como barrera para la evacuación de las aguas pluviales en las proximidades de las casas, produciendo inundaciones en las mismas.

3.º Que las obras contemplen el soterramiento de los servicios afectados que en la actualidad discurren por la orilla del pavimento asfaltado.

4.º Que, teniendo en cuenta que se trata de una calle urbana, se proyecte una acera y se instalen un mínimo de dos pasos de peatones elevados para disminuir los riesgos que actualmente existen.

5.º Que el proyecto contemple tanto la adecuación de los pavimentos a las edificaciones actuales, como los accesos a las futuras edificaciones y a los caminos existentes en el lugar.

6.º Que se mantenga el mayor numero posible de plazas de aparcamiento.

7.º Que se traslade el letrero de aviso de inicio de núcleo urbano desde su situación actual hasta el inicio del término de Izurdiaga.

Contestación:

1.º a 6.º Se desestima lo alegado. En el proyecto de construcción se ha reducido el ámbito de la actuación, iniciándose la variante a la entrada de la empresa Manufacturas Irular, S.A. (Mafinsa) y no afectando a la carretera NA-7010 en el Concejo de Izurdiaga.

Las actuaciones en esta carretera dentro del Concejo de Izurdiaga quedan supeditadas, en su caso, a la solución del proyecto de supresión del paso a nivel en Izurdiaga, actualmente pendiente de información pública.

Para la renovación de las redes de servicios existentes (saneamiento, abastecimiento, electricidad, etc.) el Ayuntamiento podrá solicitar la colaboración del Departamento de Administración Local, Departamento competente en este tipo de actuaciones.

7.º Se desestima lo alegado. No es objeto de este proyecto la señalización de los términos municipales, no obstante el Servicio de Conservación podrá realizarlo posteriormente, teniendo en cuenta las condiciones de visibilidad y seguridad vial.

Alegación número 11.-Don Juan José Iriarte Vitoria en representación del Ayuntamiento de Irurtzun.

1.º Indica que el vial que se proyecta como continuación del vial 1 (existente) hasta la glorieta 2 tiene una sección actualmente de 3,0 m de acera, aparcamientos en fila a ambos lados y calzada de 7,0 m, siendo la anchura total del vial de 17,4 metros, por lo que solicita que se contemple la continuidad de estos parámetros en el proyecto "Variante de Irurtzun".

2.º Indica que debería considerarse la reposición del acceso a los garajes situados en la trasera de los edificios números 5 y 7 de la Calle Aralar a través de la glorieta 1.

3.º La construcción de la nueva variante va a suponer que el trafico con dirección hacia San Sebastián/Donostia y el de entrada a la localidad se desplace de forma importante al cruce existente a la altura del número 40 de la calle Dos Hermanas, por lo que solicita la adaptación de este cruce al nuevo tráfico que ha de absorber.

4.º Solicita que la variante contemple la dotación de una pasarela peatonal en el tramo próximo a la rotonda proyectada a la altura de la calle Aralar, por ser una zona de paso hacia el área industrial y de paseo muy utilizado por los vecinos.

5.º Solicita el cierre de las propiedades colindantes con la variante de mutuo acuerdo con los propietarios.

6.º Solicita que se estudie todo lo relacionado con los ruidos por construirse la variante muy próxima a viviendas.

7.º Solicita que se estudie, desde el punto de vista de la seguridad vial y visibilidad, el cruce situado frente a la empresa Manfisa, ya que puede generar un "punto negro" importante. A su vez, solicita que se estudien los pasos de cebra necesarios para el acceso peatonal a la zona industrial de Manfisa y Saprem.

8.º Expone que, en el apartado de préstamos y vertederos del proyecto se dice que se utilizará la cantera de Oskia, y que una de las razones para desechar la alternativa de Oskia-Gulina en el Estudio Informativo fue el cierre de dicha cantera e indica que supuestamente el cierre no se va a producir y que, en su caso, se va a realizar su regeneración. Alega que, en cualquiera de los casos, seguirán pasando vehículos pesados por el caso urbano, por lo que solicita que se ralentice la velocidad a 50 km/hora y que se permita al Ayuntamiento de Irurtzun que prohíba circular por el casco urbano a vehículos pesados salvo para carga y descarga.

9.º Solicita que se corrijan inexactitudes reflejadas en la documentación, ya que si se mantienen las rasantes actuales no sería necesario reponer la red de saneamiento.

Contestación:

1.º Se desestima lo alegado. El tratamiento que se da tanto a la variante como a la prolongación del vial 1 es el de carretera, por lo que no se dispone zona de aparcamiento. Únicamente se dispondrán aceras para dar continuidad a las existentes.

2.º Se acepta lo alegado. El proyecto contempla el acceso a este aparcamiento desde la calle Aralar. Se ha proyectado una glorieta tipo "lágrima" en la calle Aralar para canalizar los movimientos.

3.º Se acepta lo alegado. El proyecto contempla la modificación del cruce de referencia por una la glorieta cerrada.

4.º Se desestima lo alegado. Se han proyectado pasos de peatones tanto en las proximidades de las glorietas como en el inicio de la variante.

5.º El proyecto repondrá los cerramientos afectados por las obras.

6.º Se acepta lo alegado. El proyecto contempla un estudio de ruido que concluye que la afección que se producirá tendrá carácter de leve.

7.º Se acepta lo alegado. Las obras de la variante de Irurtzun comienzan en una intersección situada frente a la empresa Manfisa que se ha diseñado ateniéndose a los criterios de seguridad y visibilidad exigidos. El acceso peatonal a la zona industrial se realizará a través de los pasos de peatones a nivel proyectados en las inmediaciones de las glorietas así como en el inicio de la variante.

8.º La cantera de Oskia se utilizará para suministro de material. Dicha cantera, si bien va a ser clausurada, permite todavía la extracción de material para conferirle taludes revegetables.

La velocidad de paso de vehículos por el casco urbano de Irurtzun se limitará a 50 km/hora como en toda travesía.

Hasta que no se complete el vial 3 con las actuaciones que llevará a cabo el Ayuntamiento de Irurtzun no se podrá prohibir el paso de vehículos pesados por el núcleo de Irurtzun.

9.º Se han estudiado la reposición de los servicios afectados, intentándose reducir las afecciones al mínimo. Todo servicio afectado será repuesto.

Alegación número 12.-Don Juan José Lopetegui Larráyoz.

Solicita que se modifique el trazado de la variante en las inmediaciones de las parcelas número 219 y 240 del polígono 2, dejándolo, tal y como se proyectaba en el Plan Municipal o, en su defecto, se proyecte una carretera que no invada las parcelas definidas en el Proyecto de Reparcelación de la U7 ya aprobado.

Contestación:

La solución proyectada ha sido consensuada con los técnicos del Ayuntamiento respetando el planeamiento municipal.

Una vez resueltas las alegaciones presentadas y efectuadas las modificaciones requeridas en el informe justificativo del cumplimiento de las determinaciones establecidas en la Declaración de Impacto Ambiental del Director General de Medio Ambiente y Agua, la relación de bienes y derechos afectados ha cambiado, quedando como figura en el Anexo.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2) del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

1.º Resolver la fase de información pública y de audiencia a las entidades locales afectadas por el "Proyecto de Construcción de la carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun). Tramo variante de Irurtzun" en el sentido expresado en la parte expositiva.

2.º Aprobar definitivamente el "Proyecto de Construcción de la carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun). Tramo variante de Irurtzun", cuyo presupuesto base de licitación asciende a 1.192.532,69 euros, IVA incluido, así como la relación de bienes y derechos afectados que se adjunta.

3.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra y en uno de los diarios de mayor circulación de la Comunidad Foral.

4.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, a la Sección de Expropiaciones, a los Ayuntamientos de Irurtzun y del Valle de Arakil y a los alegantes, a los efectos oportunos.

5.º Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 17 de diciembre de 2009.-La Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Laura Alba Cuadrado.

ANEXO

"Proyecto de construcción de la carretera NA-7010 (Astráin-Irurtzun). Tramo: Variante de Irurtzun"

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

FINCA

NÚMERO

PROPIETARIO Y DOMICILIO

SUPERFICIE

CATASTRO

USO, DESTINO O CULTIVO

EXP. m2

POL.

PARC.

TÉRMINO MUNICIPAL DE IRURTZUN

IR-01

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

7

2

555

Suelo

IR-02

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

10

2

553

Suelo

IR-03

Hydro Aluminium Inasa S.A.

c/ Aralar, 9 (Irurtzun)

1.492

242

2

547

Suelo

Pavimento

IR-03.1

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

1.249

2

698

Suelo

IR-04

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

406

2

318

Suelo

IR-04.2

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

8

2

214

Suelo

IR-05

Manufacturas Irular S.A.

c/ Estella, 42 (Irurtzun)

75

4

10

2

189

Suelo

Edificación

Pavimento

IR-06

Ruiz de Erenchun Del Castillo, Pablo

c/ San Fermín, 6 (Pamplona)

16

2

218

Suelo

IR-07

Manufacturas Irular S.A.

c/ Estella, 42 (Irurtzun)

42

4

2

188

Suelo

Báscula

IR-08

Lopetegui Larráyoz, Agustín

Lopetegui Larráyoz, José Julio

c/ Amaya, 5 (Irurtzun)

Lopetegui Larráyoz, Juan José

Av. Sancho El Fuerte, 57 (Pamplona)

4

2

690

Suelo

IR-08.1

Lopetegui Larráyoz, Agustín

Lopetegui Larráyoz, José Julio

c/ Amaya, 5 (Irurtzun)

Lopetegui Larráyoz, Juan José

Av. Sancho El Fuerte, 57 (Pamplona)

7

2

691

Suelo

IR-08.2

Lopetegui Larráyoz, Agustín

Lopetegui Larráyoz, José Julio

c/ Amaya, 5 (Irurtzun)

Lopetegui Larráyoz, Juan José

Av. Sancho El Fuerte, 57 (Pamplona)

42

2

692

Suelo

IR-09

Comercial y Bobinados Manufactura

c/ Estella, 42 (Irurtzun)

266

194

2

220

Suelo

Vivienda

IR-10

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

13

2

652

Suelo

IR-12

Adania Patrimonio S.L.

c/ Cordovilla B-4 (Cordovilla)

3

2

642

Suelo

IR-13

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

382

2

487

Suelo

IR-14

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

174

2

654

Suelo

IR-15

Lopetegui Larráyoz, Agustín

Lopetegui Larráyoz, José Julio

c/ Amaya, 5 (Irurtzun)

Lopetegui Larráyoz, Juan José

Av. Sancho El Fuerte, 57 (Pamplona)

97

2

240

Suelo

IR-16

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

138

2

238

Suelo

IR-17

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

96

2

662

Suelo

IR-18

Dorronsoro Expósito, Bibiano

c/ Amaya, 15 (Irurtzun)

271

2

239

Suelo

IR-19

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

1.929

2

620

Suelo

IR-20

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

303

2

241

Suelo

IR-21

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

71

2

619

Suelo

IR-22

Barberena Iráizoz, Petra

c/ Oskia/Oskia Kalea, 12

6

2

245

Suelo

IR-23

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

14

2

554

Suelo

PARCELAS AFECTADAS POR SERVICIOS AFECTADOS

Relacion concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

FINCA

NÚMERO

TITULAR Y DOMICILIO

IMPOSIC. SERVIDUMBRE

OCUPAC.

DEF. m2

OCUPAC.

TEMPORAL

TIPO

SERVICIO

CATASTRO

ml

m2

AP.-ARQ

m2

POL.

PARC.

CULTIVO

TÉRMINO MUNICIPAL DE IRURTZUN

IR-04

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

41

149

1

43

Electricidad

2

318

Suelo

IR-04.1

Dorronsoro Expósito, Bibiano

c/ Amaya, 15 (Irurtzun)

2

2

4

17

Electricidad

2

213

Suelo

IR-07

Manufacturas Irular S.A.

c/ Estella, 42 (Irurtzun)

134

390

12

863

Telefonía

2

188

Suelo

IR-08

Lopetegui Larráyoz, Agustín

Lopetegui Larráyoz, José Julio

c/ Amaya, 5 (Irurtzun)

Lopetegui Larráyoz, Juan José

Av. Sancho El Fuerte, 57 (Pamplona)

4

6

4

105

Telefonía

2

219

Suelo

IR-09

Comercial y Bobinados Manufactura

c/ Estella, 42 (Irurtzun)

3

4

22

Telefonía

2

220

Suelo

IR-10

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

59

Gas

2

652

Suelo

IR-11

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

4

2

46

Gas

2

653

Suelo

IR-13

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

38

65

4

336

Gas

2

487

Suelo

IR-14

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

16

24

71

Gas

2

654

Suelo

IR-16

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

1

1

Gas

2

238

Suelo

PARCELAS AFECTADAS POR INSTALACIONES AUXILIARES

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

FINCA

NÚMERO

PROPIETARIO Y DOMICILIO

SUPERFICIE

EXP. m2

OCUPACIÓN

TEMPORAL m2

CATASTRO

CULTIVO

POL.

PARC.

TÉRMINO MUNICIPAL DE IRURTZUN

IR-19

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

663

2

620

Suelo

IR-21

Ayuntamiento de Irurtzun

Pz. Fueros, 1 (Irurtzun)

1.272

2

619

Suelo

PARCELAS AFECTADAS POR VERTEDEROS

Relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados.

FINCA

NÚMERO

PROPIETARIO Y DOMICILIO

SUPERFICIE

EXP. m2

OCUPACIÓN

TEMPORAL m2

CATASTRO

CULTIVO

POL.

PARC.

TÉRMINO MUNICIPAL DE ARAKIL

AR-01

Oroz Beraza, Ana María

Av. Scho. el Fuerte, 27-5.º D (Pamplona)

11.927

5

303

Prado

F0928613

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