BOLETÍN Nº 50 - 26 de abril de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

BETELU

Modificación del acuerdo relativo a las retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación

En la sesión que el Pleno del Ayuntamiento de Betelu celebró en fecha 11 de marzo de 2004, por unanimidad de la Corporación se aprobó:

1. Modificar el punto quinto del acuerdo adoptado en la sesión que el Pleno del Ayuntamiento de Betelu celebró en fecha 4 de julio de 2003, relativo a las retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación, quedando de la siguiente forma:

Quinto._Se fija el siguiente régimen de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación, que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial:

_Por cada asistencia a Sesiones de Organo colegiado de la Corporación: 72,00 euros.

En todo caso, el número máximo al año de sesiones de Organo colegiado por las que cada miembro de la Corporación podrán percibir asistencias será de doce.

2. Hacer público el presente acuerdo, previa fijación del mismo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Betelu, 11 de marzo de 2004
El Alcalde, Miguel Javier Recalde Goldaraz.

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