BOLETÍN Nº 50 - 26 de abril de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 80/2004, de 1 de abril, del Consejero de Educación, por la que se aprueba la XXIV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria, de la Comunidad Foral de Navarra. Curso escolar 2004/2005.

El Decreto 162/1988, de 19 de mayo, que regula los Cursos de Reciclaje en Lengua Vasca para el personal docente de niveles no universitarios de los centros públicos y privados de la Comunidad Foral de Navarra, establece en la Disposición Adicional que el número de plazas en los cursos intensivos de reciclaje con liberación total o parcial de clases, se fijará para cada curso de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y con las necesidades de personal con capacitación docente en vascuence y, que para ser admitidos en dichos cursos, los profesores deberán obtener de la Administración educativa competente la necesaria autorización o licencia. Asimismo, en la Disposición Final primera se faculta al Consejero de Educación para aprobar las oportunas convocatorias anuales para su aplicación.

Por otra parte, la Orden Foral 279/2001, de 13 de julio, por la que se aprueba el "Pacto para la mejora de la calidad del servicio educativo en la Comunidad Foral de Navarra" establece la posibilidad de convocar cursos intensivos de corta duración para el perfeccionamiento lingüístico, actualización gramatical y mejora de la capacidad comunicativa del profesorado que imparte asignaturas en vascuence.

El Servicio de Vascuence presenta informe favorable para la aprobación de la XXIV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria, de la Comunidad Foral de Navarra para el curso escolar 2004/2005.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Autorizar la XXIV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de enseñanza no universitaria, de la Comunidad Foral de Navarra para el curso escolar 2004/2005, y sus bases que figuran en el Anexo I de la presente Orden Foral.

2.º Ordenar la publicación de la presente Orden Foral con sus Anexos en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Trasladar la presente Orden Foral con sus Anexos al Servicio de Recursos Humanos, al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al Servicio de Vascuence, a la Sección de Didáctica del Vascuence, al Negociado de Glotodidáctica, a la Unidad de Administración, al Negociado de Euskaldunización de Adultos, al Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence y al Centro Público de enseñanza de vascuence a personas adultas "Zubiarte Euskaltegia", a los efectos oportunos.

4.º Contra la presente Convocatoria y sus Bases podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, previo al contencioso administrativo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO I

Bases que regulan la XXIV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca para personal docente de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral de Navarra

Base primera._Actividades de formación previstas.

Esta convocatoria incluye las siguientes propuestas formativas:

Cursos de aprendizaje de lengua vasca:

_Cursos intensivos de reciclaje de vascuence, que se regirán por lo establecido en la Base segunda de este anexo.

_Cursos extensivos de aprendizaje de vascuence, que se regirán por lo establecido en la Base tercera de este anexo.

_Ayudas individuales para el aprendizaje de vascuence, que se regirán por lo establecido en la Base cuarta de este anexo.

Cursos de perfeccionamiento lingüístico en vascuence:

_Cursos intensivos de perfeccionamiento lingüístico con licencia laboral, que se regirán por lo establecido en la Base quinta de este anexo.

_Cursos extensivos de perfeccionamiento lingüístico, que se regirán por lo establecido en la Base sexta de este anexo.

I._CURSOS DE APRENDIZAJE DE LENGUA VASCA

Base Segunda._Cursos intensivos de reciclaje de vascuence.

1._Participantes.

Podrán participar los profesores de Educación Infantil, Primaria y Secundaria en activo con destino definitivo en centros públicos de Navarra. También podrán participar los contratados laborales fijos de centros privados concertados de enseñanza no universitaria de la Comunidad Foral, así como el profesorado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria con destino provisional en centros públicos de Navarra.

No podrán tomar parte quienes hayan participado anteriormente en esta misma modalidad de los cursos de reciclaje en vascuence o quienes habiendo sido admitidos con anterioridad hayan renunciado a su participación sin haberlo justificado debidamente. Asimismo se rechazará la participación de quienes posean cualquier título o certificado equivalente al Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra o haya aprobado los exámenes para la obtención de dicho Título antes del comienzo de los cursos de reciclaje.

Tampoco podrán participar aquellos profesores que, una vez finalizado el reciclaje, no puedan cumplir el compromiso de ejercer la docencia en vascuence durante un mínimo de cinco años, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.1. de la base segunda de este anexo.

2._Modalidades.

_Modalidad B.

Objetivo: Lograr la capacidad para enseñar en vascuence y obtener el título EGA.

Programa: Se ajustará a los objetivos establecidos para el segundo y tercer nivel del currículo de enseñanza de vascuence a personas adultas establecidos en el artículo 6 de la Orden Foral 365/2002, de 5 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Centro Público de enseñanza de vascuence a personas adultas "Zubiarte Euskaltegia" (7, 8, 9, 10, 11 y 12 urratsak).

Duración: Un año o un cuatrimestre, en función del nivel acreditado en la prueba de acceso.

Requisitos: Haber superado el 6.º urrats o el ciclo elemental de la Escuela Oficial de Idiomas.

_Modalidad C.

Objetivo: Lograr la capacidad para enseñar en vascuence y obtener el título EGA.

Programa: Se ajustará a los objetivos establecidos para el tercer nivel del currículo de enseñanza de vascuence a personas adultas establecidos en el artículo 6 de la Orden Foral 365/2002, de 5 de julio, por la que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Centro Público de enseñanza de vascuence a personas adultas "Zubiarte Euskaltegia" (Repaso, 11 y 12 urratsak).

Duración: Un cuatrimestre.

Requisitos: Los candidatos deberán acreditar en la prueba de ingreso que tienen superados los objetivos establecidos en el mismo artículo de la Orden Foral citada para el segundo nivel del currículo de enseñanza de euskera a personas adultas (10 urrats).

_Otros niveles:

A lo largo del curso académico 2004/2005, el Departamento de Educación podrá conceder licencia laboral para realizar el reciclaje de vascuence a aquellos profesores que no hayan podido acreditar el nivel de conocimiento de vascuence requerido para acceder a los cursos convocados en las anteriores modalidades y que tengan el perfil al que se refiere el párrafo quinto del punto 7 B, apartado VI del anexo a la Orden Foral 279/2001, de 13 de julio, por la que se aprueba el "Pacto para la mejora de la calidad del servicio educativo en la Comunidad Foral de Navarra".

3._Calendario y horario.

3.1. Para todas las modalidades:

Desde el día 13 de septiembre y hasta el inicio de las clases regulares del C.P. Zubiarte Euskaltegia se impartirán cinco horas de clase diarias.

Durante el mes de junio, hasta el día 24, recibirán 5 horas de clase diarias.

Desde el inicio de las clases regulares del C.P. Zubiarte Euskaltegia al 31 de mayo, se impartirán treinta horas semanales de clase.

Las vacaciones de Navidad comenzarán el 23 de diciembre y finalizarán el 9 de enero, ambos incluidos; las de Semana Santa se extenderán del 24 de marzo al 3 de abril, ambos incluidos.

Además de los días festivos señalados en el calendario laboral para el personal al servicio de la Comunidad Foral de Navarra que tiene destino en Pamplona, serán festivos aquellos que consten como tales en el calendario para el curso 2004/2005 que se apruebe para el C.P. "Zubiarte Euskaltegia".

3.2. Para la modalidad B:

3.2.1. Calendario:

El curso comenzará con un cursillo intensivo en régimen de internado, que se desarrollará del 5 al 30 de agosto en una localidad vascófona.

Una vez finalizado el periodo de reciclaje, el Servicio de Vascuence podrá requerir la realización de un segundo cursillo en régimen de internado a aquellos participantes que no logren el título EGA en la convocatoria de junio. El resto de los participantes podrán realizar dicho cursillo, con carácter voluntario, siempre que existan plazas disponibles.

Para facilitar que las personas admitidas puedan colaborar en las labores de organización del nuevo curso y coordinarse con quien vaya a sustituirles, las clases se interrumpirán el 1 de septiembre y se reanudarán el 13 de septiembre.

Las clases finalizarán el 24 de junio de 2005. Una vez terminadas estas, los alumnos deberán incorporarse a sus respectivos centros aunque deberán presentarse a las pruebas de EGA convocadas con posterioridad a dicha fecha.

3.2.2. Horario:

La duración del curso será aproximadamente de 1.190 horas lectivas y 150 horas correspondientes a las actividades complementarias del periodo de internado.

3.3. Para la modalidad C:

Horario y Calendario:

El curso tendrá una duración aproximada de 475 horas lectivas.

El Servicio de Vascuence podrá requerir a aquellos participantes que no logren el título EGA en las convocatorias de enero o junio, la realización de un cursillo intensivo de un mes de duración durante el verano del año 2005 en una localidad vascófona.

El periodo de liberación durará desde el 1 de septiembre de 2004 hasta el 31 de enero de 2005. Terminado éste, los alumnos deberán incorporarse a sus respectivos centros aunque deberán presentarse a las pruebas de EGA convocadas con posterioridad a dicha fecha durante los meses de enero y febrero de 2005. Los primeros días de septiembre y los últimos días de enero se dedicarán a tareas de coordinación con el sustituto.

4._Organización del curso: Calendario y horario.

A partir del primer día que inicien sus clases los grupos ordinarios del C.P. Zubiarte Euskaltegia, los reciclandos se integrarán en los grupos de aprendizaje de vascuence más adecuados a su nivel que se formen en el C.P. Zubiarte Euskaltegia y recibirán sus clases en el horario de mañana y/o tarde que se determine para dichos grupos.

Si eso no fuera posible o la organización del C.P. Zubiarte Euskaltegia no aconseje esta alternativa, podrán constituirse grupos específicos con estos alumnos, según su modalidad y con el número mínimo establecido en el artículo 4 punto 3 del Decreto Foral 162/1988, de 19 de mayo, por el que se regulan los cursos de reciclaje en vascuence para el personal docente de niveles no universitarios de los centros públicos y privados de Navarra.

El Servicio de Vascuence podrá realizar modificaciones tanto en el presente calendario como en los lugares previstos para impartir clases.

5._Derechos y obligaciones de los participantes.

5.1. De acuerdo con lo establecido en el Decreto Foral 162/1988, de 19 de mayo, por el que se regulan los cursos de reciclaje en euskera para el personal docente y en la Ley Foral 11/1996, de 2 de julio, de medidas relativas al personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, el profesorado participante en el reciclaje se compromete a ejercer la docencia en o del vascuence durante un periodo mínimo de cinco años.

El profesorado con destino definitivo será adscrito a plazas de o en vascuence en su centro, localidad, zona o zonas adyacentes. Durante el periodo de vigencia de este compromiso, en caso de participar en concursos de traslado, queda obligado a solicitar plazas con conocimiento preceptivo de vascuence.

Quienes tienen destino provisional, durante el periodo de vigencia de este compromiso, quedan obligados a solicitar plazas de o en vascuence en los sucesivos concursos de traslados. De no obtener una plaza definitiva, podrán ser destinados provisionalmente a plazas con conocimiento preceptivo de vascuence.

5.2. Los participantes en el curso deberán presentarse a las pruebas de examen EGA del Gobierno de Navarra hasta su superación. En caso de querer presentarse a otras pruebas equivalentes, deberán notificarlo previamente al Servicio de Vascuence y comprometerse a aportar los justificantes de matrícula y los resultados obtenidos.

5.3. La permanencia de los participantes en los cursos de reciclaje dependerá de los resultados de las evaluaciones que periódicamente se realicen. Si en dichas evaluaciones se detectara que algún alumno no sigue los ritmos de aprendizaje adecuados, o manifiesta abandono no justificado, será dado de baja en el curso y reintegrado a su destino.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Orden Foral 365/2002, de 5 de julio, cada 175 horas aproximadas de aprendizaje, el tutor del personal docente en reciclaje de vascuence elevará al Servicio de Vascuence informe personalizado acerca del progreso de los alumnos con licencia laboral para realizar el reciclaje. En dicho informe se valorarán las incidencias del proceso, si las hubiere, y la pertinencia de continuar el proceso de reciclaje de acuerdo a lo que reglamentariamente se establezca.

5.4. Las faltas derivadas de enfermedad de corta duración (menos de un mes), huelga o causas de fuerza mayor no darán ningún derecho a su recuperación, debiendo las demás ser estudiadas por la Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje de la Dirección General de Enseñanzas Escolares y Profesionales.

5.5. Los profesores admitidos podrán solicitar la ayuda establecida para las actividades de formación por el kilometraje que efectivamente realicen, siempre que no tengan el destino o el domicilio en la zona de Pamplona.

5.6. El incumplimiento de estas condiciones, compromisos y obligaciones conllevará la pérdida de la condición de alumno, y la Administración tomará las medidas pertinentes, tales como la apertura de expediente y/o la demanda de devolución de los gastos ocasionados.

6._Plazos de solicitud. Lugar y fecha de la prueba de acceso.

Las solicitudes de participación, junto con una declaración jurada aceptando las normas y condiciones de la convocatoria, según el modelo incluido en el Anexo II, se presentarán en el Registro del Departamento de Educación o en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra hasta las 12:00 horas del jueves 13 de mayo, ambos inclusive.

El día 18 de mayo, martes, se publicará, a partir de las 12:00 horas en el Tablón de Anuncios del Departamento de Educación la lista provisional de admitidos y excluidos a la prueba de ingreso así como el lugar en el que se realizarán dichas pruebas. Las personas excluidas podrán presentar reclamaciones, en el Registro del Departamento de Educación, hasta las 12:00 horas del jueves 20 de mayo.

La lista definitiva de admitidos y excluidos a la prueba de ingreso se publicarán el día 24 de mayo, lunes, a partir de las 12,00 horas, en el Tablón de Anuncios del Departamento de Educación.

Todos los solicitantes que reúnan (o puedan reunir en el momento de la selección) las condiciones exigidas realizarán una prueba de acceso que constará de 2 partes: Escrita y oral. La prueba escrita se realizará el 26 de mayo, miércoles, a las 16,30 horas y la prueba oral y pruebas complementarias se realizarán el 29 de mayo, sábado, a partir de las 9:00 horas.

7._Selección de participantes.

7.1. Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje.

Esta comisión realizará la selección de los participantes y estará compuesta por los Directores de los Servicios de Vascuence, de Inspección y de Recursos Humanos o personas en quienes deleguen, dos miembros de la Comisión de Personal Docente de Centros no Universitarios y el técnico del Servicio de Vascuence responsable del programa, que actuará como Secretario de la Comisión. El Director del Centro Público de enseñanza de vascuence a personas adultas "Zubiarte Euskaltegia" y el Director del Centro de Recursos para la enseñanza de vascuence prestarán asesoramiento a la Comisión para la selección del personal con licencia laboral en los cursos intensivos de aprendizaje de vascuence y en los cursos intensivos de perfeccionamiento lingüístico, respectivamente.

7.2. Criterios de selección.

Para la selección de aspirantes se aplicarán los siguientes criterios de prioridad en el orden en el que se citan:

_Quienes tengan destino definitivo en una plaza con conocimiento preceptivo de vascuence.

_Quienes hayan pasado menos tiempo, en anteriores ediciones, en los cursos intensivos con liberación laboral.

_Quienes hayan cumplido por completo su compromiso de ejercer la docencia en vascuence, y, a continuación, quienes acrediten un mayor grado de cumplimiento de dicho compromiso.

_Quienes lleven más años ejerciendo la docencia en vascuence.

Dentro de cada uno de los supuestos, se ordenará a los aspirantes según el nivel de vascuence que acrediten en la prueba inicial de acceso

7.3. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección se ajustará a los siguientes actos y fechas:

_31 de mayo, lunes: Reunión de la Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje para elaborar la lista provisional de admitidos.

_1 de junio, martes, a partir de las 12,00 horas: Publicación de la Resolución provisional en el Tablón de Anuncios del Departamento.

_Días 2 y 3 de junio hasta las 14,30 horas: Presentación de reclamaciones a la Resolución provisional.

_8 de junio, martes: Reunión de la Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje para resolver las reclamaciones.

_9 de junio, miércoles: Publicación de la Resolución definitiva en el Tablón de Anuncios del Departamento.

7.4. Lista de espera.

Una vez realizada la selección de participantes se establecerá una lista de espera para cubrir las vacantes que pudieran producirse.

Base tercera._Cursos extensivos de aprendizaje de vascuence.

Estos cursos de aprendizaje de vascuence, sin licencia laboral, están dirigidos a grupos de profesores de enseñanzas escolares o profesionales de un centro o varios centros próximos, cuyo nivel de conocimiento de vascuence sea similar. El personal temporal podrá acogerse a esta convocatoria únicamente durante el periodo de vigencia de su contrato.

Los cursos extensivos de aprendizaje de vascuence se impartirán en el CP Zubiarte Euskaltegia o, en su caso, en el propio centro o CAP de la zona.

Los grupos deberán contar con un mínimo de cinco participantes y un máximo de quince.

El programa se ajustará a los objetivos establecidos en el artículo 6 de la Orden Foral 365/2002, de 5 de julio, para los diferentes niveles del currículo de enseñanza de vascuence a personas adultas.

Los grupos habrán de cursar, como mínimo, 6 horas semanales distribuidas en dos sesiones semanales.

El curso escolar se dividirá en 2 periodos. El primero de octubre a febrero y el segundo de febrero a junio.

En el mes de septiembre de 2004 se remitirá a los centros el impreso de inscripción para solicitar la participación en dichos cursos.

Los grupos que se inicien en octubre y deseen continuar durante el segundo periodo tendrán que solicitarlo en el plazo que se determine.

Base cuarta._Ayudas Individuales para cursos impartidos en centros privados de enseñanza de vascuence a personas adultas.

1._Objeto.

Estas ayudas tienen como objeto subvencionar los cursos impartidos por entidades privadas en tanto en cuanto no exista en la localidad o zona de influencia un centro de enseñanza de vascuence dependiente de la Administración, salvo que se justifique debidamente no haber sido admitido en éste.

Los participantes tendrán derecho a la financiación de parte de los gastos de matrícula y mensualidades comprendidos entre los meses de octubre de 2004 y septiembre de 2005.

2._Beneficiarios.

Podrá solicitar las ayudas el personal docente de centros públicos y privados de enseñanzas escolares y profesionales. El profesorado temporal podrá acogerse a estas ayudas únicamente durante el periodo de vigencia de su contrato.

3._Tipos de ayudas.

a) Curso escolar de octubre a junio. La subvención será de 0,65 euros por hora acreditada hasta un máximo de 250 euros. En caso de matricularse en centros de auto-aprendizaje la ayuda se realizará aplicando el módulo que reglamentariamente se establezca, la ayuda máxima por curso escolar no superará los 250 euros.

b) Cursos de verano e intensivos cuya duración esté comprendida entre 2 y 6 semanas.

b.1) En régimen abierto con una carga lectiva diaria mínima de 2 horas. La subvención será de 0,65 euros por hora acreditada hasta un máximo de 90 euros.

b.2) En régimen de internado con una carga lectiva diaria mínima de 5 horas. La subvención por día lectivo completo con alojamiento será de 13 euros, hasta un máximo de 400 euros por periodo de verano.

Las ayudas serán abonadas en dos plazos, julio y noviembre.

Será imprescindible presentar en el Servicio de Vascuence las facturas correspondientes a las tasas académicas y alojamiento y el certificado de asistencia expedido por el centro. El euskaltegi acreditará el nivel inicial, la duración y el número de horas del curso, las horas realizadas por el solicitante y el nivel final alcanzado.

4._Solicitudes.

Quienes deseen acogerse a esta modalidad lo solicitarán individualmente mediante instancia dirigida al Director General de Enseñanzas Escolares y Profesionales, firmada y totalmente cumplimentada, según el Anexo III de esta convocatoria.

Las solicitudes para las clases recibidas durante el curso académico se presentarán durante el mes de junio y las solicitudes para los cursos de verano en el mes de octubre. Las solicitudes se presentarán en el Registro del Departamento de Educación o en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre. Los plazos de solicitud serán improrrogables.

5._Obligaciones.

Quienes deseen recibir las ayudas deberán realizar los exámenes correspondientes a su nivel: el ciclo elemental de las Escuelas Oficiales de Idiomas al finalizar el 3.º nivel o 6.º urrats y el ciclo superior de las Escuelas Oficiales de Idiomas, o el examen para la obtención del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra al finalizar el proceso.

II._CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO LINGÜISTICO EN VASCUENCE

Base quinta._Curso intensivo de perfeccionamiento lingüístico en vascuence con licencia laboral parcial.

1._Objeto del curso.

Los cursos tienen como objetivo la actualización gramatical y la mejora de la producción textual, tanto oral como escrita, de los profesores participantes.

2._Participantes.

La presente convocatoria, con un total de 16 plazas, se dirige a los profesores con destino definitivo en centros públicos de la Comunidad Foral de Navarra, que imparten clase en vascuence en el modelo D o B.

3._Estructura del curso.

Los contenidos del curso están organizados en módulos que se distribuyen en dos fases: un curso intensivo de 150 horas de duración, con licencia laboral y una fase extensiva, sin licencia, de otras 100 horas.

CURSO INTENSIVO HORAS M A T E R I A S

Calidad textual: La corrección 30 Actualización gramatical, nueva normativa de Euskaltzaindia, propuestas lingüísticas.

Calidad textual: Variedades textuales y mecanismos de organización textual 30 La cohesión y la coherencia textual

Producción textual de calidad 30 Técnicas de producción textual

Variedades dialectales del vascuence en Navarra 12 Nociones generales y características básicas.

¿Cómo corregir textos? 15 Técnicas de corrección textuales aplicadas a la enseñanza.

Traducción aplicada a la enseñanza (Fase colectiva) 18 Técnicas básicas de traducción para textos escolares de uso diario.

Recursos de consulta clásicos y de nuevas tecnologías 15 Recursos clásicos (diccionarios, enciclopédicos) y digitales (CD ROM, Internet, programas específicos).

Total 150

Tareas a realizar por Internet 40 Supuestos prácticos de utilización de Internet en la escuela.

Traducción aplicada a la enseñanza (fase individual) 18 Técnicas básicas de traducción para textos escolares de uso diario.

Variedades dialectales del vascuence 12 Materiales complementarios.

Sesiones de trabajo para corrección de textos escolares 30 Seminario de corrección de trabajos del alumnado.

Total 100

Total horas a acreditar 250

4._Organización del curso.

El período de licencia laboral se extenderá desde el día 10 de enero de 2005 hasta el 23 de febrero de 2005, ambos inclusive. El primer y el último día de la licencia se dedicarán a coordinar las actividades de clase con el profesor substituto.

Las clases se impartirán en el Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence, sito en Huarte, Parque Mokarte, s/n.

Las sesiones lectivas del Curso intensivo con licencia laboral se prolongarán desde las 9 de la mañana hasta las 14,30 horas, con una pausa de 30 minutos.

El Servicio de Vascuence podrá realizar modificaciones en el calendario previsto para impartir clases.

El horario, organización y calendario de los cursos sin licencia laboral previstos en la fase extensiva, de obligado cumplimiento, se remitirán a los profesores seleccionados en el mes de septiembre.

5._Derechos y deberes de los participantes.

5.1. La solicitud de participación implica el compromiso de realizar la totalidad de las actividades previstas en las dos fases que componen el curso.

5.2. Los profesores admitidos podrán solicitar la ayuda establecida para las actividades de formación por el kilometraje que efectivamente realicen, siempre que no tengan el destino o el domicilio en la zona de Pamplona.

5.3. El incumplimiento de estas condiciones, compromisos y obligaciones conllevará la pérdida de la condición de alumno, y la Administración tomará las medidas pertinentes, tales como la apertura de expediente y/o la demanda de devolución de los gastos ocasionados.

5.4. Las faltas derivadas de enfermedad, huelga o causas de fuerza mayor no darán ningún derecho a su recuperación.

6._Tramitación de las solicitudes.

Las solicitudes de participación en estos cursos, según el modelo incluido en el Anexo IV, se presentarán en el Registro del Departamento de Educación o en los lugares determinados en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

El plazo de presentación de las solicitudes se contará a partir del día siguiente a la publicación de esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra hasta el 13 de mayo, ambos inclusive.

Junto con la solicitud para el curso intensivo de perfeccionamiento lingüístico en vascuence con licencia laboral parcial (anexo IV) se presentarán los siguientes documentos:

_Hoja de servicios actualizada. El Servicio de Recursos Humanos incorporará de oficio las hojas de servicios.

_Fotocopia compulsada del Título de Aptitud de Conocimiento de Euskara (EGA) del Gobierno de Navarra o equivalente.

_Fotocopias compulsadas de los certificados acreditativos en actividades de perfeccionamiento lingüístico

7._Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección se ajustará a los siguientes actos y fechas:

_31 de mayo: Reunión de la Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje para elaborar la lista provisional de admitidos.

_1 de junio: Publicación de la Resolución provisional en el Tablón de Anuncios del Departamento de Educación.

_Días 2 y 3 de junio: Presentación de reclamaciones a la Resolución provisional.

_8 de junio: Reunión de la Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje para resolver las reclamaciones.

_9 de junio: Publicación de la lista definitiva en el Tablón de Anuncios del Departamento de Educación.

8._Criterios de selección.

En el caso de que hubiera una demanda de participación superior al número de plazas asignado, la Comisión de Selección y Seguimiento del Reciclaje realizará la selección de un máximo de dos personas por centro y un máximo del 60% de las plazas para profesores de Educación Infantil y Primaria, aplicando los siguientes criterios de prioridad en el orden en el que se citan:

_Quienes lleven más años ejerciendo la docencia como funcionario adscrito al centro desde el que se realiza la solicitud.

_Quienes lleven más años ejerciendo la docencia en vascuence.

_Quienes acrediten mayor antigüedad en la obtención del título EGA o equivalente.

_Quienes acrediten haber cursado más horas en actividades de perfeccionamiento lingüístico.

_Quienes hayan pasado menos tiempo en cursos de reciclaje con licencia laboral.

9._Lista de espera.

Una vez realizada la selección de participantes se establecerá una lista de espera para cubrir las vacantes que pudieran producirse.

Base sexta._Cursos extensivos de perfeccionamiento lingüístico.

Estos cursos de perfeccionamiento lingüístico de vascuence, sin licencia laboral, están dirigidos a profesores de enseñanzas escolares y profesionales de centros públicos y privados, que estén en posesión del Título EGA o equivalente. El personal temporal podrá acogerse a esta convocatoria únicamente durante el periodo de vigencia de su contrato.

Los cursos extensivos de perfeccionamiento lingüístico de vascuence se impartirán en el Centro de Recursos para la enseñanza de vascuence o, en su caso, en el propio centro.

La relación de cursos extensivos de perfeccionamiento lingüístico de vascuence organizados para el curso 2004/2005 será remitida a los centros junto con el impreso de inscripción en septiembre de 2005.

Los temas generales sobre los que versarán dichos cursos serán la actualización gramatical, la producción y corrección de textos orales y escritos, currículos de lengua vasca y literatura, los registros coloquiales y hablas dialectales del vascuence y aquellas otras que estime el Servicio de Vascuence.

ANEXO II

Solicitud para cursos intensivos de reciclaje de vascuence

SOLICITANTE

Apellidos: Nombre:

Domicilio: Localidad:

Teléfono: N.º registro personal: Fecha nacimiento: ........./........./......... Correo electrónico

PUESTO DE TRABAJO

f Maestro f Profesor de secundaria f Profesor/a técnico/a de F.P.

DESTINO DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2003-2004

Centro: Localidad:

Teléfono: Nivel educativo: Adscripción/especialidad:

f Definitivo f Provisional f Contratado laboral fijo

f Pendiente de traslado o desplazamiento

CONOCIMIENTOS DE VASCUENCE

Nivel máximo logrado: Año:

Euskaltegi o centro:

¿HAS REALIZADO CURSOS INTENSIVOS DE RECICLAJE CON LIBERACION TOTAL DE TAREAS DOCENTES?

Modalidad(es): Año(s):

.............................., a ....... de ..................... de 2004

Firma

Declaración jurasa aceptando las condiciones de la XXIV Convocatoria del Plan de Formación en Lengua Vasca

Don/Doña ................................................... con D.N.I. número ........................ manifiesto que, conocida la convocatoria del XXIV Plan de Formación en Lengua Vasca del personal docente de la Comunidad Foral de Navarra, acepto las condiciones y compromisos correspondientes a los cursos intensivos de reciclaje en vascuence, así como el periodo de tiempo que la Comisión de Selección y Seguimiento estime oportuno para la finalización del proceso de reciclaje.

..............................., a ........... de ............. de 2004

(Firma)

ANEXO III

Solicitud de ayudas económicas individuales para cursos de vascuence

SOLICITANTE

Apellidos: Nombre:

Domicilio: Localidad:

Teléfono: N.º registro personal: Fecha nacimiento: ........./........./......... Correo electrónico

PUESTO DE TRABAJO

f Maestro f Profesor de secundaria f Profesor/a técnico/a de F.P.

DESTINO DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2003-2004

Centro: Localidad:

Teléfono: Nivel educativo: Adscripción/especialidad:

f Definitivo f Provisional f Contratado laboral fijo

f Pendiente de traslado o desplazamiento f Contratado temporal

MODALIDAD SOLICITADA

f Cursos anuales f Cursos de verano

DATOS DEL CURSO A REALIZAR

Centro/euskaltegi: Localidad:

Curso o nivel: Número horas semanales:

HORARIO SEMANAL

Lunes: Martes: Miércoles: Jueves: Viernes:

De: De: De: De: De:

A: A: A: A: A:

DURACION DEL CURSO: Del .......-....... 2004 al .......-....... 2005

.............................., a ........... de ................. de 2004

Firma

CONSTATACION DE LA DIRECCION DEL CENTRO ESCOLAR

Don/Doña ................................................., Director/a del centro escolar .............................., Localidad ..............................., hace constar que el profesor/a cuya instancia se presenta tiene el destino y la situación administrativa manifestada.

DIRECTOR/A DEL CENTRO

ANEXO IV

Solicitud para el curso intensivo de perfeccionamiento lingüistico en vascuence con licencia laboral parcial

SOLICITANTE

Apellidos: Nombre:

Domicilio: Localidad:

Teléfono: N.º registro personal: Fecha nacimiento: ........./........./......... Correo electrónico

PUESTO DE TRABAJO

f Maestro f Profesor de secundaria f Profesor/a técnico/a de F.P.

DESTINO DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2003-2004

Centro: Localidad:

Teléfono: Nivel educativo: Adscripción/especialidad:

f Definitivo f Provisional f Contratado laboral fijo

f Pendiente de traslado o desplazamiento

1. Años ejerciendo la docencia como funcionario adscrito al centro desde el que se realiza la solicitud

2. Años impartiendo clases en vascuence

3. Año en que obtuvo el título EGA o equivalente

4. Horas acreditadas en cursos de perfeccionamiento

5. ¿Ha realizado algún curso de reciclaje en vascuence? ¿Cuántos?

Por la presente solicito ser admitido en el curso de perfeccionamiento lingüístico que se impartirá en el EIBZ (Centro de Recursos para la Enseñanza de Vascuence).

Declaro que conozco y acepto las condiciones establecidas para su realización y que los datos manifestados son reales y verdaderos.

Y así lo firmo para que conste y tenga los efectos oportunos.

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Firma del solicitante

Pamplona, a ............................ de .......................... de 2004

Pamplona, 1 de abril de 2004
El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

Código del anuncio: F0405541