BOLETÍN Nº 49 - 24 de abril de 2009

2. Administración Local de Navarra

2.2. Autoridades y Personal

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

DONEZTEBE/SANTESTEBAN

Aprobación modificación de retribuciones, asistencias,
e indemnizaciones a los miembros de la Corporación
por el ejercicio de sus cargos

En sesión que el Pleno del Ayuntamiento de Doneztebe/Santesteban celebró el día 30 de enero de 2009, adoptó el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva dice así:

Vistos los artículos 56.1 de la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con el artículo 13 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, todos ellos referidos a la dedicación y retribuciones de los miembros de las Corporaciones Locales.

Vista asimismo, la Ley Foral 17/2004, de 3 de diciembre que establece la cuantía y reparto del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los tributos de Navarra (artículo 15).

Vista la propuesta de la Comisión de Administración Municipal de 12 de diciembre de 2008.

Debatido el asunto, la Corporación por unanimidad acuerda:

Primero.-Modificar el acuerdo plenario de fecha 29 de julio de 2005 en el sentido de que los miembros de la Corporación que no tienen asignada dedicación exclusiva percibirán las siguientes cantidades brutas por asistencia a reuniones de comisiones informativas: setenta y cinco (75) euros por cada asistencia.

Segundo.-El presente acuerdo entrará en vigor con efectos retroactivos, a partir del día 1 de enero de 2009.

Tercero.-Dar traslado del presente acuerdo a la Intervención Municipal y al Departamento de Administración Local, a los efectos previstos en la Ley Foral 17/2004 (Boletín Oficial de Navarra número 150 de 15 de diciembre de 2004).

Cuarto.-Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de Navarra y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.

Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo podrá interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el ámbito de las respectivas competencias, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, artículos 80.1 y 101, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acuerdo/resolución, o, previamente y con carácter potestativo: Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que hubiese dictado el acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de este acuerdo/resolución, o Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de este acuerdo/resolución.

Doneztebe/Santesteban, 12 de febrero de 2009.-El Alcalde, Miguel San Miguel Azpiroz.

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