BOLETÍN Nº 149 - 4 de diciembre de 2009

1. Comunidad Foral de Navarra

1.7. Otros

ORDEN FORAL 103/2009, de 24 de noviembre, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se somete el "III Plan Director de Carreteras de Navarra 2009-2016" a información publica y a audiencia de las entidades locales afectadas y de los agentes y entidades sociales más relacionados con el mismo, así como a los efectos del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica.

El Plan Director de Carreteras de Navarra es el documento de planificación para el desarrollo y gestión de la Red de Carreteras de Navarra, entendida como una infraestructura pública determinante en el desarrollo económico de la Comunidad Foral, para su cohesión territorial y para el acceso de las empresas y ciudadanos a los lugares de actividad, trabajo, ocio, estudios y servicios públicos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.1 la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, el Plan Director de Carreteras es el instrumento técnico y jurídico de planificación plurianual de las carreteras en el ámbito de la Administración de la Comunidad Foral.

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra ha contado con documentos de planificación que se concretan en el "Avance del Plan Director de Carreteras de Navarra de 1986", el "Plan Trienal de Inversiones 1989-1991", el "I Plan Director de Carreteras de Navarra 1998-2005", y por último, el "II Plan Director de Carreteras de Navarra 2002-2009". Finalizada la vigencia del II Plan Director de Carreteras, es necesario disponer de un nuevo documento de planificación de carreteras para los próximos años, por lo que se ha procedido a la elaboración del III Plan Director de Carreteras de Navarra. Este III Plan Director de Carreteras de Navarra define las actuaciones a realizar en el periodo 2009-2016.

Para su elaboración se ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 14 de Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, por lo que una vez emitido el informe del Departamento de Economía y Hacienda, se remitió al resto de Departamentos para que se manifestaran sobre su contenido.

Posteriormente se remitió al Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente el Estudio de Incidencia Ambiental para que por parte de éste se comprobara su suficiencia desde el punto de vista medioambiental, el cual lo informó favorablemente. Con fecha 17 de noviembre de 2009 se ha informado favorablemente por la Comisión de Ordenación del Territorio.

Por Acuerdo de 23 de noviembre de 2009, el III Plan Director de Carreteras de Navarra ha sido tomado en consideración por el Gobierno de Navarra.

Por todo ello, de conformidad con lo indicado en el artículo 14.6 de la Ley Foral de Carreteras de Navarra, el Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones debe someter el Plan Director a información pública, por un plazo de dos meses, durante el cual se dará audiencia a las entidades locales afectadas y a los agentes y entidades sociales más relacionados en el mismo. Igualmente debe someterse a información pública en base a lo dispuesto en el artículo 33.2 de la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2 del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones,

ORDENO:

1.º Someter el "III Plan Director de Carreteras de Navarra 2009-2016" a información publica y a audiencia de las entidades locales afectadas y de los agentes y entidades sociales más relacionados con el mismo, así como a los efectos del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica, durante un período de dos meses. En este período se podrán formular, por escrito, cuantas observaciones o alegaciones se estimen oportunas. Los interesados tendrán a su disposición el Plan Director y el Estudio de Incidencia Ambiental en las oficinas del Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, así como en la página web del citado Departamento:

http://www.cfnavarra.es/obraspublicas/info/publica.htm

2.º Publicar la presente Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra y en uno de los diarios de mayor difusión editados en Navarra.

3.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, a los efectos oportunos.

Pamplona, 24 de noviembre de 2009.-La Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Laura Alba Cuadrado.

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