BOLETÍN Nº 28 - 7 de marzo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ESTERIBAR

Aprobación definitiva del Reglamento de funcionamiento de la Ludoteca Municipal de Esteribar

De conformidad con las disposiciones vigentes y una vez transcurrido el plazo legal de exposición pública del Reglamento de funcionamiento de la Ludoteca Municipal de Esteribar que fue aprobado inicialmente en sesión celebrada el día 8 de noviembre de 2004 y se publicó en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 154, de 24 de diciembre de 2004, sin que se haya presentado alegación alguna, ha sido aprobada definitivamente mediante acuerdo de pleno adoptado en sesión de 3 de febrero de 2005.

El presente reglamento, cuyo texto íntegro se inserta a continuación, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA LUDOTECA MUNICIPAL DE ESTERIBAR

1._Objeto.

El presente reglamento tiene como objeto establecer las normas de funcionamiento de la Ludoteca Municipal de Esteribar.

2._Descripción del servicio.

La Ludoteca constituye un espacio para el juego dirigido a niños y adolescentes cuya finalidad es el fomento de la participación infantil y juvenil, el ofrecimiento de alternativas de ocio y tiempo libre, la promoción de valores, actitudes y comportamientos que favorezcan el desarrollo integral de los niños y los adolescentes a través del juego y la realización de diferentes talleres y actividades, así como la implicación de los adultos responsables en dichos objetivos.

3._Actividades.

Las actividades que se incluyen en el programa de ludoteca se estructuran en los siguientes módulos:

a) Juegos.

b) Talleres.

c) Proyecciones.

d) Salidas o excursiones.

e) Cuenta Cuentos.

4._Destinatarios.

Pueden solicitar la inscripción y participación en la Ludoteca los padres o tutores de los niños que en el año de inicio del curso tengan o cumplan de 4 a 12 años.

5._Calendario y horario de funcionamiento.

El Calendario de funcionamiento de la Ludoteca comprende los meses de diciembre a junio, si bien en los meses de verano también permanecerá abierta, estableciéndose un horario y precio diferentes.

El horario de funcionamiento durante el curso académico, será el que se detalla a continuación:

_Lunes y Miércoles de 17:00 a 19:00 horas.

_Sábados de 11:00 a 13:00 horas.

_Meses de verano, a establecer.

El Ayuntamiento en función de los usuarios que se inscriban y de las demandas de éstos, podrá modificar tanto la composición de los grupos como de los horarios de funcionamiento.

6._Solicitudes y admisión de niños.

Los padres o tutores de los niños interesados en asistir a la ludoteca presentarán la solicitud de inscripción, previo pago de la tarifa establecida, en las oficinas del propio Polideportivo Municipal en el plazo que se fije en el anuncio que al efecto sea publicado en el Tablón de anuncios municipal.

La solicitud de inscripción y matrícula se ajustará al modelo que sea aprobado por este ayuntamiento.

La formalización de la inscripción implica el compromiso de asistencia durante todo el periodo de funcionamiento así como la obligatoriedad de pago de las tasas que sean aprobadas para la prestación del servicio. Cuando concurran circunstancias excepcionales de carácter económico, social, sanitario, etc, la Comisión de Bienestar Social del Ayuntamiento de Esteribar, previa valoración de la situación, podrá excepcionalmente eximir a los usuarios del pago de la cuota o reducir su cuantía.

El Ayuntamiento a la vista del número de inscripciones formalizadas y con el fin de asegurar la rentabilidad del servicio, podrá optar por la no prestación del mismo, en cuyo caso procederá a la inmediata devolución de las cantidades recaudadas en concepto de inscripción.

7._Personal encargado de la ludoteca.

El personal encargado de la Ludoteca deberá contar con la titulación de Monitor de Ocio y Tiempo Libre o tener formación o experiencia profesional en el campo de la educación infantil y juvenil.

El personal encargado de la Ludoteca deberá desempeñar las siguientes funciones:

1._Organización de grupos y horarios.

2._Inventario de material, calificación y catalogación.

3._Información y promoción del servicio.

4._Diseño y desarrollo de actividades y programas.

5._Planificación de actividades.

6._Evaluación de actividades.

7._Seguimiento individualizado de niños o adolescentes.

8._Atención y orientación a los padres o tutores.

9._Información y coordinación con la Concejalía de Bienestar Social.

En el desarrollo de sus funciones el personal responsable de la Ludoteca deberá trabajar los siguientes objetivos:

a) Facilitar la comunicación interpersonal.

b) Promover la participación y el asociacionismo.

c) Estimular la creatividad.

d) Fomentar la integración social, la solidaridad y el respeto a la diversidad.

e) Detectar las necesidades educativas especiales.

f) Fomentar el respeto a la naturaleza y el medio-ambiente.

8._Derechos y obligaciones de los usuarios.

Los usuarios tienen derecho a participar en las actividades que se desarrollen en la Ludoteca y a utilizar las instalaciones y el material en régimen de igualdad.

Los padres o tutores podrán solicitar información de las actividades y programas que se desarrollen o pretendan desarrollar en la Ludoteca.

Tanto los padres o tutores como los usuarios podrán formular reclamaciones y sugerencias tanto ante el personal encargado de la gestión como ante el Ayuntamiento de Esteribar.

Los usuarios están obligados a hacer un uso correcto de las instalaciones y del material disponible en la Ludoteca.

Deberán manifestar el debido respeto tanto al resto de los usuarios como al personal encargado del servicio.

Deberán atender las indicaciones y órdenes dadas por los responsables del servicio en cuanto a la utilización de las instalaciones, del material y al desarrollo de las actividades programadas.

Los padres o tutores están obligados al pago de las tasas que el ayuntamiento de Esteribar apruebe para la prestación del servicio.

9._Infracciones.

Se considera infracción el incumplimiento total o parcial de las obligaciones establecidas en el presente reglamento.

_Se consideran infracciones leves:

a) No mostrar la debida diligencia en la utilización de las instalaciones y el material.

b) No atender las indicaciones y órdenes dadas por los responsables del servicio.

_Son infracciones graves:

a) La reiteración en la comisión de infracciones leves.

b) El no mantener el debido respeto al resto de los usuarios.

c) El no mantener el debido respeto al personal encargado del servicio.

d) Causar de forma intencionada daños en las instalaciones o el material de la Ludoteca.

e) Alterar el orden e impedir el adecuado desarrollo de las actividades programadas.

_Son infracciones muy graves:

La comisión reiterada de infracciones graves.

10._Sanciones.

Las infracciones leves serán sancionadas con la expulsión de la Ludoteca por plazo de una semana.

Las infracciones graves serán sancionadas con la expulsión de la Ludoteca por plazo de un mes y en su caso con una multa equivalente al coste de los daños causados al material o a las instalaciones.

Las infracciones muy graves serán sancionadas con la expulsión definitiva de la Ludoteca y en su caso con una multa equivalente al doble del coste de los daños causados al material o a las instalaciones.

11._Tarifas.

Las tarifas serán establecidas por el Pleno del Ayuntamiento de Esteribar y serán revisadas anualmente.

Queda establecido el precio de 10 euros/curso para esta temporada de septiembre 2004 - junio 2005.

Esteribar, 7 de febrero de 2005
El Alcalde, Francisco Javier Borda Garde.

Código del anuncio: L0502060