II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
- AMESCOA BAJA
Imposición de los tipos de gravamen del año 2000
Este Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 31 de diciembre de 1999, ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.-Imponer para el año 2000 los siguientes tipos de gravamen en los tributos municipales relacionados a continuación:
a) Contribución Territorial de bienes de naturaleza urbana: 0,27 por ciento del valor catastral.
b) Contribución Territorial de bienes de naturaleza rústica: 0,55 por ciento del valor catastral.
c) Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: 2 por ciento del coste real y efectivo de la ejecución material de la construcción, instalación u obra.
d) Impuesto sobre Actividades Económicas o Licencia Fiscal: Se fija el índice 1 sobre las cuotas mínimas establecidas en las tarifas del impuesto.
e) Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana o Plusvalía: De conformidad con el artículo 175 y 176 de la Ley Foral de las Haciendas Locales de Navarra, se establece el siguiente porcentaje y escala de gravamen, respectivamente:
-Para la determinación de la Base Imponible se aplicará sobre el valor del terreno en el momento del devengo el siguiente porcentaje:
Período de 1 hasta 5 años: 2,2 por ciento.
Período de 5 hasta 10 años: 2,1 por ciento.
Período de 10 hasta 15 años: 2 por ciento.
Período de 15 hasta 20 años: 2 por ciento.
Para la determinación de la cuota se fija un tipo de gravamen del 8 por ciento sobre la base imponible resultante conforme a lo dispuesto en el apartado anterior.
2.-El presente acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero del año 2000 y seguirá en vigor en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
Contra este acuerdo puede interponerse optativamente alguno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación y notificación de la presente resolución.
b) Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación y notificación de la presente resolución.
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de publicación y notificación de la presente resolución.
Améscoa Baja, a treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. El Alcalde, José Javier Sáez de Jáuregui.
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