BOLETÍN Nº 93 - 30 de julio de 2008

II. ADMINISTRACIÓN LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

BERRIOZAR

Convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para sustituciones de Técnicos/as de Euskara al servicio de los Ayuntamientos indicados en las bases

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la creación de una bolsa de trabajo para sustituciones de Técnicos/as de euskara en las siguientes entidades locales: Ayuntamiento del Valle de Aranguren, Ayuntamiento de Auritz-Burguete, Ayuntamiento de Barañain, Ayuntamiento de Baztan, Ayuntamiento de Berrioplano, Ayuntamiento de Berriozar, Ayuntamiento de Puente la Reina, Ayuntamiento de Estella, Ayuntamiento de Orkoien, Ayuntamiento de Tafalla, Ayuntamiento de Zizur Mayor, Junta General del Valle de Aezkoa, Junta General del Valle de Roncal, Mancomunidad de Euskara de Bortziriak, Mancomunidad de Irantzu, Mancomunidad de Euskara de Navarra Norte, Mancomunidad de Malerreka y Mancomunidad de Servicios de Uharte-Esteribar.

1.2. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio y demás disposiciones que lo desarrollan o modifican. Si resultara nombrado un aspirante con titulación superior, la retribución sería la correspondiente a la titulación exigida para el puesto.

1.3. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano administrativo competente.

2.-Funciones a desempeñar.

2.1. Elaboración, gestión, seguimiento y control de los planes generales y sectoriales para la normalización y fomento del euskara en la entidad local correspondiente.

2.2. Velar por el cumplimiento de todos los acuerdos adoptados por la entidad local correspondiente, así como su control y seguimiento.

2.3. Prestar apoyo y ayuda técnica a los Servicios prestados por la entidad local correspondiente, así como a los demás sectores de la sociedad de dicha entidad local en sus actividades relacionadas con el euskara.

2.4. Asesorar a los grupos de la entidad local correspondiente y demás agentes sociales de la misma, en materias relacionadas con la sociolingüística.

2.5. Participar en las comisión de euskara de la entidad local correspondiente.

2.6. Impulsar las relaciones con otros Ayuntamientos, Mancomunidades, Servicios de Euskara e Instituciones Forales, así como su coordinación.

2.7. Impulsar las relaciones con asociaciones y grupos, tanto locales como foráneos, que trabajan en la normalización y fomento del euskara, así como su coordinación.

2.8. Cualquier otra que le sea encomendada por la entidad local correspondiente, siempre y cuando esté relacionada con el puesto de trabajo.

3.-Requisitos de los/las aspirantes.

3.1. Para ser admitidos/as a la presente oposición, los/las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales suscritos por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles o de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión del título de euskara EGA o equivalente.

d) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente el Título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública. Los/Las aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y contratados en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del contrato.

g) Estar en posesión de permiso de conducir como mínimo de clase B.

4.-Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Berriozar, en el plazo de 30 días naturales desde la publicación de esta convocatoria.

4.2. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria y se acompañarán de la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.

b) Fotocopia compulsada de los documentos justificativos de reunir los requisitos exigidos en el apartado 3.1 de la presente convocatoria.

c) Fotocopia compulsada de los méritos de posible valoración en la fase de concurso.

5.-Admisión de aspirantes y procedimiento.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación.

5.2. Los/Las aspirantes excluidos/as, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará la publicación de la misma.

6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: el Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar.

-Suplente: representante municipal que nombre el Alcalde del Ayuntamiento de Berriozar.

-Vocal: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

-Suplente: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

-Vocal: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

-Suplente: Técnico/a de euskara nombrado/a por Nafarroako Euskara Teknikarien Lanbide Elkartea/Asociación Profesional de Técnicos/as de euskara de Navarra.

-Vocal: Técnico/a de euskara designado/a por Euskarabidea del Gobierno de Navarra.

-Suplente: Técnico/a de euskara designado/a por ENAI-Instituto Navarro del Euskera.

-Secretaria: la secretaria del Ayuntamiento de Berriozar.

-Suplente: la persona designada por la secretaria del Ayuntamiento de Berriozar.

6.2. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su Presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.

6.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, los/las aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

7.-Desarrollo del concurso.

7.1. La fase del concurso tendrá una valoración máxima de 25 puntos distribuidos de la siguiente forma:

a) Por haber trabajado en una entidad local en puesto de Técnico de Euskara, por cada año, 3 puntos, hasta un máximo de 9 puntos. Por fracción, la parte proporcional.

b) Por haber trabajado en otra administración pública en puesto de Técnico de Euskara, por cada año, 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Por fracción, la parte proporcional.

c) Por haber trabajado en asociaciones o entidades privadas en la normalización del euskara como dinamizador, coordinador o técnico, por cada año, 1 punto, hasta un máximo de 3 puntos. Por fracción, la parte proporcional.

d) Titulaciones académicas:

-Postgrados en Planificación Lingüística: 4 puntos.

-Licenciatura en Filología Vasca: 1 punto.

-Licenciatura en Sociología: 1 punto.

e) Por asistencia a cursos de duración superior a 15 horas, que a juicio del Tribunal guarden relación con el puesto de trabajo a que se refiere la convocatoria, máximo 2 puntos.

En este apartado se tendrán en cuenta los cursos sobre sociolingüística y los cursos de perfeccionamiento del nivel de euskera (superiores a nivel EGA). No se tendrán en cuenta los cursos relacionados con el ámbito de la lingüística. Los puntos se distribuirán de la siguiente forma:

-Por cada curso de 10-30 horas de duración: 0,20 puntos.

-Por cada curso de 31-50 horas de duración: 0,40 puntos.

-Por cada curso de 51-100 horas de duración: 0,60 puntos.

-Por cada curso de más de 101 horas de duración: 0,80 puntos.

f) Por publicaciones, comunicaciones, trabajos de investigación relativos a materias relacionadas con la convocatoria, según valoración del Tribunal, máximo 2 puntos.

-Por cada libro publicado: 1 punto.

-Por cada artículo publicado: 0,25 puntos.

-Por cada comunicación, conferencia, curso o trabajo de investigación sin publicar: 0,15 puntos.

7.2. Todos los documentos presentados en la fase de concurso deberán ser originales o copias compulsadas.

7.3. La puntuación obtenida por los candidatos en la fase de concurso se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar, el mismo día en que den comienzo las pruebas.

8.-Desarrollo de las pruebas.

8.1. La valoración máxima del conjunto de las pruebas será de 75 puntos. Quedarán eliminadas las personas aspirantes que no consigan la mitad de la puntuación fijada como máxima en cada prueba y ejercicio.

8.2. Se llevarán a cabo tres pruebas: la primera de capacitación lingüística específica en euskera, necesaria para el puesto de trabajo; la segunda sobre conocimientos teóricos y la tercera sobre capacidades relacionadas con el trabajo práctico del puesto. Cada prueba constará de los siguientes ejercicios:

Primera prueba.-Prueba de capacitación lingüística específica en euskera, necesaria para el puesto de trabajo. Puntuación máxima de la prueba: 15 puntos (serán necesarios 7,5 puntos para pasar a la siguiente prueba). Constará de tres ejercicios:

-Primer ejercicio: Capacitación oral. Será individual y tendrá una duración de diez minutos. Máxima puntuación: 5 puntos (serán necesarios 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

-Segundo ejercicio: Capacitación escrita sobre la corrección de un texto en euskera. Máxima puntuación: 5 puntos (serán necesarios 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

-Tercer ejercicio: Capacitación escrita: traducción al euskera de un texto en castellano. Máxima puntuación: 5 puntos (serán necesarios 2,5 puntos para pasar al siguiente ejercicio).

El segundo y tercer ejercicio se harán a la vez, y tendrán una duración máxima de hora y media.

Segunda prueba.-Prueba sobre conocimientos teóricos. Máxima puntuación: 30 puntos (serán necesarios 15 puntos para pasar a la siguiente prueba).

Constará de un único ejercicio: TEST sobre los temas del I. Anexo: 100 preguntas para responder en hora y media. Cada pregunta mal contestada tendrá una penalización de 0,05 puntos.

Tercera prueba.-Prueba sobre capacidades relacionadas con el trabajo práctico del puesto. Máxima puntuación de la prueba: 30 puntos (serán necesarios 15 puntos para no quedar eliminado o eliminada).

Constará de un único ejercicio: La persona aspirante al puesto deberá entregar, el día en que se realice la segunda prueba, un informe escrito que proponga un Plan General de Normalización del Euskera en el municipio/municipios que elija entre los siguientes:

1.-Aezkoa y Aoiz.

2.-Valle de Aranguren.

3.-Auritz-Burguete, Valle de Erro, Luzaide-Valcarlos y Orreaga-Roncesvalles.

4.-Barañain.

5.-Baztan.

6.-Berrioplano.

7.-Berriozar.

8.-Mancomunidad de Bortziriak.

9.-Puente la Reina-Gares.

10.-Mankomunidad de Irantzu.

11.-Mancomunidad de Euskara de Navarra-Norte.

12.-Estella.

13.-Mancomunidad de Malerreka.

14.-Orkoien, Etxauri, Bidaurreta y Cendea de Oltza.

15.-Tafalla.

16.-Mancomunidad de Servicios de Huarte y Esteribar.

17.-Roncal y Salazar.

18.-Zizur Mayor.

La tercera prueba consistirá en la lectura y exposición oral de dicho plan ante el tribunal. Los/las aspirantes que no hagan la exposición ante el tribunal quedarán eliminados. El tribunal podrá contrastar la defensa del plan presentado con cada aspirante y podrá hacer preguntas sobre el mismo. El tribunal valorará tanto el documento presentado como la exposición hecha por la persona aspirante.

El informe desarrollará, como mínimo, estos apartados: diagnóstico de la situación del euskera en la zona, objetivos, criterios para establecer prioridades, descripción de los agentes y medios locales, actuaciones concretas e instrumentos de evaluación.

8.3. Las pruebas escritas se realizarán mediante sistema de plicas.

8.4. Todas las pruebas se realizarán en euskara.

8.5. No se permitirá llevar al examen material de consulta para la realización de ninguno de los ejercicios.

8.6. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único al que las personas aspirantes deberán comparecer provistas del Documento Nacional de Identidad. Quedarán eliminadas las personas que no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados por cualquier motivo.

9.-Valoración de las pruebas.

9.1. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que se trate. En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas por los miembros del Tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30 por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la media aritmética con el resto de las puntuaciones.

9.2. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, la lista de aspirantes aprobados/as con las calificaciones obtenidas y, así mismo, el lugar, la fecha y hora de celebración de la siguiente prueba.

10.-Relación de aprobados/as.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial de Berriozar, la relación de aprobados/as por orden de puntuación obtenida, partiendo del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios.

11.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de aplicación de la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido y, optativamente, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto recurrido.

Berriozar, 19 de junio de 2008.-El Alcalde, Xabier Lasa Gorraiz.

ANEXO I

Modelo de instancia

Datos de la persona solicitante:

Nombre y apellidos

Fecha de nacimiento

DNI

Domicilio

Localidad .............................................., Código Postal

Teléfono fijo ......................................., Teléfono móvil

Correo electrónico

EXPONE:

Que el Ayuntamiento de Berriozar ha publicado la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo para sustituciones de Técnicos/as de Euskara

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en dicha convocatoria.

Que adjunta fotocopia compulsada de los documentos exigidos en la convocatoria, así como de los méritos a valorar en la fase de concurso.

SOLICITUD:

Solicita se sirva admitir la presente instancia y, en su virtud, sea admitido/a en las pruebas de la citada convocatoria.

(Fecha y firma del/de la solicitante)

SEÑOR ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE BERRIOZAR.

ANEXO II

Temario

1.-Conceptos básicos referentes a las lenguas en contacto: Comunidad lingüística, lenguas minorizadas, multilingüismo social y personal, diglosia, conflicto lingüístico, normalización lingüística, política lingüística, planificación lingüística, derechos lingüísticos y oficialidad.

2.-Estatus legal del euskara: Constituciones, estatutos de autonomía y leyes orgánicas. Ley Foral del Vascuence. Principales disposiciones que desarrollan la Ley Foral del Vascuence y ordenanzas municipales del euskara en Navarra.

3.-Situación demolingüística del euskara en Euskal Herria. Fuentes de información. Capacitación lingüística, transmisión del euskara y datos y estadísticas en torno al uso del euskara.

4.-Situación funcional del euskara: uso del euskara en los ámbitos sociales.

5.-Historia sociolingüística del euskara. Hitos decisivos en la historia del euskara y de la comunidad lingüística vasca desde que existe información hasta nuestros días, procesos de pérdida y recuperación, teniendo en cuenta los criterios de la Sociolingüística.

6.-Tratados, convenios y declaraciones relacionados con la pluralidad lingüística y con el euskara.

7.-Repertorio lingüístico: variantes y espacios lingüísticos. Repertorio del euskara: estandar, variantes geográficas, variantes sociales, variantes formales e informales, argots ...

8.-Aportaciones teóricas de la Sociolingüística internacional: Fishman, Mackey, "Escuela de la Vitalidad etnolingüística" (Giles, Bourhis, Taylor), Aracil ...

9.-Aportación teórica de la Sociolingüística de Euskal Herria: Txepetx, Txillardegi ...

10.-Metodologías para la investigación sociolingüística. Métodos cualitativos (grupo de discusión, entrevistas abiertas ...) y métodos cuantitativos (encuestas, censos ...). Medición del uso del euskara en la calle y otras metodologías especiales.

11.-Modelos de política lingüística utilizados en la normalización de lenguas minorizadas en el contexto internacional. Objetivos y métodos de los citados modelos. Los conceptos de territorialidad y derecho personal.

12.-Infraestructura para la normalización del euskara en Euskal Herria: entidades públicas y sociales.

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