BOLETÍN Nº 100 - 22 de agosto de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento número 284/2005 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Luis Miguel Clemente Pérez, contra la empresa Asador Restaurante El Tizón, S.L.L., sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha, que contiene la siguiente parte dispositiva:

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Miguel Clemente Pérez, frente a la empresa "Asador Restaurante El Tizón, S.L.L.", debo declarar y declaro la improcedencia del despido acaecido el día 19 de marzo de 2005, condenando a la empresa demandada a que en el plazo de cinco días, a contar desde la notificación de esta resolución, por escrito o mediante comparecencia en la Secretaría de este Juzgado, opte por readmitir al demandante en su puesto de trabajo o abonarle la indemnización de 719,06 euros y en todo caso los salarios dejados de percibir desde el día 19 de marzo de 2005, a razón de 38,35 euros el día a la fecha de notificación de esta resolución, previniéndole que caso de no optar en el plazo establecido, se le tendrá por readmitido.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo".

Diligencia. Notifíquese a las partes la sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio, deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 150,25 euros, en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta por este Juzgado de lo Social en el Grupo Banesto (Banco Español de Crédito, S.A., Banco de Vitoria, S.A.), sucursal de la calle Cortes de Navarra, número 5, de Pamplona y cuenta número 3159, procedimiento número 3159.0000.65.0284.2005. Deberá igualmente acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159.0000.67.0284.2005, la cantidad objeto de la condena. Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario, en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

También se advierte a la empresa, que si recurre, viene obligada a dar ocupación al trabajador despedido, o si prefiere, abonarle el salario correspondiente sin contraprestación de servicios durante todo el tiempo que dure la tramitación del recurso, siempre que optare por su readmisión. Enterados, firman, doy fe.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Asador Restaurante El Tizón, S.L.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 19 de julio de 2005
La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

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