BOLETÍN Nº 39 - 29 de marzo de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 85/ 2000, de 9 de marzo, del Consejero de Educación y Cultura por la que se autoriza la expedición del Titulo de Aptitud en Euskera (E.G.A.) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el año 1999 han superado las pruebas establecidas para su obtención.

Por Orden Foral 1535/1985 del Consejero de Educación y Cultura se creó el Título de Aptitud de Conocimiento de Euskera con la finalidad de acreditar un conocimiento suficiente del euskera, tanto oral como escrito, para las diferentes actividades profesionales.

En la actualidad, este título puede obtenerse a través de tres vías:

1.-Superando las pruebas de la convocatoria libre para la obtención del título EGA, reguladas por las Ordenes Forales 463/1998, de 15 de diciembre y 52/1999, de 3 de marzo. A lo largo de 1999 se han realizado dos convocatorias: junio y septiembre.

2.-Superando las pruebas específicas para personal docente no universitario en ejercicio (incluidos orientadores escolares e inspectores) para la obtención de dicho título, reguladas por la Orden Foral 221/1998, del 17 de junio de 1998. A lo largo de 1999 se han realizado tres convocatorias: enero, junio y septiembre.

3.-Habiendo cursado (principal o totalmente) en euskera los estudios en la Escuela Universitaria de Profesorado siempre que la dirección del centro así lo certifique, señalando además que la persona aspirante tiene el nivel de euskera requerido para la expedición del título EGA.

Una vez finalizados los procesos correspondientes a 1999, el Servicio de Euskera propone que se extienda Título de Aptitud en Euskera (E.G.A.) del Gobierno de Navarra a las personas que los han superado.

En virtud de las facultades conferidas en el artículo 36.2 c) y d) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Expedir el Título de Aptitud en Euskera (E.G.A.) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el año 1999 han superado las pruebas de la convocatoria libre para la obtención del título EGA, reguladas por las Ordenes Forales 463/1998, de 15 de diciembre y 52/1999, de 3 de marzo. La relación de las personas que superaron estas pruebas se recoge en el Anexo I de esta Orden Foral.

2.º Expedir el Título de Aptitud en Euskera (E.G.A.) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el año 1999 han superado las pruebas específicas para personal docente no universitario en ejercicio (incluidos orientadores escolares e inspectores) para la obtención de dicho título, reguladas por la Orden Foral 221/1998, del 17 de junio de 1998. La relación de las personas que superaron estas pruebas se recoge en el Anexo II de esta Orden Foral.

3.º Expedir el Título de Aptitud en Euskera (E.G.A.) del Gobierno de Navarra a las personas que durante el año 1999 hayan finalizado los estudios en la Escuela Universitaria de Profesorado; siempre que la dirección del centro haya certificado que han sido cursados (principal o totalmente) en euskera y que la persona aspirante tiene el nivel de euskera requerido para la expedición del título EGA. La relación de las personas que cumplieron estos requisitos se recoge en el Anexo III de esta Orden Foral.

4.º Ordenar la publicación de la presente Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra los anexos de la misma se encuentran a disposición de los interesados en las dependencias del Servicio de Euskera del Departamento de Educación.

5.º Contra la presente Orden Foral podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona a nueve de marzo de dos mil.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús María Laguna Peña.

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