BOLETÍN Nº 3 - 7 de enero de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

JAURRIETA

Aprobación tarifas, tipos de gravamen, índices y porcentajes de los Impuestos Municipales para el año 2005

El Ayuntamiento de Jaurrieta, en sesión celebrada el día 15 de noviembre de 2004, acordó por unanimidad aprobar los siguientes tipos de gravamen, índices y porcentajes de los impuestos municipales que han de regir durante el año 2005:

.Contribución Urbana: Se incrementa del 0,19 por 100 actual al 0,20 por 100.

.Contribución Rústica: Se incrementa del 0,54 por 100 actual al 0,56 por 100.

.El Precio Público por consumo de agua: Se incrementa del 0,24 euros/m³/año actual al 0,25 euros/m³/año, mas 7 por 100 IVA y una cuota fija de 6,01 euros mas 16 por 100 IVA por cada suministro. El precio de la acometida nueva: a 30,05 euros.

.El agua de la manguera se incrementa del siguiente modo:

_Para ganado: Se mantiene en 14 euros/año.

_Para campo o huerta: Se mantiene en 7 euros/año.

_Para ganado y campo o huerta: Se mantiene en 21 euros/año.

.La tasa de saneamiento, se incrementa de 3 euros a 4 euros mas 16 por 100 IVA por cada acometida.

.Impuesto de construcciones Instalaciones y obras: se girará como hasta ahora al tipo mínimo del 2 por 100.

.El Impuesto de Actividades Económicas: Se mantiene al índice 1.

.El Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza urbana: se mantiene igual, es decir, a los coeficientes mínimos establecidos en la ley de Haciendas Locales y el tipo al 8 por 100.

.Los lotes de leña de hogares: a 18,43 euros mas el IPC acumulado en el 2004.

.Las hierbas del común: Equino a 7,67 euros/cabeza, Vacuno a 6,13 euros/cabeza y ovino a 0,62 euros/cabeza, mas el IPC acumulado en el 2004.

.Tasa por mantenimiento y conservación de caminos comunales:

_Se corrigen las listas de los tractores, viviendas y motos dados de alta en este impuesto. Esta lista se expondrá al vecindario para reclamaciones como cada año.

.La tasa en los conceptos de ganado, vehículos, viviendas y rústica se gira a los mismos importes ya establecidos, que son los siguientes:

_Ganado caballar: 0,67 euros anuales por cabeza inscrita en el censo pecuario.

_Ganado vacuno mayor de seis meses: 0,67 euros anuales por cabeza inscrita en el censo pecuario.

_Ganado ovino mayor de seis meses: 0,08 euros anuales por cabeza inscrita en el censo pecuario.

_Vivienda con vehículos: 6 euros por vivienda.

_Tractores: 6,01 euros anuales por cada tractor relacionado en la lista.

_Motocicletas de Monte de más de cincuenta centímetros cúbicos dadas de alta en el Ayuntamiento de Jaurrieta en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica: 6,01 euros.

_0,11 por 100 sobre el valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza rústica. El valor catastral de los bienes inmuebles rústicos es aquel con el que figuran en el Catastro de Riqueza Territorial Rústica de Jaurrieta.

_Se eximirá del pago de la misma a quienes no alcancen el mínimo de 1.202,02 euros de valor catastral necesario para que les gire la contribución Rústica y Urbana.

.Cementerio: Concesión de nichos para 10 años: Será gratis para todas las personas, con independencia de que estén empadronadas o no en Jaurrieta. Igual con la colocación de lápidas.

Se somete este acuerdo a información pública por espacio de treinta días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para que los interesados puedan formular las reclamaciones, reparos u observaciones que estimen pertinentes.

Jaurrieta, 17 de noviembre de 2004
El Alcalde-Presidente, José Gabriel De Andres Esandi.

Código del anuncio: L0417882