BOLETÍN Nº 100 - 22 de agosto de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Audiencia Provincial de Navarra Sección Segunda

E D I C T O

Don Juan José Ballano Gonzalo, Secretario en funciones de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra.

Doy fe y testimonio: Que en el rollo de apelación civil número 19/2005, dimanante de autos número 82/2004, del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona, en los que sido parte apelante Electricidad Baranda, S.L., se ha dictado sentencia que contiene literalmente el siguiente fallo:

"Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora doña Mercedes Hermoso de Mendoza Erviti, en nombre y representación de la mercantil "Electricidad Baranda, S.L.", contra la sentencia de fecha 21 de octubre de 2004, dictada por el ilustrísimo señor Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Seis de Pamplona, en autos de juicio ordinario número 82/2004, debemos confirmar y confirmamos la citada sentencia, con imposición a la parte apelante de las costas causadas en esta segunda instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes y con certificación de la misma, devuélvanse los autos al Juzgado de procedencia.

Líbrese por el señor Secretario certificación de la presente resolución, que se dejará en el rollo correspondiente, llevando la original al Libro de Sentencias Civiles de esta Sección.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, los componentes de esta Sección".

Lo anteriormente inserto concuerda bien y fielmente con su origina al que me remito.

Y para que sirva de notificación a Urra Accesorios, S.L., Pedro Urra Martínez y Manuel Urra Martínez, haciéndoles saber que dicha resolución es susceptible de recurso de casación y de recurso extraordinario por infracción procesal, ante la Sala Primera del Tribunal Supremo, conforme a los artículos 477 y 469, en relación con la Disposición Final 16.ª de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil, o en su caso, de recurso de casación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, conforme al artículo 477, en cuyo supuesto podrá también fundar su impugnación en los motivos de infracción procesal del artículo 469, según lo prevenido en la Disposición Final 16.ª de la misma Ley, debiendo presentar ante esta Sección el escrito de preparación, en el plazo de cinco días siguientes al de esta notificación, expido y firmo la presente en Pamplona, a 28 de julio de 2005._El Secretario, Juan José Ballano Gonzalo.

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