BOLETÍN Nº 62 - 24 de mayo de 2006

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

PAMPLONA

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico al servicio del Ayuntamiento de Pamplona

La Junta de Gobierno Local del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona con fecha cuatro de abril de 2006, adoptó el siguiente Acuerdo:

JOB 04-ABR-06 (10/PR)

Vistas las vacantes existentes en la Plantilla Orgánica, se acuerda aprobar, de conformidad con el condicionado que debidamente diligenciado obra en el expediente, la convocatoria para provisión, mediante oposición, de cuatro puestos de trabajo de Ingeniero Técnico.

B A S E S

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, distribuidas en los siguientes turnos:

_1 plaza en turno libre.

_2 plaza en turno de promoción.

_1 plaza en turno de reserva para personas con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100.

1.2. Las plazas que se convocan son las siguientes:

_3 en el Area de Medio Ambiente y Sanidad, identificadas en la plantilla orgánica con el número 200209-1, 200209-3 y 200209-4

_1 en el Area de Urbanismo y Vivienda, identificada en la plantilla orgánica con el número 200209-2

1.3. Si las vacantes del turno de promoción quedaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, se acumulará al turno libre.

Si las vacantes del turno de reserva para personas con discapacidad resultaran desiertas por no haber obtenido los aspirantes la puntuación mínima exigida para superar las pruebas selectivas, se acumularán al turno que proceda, siguiendo el orden de distribución establecido en el artículo 15.3 del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

Del mismo modo, si en el turno de promoción o en el turno restringido para discapacitados resultaran aprobados más aspirantes que el número de vacantes, los aprobados sin plaza de estos turnos optarán a la vacante del turno libre en concurrencia con los aspirantes de este turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.

Asimismo, podrán optar a la vacante del turno libre en la forma señalada en el párrafo anterior, los aspirantes del turno de promoción y del turno de reserva para personas con discapacidad que no reúnan los requisitos específicos exigidos para participar en cada uno de dichos turnos en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria.

1.4. El nombramiento conferirá a los designados el carácter de funcionarios de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario del Ayuntamiento de Pamplona.

1.5. Los puestos de trabajo estarán dotados con las remuneraciones correspondientes al nivel B, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables al Ayuntamiento de Pamplona.

1.6. Los aspirantes que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrados para las plazas del puesto de trabajo convocadas, ingresen en el Ayuntamiento de Pamplona y adquieran la condición de funcionarios, serán afiliados y dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Los funcionarios que resulten nombrados para las plazas convocadas y estén afiliados al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrán optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.7. Los aspirantes nombrados tendrán el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijarán efectivamente su domicilio término municipal de Pamplona.

1.8. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados afectados por los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, cuando que no medie separación legal, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en la fecha mencionada en posesión de credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Tener una discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de que se pretenda optar a la plaza del turno de reserva para discapacitados.

2.2. Los aspirantes del turno de promoción deberán reunir asimismo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y dentro del plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta el momento de la toma de posesión de la plaza, además de los requisitos señalados en el apartado anterior, los siguientes:

a) Ostentar la condición de personal fijo perteneciente a cualquiera de las Administraciones Públicas de Navarra y no hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa en el puesto desde el que se pretende promocionar.

b) Pertenecer al mismo o inferior nivel al de las vacantes convocadas.

c) Tener cinco años de antigüedad reconocida en las Administraciones Públicas.

2.3. Salvo lo dispuesto en la base tercera, los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes aprobados que sean propuestos para su nombramiento, en el plazo y forma previstos en la base séptima.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en la Oficina de Gestión Directa del Ayuntamiento de Pamplona (Casa Marceliano, calle del Mercado, 7-9), en Internet www.pamplona.net, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para su presentación.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas y adjuntar la acreditación de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

3.3. A la instancia se acompañará justificante de haber abonado en la cuenta del Ayuntamiento de Pamplona la cantidad de 25 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen.

La falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

3.4. Los aspirantes que soliciten participar en la convocatoria por el turno de promoción, deberán adjuntar, además, certificación acreditativa de los requisitos señalados en el apartado 2.2.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Concejal Delegado de Economía Presidencia y Participación Ciudadana dictará resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Concejal Delegado de Economía Presidencia y Participación Ciudadana dictará resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Ignacio Polo Guilabert, Concejal Delegado de Medio Ambiente y Sanidad.

Suplente: Don Juan Luis Sánchez de Muniain Lacasia, Concejal Delegado de Urbanismo yVivienda

Vocal: Dr. don Miguel Arana Burgui. Profesor Titular de Física Aplicada del Departamento de Física de la Universidad Pública de Navarra.

Suplente: Dr. don Antonio Vela Pons. Profesor Titular de Escuela Universitaria de Física Aplicada del Departamento de Física de la Universidad Pública de Navarra.

Vocal: Don José María Lainez Gabari. Gestor del Laboratorio Municipal del Ayuntamiento de Pamplona.

Suplente: Doña María Jesús Nagore Leoz. Inspectora de Sanidad Ambiental del Ayuntamiento de Pamplona.

Vocal: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

Suplente: Un representante de la Comisión de Personal del Ayuntamiento de Pamplona, designado por la misma.

Vocal Secretario: Doña María Pilar Muñoz Soria, Secretaria Técnica del Area de Urbanismo y Vivienda

Suplente: Doña Esther Azanza Fernández, Secretaria Técnica del Area de Urbanismo y Vivienda

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría absoluta todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6._Desarrollo de la oposición.

6.1. La oposición dará comienzo transcurridos como mínimo 3 meses desde la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

_Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo máximo de 4 horas, de dos temas escogidos al azar de entre los contenidos en la Parte I del Anexo 2.

_Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en la exposición por escrito, durante un tiempo máximo de 4 horas, de dos temas escogidos al azar de entre los contenidos en la Parte II del Anexo 2.

_Tercer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en el desarrollo y la resolución de las cuestiones y supuestos, propuestos por el Tribunal, sobre la materia comprendida en el temario de esta convocatoria.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 100 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

_Primer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 15 puntos.

_Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 40 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.

_Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 30 puntos.

6.4. Los ejercicios de la oposición serán eliminatorios. Quedarán eliminados los aspirantes que no alcancen, al menos, la mitad de la puntuación máxima asignada a cada uno de los ejercicios. Igualmente, en cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en cualquiera de los temas o supuestos de la oposición.

6.5. Los ejercicios primero y segundo de la oposición se realizarán por escrito y serán leídos por los aspirantes al Tribunal en acto público.

6.6. Terminada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de celebración del examen, la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.7. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos citados. Quedarán también excluidos los aspirantes que no concurran a la lectura de los ejercicios en la fecha fijada por el Tribunal.

6.8. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas con discapacidad que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7._Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Pamplona y en el del lugar de su celebración del examen, la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios de la oposición, y elevará a la Junta de Gobierno Local, junto con la relación anterior y el expediente completo, propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes aprobados con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas

Los empates que se produzcan en el resultado final de las pruebas selectivas se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en los ejercicios de la oposición, considerados sucesivamente y por su orden.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de notificación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar al Area de Presidencia los siguientes documentos:

7.2.1. Aspirantes que no ostenten la condición de personal fijo al servicio del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, salvo que se hubiera presentado con anterioridad.

c) Documento acreditativo de la condición de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

d) Informe expedido por los servicios médicos del Ayuntamiento de Pamplona acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

g) Tarjeta de residencia en caso de ciudadanos que pertenezcan a la Unión Europea.

h) Permiso de residencia y trabajo, en caso de ciudadanos de países que no pertenezcan a la Unión Europea.

i) Libro de familia en el caso de ciudadanos incluidos en el párrafo segundo de la base 2.1.a)

Los aspirantes que ostenten la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberán aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Aspirantes que ostenten la condición de personal fijo del Ayuntamiento de Pamplona o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención. Los aspirantes del turno de promoción que hubieran acompañado a la instancia dicho título estarán exentos de su aportación.

b) Documento acreditativo de la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100, en el caso de figurar incluido en la propuesta por el turno de reserva correspondiente y no haberlo presentado con anterioridad.

c) La documentación que para ser nombrado para el puesto de Ingeniero Técnico, al servicio del Ayuntamiento de Pamplona sea requerida por el Area de Presidencia

Los aspirantes con discapacidad deberán aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presenten dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta de Gobierno Local cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Elección de vacantes.

8.1. Los aspirantes que cumplan lo dispuesto en la base anterior comunicarán, en el plazo que a tal efecto les señale el Area de Presidencia, su preferencia por las vacantes de puesto de trabajo convocadas o aquellas que les sustituyan en atención a las necesidades del servicio, y se les pongan de manifiesto.

8.2. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno de promoción, tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir las vacantes objeto de convocatoria sobre los aspirantes que no procedan de este turno.

8.3. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 tendrán preferencia en la elección de vacantes sobre los aspirantes del turno libre.

En el caso de que haya aspirantes con la discapacidad mencionada y ésta influya negativamente en las condiciones de desempeño de las distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les adjudicarán las que resulten más acordes con su discapacidad, a la vista del informe que se emita al respecto.

9._Nombramiento, adjudicación de vacantes y toma de posesión.

9.1. La Junta de Gobierno Local nombrará funcionarios del Ayuntamiento de Pamplona para desempeñar el puesto de trabajo de Ingeniero Técnico, y adjudicará las vacantes, mediante Resolución, a los aspirantes que den cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

9.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no tomen posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Pamplona. En tales supuestos se estará a lo establecido en el apartado 7.4. de la convocatoria.

9.4. En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4. de la convocatoria.

9.5. En los supuestos previstos en los dos apartados anteriores no se modificará la elección de vacantes realizada con carácter previo al nombramiento, adjudicándose directamente a los nuevos funcionarios las plazas resultantes de dichas situaciones.

10._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguiente recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del Tribunal Calificador podrá interponer recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Don/Doña

Mayor de edad

D.N.I./Carta de identidad

Fecha de nacimiento

Natural de [Municipio/Provincia]

Nacionalidad

Domicilio actual [calle, numero, escalera, piso]

Teléfono

Teléfono móvil

Expone:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciónes que se señalan por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de minusválido, expedida por organismo competente.

Solicita:

Ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de 4 plazas del puesto de trabajo de Ingeniero Técnico al servicio del Ayuntamiento de Pamplona, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........, de fecha ............., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción*

f Turno restringido minusválidos*

(*) Unicamente cuando lo contemple la convocatoria.

Protección de datos._En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica de 13 de diciembre de 1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso, se utilizarán exclusivamente para el ejercicio de las competencias municipales en el procedimiento de selección y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Pamplona, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose al Registro General (Calle Mercado, 7-9. 31001-Pamplona).

Pamplona, ........... de ............................. de 20.....

(Firma)

ANEXO II

Temario

Parte I.

Tema 1._La Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra. Estructura. Principios generales. Las Entidades Locales de Navarra: Ayuntamientos, Concejos, Mancomunidades y otros entes locales. Sus competencias.

Tema 2._La administración municipal. Organos municipales. La Alcaldía. El Pleno. La Junta de Gobierno. Otros órganos decisorios e informantes. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general. El Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Pamplona. La Ley 57/2003, de 16 de diciembre de medidas para la modernización del Gobierno Local.

Tema 3._El procedimiento administrativo y su ley reguladora. Ambito de aplicación y principios generales. Los interesados. Disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución. El acto administrativo: Concepto, elementos, clases y requisitos. Notificación. Nulidad. Silencio administrativo. Revisión de actos en vía administrativa. Recursos administrativos. Recurso de alzada ante el tribunal Administrativo de Navarra.

Tema 4._Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Estructura y análisis de su contenido. Clases de personal. Selección. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen disciplinario.

Tema 5._La contratación administrativa en Navarra. Ley Foral 10/1998 y sus modificaciones: ámbito de aplicación y régimen jurídico. Requisitos para contratar con la administración. Actuaciones administrativas preparatorias del contrato. Publicidad de las licitaciones, Proposiciones de los interesados. Mesa de contratación.. Adjudicación, ejecución y modificación de los contratos. Extinción de los contratos: cumplimiento, recepción, causas de resolución y sus efectos. Cesión y subcontratación.

Tema 6._Ley 14/1986 General de Sanidad. Ley Foral 10/1990, de Salud y sus modificaciones. Actuaciones e intervenciones sanitarias municipales en materia de calidad ambiental. Acceso del público a la información medioambiental.

Tema 7._Ley de Prevención de Riesgos Laborales 31/1995 de 8 de noviembre. Evaluación de riesgos. Reglamentos de desarrollo: seguridad y salud en los lugares de trabajo, señalización y salud, seguridad en las máquinas, utilización de equipos de protección.

Tema 8._Ordenanzas municipales de Sanidad. Competencias y funciones del Ayuntamiento de Pamplona. Inspección y control. Regulación de las infracciones y sanciones en el ámbito de la salud pública. Ordenanza Municipal de Sanidad número1

Tema 9._Licencias urbanísticas: concepto. Actos sujetos a licencia. Competencias y procedimiento. Eficacia. Caducidad. Relación con las licencias de actividades clasificadas. Ordenanzas de Edificación, Urbanización y Actividades M.I.N.P. del Ayuntamiento de Pamplona. Estructura y contenidos principales.

Tema 10._Actividades sometidas a licencia municipal de actividad clasificada. Ley Foral 4/2005 de intervención para la protección ambiental. Decreto Foral 202/2002 Catálogo de establecimientos, espectáculos públicos y actividades recreativas.

Tema 11._La evaluación de impacto ambiental: concepto, contenido y procedimiento según la legislación vigente: Real Decreto Legislativo 1302/1986 y modificaciones, Real Decreto 1131/1988, Ley Foral 4/2005 de intervención para la protección ambiental. La autorización ambiental integrada: concepto, procedimiento, intervención municipal: Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación y modificaciones. Ley Foral 4/2005 de intervención para la protección ambiental. Estructura, contenidos principales.

Tema 12._Ley 38/1972 de protección del Ambiente Atmosférico. Decreto 833/1975 que la desarrolla. Real Decreto 1073/2002 que lo modifica. Real Decreto 646/1991 limitación de emisiones a la atmósfera, Orden de 26 de diciembre de 1995 que lo desarrolla. Decreto Foral 6/2002 Condiciones aplicables a la implantación y funcionamiento de las actividades susceptibles de emitir contaminantes a la atmósfera. Estructura, contenidos principales, relación entre ellas.

Tema 13._Real Decreto 1073/2002 de evaluación y gestión de la calidad del aire para óxidos de nitrógeno, óxidos de azufre, partículas, plomo, monóxido de carbono y benceno. Real Decreto 1796/2003 relativo al ozono en el aire ambiente. Real Decreto 117/2003 sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles. Estructura, contenidos principales.

Tema 14._Real Decreto 653/2003 de incineración de residuos. Real Decreto Ley 5/2004por el que se regula el régimen comercio de derechos de emisión, Decreto Foral 299/2004 que desarrolla su aplicación en Navarra. Real Decreto 9/2005 relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. Estructura, contenidos principales.

Tema 15._Normativa estatal y foral sobre residuos especiales: Ley 20/1986 Básica de residuos tóxicos y peligrosos. Real Decreto 833/1988 por el que se aprueba el Reglamento para su ejecución. Real Decreto 952/1997 que modifica el Real Decreto 833/1988. Ley 11/1997 de envases y residuos de envases, Real Decreto 782/1998 para el desarrollo y ejecución de la Ley. Estructura, contenidos principales, relación entre ellas.

Tema 16._Normativa sobre ruido: Ley 37/2003, del Ruido. Real Decreto 1513/2005 que desarrolla la Ley del Ruido en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental. Decreto Foral 135/1989 Condiciones técnicas que deberán cumplir las actividades emisoras de ruidos o vibraciones. Norma Básica Edificación, Condiciones Acústicas en los edificios (NBE-CA-99). Ordenanza de Sanidad número10 de Pamplona sobre niveles sonoros. Estructura, contenidos principales, relación entre ellas.

Tema 17._Ley 3819/1999 de Ordenación de la Edificación. Principios generales. Normativa técnica de edificación, con referencia a las normas básicas y a las normas tecnológicas de edificación. El Código Técnico de la Edificación: Concepto y Estructura.

Tema 18._Decreto Foral 142/2004 por el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Foral de Navarra. Decreto Foral 5/2006 que lo modifica. Normas generales. Condiciones básicas. Condiciones para viviendas de nueva creación. Excepciones. La cédula de habitabilidad.

Tema 19._NBE C.P.I._96 Protección de los edificios contra el fuego. Compartimentación de los edificios. Instalaciones de protección. Sistemas de evacuación. Definición de materiales empleados. Caracterización de los materiales ante el fuego. Control y condiciones de utilización.

Tema 20._Ley Foral 4/1988 sobre supresión de barreras físicas y sensoriales y reglamento de desarrollo para la misma, Decreto Foral 154/1989. Aspectos generales y específicos. Tipos de recorridos. Parámetros normalizados. Ley Foral 22/2003 de modificación de la Ley Foral 4/1988.

Tema 21._Implantación de un Sistema de Calidad. Requisitos de la Norma ISO 9001:2000. Sistema de Gestión de Calidad. Responsabilidad de la Dirección. Gestión de recursos. Realización del producto o servicio. Medición, análisis y mejora. Aplicación de estos requisitos en gestión de expedientes y realización de actividades de medio ambiente.

Parte II.

Tema 1._Características del agua. Sistemas de captación. Necesidad de tratamiento para consumo. Pretratamiento del agua. Sedimentación, coagulación y floculación. Operaciones básicas en el tratamiento de aguas: Filtración. Desinfección. Tratamientos avanzados de aguas: Separación de hierro y manganeso. Otros procesos.

Tema 2._Redes públicas de distribución de agua. Instalaciones Interiores. Composición y características de ambas redes. Normativa. Dimensionado y cálculos. Real Decreto 140/2003 por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano. Responsabilidad de los Ayuntamientos. Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC).

Tema 3._Aguas de baño. Real Decreto 734/1988 de normas de calidad de las aguas de baño. Aguas de piscina: Tratamientos de filtración, tratamientos de desinfección y sus fundamentos químicos. Decreto Foral 123/2003 por el que se establecen las condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo. Tratamiento de aguas residuales urbanas e industriales. Decreto Foral 55/1990 de limitaciones al vertido de aguas residuales a colectores públicos.

Tema 4._Características de tomas de muestra de: aguas residuales, aguas de consumo humano, aguas de piscinas, aguas de ríos, vertidos líquidos a cauces públicos. Transporte de muestras. Elección del perfil analítico para una muestra. Influencia del perfil analítico en la toma de muestras.

Tema 5._Condiciones técnicas sobre instalaciones térmicas en edificios. Recomendaciones técnico-sanitarias en instalaciones de agua sanitaria fría y caliente y en torres de refrigeración. Real Decreto 865/2003 por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Tema 6._Emisión e inmisión de contaminantes atmosféricos. Principales focos de emisión en el medio urbano. Principales contaminantes en el medio urbano: origen, descripción, transformaciones químicas, efectos y consecuencias. Difusión de contaminantes. Información local, regional o nacional sobre calidad del medio ambiente.

Tema 7._Emisiones industriales a la atmósfera. Evaluación y gestión de contaminantes. Minimización del impacto ambiental de las emisiones gaseosas: supresión de olores, desulfuración de gases de combustión, reducción de óxidos de nitrógeno. Evacuación de gases de combustión: chimeneas, extracción forzada. Derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Tema 8._Evaluación y gestión de la inmisión de contaminantes atmosféricos. Valores límite y umbral de alerta de contaminantes. Equipos de medida: tipos, características y fundamentos físicos o químicos de los analizadores. Ubicación de los puntos de muestreo. Métodos de referencia para el análisis de contaminantes.

Tema 9._Normativa estatal y foral sobre estaciones base de telecomunicación: Ley 32/2003 general de telecomunicaciones, Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico, Ley Foral 10/2002 para la ordenación de las estaciones base de telecomunicación en la Comunidad Foral. Estructura, contenidos principales, relación entre ellas.

Tema 10._Radiaciones electromagnéticas. Espectro electromagnético. Características físicas de las ondas electromagnéticas. Aplicación estética de las radiaciones ultravioletas. Riesgos para la salud. Decreto Foral 24/2004 sobre apertura y funcionamiento de centros de bronceado y alquiler de aparatos de bronceado.

Tema 11._Micropigmentación y "piercing". Características técnicas de su aplicación: materiales y equipos. Riesgos para la salud derivados de su aplicación. Decreto Foral 132/2002 sobre condiciones higiénico-sanitarias que han de cumplir los establecimientos no sanitarios que realicen prácticas de tatuaje y/o "piercing".

Tema 12._Instalaciones de ventilación: generalidades y requerimientos de confort. Ventilación natural y ventilación forzada. Ventilación de locales en función de su actividad. Características de las instalaciones de ventilación y acondicionamiento de aire: tipos, elementos, materiales, dimensionamiento. Tomas y salidas de aire. Normativa municipal de aplicación.

Tema 13._Gas natural y Gases Licuados de Petróleo GLP. Generalidades. Redes. Instalaciones receptoras. Tipos de aparatos a gas. Instalaciones en viviendas. Norma básica de instalaciones de gas en edificios. Sistemas de seguridad.

Tema 14._Control de vectores en Salud Pública. Tratamientos de desratización, desinfección y desinsectación. Plaguicidas. Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de productos plaguicidas. Real Decreto 3349/1983 y modificaciones introducidas por Real Decreto 162/1991 y Real Decreto 443/1994. Estructura y contenidos principales.

Tema 15._Aparatos elevadores: tipos y esquemas. Ruido y vibraciones ocasionados por los mismos. Reglamento de aparatos elevadores: Ambito de aplicación y cuestiones principales. Instrucciones Técnicas y otras normas aplicables.

Tema 16._Redes de transporte y distribución de energía eléctrica. Instalaciones interiores en la edificación y redes urbanas. Elementos y características de ambas redes. Dimensionado y cálculos. Ventilación. Tomas de tierra de protección. Emisión de ruido.

Tema 17._Naturaleza física del sonido. Presión acústica. Ecuación de ondas. Soluciones simples: ondas planas y ondas esféricas. Velocidad de propagación. Impedancia acústica. Niveles de presión, intensidad y potencia sonora. Decibelio. Bandas de octava y tercio de octava. Rango de audición. Respuesta humana a la frecuencia.

Tema 18._Propagación del sonido en espacio abierto: divergencia, absorción y difracción. Propagación del sonido en espacios cerrados: reflexión y absorción. Niveles sonoros y su medida. Ponderaciones temporales: Slow, Fast, Impulse, Peak. Nivel sonoro continuo equivalente, Leq. Niveles percentiles, LN Niveles sonoros ambientales: Ld, Ln, Lden. Redes de ponderación

Tema 19._Vibraciones. Magnitudes básicas: desplazamiento, velocidad, aceleración. Ponderaciones frecuenciales. Parámetros K y LA.

Tema 20._Aislamiento acústico. Aislamiento a ruido aéreo. Indices de reducción sonora. Indices de reducción sonora ponderados. Aislamiento a ruido de impacto. Nivel de ruido de impacto.

Tema 21._Ruido ambiental. Fuentes de ruido ambiental. Tráfico rodado y aéreo. Características del ruido ambiental. Mapas de ruido. Ruido y planificación urbana. Ruido industrial: fuentes y características. Ruido comunitario, de instalaciones y de actividades de ocio: fuentes de ruido y características.

Tema 22._Sonómetros. Tipos. Filtros frecuenciales A y C. Ponderaciones temporales. Sonómetros integradores. Metodología de la medida. Criterios. Micrófonos. Tipos de micrófonos: electrodinámico y de condensador. Sensibilidad. Respuesta en frecuencias. Directividad. Acelerómetros. Pistófonos. Grabadores y registradores gráficos. Dosímetros.

Tema 23._La energía solar y su aplicación en los edificios. Principios de diseño solar pasivo. Principios y características básicas de las instalaciones solares fotovoltaicas. Instalaciones solares térmicas. Elementos, tipología, dimensionado.

Tema 24._Ordenanza del Ayuntamiento de Pamplona sobre la captación y el aprovechamiento de la energía solar térmica en los edificios. Ambito de aplicación, grado de cobertura y excepciones. Autorizaciones administrativas y responsables del cumplimiento. Cálculo de la demanda.

Pamplona, 4 de abril de 2006
El Secretario de la Junta de Gobierno Local, José Iribas Sánchez de Boado.

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