BOLETÍN Nº 62 - 24 de mayo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

TUDELA

Convocatoria de ayudas para estudios musicales en la Escuela Municipal de Música "Fernando Remacha" de Tudela. Curso 2005/2006

Convocatoria de ayudas para estudios musicales en la Escuela Municipal de Música "Fernando Remacha" correspondientes al curso escolar 2005/2006, que se regirá por las Bases que se expresan a continuación, aprobadas por la Junta de Gobierno del Centro Cultural Castel-Ruiz en sesión celebrada el día 28 de marzo de 2006, las cuales serán de inexcusable cumplimiento.

I._Estudios incluidos en la convocatoria.

Base 1. Podrán solicitar acogerse a estas ayudas todos los alumnos de Tudela que hayan cursado en la Escuela Municipal de Música "Fernando Remacha", enseñanzas musicales en el curso escolar 2005/2006:

_Enseñanzas musicales no regladas establecidas en el artículo 39.5 de la L.O.G.S.E.

_Enseñanzas musicales de acceso a Grado Medio, según Convenio entre el muy ilustre Ayuntamiento de Tudela y el Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra.

II._Tipos de ayudas que se conceden.

Base 2. Las ayudas que se conceden tienen la finalidad de ayudar en parte a las familias en la financiación de los gastos que este tipo de estudios comportan.

El concepto para el que se puede solicitar esta ayuda es para la enseñanza.

III._Requisitos generales que debe reunir el solicitante.

Base 3.1. Los solicitantes y posibles beneficiarios de las ayudas serán en todos los supuestos:

_El padre, madre o tutor legal respecto de los estudios realizados por ellos mismos o de todos sus hijos o personas a su cargo menores de 30 años que convivan con ellos, salvo que éstos hayan constituido otra unidad familiar.

_En nombre propio, los no incluidos en el párrafo anterior.

Base 3.2. A efectos de esta ayuda, son miembros computables de la unidad familiar el padre y/o la madre del estudiante objeto de la ayuda que convivan con el mismo, o en su caso, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del estudiante menor de edad y todas las personas (descendientes, ascendientes, familiares ...) por las que en la declaración de renta del año 2004 corresponda reducción por mínimo familiar.

Si el estudiante está casado/a o convive con persona a la que se halle unido/a con análoga relación, la unidad familiar la formarán ellos mismos así como las personas con los requisitos de edad y convivencia del párrafo anterior.

Base 3.3. El solicitante deberá el padre o la madre del estudiante objeto de la ayuda, o en su caso, el tutor/a o persona encargada de la guarda y protección del estudiante menor de edad y deberá reunir los siguientes requisitos:

_Haber estado empadronado y residiendo en Tudela, al menos, desde el 1 de octubre de 2005 hasta el 31 de mayo de 2006.

_Que el estudiante curse estudios de los especificados en la Base 1 de la presente convocatoria.

IV._Requisitos académicos.

Base 4. Informe positivo del Director de la Escuela Municipal de Música "Fernando Remacha, referido al aprovechamiento escolar en el curso 2005/2006.

V._Requisitos económicos.

Base 5. Que la renta per cápita familiar de 2004 no sea superior a 9.300 euros.

La renta per cápita familiar se calculará con la Base Imponible de la declaración de I.R.P.F. de 2004, dividida por el número de miembros de la unidad familiar definida en el punto 2 de la base 3 de esta convocatoria.

A los efectos de obligación de declarar en el I.R.P.F., bases liquidables, imponible, rentas exentas... se estará a lo dispuesto en la legislación al respecto.

La ocultación de cualquier fuente de renta dará lugar a la denegación de la ayuda solicitada o a su anulación si ha sido concedida.

Para intensificar el control que evite el fraude en las declaraciones encaminadas a obtener ayudas, el Centro Cultural Castel-Ruiz podrá acordar que existe la ocultación a que se refiere en el apartado anterior por medio de cualquier prueba.

VI._Percepción y cuantía de las becas y ayudas.

Base 6. Los intervalos de renta aplicables para la concesión de ayuda según los ingresos familiares per cápita son los siguientes:

I N T E R V A L O AYUDA MÁXIMA %

> 3.300 euros 75

Más de 3.300 a 5.300 65

Más de 5.300 a 6.600 40

Más de 6.600 a 7.900 30

Más de 7.900 a 9.300 20

Más de 9.300 0

El porcentaje de ayuda reseñado para cada intervalo de renta per cápita es el máximo que se puede conceder y su porcentaje exacto dependerá de la consignación presupuestaria existente y de las solicitudes presentadas.

Los perceptores de las becas serán los solicitantes.

VII._Presentación de solicitudes.

Base 7. Los interesados presentarán su solicitud y los documentos que se relacionan, en las oficinas del Centro Cultural Castel-Ruiz en el plazo de 30 días naturales, a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

La documentación que se debe presentar para la concesión de la ayuda es la siguiente:

_Instancia cumplimentada a máquina o letra de imprenta según modelo oficial que será proporcionado por el Centro Cultural Castel-Ruiz.

_Fotocopia completa de la declaración del I.R.P.F. del año 2004 o certificado de la Administración correspondiente en el caso de no estar obligado a efectuar la declaración del I.R.P.F.

_Si la unidad familiar no ha realizado la declaración del I.R.P.F., por no estar obligada a ello, deberá acompañar a la solicitud:

_Certificado o documento de la Hacienda correspondiente a los datos fiscales correspondientes al año 2004 de todas las personas que formen parte de la unidad familiar o borrador de la declaración de IRPF.

_Cuantos documentos sean necesarios para determinar los miembros de la unidad familiar.

_Fotocopia de la primera hoja de la Cartilla del Banco, Caja de Ahorros a nombre del solicitante.

VIII._Concesiones y denegaciones.

Base 8.1. La resolución de esta convocatoria la realizará la Junta de Gobierno Centro Cultural Castel-Ruiz.

Base 8.2. A todos los efectos legales, la concesión de la ayuda será a favor del solicitante.

Base 8.3. El Centro Cultural Castel-Ruiz podrá en cualquier momento disponer la inspección de los expedientes de solicitud para comprobar la veracidad de los datos consignados en los mismos y que sirvieron de base para la concesión de la ayuda.

Base 8.4. Los beneficiarios o solicitantes que se nieguen a colaborar en el proceso de investigación o no aporten la información y documentación requerida causarán baja automática como solicitante o beneficiario y reintegrará las cantidades percibidas en concepto de ayuda.

Base 8.5. La ocultación o falseamiento de los dados económicos y/o circunstanciales, podrá dar lugar a la suspensión y revocación de la ayuda concedida.

Base 8.6. El abono de las ayudas en aplicación de esta Convocatoria se hará con cargo a la partida presupuestaria 48003.4230 Becas Escuela de Música, del vigente Presupuesto de gastos del Centro Cultural Castel-Ruiz, y ascenderán a un máximo total de 10.000 euros.

IX._Interpretación.

Base 9. La interpretación de estas bases corresponde a la Junta de Gobierno del Centro Cultural Castel-Ruiz.

Tudela, 28 de marzo de 2006
El Alcalde, firma ilegible.

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