BOLETÍN Nº 118 - 29 de septiembre de 2010

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

BERRIOZAR

Convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo
de Responsable del servicio de limpieza viaria
(número 009 de la plantilla orgánica)

Acuerdo de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Berriozar de 7 de septiembre de 2010 por el que se aprueba la Convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de un puesto de trabajo de Responsable del Servicio de Limpieza viaria (número 009 de la Plantilla Orgánica).

BASES

Base 1. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria pública la provisión, mediante concurso-oposición prevista en el artículo 15.6 Decreto Foral Legislativo 251/1993, que aprueba el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, de una plaza de Responsable del Servicio de Limpieza viaria del Ayuntamiento de Berriozar, de Nivel C, e identificada en plantilla orgánica con el número 009.

1.2. Podrán participar en la presente convocatoria de provisión los/as trabajadores/as de la plantilla orgánica del Ayuntamiento de Berriozar encuadrados en el nivel D.

1.3. La persona que, tras las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para el puesto de trabajo será encuadrada en el nivel "C" como Responsable del Servicio de Limpieza viaria del Ayuntamiento de Berriozar

1.4. La persona que tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para el puesto de trabajo de será encuadrada en el nivel o grupo C y percibirá las retribuciones correspondientes a dicho puesto de trabajo previstas en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Berriozar, debiendo amortizarse su plaza en propiedad, de forma que la presente convocatoria no suponga en ningún caso, incremento en el número de puestos de plantilla.

1.5. La participación en esta promoción de nivel no supondrá, en ningún caso, modificación de la concreta adscripción del puesto de trabajo, ni del régimen jurídico que tuviera la persona aspirante antes de la promoción, continuando, así mismo, con el mismo régimen de Seguridad Social y asistencia sanitaria.

1.6. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

Base 2. Funciones a desempeñar.

Las funciones a desarrollar serán las propias de su nivel, correspondiéndose con las del puesto de Responsable del Servicio de Limpieza:

-Se coordinará con las diferentes áreas municipales: secretaría, intervención y urbanismo, así como con los/as técnicos/as municipales.

-Será responsable, junto con el Jefe de Obras y Servicios, de organizar el trabajo y los trabajadores adscritos al Servicio Municipal de Limpieza. Trabajará según las directrices del Jefe de obras y Servicios.

-Coordinará y planificará los trabajos a realizar por el equipo de limpieza.

-Se coordinará con los responsables de las áreas de obras y jardines, cuando su labor así lo requiera. Se coordinará asimismo, con la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona cuando ello sea necesario.

-Planificará diariamente el trabajo a realizar y distribuirá a los/as empleados/as por zonas.

-Realizará el seguimiento y evaluación de los trabajos realizados.

-Seguirá las directrices y los criterios de actuación marcados para su área por parte del Jefe de Servicios Múltiples.

-Sustituirá a los responsables de jardines y obras en casos de ausencia, así como al Jefe de Servicios Múltiples, si fuera necesario.

-Se encargará de informar al Jefe de Servicios Múltiples de la previsión de los gastos anuales de su servicio.

-Elaborará y propondrá al Jefe de Servicios Múltiples, la programación anual de las horas de trabajo, los calendarios laborales y vacaciones del personal adscrito al servicio de limpieza. Informará al Jefe de Servicios Múltiples sobre la puntualidad y asistencia del personal de limpieza, comunicándole asimismo, las deficiencias observadas.

-Propondrá al Jefe de Servicios Múltiples las necesidades de personal y las posibles contrataciones para vacaciones, bajas, y trabajos específicos de duración determinada, en el área de limpieza.

-Propondrá las modificaciones que considere necesarias para mejorar el servicio.

Será responsable de toda la maquinaria asignada al servicio de limpieza.

Comunicará al Jefe de Servicios Múltiples posibles deficiencias existentes en las máquinas y herramientas utilizadas en el servicio de limpieza, asimismo le comunicará, posibles necesidades de herramientas y maquinaria.

-Velará por el cumplimiento y aplicación del plan de prevención de riesgos laborales del Ayuntamiento en coordinación con los demás responsables de servicios, comunicando de inmediato, al Jefe de Servicios Múltiples, cualquier incidencia que se produzca en su área.

-Redactará un informe anual de las tareas realizadas por el Servicio de limpieza que entregará al Jefe de Servicios Múltiples, al Concejal de Urbanismo y al Alcalde, dentro del primer trimestre del año siguiente

-Cuantas funciones les sean encomendadas en el área de servicios múltiples.

Base 3. Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitida a la presente oposición, las personas aspirantes deberán reunir en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ostentar la condición de funcionario o contratado laboral fijo al servicio del Ayuntamiento de Berriozar y hallarse encuadrado en el nivel D.

b) Tener nombramiento en propiedad para el puesto de trabajo del Ayuntamiento de Berriozar objeto de promoción.

c) No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

d) Acreditar cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas de Navarra.

e) Estar en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

f) Estar en posesión del permiso de conducir de categoría B1 y C1, como mínimo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Los requisitos señalados en las letras d) y e) podrán suplirse por la acreditación de ocho años de antigüedad reconocida de servicios efectivamente prestados en las Administraciones Públicas de Navarra.

El cumplimiento de los anteriores requisitos se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 4. Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la Convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Berriozar, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, y hasta las catorce horas del último día si es hábil o el siguiente que lo sea, o bien, de cualquiera de las formas establecidas en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo I en la presente convocatoria, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.2. Se acompañará asimismo, mediante documento original o copia compulsada la documentación acreditativa de los méritos que deban ser objeto de valoración en la fase de concurso.

Se hará constar igualmente si el suscribiente desea realizar una prueba de nivel para acreditar su conocimiento de euskera.

4.3. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.4. Los errores materiales o de hecho que se adviertan en la solicitud podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición de la persona interesada.

Base 5. Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Berriozar y en el Boletín Oficial de Navarra.

5.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro del plazo de diez días hábiles a esta publicación en el Boletín Oficial de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudiera haber incurrido.

En el supuesto de no existir aspirantes excluidos, la lista de aspirantes admitidos pasará a definitiva y se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el Alcalde dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y ordenará su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Base 6. Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Xabier Lasa Gorraiz, Alcalde del Ayuntamiento del Berriozar.

Suplente: Doña Inma del Río Lorea, Primera Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar.

-Vocal 1.º: Don Patxi Iriarte Etxenike Arquitecto Técnico del Ayuntamiento del Berriozar.

Suplente: Doña Rosa Ramos Alfaro, Técnica de Euskera del Ayuntamiento del Berriozar.

-Vocal 2.º : Don José Miguel Egea Noain, Jefe de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Burlada.

Suplente: Don Ricardo. Pascual Ustarroo, Arquitecto Municipal del Ayuntamiento de Berriozar.

-Vocal 3.º: Representante del personal del Ayuntamiento de Berriozar.

Suplente: Representante del personal del Ayuntamiento de Berriozar.

-Secretaria: La de la corporación.

Suplente: la persona que designe la titular.

6.2. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su Presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.

6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

Así mismo, podrá dictar las normas internas de funcionamiento que considere necesarias para el correcto desarrollo de todas o algunas de las pruebas del concurso-oposición, siempre con sujeción a las bases de la convocatoria.

6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Así mismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquéllas.

Base 7. Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados y debidamente justificados, de acuerdo con el baremo que sigue. El Tribunal podrá, en cualquier momento, solicitar aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

7.2. La fase del concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una valoración máxima de 30 puntos distribuidos de la siguiente forma:

1.º Experiencia laboral: Máximo: 15 puntos.

-Por haber prestado servicios como Encargado desempeñando las funciones indicadas en la base 2 de la presente convocatoria en cualquier Administración Pública: 1,5 puntos por año completo. Cuando no se llegue al año, por cada mes entero se otorgarán 0,13 puntos. Para acreditar estos méritos será necesario presentar certificación de la Administración Pública, el contrato de trabajo o fotocopia compulsada del mismo. (Deberá acreditarse claramente la fecha de inicio del contrato así como la de finalización de la relación laboral o funcionarial y las funciones realizadas).

-Por haber prestado servicios desempeñando funciones de nivel D, de servicios múltiples en cualquier Administración Pública: 1 punto por año completo. Cuando no se llegue al año, por cada mes entero se otorgarán: 0,08 puntos. Para acreditar este mérito será necesario presentar certificación de la Administración Pública, el contrato de trabajo o fotocopia compulsada del mismo. (Deberá acreditarse claramente la fecha de inicio del contrato así como la de finalización de la relación laboral o funcionarial y las funciones realizadas).

En el supuesto de que sólo se acrediten servicios prestados en el Ayuntamiento de Berriozar, no será necesario aportar ninguno de los documentos citados, bastará con aportar una declaración jurada indicando puesto y tiempo trabajado.

2.º Formación: Máximo 10 puntos.

Cursos de formación realizados y debidamente acreditados, relacionados con las actividades propias del puesto de trabajo a cubrir, y así mismo, cursos de seguridad e higiene en el trabajo y prevención de riesgos laborales, realizados con posterioridad al ingreso en el Ayuntamiento de Berriozar, se valorarán con el siguiente criterio:

-Cursos superiores a 100 horas: 8 puntos por curso.

-Cursos superiores a 20 horas: 1,6 puntos por curso.

-Cursos superiores a 10 horas: 0,8 puntos por curso.

3.º Conocimiento de euskera: Máximo 5 puntos:

Podrá ser acreditado mediante certificado de aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente, o mediante la superación de una prueba a determinar por el Tribunal calificador. Las personas aspirantes que deseen hacer la prueba de conocimiento de euskera deberán indicarlo en la instancia general. Esta prueba se realizará con antelación a las pruebas previstas en la fase de oposición. El conocimiento de euskera se valorará del siguiente modo:

PUNTOS

NIVEL DE CONOCIMIENTO ORAL Y ESCRITO

(Marco Europeo Común)

5

C1 (5.º EOI = EGA)

4

B2 (4.º EOI)

3

B1 (3.º EOI)

2

A2 (2.º EOI)

1

A1 (1.º EOI)

Base 8. Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición tendrá una valoración máxima de 70 puntos, constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio: Teórico. Consistirá en un examen con preguntas breves o tipo test, a determinar por el Tribunal, que versarán sobre los temas previstos en el Anexo II de la convocatoria. El Tribunal determinará la duración máxima del ejercicio, que no excederá de dos horas.

Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 35 puntos. Para superar dicho ejercicio, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener un mínimo de 17 puntos, no penalizando las respuestas erróneas.

b) Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos teórico-prácticos, relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo descritas en la base 2.

Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 35 puntos. Para superar dicho ejercicio, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener un mínimo de 17 puntos.

8.2. Los ejercicios se realizarán mediante llamamiento único al que los aspirantes deberán acudir provistos de Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparecieran al mismo quedarán eliminados. Cualquier fraude en las pruebas será causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de las actuaciones penales si procedieran.

8.3. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán, para los aspirantes con discapacidad reconocida que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

Base 9. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal.

9.1. Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Berriozar la relación de aprobados con las calificaciones obtenidas en el concurso oposición y elevará al Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar, junto con el expediente completo dicha relación y la propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el Boletín Oficial de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el segundo ejercicio y si persistieran, se tomarán en consideración las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio y de persistir, se tomar en consideración la mejor puntuación del concurso.

9.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Boletín Oficial de Navarra de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar en el Registro del Ayuntamiento de Berriozar, los siguientes documentos:

a) Copia compulsada del título exigido en la base segunda de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

b) Documentos que acrediten el resto de requisitos fijados en la base 2 de la convocatoria.

Toda la documentación deberá ser presentada mediante original o copia compulsada.

9.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado/a, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.4. En el supuesto previsto en el caso del Apartado 9.3, la baja se cubrirá con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9. 1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

9.5. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de alguno/a de las/os aspirantes propuestos, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento a la siguiente persona aprobada con puntuación sucesiva.

Base 10. Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Alcalde realizará el nombramiento mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial de Navarra.

10.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de trabajador del Ayuntamiento de Berriozar. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 9.4 de la convocatoria.

Base 11. Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante la Junta de Gobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de reposición de alzada ante la Junta de Gobierno en el mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

Berriozar, 9 de septiembre de 2010.-El Alcalde, firma ilegible.

ANEXO I

Modelo de instancia

1.-Datos personales:

Don/doña ......................., mayor de edad, con D.N.I. número .........., nacido/a el día ............... de ......................, 19 ........., natural de ...................................., (..........................), con domicilio en ............................ (..................), calle .........................., número .............. código postal ................., teléfono ......................

2.-Datos administrativos:

a) Puesto de trabajo para el que fue nombrado/a:

b) Situación administrativa:

[ ] En situación de servicio activo (si se trata de situación similar al activo, especifíquese cual).

c) Destino actual:

d) Nivel o grupo de encuadramiento:

[ ] Nivel D.

3.-El que suscribe manifiesta bajo su responsabilidad que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria cuya finalidad es la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición de una plaza de Jefe de Obras y Servicios del Ayuntamiento de Berriozar.

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico alguno que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no incurre en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

4.-Que desea realizar la prueba de nivel de euskera.

[ ] Desea realizar la prueba de nivel de euskera

5.-Que aporta la documentación que ha de ser objeto de valoración en la fase de concurso.

Por todo lo expuesto,

Solicita se sirva tener por presentada en tiempo y forma esta instancia, y en su virtud, admita al/la que suscribe a la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida de "Jefe de Obras y Servicios" para el Ayuntamiento de Berriozar (Navarra) al servicio del Ayuntamiento de Berriozar.

Berriozar, a .................... de ................................. de 20...........
(Firma)

Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Berriozar.

ANEXO II

Temario

Tema 1.-Seguridad e Higiene en el trabajo. Artículos para la protección personal y colectiva. Medidas de seguridad en las diferentes fases de trabajo.

Tema 2.-El Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Clases de personal. Las situaciones administrativas. Los derechos, deberes.

Tema 3.-Decreto Foral 11/2009, de 9 de febrero. Reglamento de vacaciones, licencias y permisos del personal funcionario al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Tema 4.-Organización y planificación del trabajo. Preparación del equipo y del material a emplear.

Tema 5.-Maquinaria y herramientas necesarias para el trabajo a desarrollar. Tipos, conocimiento y manejo. Condiciones de seguridad.

Tema 6.-Funciones del encargado de limpieza.

Tema 7.-Medidas de seguridad a adoptar en la realización de los trabajos: señalización.

Tema 8.-Convenios colectivos en vigor en el Ayuntamiento de Berriozar.

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