BOLETÍN Nº 231 - 21 de noviembre de 2022 - EXTRAORDINARIO

2. Administración Local de Navarra

2.1. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo

MURILLO EL FRUTO

Resolución número 134/2022 de la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento
de Murillo el Fruto, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de la vacante de empleado de servicios múltiples correspondiente al proceso extraordinario de estabilización y consolidación
de empleo temporal, según lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público

Por Resolución de Alcaldía-Presidencia número 43/2022 de 3 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial de Navarra número 92, de 12 de mayo 2022, se ha aprobado la oferta de empleo público del año 2022 de este ayuntamiento, que articula los procesos de estabilización y convocatoria excepcional conforme a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

Mediante acuerdo de Alcaldía de fecha 9 de noviembre, esta entidad local se adhiere de forma total (o parcial) a la regulación contenida en el título II de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, RESUELVO:

1. Aprobar la convocatoria y sus bases cuyas vacantes y características se detallan en el anexo I.

2. Publicar la presente convocatoria, sus bases y sus anexos en el Boletín Oficial de Navarra.

3. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

Murillo el Fruto, 11 de noviembre de 2022.–La alcaldesa, Arancha Murillo Tanco.

La presente convocatoria se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto en la normativa que resulte de aplicación y a lo establecido en las siguientes:

BASES

1.–Objeto de la convocatoria.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, dando cumplimiento a los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad, y a través del procedimiento de concurso-oposición, de la vacante y sus características identificadas en el Anexo I, dentro del proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra.

1.2. La persona aspirante que resulte nombrada como tal, en virtud de la presente convocatoria, tendrá los derechos y deberes establecidos en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y su normativa de desarrollo, y quedarán encuadrados en el régimen y nivel detallado en el cuadro de características técnicas identificadas en el Anexo I de la presente convocatoria.

1.3. La persona que resulte nombrada en virtud de esta convocatoria, desempeñará las funciones y trabajos adecuados a su nivel y categoría y a los estudios exigidos en la misma, y específicamente los siguientes, sin que la enumeración sea excluyente:

–Coordinación, planificación y seguimiento del equipo de trabajo de servicios múltiples y limpieza, responsabilizándose de la eficiencia de los recursos humanos y materiales asignados. Organización y planificación del personal a su cargo.

–El designado organizara y desempeñara tareas de albañilería, fontanería, electricidad, agua, limpieza, jardinería, pintura, carpintería, mantenimiento de edificios, infraestructuras y zonas verdes municipales, así como realizar labores de apoyo en otras áreas cuando sea preciso.

–Gestión y coordinación con servicios externos y coordinación de sus trabajos cuando sea necesario.

–Previsión de compra de material o utensilios tras el visto favorable del órgano competente así como control de estas compras.

–Realización de pequeñas memorias, escritos y propuestas relacionadas con puesto de trabajo.

–Responsabilidad del control, inventario y mantenimiento de material, utensilios, vehículos y resto de maquinaria.

–Seguimiento y control de deficiencias, averías y desperfectos detectados en las infraestructuras, dependencias y equipamientos municipales incluso realizando propuestas y presupuestos completos.

–Cumplir y hacer cumplir con las normas de seguridad e higiene, utilizando correctamente los equipos de protección apropiados para cada una de las tareas que se realicen.

–Fomentar y colaborar en la mejora de servicios proponiendo cuantas acciones y modificaciones contribuyan a dicha mejora. Conocer y aplicar las normas, procedimientos y especificaciones establecidas para la realización de su trabajo.

–Adecuarse a las exigencias que con carácter ocasional y en términos de flexibilidad horaria plante el cumplimento del programa de trabajo establecido y las necesidades del servicio.

–Tareas de control y seguimiento de cumplimiento de ordenanzas municipales y labores de inspección urbanística y medioambiental vigilando y recibiendo el cumplimiento de normativa sobre licencias y obras, ocupación de la vía pública, vertidos, etc.

–Control de la revisión del correcto estado de las vías y espacios públicos así como de caminos rurales y montes, y/o mejora de los mismos.

–Control de diversas labores de apoyo y recados a los distintos servicios municipales.

–Distribución y colocación de anuncios, bandos, publicidad municipal, bancos, traslado y notificación legal de documentos, transporte de enseres y traslado de personas.

–Vigilancia del término municipal en cuanto a estacionamiento y ocupación de la vía pública.

–Labores de mantenimiento de las instalaciones y edificios municipales, calles, caminos, y demás bienes del ayuntamiento que consistan en diversas funciones que sin precisar una especialización concreta, exijan un cierto conocimiento o pericia del oficio.

–Asistencia (o coordinación de la asistencia) a urgencias e imprevistos ineludibles fuera del horario laboral habitual.

–Prestación de servicios municipales de cualquier tipo y cuales quiera otras labores que le sean encomendadas por la Alcaldía, todas ellas en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

–Fomentar la cultura energética y la aplicación de criterios medioambientales en la coordinación de trabajos de mantenimiento y reparación y /o sustitución de equipos, siendo la reducción del consumo energético y el aprovechamiento sostenible de los recursos medioambientales un objetivo constante a perseguir.

–Controlar mensualmente los consumos energéticos de las instalaciones públicas (electricidad, gas, gasoil, agua) proponiendo medidas para reducir los mismos.

–Encargado de labores de control de prevención de riesgos laborales del personal municipal que realice trabajos de calle.

–Conducción de vehículos municipales (pala excavadora, camión, furgoneta, dumper, etc.) y otras que se puedan incluir; y manejo, mantenimiento y reparación de maquinaria, herramienta y utillaje municipales. Labores de mantenimiento básico y conservación de los vehículos que usen en el trabajo.

–Mantenimiento y conservación y control de las piscinas municipales y de los equipos e instalaciones en ellas, incluida depuradora, mediciones de equipos y controles sanitarios.

–Colaborar en la preparación y limpieza de las fiestas y actos culturales programados por el Ayuntamiento de Murillo el Fruto, así como en los actos en los que el Ayuntamiento de Murillo el Fruto colabore o patrocine.

–Traslado y colocación de mobiliario y enseres. Montaje y desmontaje de escenarios, vallados y demás utensilios en fiestas y actos públicos.

–Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano: postes, señales, farolas, bancos, fuentes y otras similares.

–Mantenimiento y limpieza del cementerio municipal y cuales quiera otras que se les pueda encomendar.

–Control del almacén.

–Cualesquiera otras labores de carácter municipal que, acomodadas a su categoría, le sean encomendadas.

1.4. La persona contratada desempeñará sus funciones habitualmente en horario de mañana y durante ciertos períodos del año en horario partido de mañana y tarde, siempre en función de las necesidades del servicio.

1.5. Todas las plazas ofertadas se cubrirán por el turno libre, no existiendo turno de promoción, reserva de plazas para personas con discapacidad ni reserva para mujeres víctimas de violencia de género.

2.–Normativa aplicable.

El presente procedimiento se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; en la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra; en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, en la demás normas de aplicación, y en las bases de la presente convocatoria.

Mediante Resolución de Alcaldía de 9 noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Murillo el Fruto se adhiere parcialmente a la regulación contenida en el título II de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, en las Administraciones Públicas de Navarra; en concreto a lo dispuesto en los artículos 5, 6, 8 (apartados 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 letra a), 10, 14 y 16.

3.–Requisitos.

3.1. Para ser admitidas al concurso-oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

3.1.1. Requisitos para todas las personas aspirantes:

a) Tener la nacionalidad española, la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea o la nacionalidad de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España que contemplen la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no superar la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Hallarse en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite la homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separada del servicio de una Administración pública.

f) No podrán concurrir aquellas personas empleadas que ostentan la condición de personal fijo en el puesto de trabajo objeto de convocatoria en la entidad local convocante. Las personas que no cumplan este requisito no podrán ser nombradas, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

3.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria. Deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y permanecer vigentes hasta la toma de posesión, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 3.1.f.

4.–Solicitudes, tasas y documentación a presentar junto con la solicitud.

4.1. Presentación y formalización de la solicitud.

La presentación de solicitudes de participación en la convocatoria deberá realizarse, de forma obligatoria telemáticamente, a través del Registro de la sede electrónica con acceso desde la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto: https://sedeelectronica.murilloelfruto.es/carpeta-ciudadana/

Quienes deseen tomar parte en el presente proceso selectivo deberán presentar su solicitud, de forma obligatoria, conforme al modelo normalizado en el Anexo II (disponible también en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/).

4.2. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.3. Tasas.

No procede abonar tasas en concepto de derechos de examen y formalización de expediente al no estar contemplado en la normativa municipal.

4.4. Documentación a presentar junto con la solicitud.

Al momento de presentar la solicitud (Anexo II), las personas aspirantes deberán aportar telemáticamente, según el caso, la siguiente documentación:

–Copia del documento nacional de identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante, en vigor.

–Formulario de autovaloración de méritos (Anexo III) correctamente completado y copias de los documentos justificativos de los méritos ordenados según aparezcan en el formulario de autovaloración de méritos.

No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos que no queden enumerados, alegados y acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias y en la forma anteriormente mencionada, sin perjuicio de que el tribunal calificador pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.

Bastará con copias simples de la documentación, si bien, la inexactitud o falsedad de los datos o documentos aportados conllevará la exigencia de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiere lugar.

5.–Tribunal calificador.

5.1. El tribunal calificador será nombrado, con posterioridad a la aprobación de la presente convocatoria y antes de la aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, y estará constituido por un número impar de miembros, no inferior a tres, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. Dicho nombramiento será publicado en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/.

5.2. En la composición de los tribunales se velará por el cumplimiento del principio de especialidad, en cuya virtud la mayoría absoluta de sus miembros deberá poseer una titulación correspondiente a la misma área de conocimientos que la exigida para el ingreso y de igual o superior nivel académico, y se tenderá a la representación equilibrada entre hombres y mujeres.

5.3. En el supuesto de que los delegados de personal no efectúe propuesta de designación del miembro correspondiente en el plazo de 15 días naturales desde que les sea solicitado, el órgano convocante designará a dicho miembro de entre los representantes del personal electos en el ámbito respectivo.

5.4. El tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia de la persona que ejerza la Presidencia y de la persona que ejerza la Secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.5. Las personas del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.6. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.7. El tribunal podrá incorporar asesores especialistas para cualquiera de las actuaciones que competan al mismo. Dichos asesores colaborarán con el tribunal limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.–Admisión de personas aspirantes.

6.1. Expirado el plazo de 15 días naturales para la presentación de solicitudes, se aprobará la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas y se ordenará su publicación en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/.

En el caso de que no existan personas aspirantes excluidas, se aprobará directamente la lista definitiva de personas admitidas y se ordenará su publicación en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/.

6.2. Las personas aspirantes excluidas, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en la web, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido. La presentación de reclamaciones será de forma telemática a través del Registro de la sede electrónica con acceso desde la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto: https://sedeelectronica.murilloelfruto.es/carpeta-ciudadana/

6.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, se aprobará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas y ordenará su publicación en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/.

6.4. No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a las personas aspirantes.

6.5. El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a quienes figuren en ella la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento objeto de la presente convocatoria. Cuando de la documentación que se debe presentar en el caso de superar el procedimiento selectivo se desprenda que no poseen alguno de los requisitos, las personas interesadas decaerán en todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en este procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas en que pudieran haber incurrido por falsedad.

7.–Desarrollo del procedimiento concurso-oposición.

7.1. El concurso-oposición se desarrollará en las siguientes fases:

a) Fase de oposición, que consistirá en la realización de una prueba acerca de los conocimientos y aptitudes necesarias para el correcto desempeño de las funciones propias del puesto.

b) Fase de valoración de méritos o concurso, que consistirá en la valoración de méritos alegados por las personas aspirantes de conformidad con el baremo que figura en el apartado tercero de este mismo punto.

El orden de realización de las fases de que consta esta convocatoria será el siguiente: en primer lugar, la fase de oposición y con posterioridad a su finalización, la fase de concurso.

7.2. Fase de oposición: 60 puntos.

7.2.1. La fase de oposición será eliminatoria. Para superarla será necesario obtener 30 puntos.

7.2.2. Se realizará una sola prueba tipo test y su contenido versará sobre el temario que se incluye en la presente convocatoria.

7.2.3. La fecha, lugar y hora de realización de la/s prueba/s se indicará en la Resolución que apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el procedimiento.

7.2.4. La convocatoria a las pruebas de la fase de oposición se realizará mediante llamamiento único, debiendo las personas aspirantes acudir provistas del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o permiso de conducir. Quedarán excluidas de la oposición las personas aspirantes que no comparezcan en las fechas, horas y lugares anunciados o no se identifiquen mediante alguno de los documentos citados.

La prueba teórica se llevará a cabo por el sistema de plicas.

7.2.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para las personas aspirantes con discapacidad reconocida, que lo hubieran solicitado en la solicitud, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

7.2.6. Concluida la calificación de la prueba de la fase de oposición, el tribunal publicará en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/ la lista con los números de plica y calificaciones obtenidas.

El día y hora de la apertura pública de las plicas se anunciará en la web citada, el mismo día en que se publique el resultado.

Una vez abiertas las plicas en acto público, el tribunal calificador publicará en la web citada la lista de las personas aspirantes presentadas con las calificaciones provisionales obtenidas y abrirá un plazo de 5 días hábiles para que las personas interesadas puedan alegar de forma telemática (Registro electrónico) lo que a su derecho convenga. Finalizado el plazo de alegaciones se procederá a publicar los resultados definitivos.

7.3. Fase de concurso: 40 puntos.

7.3.1. La fase de concurso consistirá en la valoración de los siguientes méritos:

a) Méritos profesionales: hasta un máximo de 28 puntos.

Se valorarán los servicios prestados a las Administraciones Públicas hasta la fecha de publicación de la respectiva convocatoria, hasta un máximo de 28 puntos, de acuerdo con la siguiente puntuación:

a.1) Servicios prestados en el mismo puesto de trabajo objeto de la convocatoria, en el Ayuntamiento de Murillo el Fruto y sus organismos autónomos: a razón de 2,5 puntos por año completo de servicios.

a.2) Servicios prestados en otros puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Murillo el Fruto y sus organismos autónomos: a razón de 1,75 puntos por año completo de servicios.

a.3) Servicios prestados en el mismo puesto de trabajo o en otros puestos, en otras Administraciones Públicas: a razón de 0,86 puntos por año completo de servicios.

Notas:

1.ª Si el número de años no fuese entero, se asignará la puntuación que proporcionalmente corresponda al período en que se hayan prestado servicios.

2.ª La puntuación máxima de este apartado a) no podrá ser superior a 28 puntos.

3.ª Se valorarán los servicios prestados desde la fecha de inicio de cada prestación de servicios hasta su finalización, con independencia del porcentaje de jornada realizado.

4.ª No se valorarán los servicios prestados con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria.

5.ª Los periodos en los que la persona aspirante haya estado en situación de servicios especiales para la formación o situación especial en activo se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo efectivamente desempeñado.

Los periodos en que la persona aspirante haya estado en situación de servicios especiales por otros motivos, excedencia especial o desempeñando una jefatura o dirección de unidad orgánica, se computarán como servicios prestados en el puesto de trabajo que tuviera en el momento de acceso a dichas situaciones.

6.ª Serán incompatibles las puntuaciones otorgadas por los anteriores subapartados cuando se refieran al mismo periodo, otorgándose en cada caso la superior de ellas.

Los méritos profesionales se acreditarán mediante certificado emitido por la entidad correspondiente. En el certificado deberá constar la duración del servicio, categoría profesional desempeñada y nivel a que corresponde el puesto de trabajo y se aportará el informe de vida laboral. En esta documentación deberá constar la fecha de inicio y finalización de nombramiento o de la relación laboral (o en su caso de que continua vigente), objeto del nombramiento y del contrato y tipo de jornada.

Si esta certificación debiera ser expedida por la entidad local convocante, la persona solicitante no la deberá aportar.

b) Otros méritos: hasta un máximo de 12 puntos.

b.1) Por formación: hasta un máximo de 12 puntos:

–Por curso relacionado con las funciones del puesto de trabajo de una duración de 15 horas o más: 1 punto, con un máximo de 8 puntos.

–Por curso relacionado con las funciones de puesto de trabajo de una duración de 5 horas a 14 horas: 0,5 puntos, con un máximo de 4 puntos.

No se puntuarán los cursos de duración inferior a 5 horas.

En ningún caso el Tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada en esta base 7.

7.3.2. No serán tenidos en cuenta ni valorados los méritos que no queden enumerados, alegados y acreditados a la fecha de cierre del plazo de presentación de las solicitudes concedido al efecto en la base 6.1, sin perjuicio de que el tribunal calificador pueda solicitar la ampliación de documentación si considera que un mérito no se encuentra correctamente acreditado.

En ningún caso el tribunal podrá dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado y acreditado documentalmente, ni podrá otorgar, por cada uno de los apartados del mismo, puntuación superior a la máxima señalada en el apartado 7.3.1.

No se valorarán los méritos de las personas aspirantes que no hayan superado la fase de oposición de conformidad con lo establecido en el apartado 7.2.1.

7.3.3. Concluida la calificación del concurso de méritos, el tribunal publicará en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/, las puntuaciones provisionales obtenidas por las personas aspirantes y abrirá un plazo de cinco días hábiles, para que las personas interesadas puedan alegar de forma telemática lo que a su derecho convenga.

7.3.4. Una vez resueltas por el tribunal las alegaciones presentadas frente a los resultados provisionales, se publicará en la citada web, los resultados definitivos de la baremación de los méritos.

7.4. Calificación final.

7.4.1. La calificación final será la suma de la puntuación resultante de la fase de oposición y la de la fase de concurso.

7.4.2. Los empates que se produzcan en la puntuación de las personas participantes en el procedimiento se dirimirán en favor de quienes cuenten con mayor puntuación en la fase de oposición.

Si persiste el empate, se dirimirá a favor de la persona con mayor puntuación en el apartado 7.3.a.1) y, en caso de ser coincidente el de mayor puntuación del apartado 7.3.b.1), atendiendo, si también persiste el empate, dentro de él, a la mayor puntuación obtenida en cada uno de sus subapartados de los puntos 7.3.a y 7.3.b en el orden en que se enumeran.

De continuar el empate con los criterios establecidos anteriormente, este se resolverá mediante un único sorteo celebrado al efecto por el tribunal calificador. Entre las personas igualadas se seleccionará una al azar, mediante la asignación de un número a cada una de ellas ordenadas por orden alfabético, de modo que todos los empates se solventarán atendiendo al orden alfabético, partiendo de los apellidos y nombre de la persona cuyo número haya sido extraído en el sorteo.

7.4.3. Una vez terminadas las fases de oposición y de concurso, el tribunal publicará en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es/ la relación de personas aprobadas por orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo y la trasladará al órgano competente a fin de efectuar los trámites de acreditación de requisitos.

8.–Acreditación de requisitos.

8.1. El órgano competente abrirá un plazo de 10 días hábiles para que la persona seleccionada en primer lugar, que obtenga la plaza, presente la documentación que acredite estar en posesión del requisito de titulación indicado en la base 3.1. de la presente convocatoria, es decir, copia del título exigido o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención o certificación de haber estado en condiciones de obtenerlo con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

8.2. En la presente convocatoria no existe acto de elección de vacantes, puesto que solo hay una plaza.

9.–Propuesta de nombramiento y presentación de documentos.

9.1. El tribunal elevará al órgano competente, junto con el expediente completo, la propuesta de nombramiento en favor de la persona aspirante con mayor puntuación que tengan cabida en la única plaza convocada.

La referida propuesta de nombramiento se publicará en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto.

9.2. La persona aspirante propuesta presentará, en el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de publicación en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto, los siguientes documentos:

a) Informe médico oficial justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo de empleado de servicios múltiples.

b) Declaración jurada o solemne de no hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separada del servicio de una Administración Pública.

c) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo de empleado de servicios múltiples.

9.3. La persona aspirante que, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presente los documentos ni acredite el cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en la base 3 de la convocatoria, no podrá ser nombrada, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

9.4. En el caso previsto en el apartado anterior, se cubrirá la baja con la persona aspirante, que cumpla los requisitos, incluida inmediatamente a continuación en la relación de personas aprobadas, procediéndose con la misma en la forma señalada en los apartados anteriores.

9.5. Cualquier otra documentación que, no constituyendo acreditación de requisitos y condiciones para el puesto de trabajo objeto de la convocatoria, sea requerida para el ejercicio de sus atribuciones, será solicitada a la persona aspirante propuesta y aportada por ésta en la forma establecida en apartado 9.2. de esta convocatoria.

10.–Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Se procederá al nombramiento como personal funcionario del Ayuntamiento de Murillo el Fruto, para desempeñar el puesto de empleado de servicios múltiples, a la persona aspirante que haya dado cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

10.2. El nombramiento y la toma de posesión conferirá a la persona designada el carácter de personal funcionario de nómina y plantilla, con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes, debiendo ser dadas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

No obstante lo anterior, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena, punto 3, del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, en el supuesto de que estén ya afiliadas al régimen de derechos pasivos de cualquier Montepío de las Administraciones Públicas de Navarra, podrán optar por mantenerse acogidos al régimen de derechos pasivos regulado por la Ley Foral 10/2003, de 5 de marzo, o por afiliarse al Régimen General de la Seguridad Social.

10.3. El nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, teniendo en cuenta que dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10.4. La toma de posesión de la persona aspirante seleccionada se realizará en el día que a tal efecto se fije en la resolución de nombramiento.

10.5. Si la persona nombrada, dentro del plazo concedido, y salvo casos de fuerza mayor, no tome posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Murillo el Fruto. En tal supuesto, se estará a lo establecido en el apartado 9.4 de la convocatoria.

10.6. En el caso de que la persona aspirante que adquiera la condición de personal funcionario que, sin el desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarada, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, en los supuestos previstos en la normativa vigente, la correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en el mencionado apartado 9.4 de la convocatoria.

11.–Listas de aspirantes a la contratación temporal.

11.1. Del presente procedimiento de estabilización tramitado mediante concurso-oposición se derivará la constitución de una lista de aspirantes a la contratación temporal en régimen administrativo, de conformidad con la normativa aplicable.

Esta lista se aplicará con carácter subsidiario respecto la lista de aspirantes a la contratación vigente, si existiera, que derive de un procedimiento selectivo de ingreso en la función pública.

11.2. Según propuesta del tribunal calificador, se publicará en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto la lista de aspirantes a la contratación temporal que derive de la presente convocatoria.

12.–Publicidad de las actuaciones.

Sin perjuicio de aquellos trámites que deban ser objeto de publicación oficial a través del Boletín Oficial de Navarra, la información relativa a las resoluciones y actuaciones del tribunal correspondientes a convocatoria de pruebas y a calificaciones, así como cualquier otra información de carácter general de utilidad para las personas interesadas, será publicada, en la web del Ayuntamiento de Murillo el Fruto http://www.murilloelfruto.es.

13.–Protección de datos.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) se informa a las personas aspirantes de las siguientes cuestiones:

–El responsable del tratamiento de los datos personales facilitados como consecuencia de la participación en esta convocatoria es el Ayuntamiento de Murillo el Fruto.

–La finalidad del tratamiento es la provisión de las vacantes dentro del proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal que se realiza al amparo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y de la Ley Foral 19/2022, de 1 de julio, de medidas para la realización de los procesos de estabilización, selección de personal y provisión del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.

–La base jurídica que permite el tratamiento es:

Artículo 6.1.c) del RGPD Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.

Artículo 6.1.b) del RGPD Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.

–Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recogen y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de la convocatoria y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación (Instrucciones para la evaluación y eliminación de documentos de las Entidades Locales de Navarra).

–Los datos se comunicarán en los supuestos legalmente previstos y se publicarán conforme a lo dispuesto en la convocatoria.

–Los titulares pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad en las oficinas municipales, a través de la sede electrónica de www.murilloelfruto.es

–Así mismo tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es) si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente o hacerlo previamente ante el delegado de protección de datos en la dirección anteriormente indicada.

14.–Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

Contra los actos del tribunal calificador podrá interponerse recurso de alzada ante el órgano municipal convocante, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

15.–Temario.

1.–El Municipio de Murillo el Fruto: nomenclatura, términos, calles, caminos, acequias, comunales, montes, parajes, patrimonio municipal, fiestas, historia, usos y costumbres. Lectura e interpretación de planos y mapas, identificación de términos, edificios y parcelas.

2.–El Ayuntamiento de Murillo el Fruto. Composición, órganos, régimen de funcionamiento. Notificación de actos y resoluciones: plazos y procedimiento. Documentación administrativa, oficios, requerimientos, instancias, certificados, acuerdos, resoluciones y bandos (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

3.–Aptitud verbal, ortográfica y numérica. Informática básica, herramientas de Office.

4.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas de electricidad e incendios. Mantenimiento de instalaciones eléctricas en edificios, cuadro general de mando y protección, cuadros secundarios, mecanismos, alumbrado. Cuadros de distribución, interruptor de control de potencia, magneto térmica y diferencial. Circuitos de alumbrado básico y fluorescente: interruptores, conmutadores, bases de enchufe, lámparas, cebadores y reactancias.

5.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas de fontanería. Mantenimiento de instalaciones de fontanería y calefacción: sanitarios, griferías, cisternas, sifones, circuitos de calefacción y climatización, llenado y purgado de aire, salas de calderas y sus elementos singulares. Sistema y métodos de cloración y su funcionamiento. Mantenimiento de piscinas.

6.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de herramientas de carpintería. Operaciones básicas de carpintería: ajustes de puertas y ventanas, cerraduras, bombines y persianas. Montaje y desmontaje de estructuras y vallados de madera y mixtos.

7.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de jardinería. Limpieza, desbroce y mantenimiento de caminos y vías públicas, riego y mantenimiento de zonas verdes.

8.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de monte. Sistemas de riego. Diseño, instalación, mantenimiento y programación de las redes de riego. Sistemas de drenajes. Ordenanza reguladora de los aprovechamientos comunales de Murillo el Fruto (Boletín Oficial de Navarra número 150 de 29 de junio de 2021).

9.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de albañilería. Obras de conservación de bienes y edificios públicos, replanteo de obras, reparaciones y arreglos en edificios y vías públicas. Gestión de residuos. Conocimiento, manejo y mantenimiento de productos y herramientas de limpieza. Pinturas: tipos, productos, herramientas y aplicación.

10.–Conocimiento, manejo y mantenimiento de edificios y mobiliario urbano. Barreras Arquitectónicas. Pintura. Ordenanza reguladora de la utilización de edificios, locales, instalaciones, maquinaria y materiales municipales de Murillo el Fruto (Boletín Oficial de Navarra número 142 de 18 de junio de 2021).

11.–Conocimiento, mantenimiento y limpieza de cementerios municipales. Ordenanza reguladora de la utilización del cementerio municipal de Murillo el Fruto (Boletín Oficial de Navarra número 142 de 18 de junio de 2021).

12.–Conocimientos básicos de mecánica: ejecución; manejo; mantenimiento; inspección y reparaciones ordinarias de maquinaria, vehículos, herramientas y utillaje municipales. Control de almacén.

13.–Conocimientos básicos de soldadura: ejecución; manejo; mantenimiento; inspección y reparaciones de trabajos de soldadura. Sistema de soldadura, geometría, soldabilidad de materiales, manejo de maquinaria y seguridad.

14.–Conocimientos básicos en materia de prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales) y su relación con el puesto de empleado de servicios múltiples. Riesgos ligados a las condiciones de seguridad y el medioambiente de trabajo. Sistemas elementales de control de riesgos: protecciones colectivas y equipos de protección individual. Seguridad vial: Primeros auxilios. Utilización en condiciones de seguridad de andamios metálicos tubulares, escaleras y plataformas elevadoras. Seguridad en maquinaria y herramientas.

ANEXO I

Cuadro de características específicas de la convocatoria

Cuadro de características de la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de vacantes de puestos correspondientes al proceso extraordinario de estabilización y consolidación de empleo temporal, según lo dispuesto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

NÚMERO DE PLAZA EN PLANTILLA ORGÁNICA

PUESTO DE TRABAJO

NIVEL

RÉGIMEN
JURÍDICO

JORNADA

DESTINO

TITULACIÓN REQUERIDA

3

Empleado de servicios múltiples

D

Funcionarial

100%

Ayuntamiento de Murillo el Fruto

Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente

ANEXO II

Modelo de instancia para participar en el proceso selectivo

https://sedeelectronica.murilloelfruto.es/anuncios/convocatoria-para-la-provision-mediante-concurso-oposicion-de-la-vacante-de-empleado-de-servicios-multiples-correspondiente-al-proceso-extraordinario-de-estabilizacion-y-consolidacion-de-empleo-temp/

ANEXO III

Documento de autovaloración de méritos del concurso de estabilización
y consolidación de empleo temporal

https://sedeelectronica.murilloelfruto.es/anuncios/convocatoria-para-la-provision-mediante-concurso-oposicion-de-la-vacante-de-empleado-de-servicios-multiples-correspondiente-al-proceso-extraordinario-de-estabilizacion-y-consolidacion-de-empleo-temp/

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